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Documento BOE-A-2013-7317

Resolución de 27 de mayo de 2013, de la Dirección General de Energía, Minas y Seguridad Industrial del Departamento de Empresa y Empleo, por la que se concede la aprobación CE de modelo nº E-13.02.01 al instrumento de pesaje de funcionamiento no automático, modelo NL1, a favor de Nelson Machado Dos Santos.

Publicado en:
«BOE» núm. 159, de 4 de julio de 2013, páginas 50233 a 50234 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-2013-7317

TEXTO ORIGINAL

Vista la petición interesada por la Entidad Nelson Machado Dos Santos (Rua da Liberdade, n.º 53 - R/C, Tenoes 4715-387 Braga - Portugal), en solicitud de aprobación CE de modelo de un instrumento de pesaje de funcionamiento no automático, modelo NL1.

De acuerdo con el informe favorable emitido por el Lgai Technological Center, S.A., con referencia 13/34515130-V, de 16 de mayo de 2013,

Esta Dirección General de Energía, Minas y Seguridad Industrial del Departamento de Empresa y Empleo de la Generalidad de Cataluña, de acuerdo con la Ley 3/1985, de 18 de marzo; el Decreto 199/1991, de 30 de julio, por el que se determinan los órganos competentes en materia de Control Metrológico; y la Orden de 22 de diciembre de 1994 por la que se regula el control metrológico CEE de los instrumentos de pesaje de funcionamiento no automático que incorpora al Derecho interno español la Directiva 90/384/CEE, de 20 de junio de 1990, modificada por la Directiva 93/68/CEE, de 22 de julio de 1993, ha resuelto:

Primero.

Autorizar a favor de la Entidad Nelson Machado Dos Santos, la aprobación CE de modelo de un instrumento de pesaje de funcionamiento no automático, modelo NL1.

Segundo.

Se trata de un instrumento de pesaje de funcionamiento no automático, graduado, de equilibrio automático, monorango, monoescalón o multiescalón, con indicación digital de peso. Las características metrológicas son:

Clase de precisión media

(III)

(IIII)

n ≤ nmax

≤ 3000

≤ 1000

Max

≤ 150.000

kg

Min

20·e

kg

e

Max / n

kg

T

≤ Max

kg

Tmax

+40

ºC

Tmin

-10

ºC

Tercero.

Esta aprobación CE de modelo tiene validez hasta el 27 de mayo de 2023.

Cuarto.

Próximo a finalizar el plazo de validez que se concede, la entidad o titular de la misma, si lo desea, solicitará a la Dirección General de Energía, Minas y Seguridad Industrial del Departamento de Empresa y Empleo de la Generalidad, la oportuna prórroga de la presente aprobación CE de modelo.

Quinto.

Las características principales, condiciones de aprobación y las eventuales condiciones especiales figuran en el certificado de aprobación CE de modelo número E-13.02.01 y en su anexo. El modelo queda completamente descrito en la documentación técnica presentada y que se encuentra depositada en nuestra Secretaría de Industria con el número de referencia 05/13.

Sexto.

Ninguna propiedad de este instrumento, descrita o no, puede ser contraria a la legislación vigente.

Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante el Secretario de Empresa y Competitividad en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de su notificación, sin perjuicio de poder hacer uso de cualquier otro recurso que se considere oportuno.

Barcelona, 27 de mayo de 2013.–El Director General de Energía, Minas y Seguridad Industrial, P.D. (Resolución EMO/991/2011, de 12 de abril), el Subdirector General de Seguridad Industrial, Isidre Masalles Roman.

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