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Documento BOE-A-2013-7697

Resolución de 5 de julio de 2013, de la Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, por la que se publica la lista de entidades que han comunicado su adhesión al Código de Buenas Prácticas para reforzar la protección a los deudores hipotecarios, reestructuración de deuda y alquiler social; y la lista de entidades para la reestructuración viable de las deudas con garantía hipotecaria sobre la vivienda habitual.

Publicado en:
«BOE» núm. 166, de 12 de julio de 2013, páginas 52087 a 52090 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Competitividad
Referencia:
BOE-A-2013-7697

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto-ley 6/2012, de 9 de marzo, de medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios sin recursos, establece una serie de mecanismos conducentes a permitir la reestructuración de la deuda hipotecaria de quienes padecen extraordinarias dificultades para atender su pago.

A tal fin, al citado real decreto-ley se incorporó un código de buenas prácticas al que podrán adherirse las entidades y cuyo seguimiento será supervisado por una comisión de control integrada por representantes del Ministerio de Economía y Competitividad, Banco de España, Comisión Nacional del Mercado de Valores y Asociación Hipotecaria Española.

Concretamente, el real decreto-ley establece en su artículo 5 que el «Código de Buenas Prácticas para la reestructuración viable de las deudas con garantía hipotecaria sobre la vivienda habitual», previsto en el anexo, será de adhesión voluntaria por parte de las entidades de crédito o de cualquier otra entidad que, de manera profesional, realice la actividad de concesión de préstamos o créditos hipotecarios. El artículo 5 señala, igualmente, que las entidades comunicarán su adhesión a la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera. Asimismo, dispone que en los primeros diez días de los meses de enero, abril, julio y octubre, el Secretario de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, mediante resolución, ordenará la publicación de la lista de entidades adheridas, en la sede electrónica de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera y en el «Boletín Oficial del Estado».

Por otra parte, la Ley 1/2013, de 14 de mayo, de medidas para reforzar la protección a los deudores hipotecarios, reestructuración de deuda y alquiler social, ha procedido a modificar el Real Decreto-ley 6/2012, de 9 de marzo, y prevé en su disposición transitoria octava que las entidades comunicarán su adhesión a las modificaciones introducidas en el Código de Buenas Prácticas por la referida Ley 1/2013, de 14 de mayo, y que las entidades que no se adhieran a las mismas seguirán obligadas en los términos del Real Decreto-ley 6/2012, de 9 de marzo, en su versión originaria.

Por todo ello, en virtud de lo previsto en el artículo 5.3 del Real Decreto-ley 6/2012, de 9 de marzo, de medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios sin recursos, resuelvo:

Ordenar la publicación en la Sede Electrónica de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera y en el «Boletín Oficial del Estado», de la lista de entidades que han comunicado su adhesión al Código de Buenas Prácticas en la versión prevista por la Ley 1/2013, de 14 de mayo, desde la entrada en vigor de esta ley, hasta el día de la presente resolución, según anexo I adjunto.

Ordenar la publicación en la Sede Electrónica de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera y en el «Boletín Oficial del Estado», de la lista de entidades que han comunicado su adhesión al Código de Buenas Prácticas para la reestructuración viable de las deudas con garantía hipotecaria sobre la vivienda habitual, desde la entrada en vigor del Real Decreto-ley 6/2012, de 9 de marzo, hasta el día de la presente resolución, según anexo II adjunto.

Madrid, 5 de julio de 2013.–El Secretario de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, Fernando Jiménez Latorre.

ANEXO I
Lista de entidades que han comunicado su adhesión al «Código de Buenas Prácticas para la reestructuración viable de las deudas con garantía hipotecaria sobre la vivienda habitual», en la versión prevista por la Ley 1/2013, de 14 de mayo, de medidas para reforzar la protección a los deudores hipotecarios, reestructuración de deuda y alquiler social, desde su entrada en vigor hasta el día de la presente resolución

– Banca March, S.A.

– Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A.

– Banco Caixa Geral, S.A.

– Banco de Caja España de Inversiones, Salamanca y Soria, S.A.

– Banco de Sabadell, S.A.

– Banco Mediolanum, S.A.

– Banco Popular Español, S.A.

– Banco Santander, S.A.

– Bankia, S.A.

– Bankinter, S.A.

– Bankoa, S.A.

– Barclays Bank, S.A.

– CaixaBank, S.A.

– Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Ontinyent

– Caja Rural de Navarra, S. Coop. de Crédito

– Caja Rural de Teruel, Sociedad Cooperativa de Crédito.

– Cajas Rurales Unidas, Sociedad Cooperativa de Crédito

– Cajasiete, Caja Rural, Sociedad Cooperativa de Crédito

– Cajasur Banco, S.A.

– Catalunya Banc, S.A.

– ING Direct NV, Sucursal en España

– Kutxabank, S.A.

– NCG Banco, S.A.

– Unicaja Banco, S.A.

ANEXO II
Lista de entidades que han comunicado su adhesión al «Código de Buenas Prácticas para la reestructuración viable de las deudas con garantía hipotecaria sobre la vivienda habitual», desde la entrada en vigor del Real Decreto-ley 6/2012, de 9 de marzo, de medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios sin recursos, en su versión originaria

– Banco Caminos, S.A.

– Banco Cooperativo Español, S.A.

– Banco de Castilla-La Mancha, S.A.

– Banco Espirito Santo, S.A., Sucursal en España.

– Banco Etcheverría, S.A.

