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Documento BOE-A-2013-8860

Resolución de 31 de julio de 2013, del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, por la que se publica la concesión de ayudas para la producción de cortometrajes sobre proyecto en la convocatoria del año 2013.

Publicado en:
«BOE» núm. 190, de 9 de agosto de 2013, páginas 58516 a 58520 (5 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2013-8860

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de 12 de marzo de 2013 («Boletín Oficial del Estado» de 15 de marzo), se convocaron las ayudas para la producción de cortometrajes sobre proyecto al amparo de lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine y en la Orden CUL/2834/2009, de 19 de octubre, reservándose a tales efectos la cantidad de 400.000 € del presupuesto de gastos del Organismo para el año en curso, para la modalidad de cortometrajes sobre proyecto.

De conformidad con el procedimiento de selección expuesto en el apartado cuarto, punto cuarto de la convocatoria, el Comité de Ayudas a la Producción Cinematográfica del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales en su reunión del día 24 de junio de 2013, informó y valoró las solicitudes de ayuda que, presentadas hasta el 8 de abril de 2013, no hubieran sido excluidas.

Teniendo en cuenta el Informe del citado Comité y la Propuesta de la Subdirección General de Fomento de la Industria Cinematográfica y Audiovisual, y en uso de las atribuciones conferidas por el Real Decreto 2062/2008, por Resolución de esta Dirección General de 30 de julio de 2013 se resolvió la concesión de ayudas para la producción de cortometrajes sobre proyecto en la convocatoria del año 2013.

Por todo ello, y como garantía del principio de publicidad establecido en el artículo 18 de la Ley General de Subvenciones 38/2003, de 17 de noviembre, esta Dirección General ha resuelto hacer público el extracto de la Resolución de 30 de julio de 2013 por la que se conceden las ayudas que figuran en el Anexo I a las productoras que se relacionan y por las cuantías que se indican, por un importe total de 399.431,49 €, con cargo a la aplicación 18.103.470 «Fondo de Protección a la Cinematografía» del programa 335C «Cinematografía» del presupuesto de gastos del organismo para el año 2013.

El resto de las solicitudes se entenderán desestimadas o excluidas.

La Resolución de 30 de julio de 2013 cuyo texto íntegro se encuentra a disposición de los interesados en el Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, y en el Tablón de anuncios de la Secretaría de Estado de Cultura, Plaza del Rey, 1 de Madrid, pone fin a la vía administrativa, por lo que contra la misma puede interponerse en el plazo de dos meses desde el día siguiente a la publicación de la presente resolución, recurso contencioso-administrativo, ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, conforme a lo establecido en el artículo 9.C de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa («Boletín Oficial del Estado» de 14 de julio).

En el caso de no impugnarla directamente mediante el recurso contencioso-administrativo a que se refiere el párrafo anterior, podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes y ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero. El recurso de reposición podrá presentarse en los lugares establecidos en el artículo 38.4 de la misma, a través de la oficina virtual –Registro Telemático– del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte (www.mecd.es/registro), siempre que se posea un certificado de firma electrónica con plena validez.

En caso de interponerse el recurso de reposición, el recurso contencioso-administrativo no podrá presentarse hasta que el de reposición haya sido resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo. El plazo máximo para dictar y notificar la resolución del recurso de reposición es de un mes, transcurrido el cual podrá entenderse desestimado a los efectos de interponer el recurso contencioso-administrativo.

Madrid, 31 de julio de 2013.–La Directora General del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, Susana de la Sierra Morón.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

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