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Documento BOE-A-2013-7264

Resolución de 6 de junio de 2013, de la Secretaría General de Universidades, por la que se fija la cuantía de la compensación económica a las entidades que han suscrito un convenio de colaboración con el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte para las ayudas del programa de Formación de Profesorado Universitario, gestionadas por la Dirección General de Política Universitaria, en el marco del estatuto del personal investigador en formación.

Publicado en:
«BOE» núm. 158, de 3 de julio de 2013, páginas 49787 a 49790 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2013-7264

TEXTO ORIGINAL

Por Orden ECI/266/2008, de 6 de febrero, (BOE de 9-02-2008) se establecieron las bases reguladoras de la concesión de subvenciones públicas en el marco de la línea instrumental de actuación en recursos humanos del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica (I+D+i) 2008-2011.

En el apartado 5 del punto cuarto de dicha Orden, relativo a los beneficiarios y sus requisitos y las entidades colaboradoras, se indica que las convocatorias podrán recoger la existencia de entidades colaboradoras que habrán de cumplir los requisitos y las obligaciones recogidas en la Ley General de Subvenciones para los beneficiarios de las subvenciones. Así mismo en el apartado 6 se dice que a través de las entidades colaboradoras se podrá efectuar el pago de la ayuda a los beneficiarios cuando así lo disponga la convocatoria.

De conformidad con dicha normativa, desde el ejercicio 2006 las universidades y organismos de adscripción de beneficiarios de ayudas para becas y contratos de Formación de Profesorado Universitario, vienen suscribiendo el correspondiente convenio de colaboración, con una duración de cuatro años. En el mencionado convenio se establece que, de conformidad con el artículo 16, número 3 m) de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, la entidad colaboradora recibirá como compensación por los costes derivados por su participación en la gestión de las ayudas, una subvención proporcional al número de beneficiarios activos, cuya cuantía se fijará anualmente por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte a través de resolución de la Secretaría General de Universidades.

Las ayudas concedidas para el programa de Formación de Profesorado Universitario, gestionado por la Dirección General de Política Universitaria, de la Secretaría General de Universidades, están sujetas al ámbito de aplicación del Real Decreto 63/2006, por el que se aprueba el Estatuto del personal investigador en formación.

Por las razones expuestas, esta Secretaría General ha resuelto:

1. Con el objeto de dar cumplimiento a lo establecido en el programa de ayudas para becas y contratos de Formación del Profesorado Universitario y en los correspondientes convenios firmados con las entidades colaboradoras, la compensación económica por los costes derivados por su participación en la gestión de las mismas, gestionadas por la Dirección General de Política Universitaria en el marco del Estatuto del personal investigador, se establece en doscientos cincuenta euros por beneficiario y año, más tres mil euros a aquellas entidades que se han incorporado a dicho programa en el ejercicio 2012, en concepto de gastos generales de las adaptaciones necesarias en los diferentes programas de gestión.

2. La compensación por beneficiario y año señalada en el punto anterior, será aplicable a las ayudas para las ayudas en fase de beca y para los contratos realizados por las entidades colaboradoras cuya gestión sea asumida en virtud del artículo 5.2 de la mencionada Orden de convocatoria y que hubiera quedado recogido en el respectivo convenio de colaboración suscrito.

3. La compensación referida al ejercicio 2012, por un importe de 843.000 €, se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria 18.07.463A.788.06 de los Presupuestos Generales del Estado del ejercicio 2013.

4. En el Anexo de la presente resolución se relacionan las entidades colaboradoras y la cuantía de la compensación que les corresponde por el número de beneficiarios con alta en el ejercicio 2012 y de los que mantienen la ayuda durante algún periodo de 2012, así como las ayudas a las entidades colaboradoras que se incorporan al programa en el ejercicio 2012.

Madrid, 6 de junio de 2013.–El Secretario General de Universidades, Federico Morán Abad.

ANEXO
Importe de la compensación económica a las entidades colaboradoras, por la gestión de contratos y becas del Programa de Formación de Profesorado Universitario, en el marco del Estatuto del Personal investigador en formación y del convenio de colaboración

Organismo

N.º Beneficiarios

Gastos por Gestión

Gastos por Inicio de programa

Total Gastos Gestión

BARCELONA SUPERCOMPUTING CENTER-CENTRO NACIONAL DE SUPERCOMPUTACION.

3

750

0

750

CENTRE TECNOLOGIC DE TELECOMUNICACIONS DE CATALUNYA (CTTC).

5

1.250

0

1.250

CENTRE TECNOLOGIC FORESTAL DE CATALUNYA.

1

250

0

250

CENTRO DE ESTUDIOS DEMOGRAFICOS.

1

250

0

250

CENTRO INVESTIGACION ENERGETICA, MEDIOAMBIENTAL Y TECNOLOGICA.

