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Documento BOE-A-2013-7806

Decreto 81/2013, de 21 de mayo, por el que se declara el Convento de Santa Clara en el término municipal de La Parra (Badajoz) como bien de interés cultural, con categoría de monumento.

Publicado en:
«BOE» núm. 168, de 15 de julio de 2013, páginas 52602 a 52609 (8 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Extremadura
Referencia:
BOE-A-2013-7806

TEXTO ORIGINAL

El Estatuto de Autonomía de Extremadura recoge como competencia exclusiva en su artículo 9.1.47 la «Cultura en cualquiera de sus manifestaciones», así como el «Patrimonio histórico y cultural de interés para la Comunidad Autónoma».

En desarrollo de esta competencia se dictó la Ley 2/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura que recoge la competencia y el procedimiento para llevar a cabo la declaración de Bien de Interés Cultural de un bien que se entienda entre los más relevantes del Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura. El procedimiento se describe en los artículos 7 y siguientes de la citada Ley.

Con base en la normativa citada, se dictó Resolución de 9 de octubre de 2012, publicada en el DOE de fecha 31 de octubre de 2012, de la Excma. Sra. Consejera de Cultura y Turismo por la que se incoa expediente de declaración de Bien de Interés Cultural para el Convento de Santa Clara en el término municipal de La Parra (Badajoz), con la categoría de Monumento.

La incoación del expediente fue notificada al titular afectado, al Excmo. Ayuntamiento de La Parra (Badajoz) y al Ministerio de Cultura, para su inscripción provisional en el Registro General de Bienes de Interés Cultural, donde se procedió a practicar anotación preventiva del expediente de declaración, con el n.º 28630. Además se ha contestado en tiempo y forma la única alegación presentada.

Se han cumplimentado todos los trámites previstos en los artículos 7 y siguientes de la ley 2/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura, y se han solicitado los informes de las instituciones consultivas a que se refiere el art. 4.1 de la Ley 2/1999, de 29 de marzo de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura. De ellas, se ha recibido informe favorable de la Universidad de Extremadura y de la Real Academia de Extremadura de las Letras y las Artes. Y también de la Comisión Provincial de Patrimonio Histórico de Badajoz.

La historia del convento comienza con su fundación en 1673 por doña Juana González Lozano. El mismo sería ocupado por monjas clarisas. En 1979 fue abandonado por las últimas monjas que lo ocupaban, al trasladarse a otras casas de la Orden en Badajoz y Almendralejo, pasando algunos años más tarde (1985) a ser propiedad del Ayuntamiento y a tener uso como centro cultural. A finales de los años noventa, el Ayuntamiento de La Parra y la Junta de Extremadura realizaron la rehabilitación del edificio, según proyecto del arquitecto Francisco Viñao D´Lom. El proyecto de rehabilitación, en líneas generales, fue muy respetuoso, conservando los aspectos de interés patrimonial del edificio. Posteriormente el Ayuntamiento arrendó el inmueble, reformado como hospedería, a una empresa hostelera. Sin embargo, debido a un embargo en relación al inmueble, el hotel pasó a su actual propietario en 2007, conservando este uso.

La historia del convento comienza, tal y como se ha dicho, con la donación hecha en Almendral mediante la escritura otorgada el 26 de abril de 1673 ante el escribano público de esta villa por Juana González Lozana, viuda de Cristóbal Callexa de la Barrera, vecina de La Parra, manifestando la misma en ella su deseo de fundar un convento con sus bienes. Para ello ofreció las casas de su propiedad en la calle de Santa María. Juana González Lozana dispuso además que la fundación debía disponer de «capilla o yglesia o lo que diere lugar la capacidad de ellas». Finalmente se fundó la congregación el 17 de julio de 1673 con profesas de la Tercera Orden de San Francisco.

El convento se sitúa en la calle Santa María, 16, ocupando una parcela de aproximadamente 2.500 m2. No se trata de un edificio exento, sino que se sitúa entre medianeras dentro de una manzana cerrada. La única fachada del inmueble se localiza en la citada calle, y un espacio libre anejo al convento que sirve de aparcamiento, da a la Calle Luis Chamizo.

