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Documento BOE-A-2013-6378

Orden de 7 de junio de 2013, conjunta de las Consejerías de Empleo, Empresa e Innovación y de Educación y Cultura, por la que se publica la convocatoria del procedimiento de reconocimiento, evaluación y acreditación de competencias profesionales, adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación, en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Publicado en:
«BOE» núm. 141, de 13 de junio de 2013, páginas 44861 a 44863 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Extremadura
Referencia:
BOE-A-2013-6378

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 13.4 del Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio («BOE» n.º 205, de 25 de agosto), de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral y en lo dispuesto en el 10.2 del Decreto 21/2011, de 25 de febrero, («DOE» n.º 43, de 3 de marzo) que establece la estructura organizativa del procedimiento de evaluación y acreditación de las competencias adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, una vez firmada la Orden conjunta de la Consejería de Empleo, Empresa e Innovación y de la Consejería de Educación y Cultura por la que se convoca, en la Comunidad Autónoma de Extremadura, el procedimiento de reconocimiento, evaluación y acreditación de determinadas competencias profesionales, adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación, las titulares de las mencionadas Consejerías acuerdan anunciar en el «Boletín Oficial del Estado», un extracto de la misma con los siguientes aspectos:

Primero.

La Orden conjunta de la Consejería de Empleo, Empresa e Innovación y de la Consejería de Educación y Cultura de fecha 6 de junio de 2013, por la que se convoca el procedimiento de reconocimiento, evaluación y acreditación de las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral y/o de vías no formales de formación, de las Unidades de Competencia correspondientes a las Cualificaciones Profesionales de «Atención Sociosanitaria a personas dependientes en Instituciones Sociales» y «Transporte Sanitario», pertenecientes respectivamente a la familia «Servicios Socioculturales a la Comunidad» y «Sanidad», de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio («BOE» n.º 205, de 25 de agosto), de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral y en lo dispuesto en el Decreto 21/2011, de 25 de febrero, se publicará en el «Diario Oficial de Extremadura» con fecha 12 de junio de 2013.

Segundo.

Se convoca el procedimiento de reconocimiento, evaluación y acreditación de las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral y/o de vías no formales de formación, correspondiente a las Unidades de Competencia siguientes:

A. Cualificación profesional: Transporte Sanitario, nivel: 2, Código: SAN025_2, regulada por Real Decreto 295/2004, de 20 de febrero. Familia profesional: Sanidad.

Unidades de competencia incluidas en el Certificado de Profesionalidad, Transporte Sanitario, aprobado por Real Decreto 710/2011, de 20 de mayo, y en el título de Técnico en Emergencias Sanitarias regulado por Real Decreto 1397/2007, de 29 de octubre:

UC0069_1: Mantener preventivamente el vehículo sanitario y controlar la dotación material del mismo.

UC0070_2: Prestar al paciente soporte vital básico y apoyo al soporte vital avanzado.

UC0071_2: Trasladar al paciente al centro sanitario útil.

UC0072_2: Aplicar técnicas de apoyo psicológico y social en situaciones de crisis.

B. Cualificación profesional: Atención sociosanitaria a personas dependientes en instituciones sociales, Nivel: 2, Código: SSC320_2, regulada por Real Decreto 1368/2007, de 19 de octubre. Familia Profesional: Servicios socioculturales a la comunidad.

Unidades de competencia incluidas en el Certificado de Profesionalidad, Atención sociosanitaria a personas dependientes en instituciones sociales, aprobado por Real Decreto 1379/2008, de 1 de agosto, y en el Título de Técnico en Atención a Personas en Situación de Dependencia, aprobado por Real Decreto 1593/2011, de 4 de noviembre:

UC1016_2 Preparar y apoyar las intervenciones de atención a las personas y a su entorno en el ámbito institucional indicadas por el equipo interdisciplinar.

UC1017_2 Desarrollar intervenciones de atención física dirigidas a personas dependientes en el ámbito institucional.

UC1018_2 Desarrollar intervenciones de atención socio-sanitaria dirigidas a personas dependientes en el ámbito institucional.

UC1019_2 Desarrollar intervenciones de atención psicosocial a personas dependientes en el ámbito institucional.

Tercero.

El número máximo de aspirantes admitidos/as en el presente procedimiento será de 300, distribuidos de la siguiente manera:

Cualificación profesional de Atención sociosanitaria a personas dependientes en instituciones sociales: 100 plazas.

Cualificación profesional de Transporte Sanitario: 140 plazas.

Para la cualificación profesional de Atención sociosanitaria a personas dependientes en instituciones sociales, habrá un cupo adicional de plazas reservado a aquellas personas que participaron en el procedimiento convocado por Orden de 23 de junio de 2011 de la Consejería de Igualdad y Empleo, y que tras la fase de asesoramiento y evaluación acreditaron alguna, pero no todas, las unidades de competencia. El cupo que se establece es de 60 plazas. En el caso de que no se ocuparan el total de estas, las plazas sobrantes se incorporarán a las 100 convocadas en el cupo general, siendo llamadas las personas del listado de reserva por orden de puntuación.

Las personas que deseen participar en el procedimiento, a fecha de publicación de la presente convocatoria, tendrán que ser trabajadores de empresas que estén integradas en el Consorcio Extremeño de Transporte Sanitario en el caso de participar en la cualificación de Transporte Sanitario, o en el caso de participar en la cualificación de Atención sociosanitaria a personas dependientes en instituciones sociales, ser trabajadores que presten sus servicios en centros ACREDITADOS para personas mayores en situación de dependencia, por el Servicio Extremeño de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia (SEPAD), salvo en el caso de candidatos que participen en el procedimiento a través el cupo adicional de plazas reservadas a personas que participaron en la convocatoria de 11 de junio de 2011, para los que no será necesario este requisito.

Los aspirantes que soliciten ser admitidos en el cupo adicional de plazas establecido en el artículo 3.2 de esta orden, deberán acreditar haber realizado nueva formación no formal o haber adquirido nueva experiencia laboral, con posterioridad a su participación en el procedimiento convocado por Orden de 23 de junio de 2011, respecto de las unidades de competencia no acreditadas en el mismo.

Cuarto.

El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días naturales, contados a partir del siguiente a la publicación de la Orden de Convocatoria en el «Diario Oficial de Extremadura».

Quinto.

Las bases de las Orden de convocatoria del presente procedimiento, así como la solicitud estará disponible en la web del Servicio Extremeño Público de Empleo, extremaduratrabaja.gobex.es, en el espacio dedicado al Instituto Extremeño de las Cualificaciones y Acreditaciones. También estará disponible en el Portal de la Dirección General de Formación Profesional y Universidad (www.educarex.es) y Portal del Ciudadano de la Junta de Extremadura (www.ciudadano.gobex.es).

Sexto.

La solicitud deberá cumplimentarse de forma telemática y deberá imprimirse y firmarse, debiendo ser registrada. La solicitud, junto con la documentación exigida se dirigirá a la Dirección General de Formación para el Empleo del Servicio Extremeño Público de Empleo, y se presentará en las oficinas y sedes del Servicio Extremeño Público de Empleo, o en cualquiera de las oficinas integradas del Sistema de Registro único de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura establecido en el Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Mérida, 7 de junio de 2013.–La Consejera de Empleo, Empresa e Innovación, Cristina Elena Teniente Sánchez.–La Consejera de Educación y Cultura, Trinidad Nogales Basarrate.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 07/06/2013
  • Fecha de publicación: 13/06/2013
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • CORRECCIÓN de errores en BOE núm. 78 de 1 de abril de 2015 (Ref. BOE-A-2015-3570).

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