Considerando la necesidad de modificar la Resolución JUS/1081/2013, de 13 de mayo, por la que se otorga destino en el ámbito de Cataluña a una funcionaria del cuerpo de tramitación procesal y administrativa de la Administración de justicia (turno libre), que superó las pruebas selectivas convocadas por la Orden de 10 de noviembre de 2008, publicada en el «DOGC» número 6381, de 23-5-2013, y en el «BOE» número 123, de 23-5-2013.
Conforme con el artículo 105 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, resuelvo:
Modificar el punto 7 de la citada Resolución, que pasa a ser el siguiente:
«7. La funcionaria del cuerpo de tramitación procesal y administrativa destinada en virtud de esta Resolución, a pesar de haber sido destinada con carácter forzoso por la orden de calificación según sus preferencias, no esta sometida a la limitación de 2 años para concursar que establece el artículo 529.3 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio del poder judicial.»
Información sobre los recursos a interponer:
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer los recursos que establece el punto 8 de la Resolución JUS/1081/2013, de 13 de mayo.
Barcelona, 28 de mayo de 2013.–El Consejero de Justicia, P.D. (Resolución JUS/498/2013, de 8 de marzo), el Secretario General, Enric Colet.
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