3

750

0

750

CENTRO SUPERIOR DE INVESTIGACION EN SALUD PUBLICA.

3

750

0

750

CENTR0 INTERNACIONAL DE METODOS NUMERICOS EN INGENIERIA.

1

250

0

250

CONSEJO SUPERIOR DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS.

235

58.750

0

58.750

CONSORCI INSTITUT D’INVESTIGACIONS BIOMEDIQUES AUGUST PI I SUNYER.

4

1.000

0

1.000

FUNDAC. CENTRO NACIONAL INVES. CARDIOVASC. CARLOS III (CNIC).

13

3.250

0

3.250

FUNDACIO CENTRE DE RECERCA EN SANITAT ANIMAL (CRESA).

2

500

0

500

FUNDACIO INSTITUT MAR D‘INVESTIGACIONS MEDIQUES-FIMIM.

4

1.000

0

1.000

FUNDACIO PARC CIENTIFIC DE BARCELONA.

3

750

0

750

FUNDACIO PRIV. DE CATALUNYA PER A LA UNIV. RAMON LLULL.

1

250

0

250

FUNDACIO PRIVADA CENTRE DE REGULACIO GENOMICA.

3

750

0

750

FUNDACIO PRIVADA CLINIC PER A LA RECERCA BIOMEDICA.

7

1.750

0

1.750

FUNDACIO PRIVADA INSTITUT CATALA DE NANOTECNOLOGIA (ICN).

2

500

3.000

3.500

FUNDACIO PRIVADA INSTITUT CATALA D’INVESTIGACIO QUIMICA.

14

3.500

0

3.500

FUNDACIO PRIVADA INSTITUT DE BIOENGINYERIA DE CATALUNYA.

5

1.250

0

1.250

FUNDACIO PRIVADA INSTITUT D’INVESTIGACIO BIOMEDICA DE BELLVITGE (IDIBELL).

12

3.000

0

3.000

FUNDACIO UNIVERSITARIA BALMES DE VIC.

2

500

0

500

FUNDACION CENTRO NACIONAL DE INVESTIGACIONES ONCOLOGICAS CARLOS III.

13

3.250

0

3.250

FUNDACION CIRCE CENTRO DE INVESTIGACION DE RECURSOS Y CONSUMOS ENERGETICOS (CIRCE).

2

500

0

500

FUNDACION CONJUNTO PALEONTOLOGICO DE TERUEL.

1

250

0

250

FUNDACION IMDEA NANOCIENCIA.

1

250

0

250

FUNDACION IMDEA NETWORKS.

3

750

0

750

FUNDACION INSTITUTO MEDITERRANEO PARA EL AVANCE DE LA BIOTECNOLOGIA Y LA INVESTIGACION SANITARIA.

1

250

0

250

FUNDACION JOSE ORTEGA Y GASSET.

4

1.000

0

1.000

FUNDACION PARA INVESTIGACION, DESARROLLO E INNOVACION DEL COMPLEJO HOSPITALARIO DE SANTIAGO.

2

500

0

500

FUNDACION PARA LA INVESTIGACION DEL HOSPITAL UNIVERSITARIO LA FE DE LA COMUNIDAD VALENCIANA.

3

750

0

750

FUNDACION PRIVADA CENTRE DE RECERCA EN SALUT INTERNACIONAL DE BARCELONA (CRESIB).

1

250

0

250

FUNDACION PRIVADA INSTITUT RECERCA BIOMEDICA (IRB).

17

4.250

0

4.250

FUNDACION PROGRESO Y SALUD.

1

250

3.000

3.250

FUNDACION UNIVERSITARIA SAN PABLO-CEU.

10

2.500

0

2.500

FUNDACION VALENCIANA CENTRO DE INVESTIGACION PRINCIPE FELIPE.

3

750

0

750

INST. NAL. DE INVEST. Y TECNOLOGIA AGRARIA Y ALIMENTARIA.

4

1.000

0

1.000

INSTITUTO DE CIENCIAS FOTONICAS -ICFO.

5

1.250

0

1.250

INSTITUTO DE FISICA DE ALTAS ENERGIAS.

5

1.250

0

1.250

INSTITUTO DE INVESTIGACION SANITARIA FUNDACION JIMENEZ DIAZ.

1

250

0

250

INSTITUTO DE SALUD CARLOS III DE MADRID.

4

1.000

0

1.000

INSTITUTO ESPAÑOL DE OCEANOGRAFIA.

1

250

0

250

INSTITUTO GEOLOGICO Y MINERO DE ESPAÑA.

1

250

0

250

INSTITUTO VALENCIANO DE INVESTIGACIONES AGRARIAS (CAV).

1

250

0

250

SERVICIO REGIONAL DE INVESTIGACION Y DESARROLLO AGROALIMENTARIO DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS.

