Está Vd. en

Documento BOE-A-2013-6972

Orden ECD/1186/2013, de 3 de junio, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Paleontológica Emiliano Aguirre.

Publicado en:
«BOE» núm. 153, de 27 de junio de 2013, páginas 48202 a 48203 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2013-6972

TEXTO ORIGINAL

Examinada la solicitud de inscripción de la Fundación Paleontológica Emiliano Aguirre resultan los siguientes:

Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la Fundación.

La Fundación anteriormente citada fue constituida por don Francisco-Javier Castellano Barón, en Madrid, el 15 de abril de 2013, según consta en la escritura pública número 657, otorgada ante el notario del Ilustre Colegio de Madrid, don Francisco Javier Cedrón López-Guerrero.

Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.

El domicilio de la Fundación quedó establecido en Madrid, la calle Zurbano, número 71, y su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio del Estado español.

Tercero. Dotación.

Dotación inicial: Treinta y siete mil cuatrocientos treinta euros (37.430,00 euros). La dotación se realiza mediante la aportación de los bienes reflejados en la cláusula tercera de la escritura pública citada, junto con las certificaciones emitidas por don Francisco Alonso Couce; Geólogo Colegiado n.º 4564, en relación a la tasación de las obras aportadas. Dicha dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos previstos en la ley.

Cuarto. Fines de la Fundación.

En los Estatutos que han de regir la Fundación, incorporados a la escritura pública a que se refiere el antecedente de hecho primero, figuran como fines de la Fundación los siguientes:

• La gestión en su más amplio sentido de colecciones paleontológicas en general, pero principalmente las de titularidad privada y las ubicadas en España.

• La investigación de tales colecciones, y la difusión de los resultados de investigaciones sobre paleontología, generadas en la Fundación o fuera de ella.

• La colaboración con otras personas y entidades, privadas o públicas, en la conservación, investigación y difusión de dichas colecciones.

• La realización de cualquier otra actividad complementaria o accesoria de las antes relacionadas, como ediciones, publicaciones, exposiciones y muestras, cursos, ciclos de conferencias, coloquios y actos conmemorativos.

Quinto. Patronato.

Presidente: Don Francisco-Javier Castellano Barón.

Vicepresidenta: Doña Almudena Salamanca Suelves.

Vocales: Doña Reyes Castellano Salamanca y don Francisco Borja Castellano Salamanca.

Secretario no patrono: Don José-María Rodríguez-Ponga Salamanca.

Consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente citadas.

Fundamentos de Derecho

Primero. Resultan de aplicación para la resolución del expediente:

El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho de fundación para fines de interés general.

La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.

El Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de fundaciones de competencia estatal.

El Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de fundaciones de competencia estatal.

La Orden ECD/465/2012, de 2 de marzo, de delegación de competencias del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, en virtud de la cual se delegan en el Secretario General Técnico competencias relativas al Protectorado y Registro de Fundaciones atribuidas al Ministro

Segundo.

Según los artículos 35.1 de la Ley de Fundaciones y 43 del Reglamento de fundaciones de competencia estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia de la dotación, procediendo un pronunciamiento favorable al respecto.

Tercero.

Según la disposición transitoria cuarta de la Ley de Fundaciones, hasta tanto no entre en funcionamiento el Registro de Fundaciones de competencia estatal, subsistirán los actualmente existentes, por lo que procede la inscripción de la Fundación en este Registro de Fundaciones.

Por todo lo cual, resuelvo:

Inscribir en el Registro de Fundaciones la Fundación Paleontológica Emiliano Aguirre y su Patronato.

Madrid, 3 de junio de 2013.–El Ministro de Educación, Cultura y Deporte, P.D. (Orden ECD/465/2012, de 2 de marzo), el Secretario General Técnico del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, José Canal Muñoz.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid