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Documento BOE-A-2013-9903

Resolución de 10 de septiembre de 2013, de la Presidencia del Tribunal Constitucional, por la que se concede beca de formación en biblioteconomía y documentación relacionada con los fondos bibliográficos del Tribunal Constitucional.

Publicado en:
«BOE» núm. 229, de 24 de septiembre de 2013, páginas 77002 a 77002 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Tribunal Constitucional
Referencia:
BOE-A-2013-9903

TEXTO ORIGINAL

En ejercicio de las competencias asignadas en el artículo 15 de la Ley Orgánica 2/1979, del Tribunal Constitucional, con arreglo a lo previsto en el Acuerdo del Pleno del Tribunal Constitucional de 11 de abril de 2013, hecho público mediante Resolución de esta Presidencia de 16 de abril de 2013 («Boletín Oficial del Estado» de 25 de abril), por el que se convoca concurso con el fin de adjudicar una beca de formación en biblioteconomía y documentación relacionada con los fondos bibliográficos del Tribunal Constitucional, y a propuesta de la Comisión de Estudio y Valoración a que se refiere la base sexta, apartado 1, de dicho Acuerdo, he resuelto:

Conceder una beca de formación en biblioteconomía y documentación relacionada con los fondos bibliográficos del Tribunal Constitucional al solicitante

D. Manuel Lafuente Ángel

y aprobar la relación de suplentes, que queda integrada por los solicitantes que se relacionan a continuación, por orden decreciente de la puntuación obtenida:

D.ª Ana Belén Chamizo Jurado,

D. David Fernández García,

D. Pedro Cotillas García,

D.ª Cristina Muñoz Horcajada.

Frente a la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, sin perjuicio de la posible interposición con carácter potestativo de recurso de reposición ante esta Presidencia, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de dicha publicación. Todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro recurso que estimen oportuno.

Madrid, 10 de septiembre de 2013.–El Presidente del Tribunal Constitucional, Francisco Pérez de los Cobos Orihuel.

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