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Documento BOE-A-2013-7846

Resolución de 8 de julio de 2013, del Instituto Nacional de Administración Pública, por la que se convoca la V edición del Curso de Especialización en Comunicación Pública.

Publicado en:
«BOE» núm. 170, de 17 de julio de 2013, páginas 52965 a 52968 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-2013-7846

TEXTO ORIGINAL

El desarrollo de la Sociedad de la Información ha situado a la comunicación como una actividad de capital importancia para todos los actores sociales. Este proceso afecta directamente a las Administraciones Públicas que, no sólo tienen la obligación de servir a los intereses generales, sino que además han de informar a los ciudadanos sobre su actuación, siguiendo los principios de eficacia, transparencia y eficiencia.

Los continuos cambios que se producen en el sector comunicativo, provocados por la innovación tecnológica y por la profundización en las técnicas comunicativas, obligan a las Administraciones Públicas a realizar un esfuerzo en la renovación de los medios empleados en la comunicación pública. Para esta tarea resulta imprescindible disponer de unos recursos técnicos adecuados y de unos recursos humanos especializados y convenientemente formados en la materia.

La V edición del Curso de Especialización en Comunicación Pública del Instituto Nacional de Administración Pública (INAP), que se convoca en la presente resolución, tiene la finalidad de dar respuesta a estas necesidades de preparación y formación de los empleados públicos.

Esta actividad formativa, en la que participarán los mejores profesionales del sector de la comunicación, constituye una herramienta de especialización para los empleados que trabajan en las unidades administrativas que protagonizan la comunicación pública, así como una oportunidad formativa para todos aquellos que pretendan enfocar su carrera administrativa hacia este ámbito del sector público.

A lo largo del curso se abordarán todos los niveles de la comunicación prestando especial atención a la planificación y gestión estratégica de la comunicación, al diseño y elaboración de planes de comunicación, a los intangibles en el sector público, a las técnicas y tácticas, así como a las últimas tendencias comunicativas y al análisis de casos concretos en la Administración pública.

La carga lectiva estimada para las distintas materias y actividades formativas se ha valorado en créditos ECTS (Sistema Europeo de Transferencia de Créditos), regulado por el Real Decreto 1125/2003, de 5 de septiembre, por el que se establece el sistema europeo de créditos y el sistema de calificaciones en las titulaciones universitarias de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional. La adopción como referente del sistema utilizado actualmente en el ámbito universitario conlleva la introducción de un modelo formativo que centra la programación y la metodología docente en el aprendizaje de los estudiantes y no exclusivamente en las horas lectivas, y al mismo tiempo facilita la comparación con estudios análogos. Por lo tanto, en este concepto de crédito se integran las enseñanzas teóricas y prácticas, así como otras actividades académicas dirigidas, con inclusión de las horas de estudio y de trabajo que el estudiante debe realizar para alcanzar los objetivos formativos propios de cada una de las materias.

Por ello, esta Dirección adopta la siguiente resolución:

Primero. Convocatoria.

Se convoca la V edición del Curso de Especialización en Comunicación Pública, a desarrollar durante el curso académico 2013-2014.

Segundo. Objetivos.

Este curso tiene como objetivo fundamental desarrollar los conocimientos y habilidades necesarios para un correcto desempeño profesional de la Comunicación entendida de forma estratégica e integral y en el ámbito de la Administración pública.

El objetivo fundamental es formar profesionales con un conocimiento global de todas las áreas relacionadas con la comunicación pública, con la capacidad de selección, gestión y difusión de la comunicación, la capacidad de análisis y de valoración crítica y la capacidad de liderazgo de proyectos de comunicación, así como de adaptación de forma eficiente a un entorno tecnológico y profesional en constante evolución que requiere visiones estratégicas del entorno y de la comunicación.

Tercero. Coordinación del curso.

La coordinación del curso corresponderá a un Consejo Académico nombrado por el Director del INAP, con cuatro miembros, uno de ellos propuesto por la Secretaría de Estado de Comunicación.

Cuarto. Duración y estructura.

El curso consta de 12 créditos ECTS, que se cursarán desde octubre de 2013 hasta septiembre de 2014. Las asignaturas, en las que se combinan las actividades presenciales con la formación on-line, se distribuyen en siete materias, que suman un total de 10 créditos ECTS, y un trabajo de fin de curso, al que le corresponden dos créditos ECTS.

Quinto. Programa formativo.

El programa de la V edición del Curso de Especialización de Comunicación Pública se estructura de las siguientes materias:

– Planificación y gestión estratégica de la comunicación en la Administración pública. (2 ECTS).

– Los intangibles en el sector público: marca, posicionamiento, reputación (2 ECTS).

– De la estrategia a la práctica: técnicas y tácticas (2 ECTS).

– La política informativa de las organizaciones públicas (1 ECTS).

– La comunicación de las políticas públicas y campañas de información de la Administración pública (1 ECTS).

– Las tecnologías de la Información y Comunicación en la Administración pública (1 ECTS).

– Casos de comunicación (1 ECTS).

El programa se completa con la realización de un proyecto de fin de curso cuyo tema será propuesto y tutelado por los coordinadores académicos. Los alumnos contarán con la ayuda de un tutor para la realización de los proyectos que se expondrán ante un tribunal formado por expertos en la materia.

Sexto. Destinatarios.

Podrán participar los funcionarios de carrera pertenecientes a cuerpos y escalas del subgrupo A1 y resto de empleados públicos con categoría asimilada a los anteriores, con experiencia en el sector público.

Séptimo. Lugar de celebración y calendario.

1. Las clases presenciales tendrán lugar en la sede del INAP, calle Atocha, n.º 106, de Madrid, todos los jueves lectivos de 16.00 a 20.30 horas.

