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Documento BOE-A-2013-68

Acuerdo de 20 de diciembre de 2012, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial, por el que se convocan pruebas de especialización para la provisión de plazas de Magistrado especialista en el orden jurisdiccional social.

Publicado en:
«BOE» núm. 3, de 3 de enero de 2013, páginas 340 a 352 (13 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Consejo General del Poder Judicial
Referencia:
BOE-A-2013-68

TEXTO ORIGINAL

El Pleno del Consejo General del Poder Judicial, en su reunión de fecha 20 de diciembre de 2012 de conformidad con lo dispuesto en los artículos 311.1, 312 y concordantes de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, ha acordado:

1. Convocar pruebas de especialización para cubrir siete plazas vacantes en el orden jurisdiccional social.

2. De las especializaciones convocadas se reserva una a personas de la Carrera Judicial o Fiscal con discapacidad en grado igual o superior al 33%, siempre y cuando supere las pruebas. Si esa especialidad no se alcanzara por las personas participantes por ese turno de reserva, acrecerá al turno general.

3. Las pruebas objeto de la presente convocatoria se regirán por las siguientes bases:

A) Normas aplicables.

1. Las pruebas de especialización en el orden social se regirán por las disposiciones de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, por el Reglamento 2/2011, de 28 de abril, de la Carrera Judicial, y por las normas del presente acuerdo.

B) Requisitos de las personas aspirantes.

1. Podrán concurrir a las presentes pruebas de especialización los miembros de la Carrera Judicial que, ostentando la categoría de Juez/a, hayan prestado, al menos, dos años de servicios efectivos en la misma, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 311.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Igualmente, podrán hacerlo quienes tengan la categoría de Magistrado/a y, como forma de acceso a la Carrera Judicial, los miembros de la Carrera Fiscal; en ambos casos, será necesario haber prestado al menos dos años de servicios efectivos en sus respectivas carreras, en todo caso computados a la fecha de expiración del plazo de presentación de solicitudes.

2. Las personas aspirantes podrán participar en las pruebas que se convocan cualquiera que sea su situación administrativa, excepto la de suspensión definitiva.

3. Para la preparación de las presentes pruebas de especialización, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 232 del Reglamento de la Carrera Judicial, los aspirantes podrán solicitar licencia de hasta un mes con los requisitos y efectos previstos en el artículo 233 del mismo Reglamento.

C) Presentación de solicitudes.

1. Las solicitudes para tomar parte en las pruebas que se convocan, ajustadas al modelo que figura como Anexo II, se presentarán en el Registro General del Consejo General del Poder Judicial (C/ Marqués de la Ensenada, 8, 28071, Madrid), directamente o por cualquiera de los procedimientos previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, dentro de los veinte días naturales siguientes a contar desde la publicación del presente Acuerdo en el Boletín Oficial del Estado.

2. Quienes tomen parte en las pruebas por el turno de reserva para personas con discapacidad deberán acreditar este extremo presentando –junto a la solicitud de admisión a las pruebas- certificación de los órganos competentes del Ministerio de Empleo y Seguridad Social o, en su caso, de la Comunidad Autónoma. Del mismo modo, presentarán la eventual petición sobre las adaptaciones y ajustes razonables de tiempo para su participación en el proceso en condiciones de igualdad, consignando la necesidades específicas que se precisan y si se solicitan para el ejercicio teórico y/o práctico. Todo ello de acuerdo con lo previsto en el artículo 14 del Reglamento de la Carrera Judicial.

D) Publicación de listas.

1. Concluido el plazo de presentación de solicitudes, la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial resolverá acerca de la admisión o exclusión de las candidaturas. En el mismo acto, resolverá sobre las adaptaciones solicitadas por las personas que toman parte por el turno de reserva para personas con discapacidad.

2. El texto del correspondiente acuerdo se publicará en el Boletín Oficial del Estado, concediéndose a las personas que resulten excluidas un plazo de diez días naturales para que subsanen los defectos advertidos o formulen las reclamaciones a que hubiere lugar. Los errores de hecho podrán ser subsanados en cualquier momento, bien de oficio o a petición de la persona interesada.

3. Finalizado el plazo de subsanaciones, la Comisión Permanente hará pública en el Boletín Oficial del Estado la relación definitiva de personas admitidas y excluidas, resolviendo acerca de las impugnaciones formuladas.

E) Tribunal calificador.

1. Publicada la relación definitiva a que se refiere la base anterior, el Pleno del Consejo General del Poder Judicial procederá, según lo previsto en el artículo 314 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, a la designación y nombramiento del Tribunal Calificador, que será publicada en el Boletín Oficial del Estado. El Tribunal estará presidido por el Presidente del Tribunal Supremo o el Magistrado o Magistrada del Tribunal Supremo o de Tribunal Superior de Justicia en quien delegue. Serán vocales del mismo dos magistrados o magistradas, un o una fiscal, dos catedráticos o catedráticas de universidad de la disciplina jurídica en que consisten las pruebas, un abogado o una abogada con más de diez años de ejercicio profesional, un abogado o una abogada del Estado, un secretario o una secretaria judicial de primera categoría y un miembro de los órganos técnicos del Consejo General del Poder Judicial, que tenga la licenciatura en Derecho y que actuará como Secretario o Secretaria. Cuando no sea posible designar a catedráticos o catedráticas de universidad, podrán nombrarse excepcionalmente profesores o profesoras titulares.

