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Documento BOE-A-2013-9849

Resolución de 10 de septiembre de 2013, de la Dirección General de Empleo, por la que se registra y publica el Acta de 18 de julio de 2013, referentes a las tablas salariales del Convenio colectivo de ámbito estatal de centros de asistencia y educación infantil.

Publicado en:
«BOE» núm. 228, de 23 de septiembre de 2013, páginas 76622 a 76624 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Empleo y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-2013-9849
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2013/09/10/(3)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto del Acta de fecha 18 de julio de 2013, donde se recogen los acuerdos referentes a las tablas salariales del Convenio colectivo de ámbito estatal de centros de asistencia y educación infantil, (código de convenio n.º 99005615011990), que fue suscrito de una parte por las asociaciones empresariales ACADE, CECE, CECEI, EyG y FCIC en representación de las empresas del sector, y de otra por las organizaciones sindicales CC.OO, FETE-UGT, USO y FSIE en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Empleo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de la citada acta en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 10 de septiembre de 2013.–El Director General de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Aranda.

ACTA DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DE FIRMA DE LAS TABLAS SALARIALES 2012 Y 2013 DEL XI CONVENIO COLECTIVO DE ÁMBITO ESTATAL DE CENTROS DE ASISTENCIA Y EDUCACIÓN INFANTIL.

Asistentes:

ACADE:

Javier Hernández.

Pilar Mesa.

CC.OO.:

José Antonio Rodríguez.

Alejandro Llamas.

CECE:

Basilia Cuéllar.

Manuel Lobo.

FETE-UGT:

Jesús Gualix.

CECEI:

Miguel Ángel Calle.

Blas Miguel Rodríguez Zamora.

USO:

Carlos Quirós.

EyG:

Carmen Estévez.

FSIE:

Silvia Santos.

Arturo Manso.

FCIC:

Jordi Fiblá.

En Madrid siendo las 12 horas del jueves 18 de julio de 2013, se reúnen en la sede de ACADE las personas reseñadas en representación de las organizaciones patronales y sindicales.

La CIG debidamente convocada no asiste.

Las partes firmantes de este documento, teniendo en cuenta la situación de extrema crisis que atraviesa el sector, han aceptado los siguientes acuerdos:

Primero.

Se acuerda el mantenimiento salarial para los años 2012 y 2013. Las tablas salariales son las contempladas en el anexo II y en el anexo II bis que se adjuntan a la presente acta.

Segundo.

Para los trabajadores de los Centros de Obras Sociales, propias de carácter docente sin fines lucrativos y Cajas de Ahorros, así como, para los maestros de las Unidades Concertadas de Educación Infantil (2º Ciclo) correspondientes al anexo III, se fija un periodo de negociación para la revisión salarial que comenzará el miércoles, 2 de octubre.

Tercero.

Las partes se comprometen a negociar a lo largo del último trimestre de año nuevas medidas dentro de este Convenio, que contribuyan a mejorar la situación del sector y ayudar al mantenimiento de los puestos de trabajo. Así como, a elaborar un plan de acción contra aquellos centros que están realizando una competencia desleal a los centros recogidos en el ámbito funcional del presente convenio.

Cuarto.

Se autoriza a la Secretaría (CCOO) para realizar las gestiones oportunas ante la Dirección general de Trabajo para el registro y publicación de este acuerdo.

Sin más asuntos que tratar se levanta la sesión.

ACADE

CECEI

EYG

CECE

FCIC

CC.OO.

FETE-UGT

USO

FSIE

CIG

ANEXO II
Tablas salariales Centros de Educación Infantil 2012 y 2013 (Tabla general)

 

Salario base

CPP

Complemento específico

GRUPO I

 

 

 

Director Gerente

1.360,86 €

28,11 €

 

Subdirector

1.360,86 €

28,11 €

 

Director Pedagógico

1.360,86 €

28,11 €

 

GRUPO II

 

 

 

Maestro

1.343,41 €

28,64 €

 

Educador Infantil

837,66 €

21,25 €

43,54 €

GRUPO III

 

 

 

Titulado superior

1.333,55 €

28,11 €

 

Titulado medio

1.333,55 €

28,11 €

 

Auxiliar

665,80 €

15,92 €

 

GRUPO IV

 

 

 

Personal de cocina

687,63 €

15,92 €

 

Personal de limpieza

687,63 €

15,92 €

 

Personal de mantenimiento

687,63 €

15,92 €

 

Personal de Servicios Generales

687,63 €

15,92 €

 

Administrativo

713,91 €

15,92 €

 

OTROS

 

 

 

Contratado para la formación

SMI

 

 

Asistente Infantil (a extinguir)

727,38 €

18,59 €

 

ANEXO II bis
Tablas salariales Centros de Educación Infantil 2012 y 2013 (Gestión indirecta)

 

Salario base

CPP

Complemento específico

GRUPO I

 

 

 

Director Gerente

1.394,17 €

28,79 €

 

Subdirector

1.394,17 €

28,79 €

 

Director Pedagógico

1.394,17 €

28,79 €

 

GRUPO II

 

 

 

Maestro

1.376,30 €

29,34 €

 

Educador Infantil

858,17 €

21,78 €

43,75 €

GRUPO III

 

 

 

Titulado superior

1.366,20 €

28,79 €

 

Titulado medio

1.366,20 €

28,79 €

 

Auxiliar

682,08 €

16,32 €

 

GRUPO IV

 

 

 

Personal de cocina

704,48 €

16,32 €

 

Personal de limpieza

704,48 €

16,32 €

 

Personal de mantenimiento

704,48 €

16,32 €

 

Personal de Servicios Generales

704,48 €

16,32 €

 

Administrativo

731,38 €

16,32 €

 

OTROS

 

 

 

Contratado para la formación

SMI

 

 

Asistente Infantil (a extinguir)

745,17 €

19,03 €

 

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 10/09/2013
  • Fecha de publicación: 23/09/2013
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (Ref. BOE-A-2010-9274).
    • Art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-1995-7730).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 9 de marzo de 2010 (Ref. BOE-A-2010-4729).
Materias
  • Centros de asistencia y educación infantil
  • Convenios colectivos

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