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Documento BOE-A-2013-6476

Orden SSI/1093/2013, de 10 de junio, por la que se convoca concurso para la adjudicación de plazas en la Residencia Universitaria "Colegio Mayor de Oviedo" de la Universidad de Salamanca para el curso académico 2013/2014.

Publicado en:
«BOE» núm. 142, de 14 de junio de 2013, páginas 45313 a 45316 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad
Referencia:
BOE-A-2013-6476

TEXTO ORIGINAL

Con objeto de facilitar el alojamiento de jóvenes estudiantes de baja renta, desplazados de su lugar de origen por razón de sus estudios en la Universidad de Salamanca, se suscribió el 28 de abril de 1992 un Convenio entre el extinto Ministerio de Asuntos Sociales, la Junta de Castilla y León, el Ayuntamiento de Salamanca y la Universidad de Salamanca.

Conforme a lo acordado en el Convenio citado, las bases han sido previamente acordadas por el Comité de Dirección, constituido de acuerdo con lo establecido en su estipulación novena.

De acuerdo con la estipulación quinta del mismo, la oferta de las plazas se hace mediante Orden del Departamento Ministerial competente.

En su virtud, dispongo:

Se convoca concurso para la adjudicación de 345 plazas de alojamiento en la Residencia Universitaria «Colegio Mayor de Oviedo» de Salamanca, que se regirá por las bases que figuran como anexo en la presente Orden.

Madrid, 10 de junio de 2013.–La Ministra de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, Ana Mato Adrover.

ANEXO
Bases de la convocatoria
Primera.

Se convocan a concurso público de méritos 345 plazas de residentes, para el curso académico 2013/2014, en el «Colegio Mayor de Oviedo», que se otorgarán de conformidad con las presentes bases.

Segunda.

Son posibles beneficiarios de una plaza de residente las siguientes personas:

a) Estudiantes de primer y segundo Ciclo o Grado de la Universidad de Salamanca.

b) Estudiantes de Tercer Ciclo, Máster, Doctorado y becarios de investigación que realicen su labor con carácter transitorio en la Universidad de Salamanca y las personas aspirantes a dicha condición hasta la resolución de su vinculación definitiva con esta Universidad. Para este colectivo se reservará el 5 por 100 de las plazas ofertadas.

Los adjudicatarios de las plazas serán menores de veintiséis años con bajo nivel de renta.

c) En caso de quedar plazas disponibles después de su adjudicación a las personas incluidas en los apartados a) y b), el resto de las plazas podrán ser cubiertas por cualesquiera estudiantes de la Universidad de Salamanca menores de veintiséis años de edad, no incluidos en el apartado a), aunque no reúnan los requisitos de renta.

Tercera.

Las plazas del «Colegio Mayor de Oviedo» que salen a concurso son las siguientes:

a) Doscientas cincuenta y cuatro plazas en 127 habitaciones dobles.

El precio ordinario por alojamiento (sin extras) al que se ofrecen estas plazas es de 394,24 euros mensuales por residente. El precio subvencionado es de 307,05 euros/mes, si el nivel de renta familiar per cápita se halla entre 6.474,26 euros y los 5.549,36 euros, y de 263,44 euros/mes, si el nivel de renta familiar per cápita es inferior a 5.549,36 euros.

b) Ochenta y nueve plazas en habitaciones individuales: El criterio de adjudicación será el baremo académico.

El precio ordinario al que se ofrecen estas plazas es de 496,50 euros/mes por residente. El precio subvencionado estará en función del nivel de renta familiar per cápita: si la renta familiar per cápita se halla entre los 6.474,26 euros y los 5.549,36 euros será de 405,55 euros/mes; si la renta familiar per cápita no excede de 5.549,36 euros será de 360,01 euros/mes.

c) Dos habitaciones individuales para residentes discapacitados con un grado de minusvalía igual o superior al 65 por 100.

El precio al que se ofrecen estas plazas será de 274,90 euros/mes.

Los precios indicados no incluyen la alimentación, ropa de cama y enseres. Otros servicios extras que se puedan ofertar serán con cargo a los beneficiarios.

Cuarta.

Las plazas de admisión se adjudicarán por una Comisión de Selección que realizará su asignación conforme a los siguientes criterios:

a) Para los estudiantes de primero y segundo Ciclo o Grado que soliciten una de las plazas previstas en el punto a) de la base tercera, se aplicará como índice de prioridad la nota de acceso a la Universidad.

b) Para las personas recogidas en el punto b) de la base segunda los criterios de preferencia serán los de nota de acceso a la Universidad o de expediente académico.

Quinta.

El otorgamiento de una plaza de residente es por el plazo de un curso académico (de septiembre de 2013 a junio de 2014). La readmisión no es un derecho. Aquellos que deseen continuar en el Colegio Mayor en el curso siguiente, deberán solicitar nuevamente su admisión al centro para un período nuevo. La resolución sobre la nueva adjudicación se ajustará a las bases de la convocatoria correspondiente, teniendo en cuenta además las notas obtenidas en el curso anterior y el informe de la Dirección del Colegio sobre el cumplimiento de la normativa vigente y el adecuado desenvolvimiento de la convivencia.