2. De los miembros indicados, el Consejo General del Poder Judicial nombrará a los Catedráticos o las Catedráticas o, en su caso, los Profesores o las Profesoras titulares, oído el Consejo de Universidades; el Abogado o la Abogada del Estado y el Secretario o la Secretaria judicial, oído el Ministerio de Justicia; el Abogado o la Abogada, oído el Consejo General de la Abogacía, y el o la fiscal, oído el Fiscal General del Estado.

3. La composición del Tribunal será paritaria, en atención a lo dispuesto en el artículo 53 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.

4. El Consejo General del Poder Judicial, al conceder comisión de servicio a los miembros del Tribunal que de él dependan, indicará expresamente si dicha comisión ha de ser con relevación de las demás funciones, e instará, en su caso, a las instituciones mencionadas en el apartado 2 del presente artículo a que se pronuncien en el mismo sentido respecto de los miembros del Tribunal cuya propuesta dependa de ellas.

5. El Tribunal, previa citación hecha de orden de su Presidencia, se constituirá a la mayor brevedad y, en todo caso, antes de transcurrido un mes desde su nombramiento, levantando la correspondiente acta, y dirigirá al Consejo General del Poder Judicial una propuesta comprensiva del calendario de desarrollo de las pruebas, con señalamiento de la fecha y hora de comienzo del primer ejercicio, cuya primera sesión tendrá lugar entre los días 22 y 26 de abril. Aprobada esta propuesta, se acordará su publicación en el Boletín Oficial del Estado, indicándose también el lugar de celebración de aquéllas. Entre la expresada publicación y el comienzo de las pruebas deberán mediar, al menos, veinte días naturales.

6. En la sesión de constitución, los miembros del Tribunal en quienes concurra alguna de las causas de abstención establecidas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, deberán manifestarlo expresamente, salvo que tuvieran conocimiento de ella en un momento posterior. Por los mismos motivos podrán las personas aspirantes, en su caso, promover la recusación de los miembros del Tribunal.

7. El Presidente o la Presidenta del Tribunal pondrá en conocimiento del Consejo General del Poder Judicial la abstención o recusación de cualquiera de sus miembros a fin de que aquél resuelva sobre ella y proceda, en su caso, a la designación de otro miembro del Tribunal de la misma condición que quien se hubiera abstenido o hubiera sido recusado. En el ínterin, sin embargo, el Tribunal podrá seguir actuando si cuenta con el quórum mínimo reglamentario.

8. El Tribunal no podrá actuar sin la presencia, al menos, de siete de sus miembros. En el caso de no hallarse presente el Presidente o la Presidenta del Tribunal, será sustituido, con carácter accidental, por el magistrado o la magistrada con más antigüedad. En el supuesto de ausencia del Secretario o la Secretaria, realizará sus funciones el abogado o la abogada, o, en su defecto, otro de los miembros del Tribunal por el orden inverso a aquél en que aparezcan enumerados en el acuerdo de su nombramiento.

9. Las decisiones del Tribunal se adoptarán por mayoría de votos, siendo de calidad, en caso de empate, el voto del Presidente o Presidenta. El Tribunal resolverá cuantas incidencias se planteen en el desarrollo de las pruebas que no estén previstas en la presente convocatoria, o en el Reglamento que le sirve de marco.

10. Las sesiones se documentarán por el Secretario o la Secretaria, que levantará acta de las mismas, suscribiéndolas con el visto bueno del Presidente o la Presidenta. En las actas se indicarán necesariamente los miembros presentes, las causas de la ausencia de los demás y las motivaciones de las decisiones del Tribunal.

F) Proceso selectivo.

1. El proceso selectivo tiene por objeto apreciar el grado de capacitación profesional necesario para el ejercicio de funciones jurisdiccionales en orden social. Consistirá en la realización de un ejercicio teórico y uno práctico cuya superación dará acceso a un curso teórico-práctico a celebrar en la Escuela Judicial.

2. Ambos ejercicios versarán sobre las materias que componen el programa que aparece como Anexo I al presente Acuerdo, y en su valoración el Tribunal tendrá en cuenta:

a) La formación jurídica de la persona candidata en las materias propias del orden social.

b) La actualización y suficiencia de su preparación mediante el conocimiento de las novedades legislativas, doctrinales y jurisprudenciales en dichas materias.

c) La capacidad de argumentación jurídica y razonamiento lógico para alcanzar conclusiones válidas, tanto formal como materialmente.

3. El ejercicio teórico consistirá en la exposición oral ante el Tribunal, constituido en sesión pública, de cuatro temas extraídos a la suerte, de entre los que componen el programa que aparece como Anexo I al presente Acuerdo. Su distribución será la siguiente: Dos temas del primer bloque (derecho laboral), un tema del segundo bloque (derecho de la seguridad social) y un tema del tercer bloque (derecho procesal). Para su realización y calificación se observarán las siguientes reglas:

a) Se efectuará un solo llamamiento, quedando decaídas en su derecho las personas aspirantes que no comparezcan a realizarlo, a menos que, con anterioridad a dicho acto, justifiquen debidamente la causa de su incomparecencia, que será apreciada por el Tribunal, en cuyo supuesto serán objeto de una nueva convocatoria. Si el llamamiento se produjese dentro de las cuatro semanas anteriores a la fecha prevista para el alumbramiento de la mujer aspirante o dentro de las dieciséis semanas siguientes al parto, a petición de la candidata, se efectuará una nueva convocatoria, que tendrá lugar entre la decimosexta y vigésima semana posterior al alumbramiento.

b) Las personas aspirantes, antes de dar comienzo a la exposición, dispondrán de un máximo de treinta minutos de reflexión, pudiendo confeccionar si lo desean un esquema por escrito y a la vista del Tribunal. Para la exposición de los temas, las personas aspirantes dispondrán de hasta ochenta minutos, no pudiendo dedicar a cada uno de ellos más de veinte minutos ni menos de quince.

c) Cuando el Tribunal, consultado a tal efecto por su Presidente/a y por decisión unánime de sus miembros, apreciara en cualquier momento de la exposición de los temas una manifiesta deficiencia de contenido, invitará a la persona aspirante a retirarse, indicándole el motivo, dando por concluido para aquélla el desarrollo de las pruebas, motivando debidamente su decisión en el acta de la sesión correspondiente.

d) Finalizada la exposición de los temas, las personas candidatas habrán de responder a las observaciones que sobre el contenido de los mismos les sean formuladas por los miembros del Tribunal, durante un período de tiempo que en total no exceda de quince minutos.

e) Al término de la sesión, y tras deliberar a puerta cerrada, el Tribunal votará sobre el aprobado o el suspenso de las personas examinadas, siendo necesaria mayoría de votos y resolviendo los empates el voto de calidad del Presidente o Presidenta. A la persona así aprobada, cada miembro del Tribunal otorgará de 0 a 10 puntos por cada uno de los temas expuestos, haciéndose constar en acta la puntuación otorgada por cada miembro a cada tema. La nota final se obtendrá sumando todas las puntuaciones, excluyendo la máxima y la mínima de las otorgadas a cada tema, y dividiendo el total entre el número de puntuaciones computadas, siendo necesario obtener al menos 20 puntos para aprobar el ejercicio.

f) Diariamente, el Tribunal hará público el resultado obtenido por las personas aspirantes aprobadas en el tablón de anuncios del local donde se celebren las sesiones.

4. Finalizadas las sesiones del ejercicio teórico, el Tribunal hará pública la convocatoria para la realización del ejercicio práctico, que consistirá en la redacción de una sentencia sobre la base del supuesto práctico fijado por el Tribunal, y que se ajustará a las siguientes reglas:

a) Se efectuará un solo llamamiento en los términos del apartado F.3.a.

b) La sentencia se efectuará por escrito, y el Tribunal indicará en el acuerdo de convocatoria la documentación de la que puedan valerse las personas candidatas para su realización, así como el tiempo disponible, que no podrá exceder de cinco horas.

c) Realizada la sentencia, el Tribunal procederá a la corrección y valoración de la misma, adoptando las medidas necesarias para que quede debidamente preservado el anonimato de los aspirantes.

d) Cada uno de los miembros del Tribunal otorgará a cada ejercicio un máximo de 40 puntos. Las puntuaciones dadas por cada miembro serán sumadas, excluyendo la más alta y la más baja, y se dividirá el total que resulte entre el número de vocales cuya calificación se hubiere computado, de tal modo que el cociente obtenido constituirá la calificación de la persona aspirante. Para la superación de la prueba, los candidatos habrán de obtener un mínimo de 20 puntos.

e) Concluidos los ejercicios, el Tribunal remitirá al Consejo General del Poder Judicial la relación de personas que los hubiesen superado, con expresión de la puntuación obtenida resultado de sumar las calificaciones alcanzadas en los dos ejercicios, sin que puedan acceder al curso un mayor número de personas que de plazas convocadas.

Los posibles empates se resolverán a favor de quien tenga mejor número de escalafón y, en caso de producirse entre personas de diferentes carreras, tendrá preferencia el que mayor nota hubiera obtenido en el primer ejercicio.

5. Las personas aprobadas accederán al curso en la Escuela Judicial. Su programa formativo lo elaborarán los órganos correspondientes de la Escuela Judicial y será sometido a la aprobación de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial.

6. Mientras dure el curso, el Consejo General del Poder Judicial concederá a las personas que hayan de seguirlo las licencias necesarias para concurrir a la sede de la Escuela Judicial en las fechas o períodos de tiempo establecidos en la programación, con el fin de llevar a cabo en la misma las actividades previstas, de conformidad con lo dispuesto en el Título XII del Reglamento de la Carrera Judicial.

7. Concluido el curso el profesorado y los tutores y tutoras que lo hubieran dirigido presentarán al Tribunal un informe razonado de las actividades realizadas por cada una de las personas aspirantes, con la valoración final de aptitud, en su caso, sin que puedan obtener la especialización las personas declaradas no aptas.

G) Propuesta de personas aprobadas.

1. El Tribunal calificador remitirá la relación de personas aprobadas al Consejo General del Poder Judicial, colocadas por orden de puntuación global obtenida, sin que puedan comprenderse en la misma mayor número de plazas que las anunciadas en la correspondiente convocatoria. Copia de dicha relación se hará pública en la página web www.poderjudicial.es.

Igualmente elevará al Consejo General del Poder Judicial en unión del expediente completo del proceso, que comprenderá las actas originales de las sesiones, un informe final valorativo del desarrollo de las pruebas y eventuales mejoras que pueda considerar necesario incorporar a este tipo de procesos.

2. Recibida en el Consejo General del Poder Judicial la propuesta, se acordará su inserción en el Boletín Oficial del Estado, procediéndose al nombramiento de las personas seleccionadas como magistrados especialistas en el orden jurisdiccional social, siendo destinados a las vacantes existentes, con la salvedad que se expresará en el apartado 4, y otorgándose preferencia a la mejor puntuación obtenida. Perderán la condición de magistrado o magistrada especialista quienes no tomen posesión del destino obtenido.

