Por Resolución ENS/607/2011, de 25 de febrero («Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña» de 9 de marzo), el Departamento de Educación de la Comunidad Autónoma de Cataluña, convocó procedimientos selectivos para el ingreso y acceso a la función pública docente.
Concluidas todas las fases de los citados procedimientos selectivos, el Departamento de Educación de la Comunidad Autónoma de Cataluña, por Resolución ENS/2176/2012, de 15 de octubre (DOGC del 25), declara aptos en la fase de prácticas y aprobados en el mismo a los aspirantes seleccionados, nombrados funcionarios en prácticas por Resolución ENS/2459/2011, de 14 de octubre (DOGC del 25).
De conformidad con lo establecido en el artículo 32.1 del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, modificado por Real Decreto 48/2010, de 22 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y se regula el régimen transitorio de ingreso a que se refiere la disposición transitoria decimoséptima de la citada ley.
Vista la propuesta del Departamento de Educación de la Comunidad Autónoma de Cataluña,
Este Ministerio ha dispuesto:
Nombrar funcionarios de carrera de los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas y Profesores de Artes Plásticas y Diseño, a los seleccionados en los procedimientos selectivos convocados Resolución ENS/607/2011, de 25 de febrero, que aparecen relacionados en el anexo a esta Orden, con indicación del número de registro de personal, especialidad y puntuación que les corresponde.
Los nombrados a través de la presente orden se considerarán ingresados como funcionarios de carrera, del cuerpo docente por el que han superado el procedimiento selectivo, con efectos de 1 de septiembre de 2012.
La presente orden podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes y ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Asimismo, contra esta orden que es definitiva en la vía administrativa cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, y artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.
Madrid, 15 de enero de 2013.–El Ministro de Educación, Cultura y Deporte, P. D. (Orden ECD/465/2012, de 2 de marzo), el Subsecretario de Educación, Cultura y Deporte, Fernando Benzo Sáinz.
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