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Documento BOE-A-2013-6371

Resolución de 20 de mayo de 2013, de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, por la que se inscribe el cambio de denominación social de Agrupación Pensiones Entidad Gestora de Fondos de Pensiones, SAU (G0172), antes denominada Agrupación Bankpyme Pensiones Entidad Gestora de Fondos de Pensiones, SA.

Publicado en:
«BOE» núm. 141, de 13 de junio de 2013, páginas 44852 a 44852 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Competitividad
Referencia:
BOE-A-2013-6371

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de 01/02/1995, se procedió a la inscripción «Agrupación Bankpyme Pensiones Entidad Gestora de Fondos de Pensiones, S.A.» (G0172), en el Registro administrativo especial de entidades gestoras de fondos de pensiones, establecido en el artículo 96 del Reglamento de Planes y Fondos de Pensiones, aprobado por Real Decreto 304/2004, de 20 de febrero.

La representación legal del accionista único de la entidad, con fecha 4 de abril de 2013, acordó modificar la denominación social por la de «Agrupación Pensiones Entidad Gestora de Fondos de Pensiones, S.A.U.», constando dicho acuerdo en escritura pública de fecha 19 de abril de 2013, debidamente inscrita en el Registro Mercantil.

En aplicación de lo previsto en la vigente legislación de planes y fondos de pensiones, conforme al artículo 79.3 del citado Reglamento, y el artículo 22.1 de la Orden EHA/407/2008, de 7 de febrero, por la que se desarrolla la normativa de planes y fondos de pensiones en materia financiero-actuarial, del régimen de inversiones y de procedimientos registrales, esta Dirección General acuerda inscribir la nueva denominación en el Registro administrativo especial de entidades gestoras de fondos de pensiones, ordenando su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes, que podrá presentarse ante la Directora General de Seguros y Fondos de Pensiones o ante el Secretario de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, órgano competente para resolverlo, de conformidad con lo establecido en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid, 20 de mayo de 2013.–La Directora General de Seguros y Fondos de Pensiones, María Flavia Rodríguez-Ponga Salamanca.

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