3. Las personas aspirantes con categoría de Juez que resulten seleccionadas se incorporarán al escalafón de la categoría de Magistrados por el orden de su nombramiento, según la calificación total obtenida, y a continuación del último o la última de los promovidos por cualquiera de los turnos previstos en el artículo 311 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Los magistrados y las magistradas que superasen las pruebas de especialización en este orden jurisdiccional, conservarán sus respectivas situaciones en el orden escalafonal correspondiente a la categoría de Magistrado, independientemente de la puntuación obtenida.

Sin perjuicio de lo dispuesto en los dos párrafos anteriores, el orden de puntuación total obtenida por jueces y magistrados en las pruebas de especialización determinará, independientemente de sus respectivos puestos en el escalafón general, la preferencia para ocupar las plazas de especialista en los términos previstos en los artículos 329.2 y 330.2, en relación con el artículo 332, todos ellos de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

4. Los miembros de la Carrera Judicial destinados en Juzgados de lo social que adquieran la condición de especialista en virtud de las presentes pruebas podrán continuar en su destino, siguiendo lo dispuesto en el artículo 329.6 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Asimismo, en el supuesto de que la persona aprobada tuviera destino en una Sala o Sección del orden social, podrá continuar en el mismo hasta que se le adjudique la primera vacante de especialista que se produzca, tal y como establece el artículo 330.3 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

5. Las personas aspirantes procedentes de la Carrera Fiscal que accedieren a la Judicial por superar las pruebas se incorporarán al escalafón correspondiente a la categoría de Magistrado, por orden de nombramiento, según la calificación final obtenida, a continuación del último o de la última de los promovidos por cualquiera de los turnos previstos en el artículo 311 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, quedando sujetos a lo dispuesto en el artículo 311, 4 y 5 de la mencionada Ley.

H) Recursos.

1. Los actos y resoluciones adoptados por el Tribunal podrán ser impugnados ante el Consejo General del Poder Judicial en los plazos y por los motivos que establece la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

2. Contra el presente Acuerdo, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes, a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar su publicación en el Boletín Oficial del Estado, ante el mismo órgano que la ha dictado, o bien directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Estado, ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Madrid, 20 de diciembre de 2012.–El Presidente del Consejo General del Poder Judicial, Gonzalo Moliner Tamborero.

ANEXO I
Programa de las pruebas de acceso a la categoría de Magistrado especialista en el orden jurisdiccional social. (Acuerdo de 20 de diciembre de 2012, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial)

I. Derecho laboral.

Tema 1. Presupuestos históricos del nacimiento del Derecho del Trabajo: El Derecho del Trabajo como instrumento de integración del conflicto social. El movimiento obrero y la primera legislación laboral. Internacionalización y constitucionalización del Derecho del Trabajo. El Estado del Bienestar. La superación del modelo «fordista» de relaciones laborales, globalización y crisis económica.

Tema 2. La evolución del Derecho del Trabajo en España. La primera legislación obrera y su evolución hasta la Segunda República. Legislación republicana. Derecho del Trabajo individual y colectivo en la España de Franco: Sus fases. La transición hacia un régimen democrático de relaciones laborales. La Constitución de 1978 y la constitucionalización de los derechos laborales. El Estatuto de los Trabajadores y las posteriores reformas laborales.

Tema 3. Fuentes del Derecho del Trabajo. La Constitución. Tratados y Normas Comunitarias. Otras normas Internacionales: Los convenios de la OIT y otros instrumentos ratificados por España. Normativa estatal: Las leyes y sus tipos. Los reglamentos. La costumbre laboral. Los principios generales del Derecho del Trabajo.

Tema 4. La negociación colectiva como fuente normativa: La garantía constitucional de la autonomía colectiva. El convenio colectivo estatutario: Concepto y caracteres. Eficacia y vinculación: Su naturaleza normativa. Contenido mínimo. Vigencia. Legitimación negocial y comisión negociadora. Procedimiento de elaboración, registro y publicación. Validez, aplicación, interpretación e impugnación. Adhesión y extensión. Clausulas de descuelgue.

Tema 5. La estructura de la negociación colectiva española: Unidades de negociación y concurrencia de convenios colectivos. Los acuerdos marco interprofesionales. La negociación colectiva intra-estatutaria: Los acuerdos de empresa en el Estatuto de los Trabajadores. Los convenios o pactos extraestatutarios. La negociación colectiva del empleado público. La negociación colectiva en el ámbito comunitario: En la elaboración de Directivas, en su trasposición a la normativa interna, y en empresas o grupos de ámbito comunitario.

Tema 6. El Derecho Comunitario Europeo. Principios, Derechos Fundamentales y caracteres. Instituciones de la Unión Europea Fuentes del Derecho Primario: Los Tratados Comunitarios. Fuentes del Derecho Derivado: Los reglamentos, las directivas y las decisiones. Las recomendaciones, dictámenes y resoluciones. La jurisdicción europea: La jurisprudencia del Tribunal de Justicia. Relaciones del Derecho Comunitario con el derecho interno: Eficacia directa y primacía del Derecho Comunitario.

Tema 7. Evolución del Derecho Social de las Comunidades Europeas. Principales disposiciones sociales en el ámbito comunitario para la armonización de legislaciones: Reglamentos relativos a la libre circulación de trabajadores. Directivas específicas: principio de igualdad y no discriminación; condiciones de trabajo; modalidades contractuales; vicisitudes empresariales; derechos de información y participación; seguridad y salud laborales. La Carta Comunitaria de Derechos Sociales Fundamentales de los Trabajadores.

Tema 8. La aplicación de las normas laborales. Jerarquización y orden de preferencia. Selección de la norma aplicable: Principios generales de jerarquía y modernidad. Los principios de coordinación del derecho del trabajo: norma mínima, norma más favorable y de condición más beneficiosa. El principio de irrenunciabilidad de derechos. El principio de especialidad. La interpretación del ordenamiento laboral. Determinación de la legislación aplicable al contrato de trabajo en el Derecho Internacional Privado.

Tema 9. El contrato de trabajo: Concepto y caracteres. Contrato de trabajo y figuras afines. Trabajo en común y contrato de grupo. Trabajo a domicilio y teletrabajo. Los trabajos de colaboración social. El empleado público en régimen laboral.

Tema 10. El empresario: Concepto. Problemas en la determinación del empresario: Los grupos de empresa. Nuevas formas de cooperación empresarial. Garantías por cambio de empresario: Sucesión de empresas, problemática y evolución jurisprudencial comunitaria y estatal. Las contratas y subcontratas de obras y servicios.

Tema 11. La cesión legal de trabajadores: Las empresas de trabajo temporal: Concepto, autorización, supuestos de actuación legal, prohibiciones, distribución de obligaciones y responsabilidades con la empresa usuaria. Los derechos del trabajador puesto a disposición. La cesión ilegal de trabajadores: concepto y efectos.

Tema 12. El trabajador: Concepto. La capacidad para contratar como trabajador. El trabajo de los menores y sus limitaciones. La discapacidad. El trabajador extranjero: Régimen jurídico de la extranjería en el ámbito de la entrada, permanencia y trabajo en España. Derechos del trabajador extranjero en situación irregular. Régimen especial de los ciudadanos comunitarios y sus familiares.

Tema 13. La formación del contrato. La fase previa: oferta y promesa de contrato. Consentimiento, objeto, causa y forma del contrato de trabajo. La ineficacia del contrato de trabajo: La nulidad parcial o total, anulabilidad. La prueba del contrato: Presunción de su existencia. La forma escrita del contrato y su valor. La copia básica. Derechos de información de los representantes de los trabajadores. Información escrita al trabajador sobre los elementos esenciales del contrato.

Tema 14. El periodo de prueba: Forma, duración, efectos y naturaleza jurídica. Los contratos formativos. Contrato para la formación. Contrato de trabajo en prácticas.

Tema 15. Clases de contrato de trabajo atendiendo a su duración. Evolución histórica. Régimen jurídico vigente de la contratación temporal: Tipos y regulación normativa. Régimen jurídico del fomento de empleo: programa general y programas específicos.

Tema 16. La prestación de trabajo. Los derechos y deberes básicos del trabajador en la relación laboral. El control empresarial y sus límites, en especial, los derechos fundamentales del trabajador, a la luz de la doctrina constitucional. Pactos de no concurrencia y de permanencia. Contenido funcional de la prestación: sistemas de clasificación profesional y encuadramiento individual. Promoción y formación profesional en el trabajo, y ascensos.

Tema 17. El Tiempo de trabajo. Las jornadas de trabajo: Límites legales y convencionales. El horario de trabajo. Distribución de la jornada. El derecho a la adaptación de la jornada por causa de conciliación de la vida, personal, familiar y laboral. Las horas extraordinarias. El descanso semanal y festivo.

Tema 18. Trabajo nocturno. Trabajo a turnos. Ritmos de trabajo y productividad. Jornadas especiales. Las vacaciones anuales. Permisos y licencias no periódicas. Las reducciones de jornada guarda legal y lactancia.

Tema 19. Trabajo a jornada completa y a tiempo parcial: Evolución del contrato de trabajo a tiempo parcial y su regulación. La regulación en materia de seguridad social y los factores de corrección, en el cómputo de cotizaciones y pago de prestaciones. Trabajo fijo discontinuo. Contrato de relevo. Contrato a tiempo parcial por jubilación parcial.

Tema 20. El poder de variación del empresario. Movilidad funcional: Concepto y clases. Movilidad geográfica: Traslados y desplazamientos. El desplazamiento transnacional. Modificación sustancial de las condiciones de trabajo. El poder disciplinario del empresario: Faltas y sanciones.

Tema 21. La prevención de riesgos laborales, como obligación empresarial, La gestión integrada de la prevención: El plan de Prevención, la evaluación de riesgos y la planificación de la actividad preventiva. Servicios de prevención propios y ajenos, trabajadores designados y auditorías. Las obligaciones de coordinación de actividades empresariales. Obligaciones de los suministradores de maquinaria, equipos, productos y sustancias.

Tema 22. Derechos colectivos de los trabajadores en materia de prevención de riesgos laborales: Delegados de prevención y Comité de Seguridad y Salud. Las responsabilidades por el incumplimiento de las normas de prevención de riesgos laborales: Infracciones y sanciones administrativas. El recargo de prestaciones de Seguridad Social. Responsabilidad penal. La responsabilidad civil y su problemática.

Tema 23. El salario: Concepto legal y presunción de salario. Las percepciones no salariales. Modalidades salariales: En dinero y en especie; por tiempo y rendimiento; las comisiones. La estructura salarial. Salario base y complementos salariales. Las gratificaciones extraordinarias. La fijación del salario y sus límites: El salario mínimo interprofesional, La condición más beneficiosa, la prohibición de discriminación salarial por razón de sexo y principio de igualdad. Las dobles escalas salariales. La absorción y compensación de conceptos salariales.

Tema 24. El cumplimiento de la prestación salarial: Lugar, tiempo y documentación del pago. Mora y anticipos. El recibo de finiquito y su problemática. Las garantías del salario. La clasificación de los créditos en situación concursal. La inembargabilidad del salario. El aseguramiento del pago: El Fondo de Garantía Salarial.

Tema 25. La suspensión del contrato de trabajo. Causas, efectos y procedimientos. Los expedientes de regulación de empleo para la suspensión de contratos y reducción de jornada. Las excedencias: Modalidades y regulación. La reincorporación del trabajador excedente.

Tema 26. La extinción del contrato de trabajo. Cuadro general de las causas de extinción: El mutuo acuerdo y su documentación; Término final y condiciones resolutorias; muerte, jubilación e incapacidad del trabajador y del empresario. Por voluntad del trabajador basada en incumplimiento empresarial. La dimisión y los problemas de interpretación del abandono.

Tema 27. La extinción del contrato de trabajo por causas objetivas: Evolución normativa y jurisprudencial. Causas, requisitos y efectos. Revisión judicial, calificación y efectos. El despido colectivo: Concepto y caracteres. La Directiva Comunitaria 98/59. Regulación en situación no concursal (ERE). El expediente judicial en concurso de acreedores.

Tema 28. El despido disciplinario: Concepto. Causas. La forma en el despido. La revisión judicial del despido: Despido procedente, improcedente y nulo. Las consecuencias específicas de la calificación.

Tema 29. Las relaciones especiales del trabajo:. a) La del personal de alta dirección. b) la del servicio del hogar familiar. c) La de los penados en las instituciones penitenciarias. d) La de los deportistas profesionales. e) La de los artistas en espectáculos públicos. f) representantes de comercios. g) La de los trabajadores minusválidos en centros especiales de empleo. h) La de los estibadores portuarios. Otras relaciones especiales.

Tema 30. Trabajadores autónomos. Trabajo asalariado, trabajo autónomo y trabajo autónomo económicamente dependiente. Regulación contractual entre el TRADE y su cliente y régimen jurídico aplicable. La forma del contrato. Jornada de actividad y descansos. Extinción contractual. Interrupciones justificadas. Los derechos colectivos básicos. El derecho a la salud y seguridad en el trabajo: especialidades de la prevención de riesgos en supuestos de subcontratación y coordinación de actividades.

Tema 31. El sindicato y su evolución histórica: Fases, con especial referencia a España. Las organizaciones sindicales internacionales. El modelo sindical español: El sindicato en la Constitución. La Ley Orgánica de Libertad Sindical. El régimen jurídico de los sindicatos: Constitución, capacidad, responsabilidad y financiación. La actividad del sindicato: Estatutos y funcionamiento democrático. Las organizaciones empresariales: Régimen jurídico y representatividad.

Tema 32. La libertad sindical: Concepto y titularidad. El contenido esencial y adicional de la libertad sindical. La mayor representatividad sindical: Fundamento y consecuencias; sus grados. La acción sindical en la empresa: Secciones sindicales y los delegados sindicales. Derechos y garantías de los delegados sindicales. Las cláusulas de seguridad sindical y las garantías de los afiliados. La tutela de la libertad sindical. El fenómeno sindical en las Administraciones Públicas.

Tema 33. La representación colectiva unitaria de los trabajadores en la empresa: Delegados Sindicales, Comité de Empresa y Comité Intercentros. Derechos de información, consulta y competencias. Funciones y forma de elección. Capacidad y sigilo profesional. Garantías de los representantes del personal. Promoción y procedimiento electoral. El derecho de reunión en la empresa. Locales y tablones de anuncios. El Comité de Empresa Europeo.

Tema 34. El conflicto colectivo. Procedimientos de composición de los conflictos colectivos: Conciliación, mediación y arbitraje. Evolución en España y en el Derecho comparado. Acuerdos sobre solución extrajudicial de conflictos colectivos. Efectos de los acuerdos de avenencia y laudos arbitrales.

Tema 35. La huelga: a) Concepto y clases; b) Breve referencia a su evolución histórica. Régimen jurídico de la huelga: a) Huelgas legales, ilegales y abusivas; b) Efectos. Los servicios esenciales. El cierre patronal: Concepto y fundamento. Régimen jurídico del cierre patronal en España. Otras manifestaciones conflictivas.

Tema 36. La Administración Laboral en España: Antecedentes históricos, funciones y estructura actual. Distribución de competencias entre Comunidades Autónomas y Estado en materia laboral. La Inspección de Trabajo y Seguridad Social. El procedimiento administrativo para la imposición de sanciones por infracciones en el Orden Social. Organizaciones internacionales no comunitarias. La Organización Internacional del Trabajo: estructura orgánica, competencias y funciones.

Tema 37. Los derechos fundamentales inespecíficos en la relación laboral: La doctrina constitucional relativa a integridad física y moral; libertad ideológica, religiosa y de culto; honor, intimidad, propia imagen y secreto de las comunicaciones; libertad de expresión y libertad de información; tutela judicial efectiva y garantía de indemnidad. La aplicación del principio de igualdad en la relación laboral y los factores diferenciales: en el contrato individual y en la negociación colectiva, y por parte de empleador privado o público.

Tema 38. La construcción del género en el Derecho Comunitario: Evolución normativa en los Tratados y en las Directivas. Evolución en la jurisprudencia comunitaria: el principio de igualdad de trato, los conceptos de discriminación directa, discriminación indirecta y acción positiva, y su aplicación en relación al embarazo, la maternidad, las medidas proteccionistas de la mujer en el trabajo, el trabajo a tiempo parcial y de las medidas de acción positiva. La extensión de la tutela anti-discriminatoria a otras causas de discriminación. La recepción de los anteriores conceptos por la doctrina constitucional y su aplicación en la jurisprudencia interna.