– Banco Gallego, S.A.

– Banco Grupo Cajatres, S.A.

– Banco Mare Nostrum, S.A.

– BancoPopular-E, S.A.

– Caixa de Credit dels Enginyers-Caja de Crédito de los Ingenieros, S. Coop. de Crédito.

– Caixa Popular-Caixa Rural, S. Coop. de Crédito V.

– Caixa Rural Albalat dels Sorells, Cooperativa de Crédit Valenciana.

– Caixa Rural Altea, Cooperativa de Crèdit Valenciana.

– Caixa Rural Benicarló, S. Coop. de Crèdit V.

– Caixa Rural D’Algemesi, S. Coop. V. de Crèdit.

– Caixa Rural de Callosa D´en Sarrià, Cooperativa de Crédito Valenciana.

– Caixa Rural de L’Alcudia, Sociedad Cooperativa Valenciana de Crédito.

– Caja Rural de Mota del Cuervo, Soc. Coop. de Crédito de Castilla La Mancha.

– Caixa Rural de Turís, Cooperativa de Crédito Valenciana.

– Caixa Rural Galega, Sociedad Cooperativa de Crédito Limitada Gallega.

– Caixa Rural la Vall San Isidro, Sociedad Cooperativa de Crédito Valenciana.

– Caixa Rural les Coves de Vinromà, S. Coop. de Crèdit V.

– Caixa Rural Sant Josep de Vilavella, S. Coop. de Crèdit V.

– Caixa Rural Torrent, Cooperativa de Crèdit Valenciana.

– Caixa Rural Vinaròs, S. Coop. de Crèdit V.

– Caja de Arquitectos, S. Coop. de Crédito (Arquia).

– Caja de Crédito Cooperativo, Sociedad Cooperativa de Crédito (Novanca).

– Caja de Crédito de Petrel, Caja Rural, Cooperativa de Crédito Valenciana.

– Caja Laboral Popular, Coop. de Crédito.

– Caja Rural Católico Agraria, S. Coop. de Crédito V.

– Caja Rural Central, Sociedad Cooperativa de Crédito.

– Caja Rural de Albacete, Ciudad Real y Cuenca, Sociedad Cooperativa de Crédito, (Globalcaja).

– Caja Rural de Albal, Cooperativa Crédito Valenciana.

– Caja Rural de Alginet, Sociedad Cooperativa Crédito Valenciana.

– Caja Rural de Almendralejo, Sociedad Cooperativa de Crédito (Cajalmendralejo).

– Caja Rural de Asturias, Sociedad Cooperativa de Crédito.

– Caja Rural de Baena Ntra. Sra. de Guadalupe, Sociedad Cooperativa de Crédito Andaluza.

– Caja Rural de Canarias, Sociedad Cooperativa de Crédito.

– Caja Rural de Cañete de las Torres, Ntra. Sra. del Campo, Sociedad Cooperativa Andaluza de Crédito.

– Caja Rural de Casas Ibáñez, S. Coop. de Crédito de Castilla-La Mancha.

– Caja Rural de Casinos, S. Coop. de Crédito V.

– Caja Rural de Castilla-La Mancha, Sociedad Cooperativa de Crédito.

– Caja Rural de Cheste, Sociedad Cooperativa de Crédito.

– Caja Rural de Córdoba, Sociedad Cooperativa de Crédito.

– Caja Rural de Extremadura, Sociedad Cooperativa de Crédito.

– Caja Rural de Gijón, Cooperativa de Crédito.

– Caja Rural de Granada, Sociedad Cooperativa de Crédito.

– Caja Rural de Guissona, Sociedad Cooperativa de Crédito.

– Caja Rural de Salamanca, Sociedad Cooperativa de Crédito.

– Caja Rural de Soria, Sociedad Cooperativa de Crédito.

– Caja Rural de Utrera, Sociedad Cooperativa Andaluza de Crédito.

– Caja Rural de Villamalea, S. Coop. de Crédito Agrario de Castilla-La Mancha.

– Caja Rural de Villar, Coop. de Crédito V.

– Caja Rural de Zamora, Cooperativa de Crédito.

– Caja Rural del Sur, S. Coop. de Crédito.

– Caja Rural la Junquera de Chilches, S. Coop. de Crédito V.

– Caja Rural Ntra. Sra. del Rosario, Sociedad Cooperativa Andaluza de Crédito.

– Caja Rural Nuestra Madre del Sol, S. Coop. Andaluza de Crédito.

– Caja Rural Regional San Agustín Fuente Álamo Murcia, Sociedad Cooperativa de Crédito.

– Caja Rural San Isidro de Vilafames, S. Coop. de Crédito V.

– Caja Rural San Jaime de Alquerías Niño Perdido, S. Coop. de Crédito V.

– Caja Rural San José de Almassora, S. Coop. de Crédito. V.

– Caja Rural San José de Burriana, S. Coop. de Crédito V.

– Caja Rural San José de Nules, S. Coop. de Crédito V.

– Caja Rural San Roque de Almenara, S. Coop. de Crédito V.

– Colonya-Caixa D’estalvis de Pollença.

– Crèdit Valencia, Caja Rural, Cooperativa de Crédito Valenciana.

– Ibercaja Banco, S.A.

– Liberbank, S.A.

– Nueva Caja Rural de Aragón, Sociedad Cooperativa de Crédito.

– Popular Banca Privada, S.A.

– Publicredit, S.L.

– Targobank, S.A.

– UNOE Bank, S.A.

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