Visto el expediente de indulto de don Antonio González de Caldas García, condenado por el Juzgado de lo Penal número 3 de Jerez de la Frontera, en sentencia de 12 de abril de 2011, como autor de un delito de atentado a agente de la autoridad, a la pena de tres años y un día de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 2008, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 26 de julio de 2013,
Vengo en conmutar a don Antonio González de Caldas García la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 26 de julio de 2013.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ALBERTO RUIZ-GALLARDÓN JIMÉNEZ
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