1

250

0

250

UNIVERSIDAD AUTONOMA DE BARCELONA.

142

35.500

0

35.500

UNIVERSIDAD AUTONOMA DE MADRID.

136

34.000

0

34.000

UNIVERSIDAD CARLOS III.

27

6.750

0

6.750

UNIVERSIDAD COMPLUTENSE DE MADRID.

308

77.000

0

77.000

UNIVERSIDAD DE A CORUÑA.

33

8.250

0

8.250

UNIVERSIDAD DE ALCALA DE HENARES.

36

9.000

0

9.000

UNIVERSIDAD DE ALICANTE.

37

9.250

0

9.250

UNIVERSIDAD DE ALMERIA.

36

9.000

0

9.000

UNIVERSIDAD DE BARCELONA.

206

51.500

0

51.500

UNIVERSIDAD DE BURGOS.

7

1.750

0

1.750

UNIVERSIDAD DE CADIZ.

27

6.750

0

6.750

UNIVERSIDAD DE CANTABRIA.

26

6.500

0

6.500

UNIVERSIDAD DE CASTILLA-LA MANCHA.

42

10.500

0

10.500

UNIVERSIDAD DE CORDOBA.

64

16.000

0

16.000

UNIVERSIDAD DE DEUSTO.

1

250

0

250

UNIVERSIDAD DE EXTREMADURA.

22

5.500

0

5.500

UNIVERSIDAD DE GIRONA.

37

9.250

0

9.250

UNIVERSIDAD DE GRANADA.

304

76.000

0

76.000

UNIVERSIDAD DE HUELVA.

23

5.750

0

5.750

UNIVERSIDAD DE JAEN.

17

4.250

0

4.250

UNIVERSIDAD DE LA LAGUNA.

33

8.250

0

8.250

UNIVERSIDAD DE LA RIOJA.

11

2.750

0

2.750

UNIVERSIDAD DE LAS ISLAS BALEARES.

23

5.750

0

5.750

UNIVERSIDAD DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA.

9

2.250

0

2.250

UNIVERSIDAD DE LEON.

29

7.250

0

7.250

UNIVERSIDAD DE LLEIDA.

14

3.500

0

3.500

UNIVERSIDAD DE MALAGA.

78

19.500

0

19.500

UNIVERSIDAD DE MURCIA.

56

14.000

0

14.000

UNIVERSIDAD DE NAVARRA.

14

3.500

0

3.500

UNIVERSIDAD DE OVIEDO.

99

24.750

0

24.750

UNIVERSIDAD DE SALAMANCA.

90

22.500

0

22.500

UNIVERSIDAD DE SANTIAGO DE COMPOSTELA.

142

35.500

0

35.500

UNIVERSIDAD DE SEVILLA.

92

23.000

0

23.000

UNIVERSIDAD DE VALENCIA / ESTUDI GENERAL.

128

32.000

0

32.000

UNIVERSIDAD DE VALLADOLID.

50

12.500

0

12.500

UNIVERSIDAD DE VIGO.

49

12.250

0

12.250

UNIVERSIDAD DE ZARAGOZA.

98

24.500

0

24.500

UNIVERSIDAD DEL PAIS VASCO / EUSKAL HERRIKO UNIBERTSITATEA.

27

6.750

0

6.750

UNIVERSIDAD MIGUEL HERNANDEZ DE ELCHE.

14

3.500

0

3.500

UNIVERSIDAD NACIONAL DE EDUCACION A DISTANCIA.

4

1.000

0

1.000

UNIVERSIDAD PABLO OLAVIDE DE SEVILLA.

15

3.750

0

3.750

UNIVERSIDAD POLITECNICA DE CARTAGENA.

9

2.250

0

2.250

UNIVERSIDAD POLITECNICA DE CATALUÑA.

64

16.000

0

16.000

UNIVERSIDAD POLITECNICA DE MADRID.

34

8.500

0

8.500

UNIVERSIDAD POLITECNICA DE VALENCIA.

103

25.750

0

25.750

UNIVERSIDAD POMPEU FABRA.

43

10.750

0

10.750

UNIVERSIDAD PONTIFICIA DE SALAMANCA.

1

250

3.000

3.250

UNIVERSIDAD PUBLICA DE NAVARRA.

4

1.000

0

1.000

UNIVERSIDAD REY JUAN CARLOS.

14

3.500

0

3.500

UNIVERSIDAD ROVIRA I VIRGILI DE TARRAGONA.

19

4.750

0

4.750

UNIVERSITAT JAUME I DE CASTELLO.

30

7.500

0

7.500

TOTAL

3.336

834.000

9.000

843.000

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 06/06/2013
  • Fecha de publicación: 03/07/2013
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE CORRIGEN errores, por Resolución de 22 de junio de 2015 (Ref. BOE-A-2015-7973).

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