Está Vd. en

Documento BOE-A-2013-6936

Resolución de 7 de mayo de 2013, de la Dirección General de Energía, Minas y Seguridad Industrial del Departamento de Empresa y Empleo, por la que se autoriza para su uso e instalación en la red, el contador estático trifásico, de energía eléctrica, marca Circutor, serie TBT.

Publicado en:
«BOE» núm. 152, de 26 de junio de 2013, páginas 47960 a 47961 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-2013-6936

TEXTO ORIGINAL

Vista la solicitud presentada por la empresa Circutor, SA, domiciliada en Vial Sant Jordi, s/n, de Viladecavalls (08032) Barcelona, en solicitud de autorización para su uso e instalación en la red de un contador multifunción trifásico (medida, registro y tarificación, serie TBT directo estándar.

Vista la memoria técnica aportada con visado 1203383/00 de 23/11/2012 del COETTC, la declaración CE de Conformidad del fabricante de fecha 26 de febrero de 2013 y los certificados de Applus n.º 09/34602302, 09/346002385; 09/32000054, 09/34605097 y los del CEM n.º 0300-ES-081987001, 082311001 y 102247002 que acreditan el cumplimiento de las prescripciones técnicas y metrológicas aplicables.

Considerando el Real Decreto 1110/2007, de 24 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento Unificado de puntos de medida del sistema eléctrico (BOE n.º 224, de 18 de septiembre de 2007).

De acuerdo con las competencias establecidas en el Decreto 200/2010, de 27 de diciembre de creación, denominación y determinación del ámbito de competencia de los Departamentos de la Administración de la Generalidad de Cataluña (DOGC n.º 5785, de 29 de diciembre de 2010), resuelvo:

Autorizar para su uso e instalación en la red el contador estático trifásico, de energía eléctrica, marca Circutor, serie. TBT directo estándar, modelo: serie. 410.

Contadores de cuatro cuadrantes, con medida de energía generada y consumida, con las características siguientes:

 

Serie

Activa

Reactiva

Clase de medida

410

1

2

Frecuencia nominal

50-60 Hz

 

 

Tensión de referencia (Uref): 3 × 57/100 V a 3 × 230/400 (según versión).

Tensión de funcionamiento: 80% Uref (mínimo), 120% Uref (máxima).

Resto de datos técnicos contenidos en la memoria técnica con visado n.º 1203383/00 del COETTC de 23 de noviembre de 2012.

El contenido y el alcance de esta autorización están sujetos a las condiciones siguientes:

Primera.

Esta autorización tiene un plazo máximo de validez de cinco años, o el menor que resulte de la aplicación de un nuevo reglamento que regule los sistemas de medida de la energía eléctrica. Esta autorización podrá ser prorrogada por períodos sucesivos previa petición presentada para el solicitante de la misma en esta Dirección General de Energía, Minas y Seguridad Industrial.

Segunda.

Previamente a su instalación, los aparatos a que se refiere esta autorización tendrán que superar el control de verificación en origen realizado por un verificador de medidas eléctricas oficialmente autorizado.

Tercera.

Los instrumentos a los que se refiere esta resolución, tendrán que cumplir, adicionalmente, todas las condiciones contenidas en el anexo que la acompaña.

Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante el secretario de Empresa y Competitividad en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de su notificación, sin perjuicio de poder hacer uso de cualquier otro recurso que se considere oportuno.

Barcelona, 7 de mayo de 2013.–El Director General de Energía, Minas y Seguridad Industrial, P.D. (Resolución EMO/991/2011, de 12 de abril), el Subdirector General de Seguridad Industrial, Isidre Masalles Roman.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid