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Documento BOE-A-2013-8225

Resolución de 24 de julio de 2013, de la Dirección General del Trabajo Autónomo, de la Economía Social, y de la Responsabilidad Social de las Empresas, por la que se establecen los criterios para determinar el peso relativo de las entidades representativas de la economía social solicitantes de subvenciones para la ejecución de planes de formación, de ámbito territorial exclusivo de Ceuta y de Melilla, dirigidos prioritariamente a las personas ocupadas, del Servicio Público de Empleo Estatal.

Publicado en:
«BOE» núm. 179, de 27 de julio de 2013, páginas 55158 a 55159 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Empleo y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-2013-8225

TEXTO ORIGINAL

La Orden TAS/718/2008, de 7 de marzo, por la que se desarrolla el Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo, por el que se regula el subsistema de formación profesional para el empleo, en materia de formación de oferta y se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas destinadas a su financiación, en el ámbito de la Administración General del Estado, recoge en su artículo 3.1, que respecto a las subvenciones destinadas a la ejecución de planes de formación intersectoriales para la formación dirigida específicamente a los colectivos de trabajadores y socios de la economía social, siempre que aporten actividad económica, podrán ser beneficiarios las confederaciones y federaciones de cooperativas y/o sociedades laborales y las organizaciones representativas de la economía social de carácter intersectorial, todas ellas con suficiente implantación en el correspondiente ámbito.

La disposición final tercera de la referida Orden faculta al Director General de la Economía Social, del Trabajo Autónomo y del Fondo Social Europeo, en la actualidad, el Director General del Trabajo Autónomo, de la Economía Social y de la Responsabilidad Social de las Empresas, para dictar las disposiciones necesarias para fijar las condiciones, requisitos y formas de acreditación de la representatividad e implantación de los solicitantes de planes intersectoriales para la economía social.

La Resolución de 17 de julio de 2013, del Servicio Público de Empleo Estatal, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión, con cargo al ejercicio presupuestario de 2013, de subvenciones públicas para la ejecución de planes de formación, de ámbito estatal, dirigidos prioritariamente a las personas ocupadas, en su artículo 6.2 contempla que, para la ejecución de planes de formación intersectoriales dirigidos específicamente a personas trabajadoras y socios de la economía social, siempre que aporten actividad económica, la Dirección General del Trabajo Autónomo, de la Economía Social y de la Responsabilidad Social de las Empresas resolverá sobre los criterios para determinar el peso relativo de las confederaciones, federaciones y organizaciones representativas de la economía social, de carácter intersectorial y con suficiente implantación en el ámbito territorial de Ceuta o de Melilla.

La citada Resolución de 17 de julio de 2013, del Servicio Público de Empleo Estatal, establece que la Dirección General del Trabajo Autónomo, de la Economía Social y de la Responsabilidad Social de las Empresas emitirá un informe en el plazo de quince días desde su solicitud por la Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo, que incluirá la propuesta del peso relativo de cada entidad solicitante, pudiendo para ello, solicitar a cada una de las entidades la información precisa.

Por todo ello, el Director General del Trabajo Autónomo, de la Economía Social y de la Responsabilidad Social de las Empresas considera oportuno establecer los criterios para determinar el peso relativo de cada una de las entidades solicitantes.

En su virtud, dispongo:

Primero.

Las confederaciones, federaciones y organizaciones representativas de la economía social, deberán acreditar que cumplen los siguientes requisitos:

1.º La presencia de sedes permanentes, propias o de sus federaciones, confederaciones o uniones integradas en las mismas, en el ámbito territorial de Ceuta o de Melilla. Dicha presencia se acreditará por medio de los títulos de propiedad, de alquiler o cesión.

2.º Contar con recursos humanos en cada una de las diferentes sedes a las que se hace referencia en la letra anterior.

3.º Tener carácter intersectorial. A estos efectos, se entiende por asociación de carácter intersectorial aquellas que integren, bien directamente o a través de entidades asociadas, a entidades de la economía social que desarrollen su actividad en, al menos, tres sectores económicos de entre los de agricultura, industria, construcción y servicios.

Segundo.

Para determinar el peso relativo de cada entidad solicitante se tendrá en cuenta el número de trabajadores, socios trabajadores o de trabajo de las diferentes fórmulas de la economía social presentadas, a fecha de 31 de diciembre de 2012.

Tercero.

La documentación para acreditar los requisitos a los que se refieren los apartados primero y segundo de esta resolución se presentará de forma electrónica mediante la aplicación informática que estará a disposición de las entidades solicitantes en la página web de la Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo.

El plazo para la presentación de la documentación finalizará el 12 de agosto de 2013, inclusive, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 de la Resolución de 17 de julio de 2013, del Servicio Público de Empleo Estatal.

Cuarto.

La Dirección General del Trabajo Autónomo, de la Economía Social y de la Responsabilidad Social de las Empresas, emitirá un informe en el plazo de quince días, desde su solicitud de la Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo que incluirá la propuesta del peso relativo de cada entidad solicitante, pudiendo para ello, solicitar a cada una de las entidades la información precisa, en virtud del artículo 6.2 de la Resolución de 17 de julio de 2013, del Servicio Público de Empleo Estatal.

Quinto.

La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 24 de julio de 2013.–El Director General del Trabajo Autónomo, de la Economía social, y de la Responsabilidad Social de las Empresas, Miguel Ángel García Martín.

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