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Documento BOE-A-2013-9337

Acuerdo de 17 de julio de 2013, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se convoca concurso para la provisión de determinados cargos judiciales entre miembros de la Carrera Judicial, que hayan superado las pruebas de especialización en los asuntos propios de los órganos de lo mercantil.

Publicado en:
«BOE» núm. 212, de 4 de septiembre de 2013, páginas 64214 a 64215 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Consejo General del Poder Judicial
Referencia:
BOE-A-2013-9337

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo establecido en los artículos 131, 326.2, 329.1 y 4, 330.1 y concordantes de la Ley Orgánica del Poder Judicial, del Reglamento 2/2011, de 28 de abril y artículo 104 bis.3 del Reglamento 1/1995, de 7 de junio, de la Carrera Judicial, la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial en su reunión del día 17 de julio de 2013, ha acordado anunciar concurso para la provisión de destinos en la Carrera Judicial, entre miembros de la misma, con arreglo a las siguientes bases:

Primera.

Sólo podrán tomar parte en el concurso:

a) Los miembros de la Carrera Judicial que hayan superado la pruebas de especialización en los asuntos propios de los órganos de lo mercantil.

b) En virtud de la Sentencia de 30 de diciembre de 2002, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo en el recurso Contencioso-Administrativo número 461/2001, a los solos efectos de participar en este concurso con la finalidad de consolidar la especialización, los miembros de la Carrera Judicial no estarán sometidos a plazo de permanencia alguno en su actual destino.

Segunda.

El concurso se resolverá de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 329, puntos 1 y 4, y concordantes de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Tercera.

Las solicitudes de destino se podrán ajustar al modelo normalizado publicado en la página web del Consejo General del Poder Judicial relativo a concursos, contendrán los requisitos previstos en el artículo 149.2 del Reglamento 2/2011, de 28 de abril, de la Carrera Judicial y serán presentadas en el Consejo General del Poder Judicial, Marqués de la Ensenada, número 8, 28071 Madrid, o en la forma establecida en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de quince días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación del presente concurso en el «Boletín Oficial del Estado».

A los efectos de lo dispuesto en el artículo 327.3 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, los/as Magistrado/as que deduzcan petición para participar en este concurso, deberán expresar necesariamente en la misma el número de Sentencias y Autos pendientes de dictar a la fecha de la presentación de la instancia, pudiéndose aplazar la efectividad de la provisión de la plaza, cuando el que hubiese ganado el concurso deba dedicar atención preferente al órgano de procedencia atendidos los retrasos producidos por causa imputable al mismo.

Las peticiones que se cursen a través de las oficinas de Correos, deberán presentarse en sobre abierto para que el/la funcionario/a correspondiente pueda estampar en ellas el sello de fechas antes de certificarlas.

Las solicitudes, desistimientos y modificaciones dirigidos al Consejo General del Poder Judicial podrán formularse dentro del plazo establecido en el párrafo primero de la presente base por telégrafo, fax o medios telemáticos, con obligación de cursar la instancia original simultáneamente, debiendo tener ésta su entrada en el Registro General del Consejo dentro de los cinco días naturales siguientes al de expiración del plazo de presentación de instancias. De no hacerse así, la solicitud, desistimiento o modificación carecerán de validez. El fax al que habrán de dirigirse, en su caso, es: (91) 7.00.63.58.

No se admitirá solicitud alguna presentada de forma o en lugar diferente de los reseñados en la presente base.

Cuarta.

Salvo la estricta antigüedad escalafonal en la especialidad, que será apreciada de oficio por el Consejo General del Poder Judicial, quienes pretendan acceder a cualesquiera destinos de la Carrera Judicial habrán de alegar y, en su caso, fundamentar la concurrencia de las condiciones, méritos y preferencias que pretendan hacer valer. Si no lo hicieren, no será tenido en cuenta más mérito que la antigüedad escalafonal en la especialidad.

En todo lo no expresamente previsto en las bases del presente concurso regirá lo dispuesto en la Ley Orgánica del Poder Judicial y el Reglamento 2/2011, de 28 de abril, de la Carrera Judicial.

Contra la presente disposición podrá interponerse recurso de alzada ante el Pleno del Consejo General del Poder Judicial en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la publicación de este Acuerdo en el «Boletín Oficial del Estado», conforme a lo establecido en los artículos 142 y 143 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y 114 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Relación de plazas que se anuncian

Andalucía

Juzgado de lo Mercantil número 1 de Almería.

Juzgado de lo Mercantil número 1 de Cádiz.

Cataluña

Juzgado de lo Mercantil número 5 de Barcelona.

Galicia

Juzgado de lo Mercantil número 2 de A Coruña.

Madrid, 17 de julio de 2013.–El Presidente del Consejo General del Poder Judicial, Gonzalo Moliner Tamborero.

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