Originalmente, la superficie del convento fue mayor, pero durante el siglo XX este vio reducido su perímetro, al ceder la comunidad porciones de terrenos libres de la edificación, sobre todo en su zona norte, a distintos vecinos. Además, en la segunda mitad del siglo XX se demolieron varias dependencias anejas del convento.

El convento, estilísticamente, se encuadra dentro de un cierto barroco popular, siendo la sencillez, tan propia de la arquitectura franciscana, una de sus características más notables.

El edificio conserva sustancialmente su estructura original. Está construido en su mayor parte mediante muros de carga; pilares; bóvedas de arista y de cañón; viguería de madera –o de materiales contemporáneos en las zonas más reformadas–; y cubierta de teja curva. El material de construcción es, sobre todo, mampostería y ladrillo.

Elementos destacables del edificio son: la portada adintelada de piedra; la Iglesia o Capilla del Santísimo Cristo de las Misericordias y San Juan Bautista (con su coro);el claustro; la sala capitular; el refectorio; la crujía de las celdas; etc. Otros elementos de interés patrimonial bien conservados son: el torno original, carpinterías, solados, rejas, etc. También molduras y algunos restos de pinturas murales. Sin embargo, es el blanco de la cal el elemento distintivo de la edificación.

De particular valor son los tres retablos de la iglesia. Ninguno conserva ni imágenes ni pinturas originales. Se trata de tres retablos barrocos de un solo cuerpo. El retablo principal, situado en el testero del templo, podemos datarlo en la segunda mitad del siglo XVII, tal y como parecen atestiguar las columnas salomónicas con ramos de vid tallados en ellas. Los otros dos retablos se sitúan a ambos lados del primero, y parecen corresponder al siglo XVIII, tal y como indican los característicos estípites de este período. Los únicos elementos iconográficos visibles en los retablos son emblemas franciscanos, un angelote, así como la representación de un pelícano, símbolo eucarístico, tallado en la puerta del sagrario de uno de ellos.

Tanto los tres retablos citados como el púlpito, pila bautismal, y elementos de carpintería y rejería originales del convento son parte inseparable del inmueble y del bien incoado.

Podemos concluir, por tanto, señalando que aunque el Convento de Santa Clara de La Parra, excelente ejemplo de arquitectura conventual de tipo barroco popular, no presente elementos de especial valor histórico-artístico, es, sin embargo, el edificio en su conjunto, con su enorme sencillez, su mayor valor. Además, la respetuosa rehabilitación del bien, llevada a cabo en su momento es muestra de cómo es posible rehabilitar edificaciones antiguas y adaptarlas a un nuevo uso sin alterar los valores esenciales de un monumento, conservando no sólo los elementos de más singular valor patrimonial como molduras, portada, etc., sino aquellos más modestos como carpinterías, obras de forja o solados originales.

La zona en la que se ubican tanto el bien objeto de protección como su entorno se localizan en el casco urbano de La Parra, entre las calles Santa María; Santísimo Cristo de la Misericordia; y Luis Chamizo.

El bien lo constituye la finca situada en la calle Santa María, 16. Respecto al entorno de protección, no se considera necesario que el entorno del bien ocupe una superficie exacta de cien metros perimetrales, tal y como marca la Ley de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura. en su artículo 39.3 en referencia a los elementos arquitectónicos porque dada la localización del bien entre medianeras dentro de una manzana de viviendas cerrada, se entiende como suficiente para proteger el mismo de cualquier posible impacto visual o similar, la delimitación de entorno que se plantea y que incluye los inmuebles más próximos.

En consecuencia, de acuerdo con lo establecido en el artículo 9. 47 del reformado Estatuto de Autonomía de Extremadura y con el artículo 9.1 de la Ley 2/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura, a propuesta de la Excma. Sra. Consejera de Educación y Cultura, y previa deliberación del Consejo de Gobierno del Gobierno de Extremadura, en sesión celebrada el día 21 de mayo de 2013, dispongo:

Artículo 1. Declaración de Bien de Interés Cultural con categoría de Monumento.