Tema 39. Ley Orgánica de igualdad efectiva de hombres y mujeres, LOIEMH 3/07. Motivos de la misma: De la igualdad formal a la igualdad real. Principios generales. Discriminación directa e indirecta. Acoso sexual y acoso por razón de sexo. Los planes de igualdad. Medidas de protección social contempladas.

Tema 40. La ley Orgánica 3/2007 para la igualdad efectiva de mujeres y hombres y su aplicación a las relaciones laborales. La tutela frente a la violencia de género: La Ley Orgánica 1/2004, Integral de Violencia de Género. Objeto de la Ley y principios rectores. Medidas relativas a la relación individual de trabajo. Incentivos a la contratación.

II. Derecho de la Seguridad Social.

Tema 41. La Seguridad Social. Concepto y formación histórica. Los grandes sistemas de Seguridad Social. La Seguridad Social en la Constitución El sistema español de Seguridad Social: Evolución y configuración actual. Principios generales. Los niveles de protección. Las fuentes del Derecho de la Seguridad Social. La crisis del sistema y las sucesivas reformas normativas.

Tema 42. Campo de aplicación y estructura del Sistema de la Seguridad Social. Extensión del campo de aplicación: Criterios de determinación del ámbito. Inclusiones, exclusiones y asimilaciones. Extranjeros. Estructura del Sistema de la Seguridad Social: Régimen General y Regímenes Especiales; rasgos genéricos de éstos y procesos de integración. Actos de encuadramiento: inscripción de empresas, afiliación, altas y bajas de los trabajadores. Situaciones asimiladas al alta y de cómputo de cotizaciones. Sistemas especiales y convenio especial.

Tema 43. Organización de la gestión de la Seguridad Social: Entidades gestoras y servicios comunes. La colaboración en la gestión: Las mutuas de accidentes de trabajo y las empresas. Financiación: Principios y fuentes de la financiación. Estudio especial de la cotización: Sujetos obligados y sujetos responsables. Nacimiento y duración de la obligación de cotizar. Bases y tipos de cotización: Normas generales y supuestos especiales. Recaudación voluntaria y en vía ejecutiva.

Tema 44. La acción protectora y la determinación de los riesgos en el sistema de la Seguridad Social. Su esquema general. Las prestaciones: Concepto y clases. Reglas generales sobre los requisitos de acceso a la protección. Las carencias de cotización exigidas. Incompatibilidades y garantías. Prescripción y caducidad. Revisión de los actos declarativos de derechos y reintegro de prestaciones. Revalorización de pensiones; cuantías mínimas, complemento a mínimos y limites máximos.

Tema 45: La especialidad de las contingencias profesionales. Accidentes de trabajo. Concepto general. Presunción legal de su existencia. Supuestos específicos de consideración como accidente de trabajo: Análisis pormenorizado y criterios jurisprudenciales. Supuestos excluidos. El accidente de trabajo de los TRADE. Las enfermedades profesionales. Normativa sobre reconocimientos obligatorios, diagnóstico y calificación.

Tema 46. La responsabilidad en materia de prestaciones. La responsabilidad de las gestoras. La responsabilidad por incumplimiento de las obligaciones empresariales: Alcance, moderación, responsables solidarios y subsidiarios. El principio de automaticidad y sus límites. El Fondo de Garantía de Accidentes de Trabajo y el Servicio de Reaseguro. La responsabilidad empresarial por falta de medidas de seguridad y salud en el trabajo: el recargo de prestaciones.

Tema 47. Asistencia sanitaria. La protección de la salud: Problemática económica y sanitaria. La contingencia protegida: Hechos causantes, beneficiarios y régimen jurídico. Prestaciones. Uso excepcional de servicios sanitarios privados y el reintegro de gastos sanitarios.

Tema 48. La protección de la incapacidad temporal. Maternidad. Paternidad. Riesgo durante el embarazo. Riesgo durante la lactancia natural. Cuidado de menores afectados de enfermedad grave. Concepto, prestación económica, beneficiario y régimen jurídico de cada una ellas: Nacimiento, extinción, pérdida o suspensión. Especificidades respecto a la incapacidad temporal: Periodo de observación en enfermedad profesional. Concurrencia con la situación de desempleo.

Tema 49. La Incapacidad permanente: Concepto. Clases y grados. Prestaciones: nacimiento, duración y extinción. Cuantía. Las Lesiones permanentes no invalidantes. Procedimiento para la declaración de las situaciones de incapacidad permanente: calificación y revisión. Prestaciones recuperadoras. Pensión de invalidez SOVI.

Tema 50. La jubilación: Situaciones protegidas, prestaciones y régimen jurídico. Las jubilaciones anticipadas. La jubilación parcial. La jubilación del extinto Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez.

Tema 51. Muerte y supervivencia. Situaciones protegidas, beneficiarios, prestaciones y régimen jurídico. Viudedad SOVI.

Tema 52. La protección por desempleo. Nivel contributivo: Situaciones protegidas, beneficiarios, prestaciones y dinámica de la protección. La modalidad de pago único. Nivel asistencial: Situaciones protegidas, beneficiarios, prestaciones y dinámica de la protección. La renta activa de inserción: beneficiarios, prestación y régimen jurídico.

Tema 53. El nivel no contributivo de la Seguridad Social. Invalidez permanente no contributiva. La jubilación no contributiva. Las prestaciones familiares no contributivas. Asistencia social: Ley de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.

