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Documento BOE-A-2013-8395

Resolución de 23 de julio de 2013, de la Comisión Nacional de la Competencia, por la que se resuelve el concurso específico, convocado por Resolución de 22 de mayo de 2013.

Publicado en:
«BOE» núm. 182, de 31 de julio de 2013, páginas 55835 a 55838 (4 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Economía y Competitividad
Referencia:
BOE-A-2013-8395

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de fecha 22 de mayo de 2013, se convocó concurso específico para la provisión de puestos de trabajo en este Organismo, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 131, de 1 de junio siguiente.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.1.a) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, con el alcance fijado en la disposición final cuarta de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público y en el artículo 47.1 del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.

Cumplimentadas las normas reglamentarias y observados cuantos requisitos y procedimientos se establecen en las bases de la convocatoria sobre el plazo de presentación de instancias, examen de las mismas, valoración de los méritos alegados por los candidatos según baremo establecido y previa propuesta formulada por la correspondiente Comisión de Valoración,

Esta Presidencia, en uso de las competencias atribuidas por la Ley 15/2007, de Defensa de la Competencia, y por el Real Decreto 331/2008, de 29 de febrero, por el que se aprueba el Estatuto de la Comisión Nacional de la Competencia, ha resuelto:

Primero.

Aprobar las propuestas de la Comisión de Valoración y resolver el concurso citado mediante la adjudicación de los puestos de trabajo de la referida convocatoria a los funcionarios que se especifican en los términos que se recogen en el anexo a esta Resolución.

La competencia para realizar los nombramientos del personal al que se adjudica un puesto de trabajo corresponderá al Presidente de la Comisión Nacional de la Competencia, excepto cuando se trate de puestos adscritos a la Dirección de Investigación cuyo nombramiento se efectuará por la Directora de Investigación, ello al amparo de lo establecido en los artículos 32.g) y 35.3.b) de la Ley de Defensa de la Competencia y, en concordancia con la misma, en los artículos 7.1.r) y 13.2.c) del Real Decreto 331/2008, de 29 de febrero, por el que se aprueba el Estatuto de la Comisión Nacional de la Competencia.

Segundo.

El plazo para tomar posesión será de tres días hábiles si no implica cambio de residencia del funcionario o de un mes si comporta cambio de residencia o el reingreso al servicio activo. Dicho plazo comenzará a contarse a partir del día siguiente al del cese, el cual deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la presente resolución en el «Boletín Oficial del Estado». Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá computarse desde dicha publicación.

Tercero.

Los destinos adjudicados serán irrenunciables, salvo que antes de finalizar el plazo de toma de posesión se hubiera obtenido otro destino, bien por el sistema de libre designación o por el de concurso, convocados por otros Organismos. Asimismo, se considerarán de carácter voluntario y, en consecuencia, no generarán derecho al cobro de indemnización por concepto alguno.

Contra esta resolución que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la notificación, con arreglo a lo dispuesto en el apartado 3 de la disposición adicional cuarta de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y, potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo dictó.

Madrid, 23 de julio de 2013.–El Presidente de la Comisión Nacional de la Competencia, Joaquín García Bernaldo de Quirós.

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