2. Las clases presenciales comenzarán el 10 de octubre de 2013 y finalizarán durante el mes de septiembre de 2014.

3. La fecha de exposición de los trabajos se determinará a lo largo del curso.

4. El INAP se reserva, no obstante, el derecho de realizar modificaciones sobre las fechas previstas si razones de organización así lo aconsejan.

Octavo. Solicitudes.

1. Quienes deseen participar en el curso deberán presentar la solicitud que figura en la página web del INAP (www.inap.es) entrando en el enlace «Aprendizaje» y, a continuación, en «Formación directiva». En este apartado figurará un enlace a la página web del curso. Ejecutando la opción «Presentación de solicitudes» se tendrá acceso a un formulario en el que deberá cumplimentarse o modificarse los datos personales, profesionales y académicos. Además, los interesados deberán indicar en la «carta de motivación» de su solicitud los motivos que les animan a participar en este curso, incidiendo especialmente en el interés objetivo de la organización administrativa en la que presta sus servicios. Una vez cumplimentada la solicitud, deberá activar la opción «Conformidad» para indicar la conformidad de su superior jerárquico y finalmente en el botón «Grabar» para completar la transmisión telemática de datos.

Para completar la solicitud así enviada, es necesario imprimirla en soporte papel y pasarla a la firma del superior jerárquico, con categoría, al menos, de subdirector general. Una vez firmada, deberá conservar la solicitud en su poder hasta que se le requiera su presentación.

Asimismo, se deberá enviar el currículum vitae resumido (no más de dos páginas) a cristina.lorenzo@inap.es, indicando en el asunto del correo electrónico: «CV curso de comunicación pública».

2. El plazo de presentación de solicitudes, comenzará el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria, en el «Boletín Oficial del Estado» y finalizará el 31 de julio de 2013.

Noveno. Selección.

1. El número máximo de admitidos será de 25.

2. La selección de los participantes será realizada por la Subdirección de Formación, oído el Consejo Académico, con aplicación de los siguientes criterios:

a) El nivel de responsabilidad dentro de la organización.

b) La relación directa entre los contenidos que se imparten y el puesto de trabajo que se desempeña.

c) Trayectoria profesional y curricular de los candidatos.

d) Interés objetivo de la organización administrativa en la que preste servicios el solicitante.

3. Los empleados públicos podrán participar en el curso durante los permisos por parto, adopción o acogimiento, así como durante la situación de excedencia por cuidado de familiares, según lo dispuesto en los artículos 49 y 89.4 de La Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.

4. De acuerdo con el artículo 60 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, se otorgará preferencia en la selección a quienes se hayan incorporado en el plazo de un año al servicio activo, procedentes del permiso de maternidad o paternidad, o hayan reingresado desde la situación de excedencia por razones de guarda legal y atención a personas mayores dependientes o personas con discapacidad, con objeto de actualizar los conocimientos de los empleados y empleadas públicas. Asimismo, se reservará al menos un 40 por ciento de las plazas en los cursos de formación para su adjudicación a mujeres que reúnan los requisitos establecidos, salvo que el número de solicitudes de mujeres sea insuficiente para cubrir este porcentaje.

5. En aplicación del Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, se valorará como criterio de selección a quienes se encuentren afectados por una discapacidad cuyo grado de minusvalía sea igual o superior al 33 por ciento. Las personas con discapacidad que soliciten el curso podrán hacer constar tal circunstancia en la inscripción, y podrán indicar, asimismo, las adaptaciones necesarias en el curso formativo, siempre y cuando hayan sido seleccionadas.

6. Una vez efectuada la selección definitiva de los participantes, la Subdirección de Formación lo comunicará a los interesados, que deberán confirmar su asistencia al curso. La inasistencia, sin previo aviso o cumplida justificación, de quienes hubiesen sido seleccionados para participar en la actividad formativa podrá determinar su exclusión en selecciones posteriores.

Décimo. Diplomas.

Los participantes que acrediten un buen aprovechamiento de las enseñanzas impartidas recibirán el correspondiente diploma. Una falta de asistencia superior al diez por ciento de las horas lectivas presenciales programadas, cualquiera que sea la causa, imposibilitará la expedición del mismo. Igualmente, la no superación del trabajo final de curso o el incumplimiento de otros requisitos del curso, imposibilitará la expedición del diploma.

Sólo se podrá superar el curso a través del aprendizaje continuo, lo que implica una asistencia obligatoria mínima del noventa por ciento de las clases, la participación activa en los talleres prácticos, la puntualidad, el cumplimiento del horario previsto, y un nota mínima de 5 en el trabajo de fin de curso.

Undécimo. Régimen académico.

Los alumnos seleccionados que no observen las reglas elementales de respeto y consideración hacia profesores, compañeros o personal del INAP podrán ser excluidos de las actividades formativas.

Además de lo establecido en la cláusula anterior, los participantes que tengan una inasistencia superior al veinticinco por ciento en una materia formativa, cualquiera que sea la causa, o que incumplan el horario de las clases, podrán perder la escolaridad.

Duodécimo. Información adicional.

Podrá obtenerse información adicional en la página web del INAP www.inap.es, a través del teléfono 912739196, del fax 912739346, a través de los correos electrónicos cristina.lorenzo@inap.es o fd@inap.es o a través de la dirección postal calle Atocha, 106. E-28012, Madrid.

Madrid, 8 de julio de 2013.–El Director del Instituto Nacional de Administración Pública, P.S. (Real Decreto 464/2011, de 1 de abril), el Gerente del Instituto Nacional de Administración Pública, Enrique Silvestre Catalán.

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