Tema 54. Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA): Ámbito subjetivo, encuadramiento, cotización y acción protectora. Especialidades respecto a los trabajadores autónomos económicamente dependientes.

Tema 55. La Seguridad Social de los trabajadores emigrantes: Los Reglamentos Comunitarios en materia de Seguridad Social: Principios inspiradores y de aplicación. Régimen de las prestaciones. Tratados bilaterales: Técnicas de conservación de derechos.

Tema 56. La protección social complementaria: previsión constitucional y normativa. Características. Modalidades: Mejora directa de las prestaciones. Tipos de cotización adicionales.. Planes de pensiones: Características, clases y régimen jurídico y financiero. Mutualidades de previsión. Contratos de seguro colectivo.

III. Derecho Procesal.

Tema 57. Origen y evolución de la jurisdicción social hasta la Ley Orgánica del Poder Judicial. El orden jurisdiccional social en la Ley Orgánica del Poder Judicial. El ámbito del orden jurisdiccional social. Principios reguladores del proceso laboral. Incidencia de otras normas procesales.

Tema 58. Organigrama judicial actual y distribución de competencias. Regulación y tratamiento de la competencia. Las partes en el proceso laboral: capacidad, legitimación, representación y defensa. La Ley de Asistencia Jurídica Gratuita. La intervención de los sindicatos y asociaciones patronales. Intervención en el proceso del Fondo de Garantía Salarial. Deberes procesales de las partes.

Tema 59. La nueva Oficina Judicial. Actos procesales: Concepto y requisitos. Actuaciones procesales: competencias del secretario y del juez o tribunal; tiempo, lugar, constancia, documentación e idioma; resoluciones procesales: Clases y forma; actos de comunicación. Vicios de los actos procesales, nulidad y subsanación de los mismos.

Tema 60. La evitación del proceso: La conciliación, mediación previa y laudos arbitrales. La vía administrativa previa. Actos preparatorios y diligencias preliminares. Anticipación y aseguramiento de la prueba. Medidas cautelares. Régimen de acumulaciones de acciones y procesos. Prescripción y caducidad de las acciones nacidas del contrato de trabajo.

Tema 61. La demanda: Forma, contenido y admisión. Señalamiento y suspensión de los actos de conciliación y juicio. La conciliación judicial. Inicio del juicio: resolución de cuestiones previas y ratificación o ampliación de la demanda. La contestación a la demanda. La intervención del juez. Prejudicialidad penal y social.

Tema 62. La prueba en general: Objeto y carga de la misma en el proceso laboral. Supuestos especiales de imputación de la carga probatoria. Admisibilidad de los medios de prueba. Procedimiento probatorio: Diligencias preparatorias, traslado previo y aportación anticipada; proposición, admisión y protesta; práctica de la prueba e intervención del juez y de las partes; valoración en conclusiones y diligencias finales.

Tema 63. Los medios de prueba y su práctica específica: Interrogatorio de las partes, interrogatorio de testigos, prueba pericial, prueba documental, procedimiento de reproducción de la palabra, imagen y sonido, la prueba informática, informes de expertos. La sentencia: Forma, contenido y motivación.

Tema 64. Modalidades procesales y su adecuación de oficio. El proceso monitorio. Despido disciplinario. Impugnación de sanciones. Reclamación al Estado del pago de salarios de tramitación en juicios por despido. Extinción del contrato por causas objetivas, despido colectivo otras causas de extinción.

Tema 65. Otras modalidades individuales: Fijación de vacaciones. Clasificación profesional. Movilidad geográfica y modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo. Derechos de conciliación de la vida personal, familiar y laboral. Prestaciones de la Seguridad Social.

Tema 66: Materia electoral: impugnación de laudos, de la resolución administrativa que deniega el registro de actas y de la certificación de capacidad representativa sindical. Impugnación de los Estatutos de los sindicatos o de su modificación. Procedimiento de oficio. Impugnación de actos administrativos en material laboral y de seguridad social excluidos los prestacionales. Impugnación de actos dictados por el Consejo de Ministros.

Tema 67. Conflictos colectivos. Impugnación de Convenios Colectivos. Tutela de los derechos fundamentales y libertades públicas.

Tema 68. Los medios de impugnación: Recursos de reposición y queja. El recurso de suplicación: naturaleza del mismo; resoluciones recurribles; procedimiento; sentencia y efectos.

Tema 69. El recurso de casación ordinario: competencia y tramitación; resoluciones recurribles; motivos de casación; procedimiento. El recurso de casación para la unificación de doctrina: sentencias recurribles; finalidad, doctrina de contradicción y legitimación del Ministerio Fiscal; procedimiento. Disposiciones comunes en materia de depósitos y consignaciones. La revisión de sentencias y laudos arbitrales. El proceso de error judicial.

Tema 70. Ejecución de sentencias: principios generales de la ejecución en el orden jurisdiccional social; competencia; cuestiones incidentales; procedimiento general; transacción. Ejecución en conflictos colectivos. Ejecución dineraria: El embargo, la realización de los bienes embargados, pago de los acreedores, la insolvencia empresarial y la intervención del Fondo de Garantía Salarial.

Tema 71. Ejecución definitiva de las sentencias firmes por despido y frente a entes públicos. Ejecución provisional: Sentencias condenatorias al pago de cantidades; sentencias condenatorias en materia de Seguridad Social; sentencias de despido; sentencias condenatorias recaídas en otros procesos.

Tema 72. La doctrina del Tribunal Constitucional en materia procesal laboral. El recurso de amparo y la cuestión de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional: Objeto, requisitos y tramitación. La cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

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