Se declara Bien de Interés Cultural con categoría de Monumento el Convento de Santa Clara en el término municipal de La Parra (Badajoz), según la descripción y ubicación que se recogen en el Anexo de este Decreto.

Artículo 2. Publicaciones.

Publicar en el Diario Oficial de Extremadura y en el Boletín Oficial del Estado el presente Decreto, y notificar el mismo al Excmo. Ayuntamiento de La Parra, al propietario y al resto de posibles interesados.

Artículo 3. Inscripción en los Registros.

Inscribir en el Registro de Bienes de interés Cultural de Extremadura y notificar al Ministerio de Cultura esta declaración para su inscripción en el Registro de Bienes de Interés Cultural del Estado.

Disposición final única. Entrada en vigor.

El presente Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.

Mérida, 21 de mayo de 2013.–El Presidente del Gobierno de Extremadura, José Antonio Monago Terraza.–La Consejera de Educación y Cultura, Trinidad Nogales Basarrate.

ANEXO

La Parra es una pequeña localidad del sur de Badajoz que cuenta con numerosos elementos de interés histórico-artístico (iglesia parroquial, Ayuntamiento, ermitas, fachadas de inmuebles, etc. El Convento de Santa Clara es también de gran interés patrimonial.

La historia del convento, llamado en realidad de Nuestra Señora de los Dolores según el padre Sebastián García en su artículo: «La Orden de Santa Clara en Extremadura. Visión conjunta» (Revista Guadalupe, 722, 1993), comienza con su fundación en 1673 por doña Juana González Lozano. El mismo sería ocupado por monjas clarisas. En 1979 fue abandonado por las últimas monjas que lo ocupaban, al trasladarse a otras casas de la Orden en Badajoz y Almendralejo, pasando algunos años más tarde (1985) a ser propiedad del Ayuntamiento y a tener uso como centro cultural. A finales de los años noventa, el Ayuntamiento de La Parra y la Junta de Extremadura realizaron la rehabilitación del edificio, según proyecto del arquitecto Francisco Viñao D´Lom. El proyecto de rehabilitación, en líneas generales, fue muy respetuoso, conservando los aspectos de interés patrimonial del edificio.

Posteriormente el Ayuntamiento arrendó el inmueble, reformado como hospedería, a una empresa hostelera. Sin embargo, debido a un embargo en relación al inmueble, el hotel pasó a su actual propietario en 2007, conservando este uso.

La única bibliografía específica existente sobre el Convento de La Parra consiste en dos artículos publicados por Alberto González Rodríguez en la revista «Alminar» (número 38, octubre de 1982) y en la «Revista de Estudios Extremeños» (número 1, abril de 1984). En ambos artículos se refiere al protocolo de fundación del convento, recuperado al parecer por el Ayuntamiento de La Parra de una vivienda en ruinas de la localidad.

La historia del convento comienza, tal y como se ha dicho, con la donación hecha en Almendral mediante la escritura otorgada el 26 de abril de 1673 ante el escribano público de esta villa por Juana González Lozana, viuda de Cristóbal Callexa de la Barrera, vecina de La Parra, manifestando la misma en ella lo siguiente: «a mucho tiempo e estado en animo de hazer de mis bienes una fundazion perpetua a onrra y gloria de Dios nuestro Señor en que sea alabado y glorificado, y aviendo consultado sobre ello personas doctas, con su consexo e de mi propia voluntad, con plena deliberacion de la forma, y en la seguridad mas segura dello y estando cierta de hacerlo, e resuelto que en las casas de mi morada se haga y disponga havitacion para mugeres de virtud que en ella quisieren congregarse para maxor servir nuestro señor, y que sea con clausura si en ella ven la forma que mexor parezier para dar prinzipio a esta fundacion, y que por falta de casa, no se dexe de fomentar».

Para ello ofreció las casas de su propiedad en la calle de Santa María –«las dichas mis casas con su vergel, dos pozos de agua manantial y patio»– siendo su valor superior, según su propietaria, a quinientos sueldos áureos.

Juana González Lozana dispone además que la fundación debe disponer de «capilla o yglesia o lo que diere lugar la capacidad de ellas» y, entre otras consideraciones, que la comunidad debe acogerla a ella y a su sobrina Catalina de Jesús «sin pagar piso ni otro estipendio alguno de los que suelen pagar los seglares que se acoxen a conventos de religiosas».

