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Documento BOE-A-2013-8471

Resolución de 17 de julio de 2013, de la Dirección General de Empleo, por la que se registra y publica el Acta del acuerdo referente al VIII Convenio colectivo de Pimad, SAU.

Publicado en:
«BOE» núm. 183, de 1 de agosto de 2013, páginas 56099 a 56100 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Empleo y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-2013-8471
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2013/07/17/(10)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto del Acta en la que se contiene el acuerdo de que durante el período comprendido entre el 1 de julio de 2013 al 30 de junio de 2014 se mantienen los valores contenidos en el texto y anexo del VIII Convenio colectivo de la empresa Pimad, S.A.U., sin que proceda revisión económica alguna (código de Convenio n.º 90011582011998) Acta que fue suscrita con fecha 2 de julio de 2013 de una parte por los designados por la Dirección de la empresa en representación de la misma y de otra por el Comité de empresa en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Empleo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de la citada acta en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 17 de julio de 2013.–El Director General de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Aranda.

ACTA DE FIRMA VIII CONVENIO COLECTIVO PIMAD,SAU, SEGUNDO AÑO DE VIGENCIA

En Azuqueca de Henares, a las 12:00 del día 2 de julio de 2013, reunidas las representaciones que se indican seguidamente:

Representación social:

– Marisol Parra González (UGT).

– Juan Francisco López Cifuentes (UGT).

– Francisco Javier Millán Fernández (UGT).

– Tomas Vázquez Antón (UGT).

– Lubomir Nikolov Jristov (CC.OO.).

Representación Dirección empresa:

– Manuel Junco Aguado.

– Eva Prieto.

Primero.

El vigente Convenio colectivo de la empresa Pimad, S.A.U. (código de Convenio n.º 90011582011998) fue suscrito con fecha 28 de diciembre de 2012 con una vigencia temporal del 1 de julio 2012 al 30 de junio de 2014.

Segundo.

En cuanto a la materia de las revisiones salariales se vino a establecer en el artículo 30 del convenio colectivo la siguiente redacción:

«Se mantienen los valores vigentes a fecha de 30 de junio de 2012, tras la revalorización de los mismos según lo previsto en el artículo 30 del VII Convenio colectivo de Pimad, S.A.U., para su tercer año de vigencia.

Durante la vigencia del VIII Convenio colectivo de Pimad, S.A.U., no se revalorizarán ninguno de los aspectos económicos que contiene el citado convenio colectivo, de forma que los valores contenidos en el texto y anexo del mismo se mantendrán durante toda su vigencia, sin que proceda la aplicación de la cláusula de revisión salarial.»

Tercero.

A los efectos del registro del segundo año de vigencia del convenio colectivo de Pimad,SAU se hace constar en la presente acta que durante el periodo comprendido entre el 1 de julio de 2013 al 30 de junio de 2014 se mantienen los valores contenidos en el texto y anexo del VIII convenio colectivo de Pimad,SAU sin que proceda revisión económica alguna.

Y para que así conste se firma la presente acta en la ciudad y fecha arriba indicada.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 17/07/2013
  • Fecha de publicación: 01/08/2013
  • Vigencia desde el 1 de julio de 2013 hasta el 30 de junio de 2014.
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (Ref. BOE-A-2010-9274).
    • art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-1995-7730).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 8 de febrero de 2013 (Ref. BOE-A-2013-2197).
Materias
  • Convenios colectivos
  • Producción alimentaria

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