Los residentes aceptarán el reglamento de funcionamiento interno, cuya aplicación corresponde a la Dirección académica del Colegio. Los residentes se comprometen a cumplir las normas de convivencia del Colegio, así como el resto de las normas universitarias, además de las que se establezcan para el adecuado uso de los servicios y el funcionamiento general del Colegio.

Sexta.

Todo posible beneficiario que desee ser admitido en el Colegio deberá dirigir a la Dirección del «Colegio Mayor de Oviedo», Campus Miguel de Unamuno, Alfonso X «El Sabio», s/n, 37007 Salamanca, su solicitud en el impreso previsto a tal efecto, que se le proporcionará en dicho Centro o presentar dicha solicitud de lunes a viernes, en horario de 9,00 a 14,00 y de 16,00 a 18,00 horas en el Registro Único de la Universidad de Salamanca, o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, desde la publicación de la presente Orden en el BOE hasta el día 5 de julio de 2013.

Las solicitudes incompletas o carentes de documentación, podrán ser subsanadas en el plazo de diez días hábiles conforme dispone el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

A la vista de las solicitudes presentadas la Comisión de Selección elevará al Rector la propuesta de la adjudicación de las plazas. La resolución de adjudicación definitiva corresponderá al Rector y deberá ser publicada en los tablones de anuncios y la página Web de la Universidad de Salamanca en un plazo máximo de 7 días después de la finalización del plazo de solicitud.

La Comisión podrá ampliar el plazo de presentación de solicitudes atendiendo a lo dispuesto en la base segunda c) del presente anexo. En tal caso, deberá publicarse el acuerdo de ampliación en el tablón de anuncios y en la página Web de la Universidad de Salamanca.

La resolución de adjudicación de las plazas podrá ser impugnada de acuerdo con lo previsto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, pudiendo interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Salamanca, en el plazo de dos meses a contar desde su publicación. No obstante, con carácter previo y de forma potestativa, los interesados podrán formular recurso de reposición ante el Rectorado en el plazo de un mes a contar desde su publicación.

Séptima.

a) Los estudiantes de primer y segundo Ciclo o Grado, Tercer Ciclo o Máster, así como cualquier persona que aspire a una de estas categorías deberán presentar los siguientes documentos:

1. Solicitud debidamente cumplimentada.

2. Certificación académica oficial de los estudios realizados en 2012/2013, y en su caso, tarjeta de selectividad o fotocopia compulsada de las mismas.

3. Certificado médico oficial de no padecer enfermedad infectocontagiosa.

4. Dos fotografías tamaño carné.

5. Documentación acreditativa de la renta del último ejercicio fiscal de todos los miembros perceptores de la unidad familiar, mediante fotocopia de la declaración de la Renta 2012 (en caso de no estar obligado a presentarla, certificado de empresa, Seguridad Social u otro organismo pagador). Si el solicitante es independiente, deberá acreditar esta circunstancia mediante justificante de pago de alquiler de vivienda y justificante de ingresos propios (sólo en el caso de solicitar plaza subvencionada).

6. Certificado de empadronamiento que exprese la fecha desde la que reside en el municipio declarado como habitual (sólo en el caso de solicitar plaza subvencionada).

7. Fotocopia del Libro de Familia (sólo en el caso de solicitar plaza subvencionada).

8. Fotocopia del Documento Nacional de Identidad.

9. Documentación que acredite, en cada caso, la vinculación con la Universidad de Salamanca (resguardo de matrícula o impreso de preinscripción, acreditación de admisión o preadmisión a alguno de los cursos, así como cualquier otro documento que acredite su vinculación con la Universidad). Esta acreditación será imprescindible, sin ella la solicitud de plaza no se considera válida.

b) Los becarios de investigación de la Universidad deberán remitir la misma documentación del apartado a), con la salvedad en el punto 2, que deberá ser sustituido por su currículum vítae.

Octava.

La efectiva ocupación de la plaza estará condicionada a la presentación del documento que acredite el pago de una fianza de 500 euros.

En el supuesto de que se produjese la renuncia voluntaria a la plaza de residente antes de que finalizase el plazo de terminación del curso académico se perderá la fianza salvo que dicha plaza se abandone por causa de fuerza mayor.

En el supuesto de que algún residente causase, voluntaria o involuntariamente, daños a los bienes de la residencia, se asignarán estas cantidades, así como las que le fueren reclamadas en su caso, a la reparación de los perjuicios ocasionados.

De no concurrir ninguna de las circunstancias expresas en los párrafos anteriores, así como las contempladas en el Reglamento de funcionamiento, se devolverán las cantidades señaladas una vez finalizado el curso académico.

En todo lo recogido en esta convocatoria se aplicará como normativa supletoria la convocatoria de Becas de Régimen General del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

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