Además, la patrona otorga a la fundación todos sus bienes, excepto la cantidad de cien reales anuales para su sobrina, a condición, eso sí, de que viva en la congregación como religiosa o seglar.

Finalmente quedó nombrado albacea Juan de Salas Saabedra, vecino de La Parra, fundándose la congregación el 17 de julio de 1673 con profesas de la Tercera Orden de San Francisco. Ese día, el notario Juan Cavallero de León, alcalde ordinario, «les entró en unas casas principales que dicha Juana Gonçalez Loçana a tenido en la villa, en la calle de Santa María (...) y le dio la posesion real corporal actual Velcuasi, de dichas casas principales, con su vergel y lo demas que le pertenece: y dichas terceras, por sí y en nombre de las que le sucedieran y agregaren, la tomaron quieta y paçificamente, sin contradicion de persona alguna, paseándose por el çaguan de dichas casas».

El convento se sitúa en la calle Santa María, 16, ocupando una parcela de aproximadamente 2.500 m2. No se trata de un edificio exento, sino que se sitúa entre medianeras dentro de una manzana cerrada. La única fachada del inmueble se localiza en la citada calle, y un espacio libre anejo al convento que sirve de aparcamiento, da a la calle Luís Chamizo.

Originalmente, la superficie del convento fue mayor, pero durante el siglo XX este vio reducido su perímetro, al ceder la comunidad porciones de terrenos libres de la edificación, sobre todo en su zona norte, a distintos vecinos. Además, en la segunda mitad del mismo siglo se demolieron la panadería del convento, donde se sitúa uno de los dos accesos del hotel en la actualidad, con fachada a calle Santa María; y unas cochiqueras hacia la calle Luís Chamizo.

El convento, estilísticamente, se encuadra dentro de un cierto barroco popular correspondiente a los siglos XVII y XVIII, siendo la sencillez, tan propia de la arquitectura franciscana, una de sus características más notables.

En la fachada del convento el elemento más destacable es la portada adintelada de piedra, en la que se inscriben un arco apuntado rematado en una flor de lis y algunos elementos decorativos, como pomos, que aluden a un lenguaje gótico muy retardatario en el momento de su fundación en el siglo XVII. Remata la portada una cornisa barroca. Tras la puerta de entrada se ubica un pequeño zaguán donde se sitúa el torno y desde donde se accede al convento. También en la fachada principal se encuentra el acceso principal a la Iglesia o Capilla del Santísimo Cristo de las Misericordias y San Juan Bautista del convento, destinado a los fieles. El mismo consiste en una sencilla puerta situada bajo una moldura corrida y una hornacina, actualmente vacía. También en esta fachada es visible una ventana ojival de aspecto neogótico. Además, en este frente se localiza uno de los dos accesos al hotel, realizado durante la remodelación del edificio, el cual se realizó aprovechando el solar creado tras la desaparición de la panadería del convento.

El edificio conserva sustancialmente su estructura original. Está construido en su mayor parte mediante muros de carga; bóvedas de arista y de cañón; viguería de madera -o de materiales contemporáneos en las zonas más reformadas-; y cubierta de teja curva. El material de construcción es, sobre todo, mampostería y ladrillo. En todo el convento son apreciables elementos de interés patrimonial bien conservados como el torno original, carpinterías, solados, rejas, etc. También molduras y algunos restos de pinturas murales. Sin embargo, es el blanco de la cal el elemento distintivo de la edificación.

Todo el edificio se articula en torno a un claustro de dos plantas, tal vez el elemento más destacado del convento. El mismo se compone merced a cuatro crujías cubiertas con bóveda de arista en planta baja. Los arcos son rebajados en planta baja, y de tipo escarzano en la primera. Una de las crujías, la orientada hacia el norte, solo tiene arquerías en la planta baja, siendo visible en la planta alta una ventana con reja decorativa. Tal vez la planta alta de esta crujía pueda corresponder a una fase posterior a la fundación original. Desde la planta alta del claustro es visible la espadaña barroca. En las campanas son visibles las fechas de 1733 y 1849.

