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Documento BOE-A-2013-8143

Resolución de 10 de julio de 2013, de la Secretaría de Estado de Cultura, por la que se resuelve el concurso específico, convocado por Resolución de 25 de abril de 2013, en el Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales.

Publicado en:
«BOE» núm. 178, de 26 de julio de 2013, páginas 54789 a 54791 (3 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2013-8143

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de 25 de abril de 2013, de la Secretaría de Estado de Cultura («BOE» de 29 de mayo), se convocó concurso específico para la provisión de puestos de trabajo en el Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales.

Cumplidas las bases de la convocatoria, así como las disposiciones del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo,

Este Ministerio, en uso de las atribuciones que le confiere la legislación vigente, previa actuación de la Comisión de Valoración a que hace referencia la base sexta de la citada convocatoria, y a la vista de la valoración de los méritos alegados por los aspirantes que consta en las actas de la mencionada Comisión, acuerda:

Primero.

Adjudicar los puestos incluidos en el anexo I de la citada convocatoria, conforme se especifica en el Anexo a la presente resolución.

Segundo.

El plazo para la toma de posesión en el nuevo puesto de trabajo será de tres días hábiles, si no implica cambio de residencia del funcionario, o de un mes, si comporta cambio de residencia o reingreso al servicio activo.

El plazo de toma de posesión empezará a contarse a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la presente resolución en el «Boletín Oficial del Estado». Si la resolución del concurso comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá computarse desde dicha publicación.

El cómputo del plazo para el cese se iniciará cuando finalicen los permisos o licencias que, en su caso, hayan sido concedidos a los interesados, salvo que, excepcionalmente y por causas justificadas, el órgano convocante acuerde suspender el disfrute de los mismos. No obstante, para los funcionarios que se encuentren en situación de licencia por enfermedad, se diligenciará el cese y la toma de posesión en el nuevo destino, sin que por ello finalice la licencia que tengan concedida.

Tercero.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación, recurso contencioso-administrativo ante el correspondiente Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo, de conformidad con lo establecido en los artículos 9.a) y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o, potestativamente y con carácter previo, recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid, 10 de julio de 2013.–El Secretario de Estado de Cultura, P. D. (Orden ECD/465/2012, de 2 de marzo), la Directora General del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, Susana de la Sierra Morón.

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