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Documento BOE-A-2013-7284

Orden ECD/1251/2013, de 17 de junio, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación V Centenario del Nacimiento de Santa Teresa de Jesús.

Publicado en:
«BOE» núm. 159, de 4 de julio de 2013, páginas 49927 a 49928 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2013-7284

TEXTO ORIGINAL

Examinada la solicitud de inscripción de la Fundación V Centenario del Nacimiento de Santa Teresa de Jesús, resultan los siguientes:

Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la Fundación.

La Fundación anteriormente citada fue constituida por la Orden de los Carmelitas Descalzos (OCD), según consta en la escritura pública número 236, otorgada 5 de marzo de 2013, ante el notario del Ilustre Colegio de Valencia, don José Manuel Valiente Fábrega, que fue subsanada por la escritura pública número 639, autorizada por el mencionado notario, el 5 de junio de 2013.

Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.

El domicilio de la Fundación quedó establecido en Ávila, calle Arroyo Vacas, número 3, y su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio del Estado español.

Tercero. Dotación.

Dotación inicial: en la escritura de constitución y en la de subsanación de esta se estableció como dotación dineraria de la Fundación la cantidad de treinta mil euros (30.000 euros).

La dotación ha sido desembolsada en su totalidad en forma legal por la entidad fundadora.

Dicha dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos previstos en la Ley.

Cuarto. Fines de la Fundación.

En los Estatutos que han de regir la Fundación, incorporados a las escrituras públicas a que se refiere el antecedente de hecho primero, figuran como fines de la Fundación los siguientes:

– Difundir el conocimiento de la obra, la vida, la enseñanza y el pensamiento de Santa Teresa de Jesús, así como la conservación y restauración de bienes del patrimonio histórico español de carácter teresiano siempre que cumplan las exigencias de la Ley 16/1985, de 25 de junio, de Patrimonio Histórico Español, así como el establecimiento de la red de peregrinación y formación teresiana.

Quinto. Patronato.

Presidente: Don Antonio González López.

Vicepresidente: Don Francisco Javier Sancho Fermín.

Secretario: Don Rómulo Hernán Cuartas Londoño.

Vocal: Don Emilio José Martínez González.

Consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente citadas en la escritura de constitución y en la escritura pública otorgada en Roma el 24 de abril de 2013, ante don Eduardo de Laiglesia del Rosal, Cónsul General de España en Roma.

Fundamentos de Derecho

Primero.

Resultan de aplicación para la resolución del expediente:

El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho de fundación para fines de interés general.

La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.

El Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de fundaciones de competencia estatal.

El Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de fundaciones de competencia estatal.

La Orden ECD/465/2012, de 2 de marzo, sobre delegación de competencias del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, en virtud de la cual se delegan en el Secretario General Técnico competencias relativas al Protectorado y Registro de Fundaciones atribuidas al Ministro.

Segundo.

Según los artículos 35.1 de la Ley de Fundaciones y 43 del Reglamento de fundaciones de competencia estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia de la dotación, procediendo un pronunciamiento favorable al respecto.

Tercero.

Según la disposición transitoria cuarta de la Ley de Fundaciones, hasta tanto no entre en funcionamiento el Registro de Fundaciones de competencia estatal, subsistirán los actualmente existentes, por lo que procede la inscripción de la Fundación en este Registro de Fundaciones.

Por todo lo cual, resuelvo inscribir en el Registro de Fundaciones la Fundación V Centenario del Nacimiento de Santa Teresa de Jesús y su Patronato.

Madrid, 17 de junio de 2013.–El Ministro de Educación, Cultura y Deporte, P.D. (Orden ECD/465/2012, de 2 de marzo), el Secretario General Técnico del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, José Canal Muñoz.

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