Hacia el norte, junto a la última crujía citada, se sitúa el refectorio de las monjas. La estancia está cubierta por bóveda de cañón. Su estructura se conforma mediante pilares y arcos adosados a los muros, que posibilitan la existencia de bancos corridos muy sencillos, donde se sentaban las monjas a comer. Elementos de interés en el refectorio son el púlpito de fábrica cuadrangular muy sencillo, desde el que se hacían las lecturas sagradas, y una pequeña hornacina vacía. El refectorio actualmente comunica directamente mediante dos arcos de medio punto con otra estancia, tal vez la cocina original, cubierta igualmente mediante bóveda de cañón. Estas dos estancias conforman actualmente el restaurante del hotel.

También hacia el norte debieron de estar en un principio los corrales, los servicios de las monjas, y tal vez el huerto. También el lugar de enterramiento de las monjas. En esta zona ahora se localiza un patio con piscina, pero sí se siguen conservando los restos de una pequeña edificación con arcos y espadaña.

La crujía en la que se sitúan las celdas es la sur, la más soleada. En esta se situaban las celdas en las plantas alta y baja. La restauración del convento para su uso como hotel conservó el sabor original de la zona, al haberse conservado huecos originales de puertas y ventanas, así como las pequeñas alacenas de las celdas, si bien, dadas las reducidas dimensiones de las estancias originales, cada una de las nuevas habitaciones del edificio restaurado pasó a ocupar dos celdas. Próxima a esta zona pudo haber dependencias relacionadas con la enfermería.

En la zona este en planta baja se sitúan actualmente dependencias relacionadas con la cocina del restaurante, lavandería, vestuario, etc.; y en la alta, algunas habitaciones del hotel construidas con posterioridad a la reforma original.

En la crujía oeste pudo ubicarse en el espacio en el que actualmente, de forma desafortunada, se sitúan los servicios de las zonas comunes del hotel, la sala capitular. Se trata de una amplia estancia cubierta con bóveda de cañón. Un relieve con una representación del espíritu santo es el único elemento destacable de la estancia. Esta sala se llamaba también «de profundis». En la sala «de profundis» se llevaban a cabo diferentes actos vinculados a la vida monacal: se rezaba el salmo del mismo nombre antes de entrar en el refectorio; se velaban los restos de las monjas fallecidas; y se celebraba capítulo.

Junto a esta estancia se sitúa el espacio más importante del convento: la Iglesia o Capilla del Santísimo Cristo de las Misericordias y San Juan Bautista. La misma posee dos naves: una lateral, pequeña, cubierta mediante bóveda de arista, que tiene además un banco de fábrica perteneciente a un retablo desaparecido. Y la principal, cubierta mediante bóveda de cañón.

La zona absidial está cubierta con cúpula, y separada de la nave por un arco toral de medio punto rebajado. En la nave también es de interés el púlpito de forja, así como la pila bautismal. En la iglesia se ubican tres retablos barrocos.

Parte igualmente destacada de la iglesia es el coro, desde el que las monjas asistían a los actos litúrgicos, con sus rejas y puertas originales. En la parte superior del coro, en lo que hoy es un salón, se localizan los restos de varias pinturas murales muy degradadas, siendo irreconocible su iconografía. En el coro hubo una sillería hasta que las monjas abandonaron el convento.

El acceso a la iglesia desde la calle se producía mediante una puerta muy sencilla. Una ventana ojival correspondiente a finales del siglo XIX o comienzos del siglo XX nos indica que el templo sufrió algunas modificaciones por estas fechas. El pasamanos del púlpito y la baldosa hidráulica pertenecientes a la misma época apuntan en la misma dirección.

En la iglesia existen tres retablos en la zona absidial. Ninguno conserva ni imágenes ni pinturas originales. Se trata de tres retablos barrocos de un solo cuerpo. El retablo principal, situado en el testero del templo, podemos datarlo en la segunda mitad del siglo XVII, tal y como parecen atestiguar las columnas salomónicas con ramos de vid tallados en ellas. Los otros dos retablos se sitúan a ambos lados del primero, y parecen corresponder al siglo XVIII, tal y como indican los característicos estípites de este período. Los únicos elementos iconográficos visibles en los retablos son emblemas franciscanos, un angelote, así como la representación de un pelícano, símbolo eucarístico, tallado en la puerta del sagrario de uno de ellos.

Tanto los tres retablos citados como el púlpito, pila bautismal, y elementos de carpintería y rejería originales del convento son parte inseparable del inmueble y del bien.

Podemos concluir, por tanto, señalando que, aunque el Convento de Santa Clara de La Parra no presente elementos de especial valor histórico-artístico, es un excelente ejemplo de arquitectura conventual de tipo barroco popular en muy buen estado de conservación, siendo su mayor valor el edificio en su conjunto; así como la preservación de su morfología y tipología conventual; su austeridad; el empleo de sistemas constructivos tradicionales y su integración en el entorno. Además, la respetuosa rehabilitación del inmueble, llevada a cabo en su momento, es muestra de cómo es posible rehabilitar edificaciones antiguas y adaptarlas a un nuevo uso sin alterar los valores esenciales de un monumento, conservando no sólo los elementos de más singular valor patrimonial como molduras, portada, etc., sino aquellos más modestos como carpinterías, obras de forja o solados originales.

Delimitación del bien.

La zona en la que se ubican tanto el bien objeto de protección como su entorno se localizan en el casco urbano de La Parra, entre las calles Santa María; Santísimo Cristo de la Misericordia; y Luís Chamizo.

El mismo lo constituye la finca situada en la calle Santa María, 16.

Delimitación del entorno de protección y referencias catastrales.

No se considera necesario que el entorno del bien ocupe una superficie exacta de cien metros perimetrales, tal y como marca la Ley de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura en su artículo 39.3 en referencia a los elementos arquitectónicos porque dada la localización del bien entre medianeras dentro de una manzana de viviendas cerrada, se entiende como suficiente para proteger el mismo de cualquier posible impacto visual o similar, la delimitación de entorno que se plantea y que incluye los inmuebles más próximos.

El entorno de protección del bien afectado se sitúa igualmente dentro del término municipal de La Parra. El entorno de protección del bien afectado lo constituyen las fincas próximas situadas en las siguientes direcciones:

Calle Santa María, 18.

Calle Santa María, 14: Esc:1; Pt: 0;Pt:01.

Calle Santa María, 14: Esc:1; Plta: 1; Pta:01.

Calle Luís Chamizo, 15.

Calle Santísimo Cristo de la Misericordia, 1.

Calle Santa María, 17 D.

Calle Santa María, 17.

Calle Santa María, 15.

Calle Santa María, 13 D.

Calle Santa María, 13: Es:1; Pl:00; Pt:01.

Calle Santa María, 13: Es:1; Pl:01; Pt:01.

Referencias catastrales.

El bien lo constituye la finca sita en la calle Santa María, 16, correspondiente a la referencia catastral: 7266027QC0676N0001XF

El entorno de protección del bien afectado lo constituyen las fincas correspondientes a las referencias catastrales adjuntas:

Calle Santa María, 18: 7266028QC0676N76N0001IF.

Calle Santa María, 14: Esc:1; Pt: 0;Pt:01: 7266025QC0676N0001RF.

Calle Santa María, 14: Esc:1; Plta: 1; Pta:01: 7266025QC0676N0002TG.

Calle Luís Chamizo, 15: 7266002QC0676N0001SF.

Calle Santísimo Cristo de la Misericordia, 1: 7266024QC0676N0001KF.

Calle Santa María, 17 D: 7166310QC0676N0001IF.

Calle Santa María, 17: 7166311QC0676N0001JF.

Calle Santa María, 15: 7166312QC0676N0001EF.

Calle Santa María, 13 D: 7166313QC0676N0001SF.

Calle Santa María, 13: Es:1; Pl:00; Pt:01: 7166314QC0676N0001ZF.

Calle Santa María, 13: Es:1; Pl:01; Pt:01: 7166314QC0676N0002XG.

Los posibles usos que se den a este bien deberán ser compatibles con la conservación del mismo y, en ningún caso, alterarán su valor patrimonial.

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

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