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Documento BOE-A-2013-8757

Resolución de 31 de julio de 2013, de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, por la que se declara la pérdida de la condición de funcionario con habilitación de carácter estatal, Subescala de Secretaría-Intervención, de don Vicente Jesús Bartolomé Fuentes.

Publicado en:
«BOE» núm. 189, de 8 de agosto de 2013, páginas 57864 a 57864 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-2013-8757

TEXTO ORIGINAL

Vista la sentencia dictada por la Sala Segunda de lo Penal, del Tribunal Supremo, número 425/2013, que ha ganado firmeza, por la que se condena a don Vicente Jesús Bartolomé Fuentes, funcionario con habilitación de carácter estatal, Subescala de Secretaría-Intervención, con número de registro personal 17436442/24/A/3015, a las pena de cinco años de inhabilitación especial para empleo o cargo público, relacionado con el delito cometido, de Secretario de Ayuntamiento.

Considerando que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 66 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público y en el artículo 138.1.d) del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local, la pena de inhabilitación especial impuesta judicialmente comporta para el afectado la pérdida definitiva de la condición de funcionario con habilitación de carácter estatal, y de acuerdo con las atribuciones conferidas por el Real Decreto 256/2012, de 27 de enero,

Esta Secretaría de Estado resuelve:

Declarar la pérdida definitiva de la condición de funcionario con habilitación de carácter estatal, Subescala de Secretaría-Intervención de don Vicente Jesús Bartolomé Fuentes.

Esta Resolución es definitiva en vía administrativa, y contra la misma cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el Secretario de Estado de Administraciones Públicas en el plazo de un mes a partir del siguiente día a la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» o directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a contar de la misma manera, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, todo ello con arreglo a lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según redacción dada por Ley 4/1999, y en los artículos 11.1.a) y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, así como en las normas concordantes de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y de la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de Demarcación y Planta Judicial.

Madrid, 31 de julio de 2013.–El Secretario de Estado de Administraciones Públicas, Antonio Germán Beteta Barreda.

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