El Consejo de Ministros en su reunión del día 3 de octubre de 2014, a propuesta de la Ministra de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, ha aprobado la modificación del Acuerdo de Consejo de Ministros de 27 de diciembre de 2013, que aprueba el Plan de Seguros Agrarios Combinados para el ejercicio 2014.
Teniendo en cuenta la necesidad de que la citada modificación reciba la más amplia difusión por la trascendencia que para el sector agrario han de tener las actuaciones que en el mismo se contemplan, se resuelve la publicación del citado Acuerdo que figura como anexo a la presente Resolución.
Madrid, 6 de octubre de 2014.–El Subsecretario de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, Jaime Haddad Sánchez de Cueto.
Con objeto de evitar el previsible descenso del volumen de primas contratadas, que impediría el cumplimiento de los objetivos establecidos en el punto segundo, y más concretamente lo indicado en sus apartados a) y b) de optimización de recursos, del Plan de Seguros Agrarios Combinados para el ejercicio 2014, establecido al amparo de lo previsto en el artículo quinto del título II de la Ley 87/1978, de 28 de diciembre, de Seguros Agrarios Combinados, y aprobado por Acuerdo de Consejo de Ministros de 27 de diciembre de 2013, se modifica el anexo de dicho Plan de Seguros Agrarios Combinados para el ejercicio 2014.
Se incrementa la subvención al coste del seguro de las líneas agrícolas recogidas en el anexo que inician suscripción entre el 1 de septiembre y el 31 de diciembre, fijándose para cada una de estas línea los nuevos porcentajes de subvención base aplicables que figuran en el apartado siguiente y que afectan al anexo de dicho Plan.
El incremento de subvención, de 2 puntos porcentuales en el porcentaje de subvención base, se aplica a:
1. La contratación de los módulos 2, 3 y P de las ocho líneas de seguro de coberturas crecientes que iniciaron su periodo de contratación desde el pasado 1 de septiembre de 2014.
2. La contratación del seguro base con cualquiera de las garantías adicionales posibles del seguro de coberturas crecientes para uva de vinificación en la Península y en las Islas Baleares.
Se sustituyen los porcentajes de subvención base aplicables que figuran en el anexo del Plan de Seguros Agrarios Combinados para el ejercicio 2014 por los que se indican a continuación:
Seguro con coberturas crecientes para explotaciones de caqui y otros frutales. |
Caqui, kiwi, níspero, endrino, granado, higuera, castaño y azufaifo. |
1 de septiembre. |
1 |
38 |
2 |
21 |
|||
P |
11 |
|||
Seguro con coberturas crecientes para explotaciones de frutos secos. |
Almendro, avellano, algarrobo, nogal y pistacho. |
1 de septiembre. |
1 |
38 |
2 |
23 |
|||
P |
11 |
|||
Seguro con coberturas crecientes para explotaciones de cultivos herbáceos extensivos. |
Cereales de invierno, cereales de primavera, arroz, leguminosas grano y oleaginosas. |
1 de septiembre. |
1 |
38 |
2 |
23 |
|||
P (arroz y fabes) |
11 |
|||
P (resto) |
8 |
|||
Seguro con coberturas crecientes para explotaciones olivareras. |
Aceituna. |
1 de octubre. |
1 |
38 |
2 |
23 |
|||
P |
11 |
|||
Seguro base (SB) con garantías adicionales (GA) para uva de vinificación en Península y en la CA de Illes Balears. |
Uva de vinificación. |
1 de octubre. |
SB |
38 |
SB+GA1 |
32 |
|||
SB+GA1+GA2 |
23 |
|||
SB+GA1+GA2+GA3 |
16 |
|||
P |
11 |
|||
Seguro con coberturas crecientes para uva de vinificación en la CA de Canarias. |
Uva de vinificación. |
1 de octubre. |
1 |
38 |
2 |
23 |
|||
3 |
16 |
|||
P |
15 |
|||
Seguro de coberturas crecientes para explotaciones frutícolas. |
Albaricoque, ciruela, manzana, manzana de sidra, melocotón, membrillo y pera. |
15 de noviembre. |
1 |
38 |
2 |
21 |
|||
3 |
16 |
|||
P |
11 |
|||
Seguro de coberturas crecientes para cultivos forrajeros. |
Cultivos forrajeros, paja de cereales de invierno y pastos aprovechables a diente. |
15 de noviembre. |
1 |
38 |
2 |
21 |
|||
P |
11 |
|||
Seguro de coberturas crecientes para cultivos agroenergéticos. |
Cultivos anuales o plurianuales destinados a la producción de biocombustibles sólidos lignocelulósicos para la generación de energía. |
15 de noviembre. |
1 |
38 |
2 |
21 |
|||
P |
11 |
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid