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Documento BOE-A-2014-11421

Orden ECC/2064/2014, de 23 de octubre, por la que se convoca proceso selectivo para acceso, por el sistema de promoción interna, en la Escala de Ayudantes de Investigación de los Organismos Públicos de Investigación.

Publicado en:
«BOE» núm. 268, de 5 de noviembre de 2014, páginas 90599 a 90613 (15 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Economía y Competitividad
Referencia:
BOE-A-2014-11421

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 228/2014, de 27 de Marzo («Boletín Oficial del Estado» de 10 de abril), por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2014, y con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración Pública,

Este Ministerio, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar proceso selectivo para acceso a la Escala de Ayudantes de Investigación de los Organismos Públicos de Investigación.

La presente convocatoria tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo y lo previsto en el Acuerdo de Consejo de Ministros de 28 de enero de 2011, por el que se aprueba el I Plan de Igualdad entre Mujeres y Hombres de la Administración General del Estado y sus Organismos Autónomos, y se desarrollará de acuerdo con las siguientes:

Bases comunes

Las bases comunes por las que se regirá la presente convocatoria son las establecidas en la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre (Boletín Oficial del Estado núm. 284 de 27 de noviembre de 2007), modificadas por Orden PRE/2061/2009 de 23 de julio (B.O.E. del 30).

Bases específicas

La presente convocatoria, se publicará en la página web: www.060.es, así como en la página web del Ministerio de Economía y Competitividad www.mineco.es; y en la de los Organismos Públicos de Investigación; www.inta.es, www.aemps.es y www.isciii.es.

1. Descripción de las plazas

Se convoca proceso selectivo para cubrir 13 plazas de la Escala de Ayudantes de Investigación de los Organismos Públicos de Investigación, Código 5024, por el sistema de promoción interna.

Del total de estas plazas se reservará 1 plaza, para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad con un grado de minusvalía igual o superior al 33 %.

1.1 La distribución por especialidades de las 12 plazas convocadas por el sistema de acceso general es la siguiente:

ESPECIALIDAD

OPI

N.º de plazas

Técnicas de Laboratorio y Gestión de I+D

INTA

6

Laboratorios y Técnicas de análisis químico-farmaceutico.

AEMPS

5

Laboratorio y Técnicas Biosanitarias

ISCIII

2

1.2 La plaza que se convoca por el cupo de reserva para personas con discapacidad corresponde al Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial “Esteban Terradas” (INTA) y los aspirantes que participen en el proceso selectivo por este cupo, podrán concurrir por cualquiera de las especialidades indicadas para las plazas convocadas para dicho Organismo por el turno general.

La plaza convocada por el cupo de reserva para personas con discapacidad será adjudicada, de entre los aspirantes con discapacidad del citado cupo que hayan aprobado el proceso selectivo, a aquel candidato con la mejor puntuación final de entre los presentados en este cupo, con independencia de la especialidad por la que concurran.

Una vez cubiertas las plazas del cupo de reserva para personas con discapacidad, los aspirantes con discapacidad que hayan superado el proceso selectivo sin obtener plaza por dicho cupo, podrán optar, en igualdad de condiciones, a las de turno general de la misma especialidad por la que hayan participado en el cupo de reserva para personas con discapacidad.

La plaza no cubierta en el cupo de reserva para personas con discapacidad, se acumularán a las de turno general en el mismo Organismo al que corresponde la plaza convocada por este cupo.

1.3 En el supuesto de que alguna de las plazas quedara desierta, el Tribunal podrá proponer al Órgano convocante que dicha plaza se destine a incrementar el número de las inicialmente previstas para especialidad distinta, pero perteneciente al mismo Organismo.

2. Proceso Selectivo

El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de concurso-oposición, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el Anexo I.

3. Programa

El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura como Anexo II a esta convocatoria.

4. Requisitos de los aspirantes

Para ser admitidos a la realización del proceso selectivo los aspirantes deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes los siguientes requisitos:

4.1 Nacionalidad:

a) Tener la nacionalidad española.

b) Ser nacional de los Estados miembros de la Unión Europea

c) Cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estado miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separado de derecho. Así mismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge, que vivan a su cargo, menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.

d) Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internaciones celebrados por la Unión Europea ratificados por España en los que se de aplicación la libre circulación de trabajadores.

e) Los extranjeros que no estando incluidos en los párrafos anteriores se encuentren con residencia legal en España.

4.2 Edad: Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

4.3 Titulación: Estar en posesión o en condiciones de obtener Título de Bachiller o Técnico. Así mismo se estará a lo establecido en la Orden EDU/2603/2009, de 10 de junio, por la que se establecen equivalencias con los títulos de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y de Bachiller regulados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, su homologación. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las Disposiciones de Derecho Comunitario.

4.4 Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

4.5 Habilitación: No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas y de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, o para ejercer funciones similares a las desempañadas en el caso de personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente, ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

5. Requisitos específicos para el acceso por promoción interna

5.1 Pertenecer como personal funcionario de carrera o personal laboral fijo, a alguno de los siguientes colectivos:

5.1.1 Personal funcionario de carrera:

Pertenecer como funcionario de carrera a alguno de los Cuerpos o Escalas de la Administración General del Estado del Subgrupo C2, incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984, de 2 de agosto o a Cuerpos o Escalas Postales y Telegráficos, adscritos al Subgrupo C2 o a Cuerpos o Escalas del Subgrupo C2 del resto de los ámbitos incluidos en el artículo 2.1 de la Ley 7/2007, de 12 de abril del Estatuto Básico del Empleado Público con destino definitivo, estos últimos, en la Administración general del Estado.

5.1.2 Personal laboral fijo:

Pertenecer como personal laboral fijo de la categoría profesional de Técnico Superior de Actividades Técnicas y Profesionales del Grupo Profesional 3 del Área Técnica y Profesional del III Convenio Único para el personal laboral de la Administración General del Estado o categorías equivalentes de otros convenios de los Organismos Públicos, Agencias y demás

Entidades de derecho público con personalidad jurídica propia, vinculadas o dependientes de la Administración General del Estado o categorías equivalentes fuera de convenio al servicio de la Administración General del Estado, sus Organismos Públicos, Agencias y demás Entidades de derecho público con personalidad jurídica propia, o dependientes de la Administración General del Estado y desarrollar las funciones de realización de proyectos de investigación científica en sus distintos ámbitos; realización de ensayos y análisis físicos, químicos y agrarios o las funciones de apoyo, colaboración o participación en el desarrollo de proyectos de investigación, en los términos previstos en el Anexo III del III Convenio Único para el personal laboral de la Administración del Estado.

5.2 Antigüedad:

5.2.1 Personal Funcionario de Carrera: Haber prestado servicios efectivos, durante al menos dos años, como funcionario de carrera en el Cuerpo o Escala del Subgrupo C2 o en Cuerpos o Escalas Postales y Telegráficos, adscritos al Subgrupo C2 o en Cuerpos o Escalas del Subgrupo C2 del resto de los ámbitos incluidos en el artículo 2.1 de la Ley 7/2007, de 12 de abril del Estatuto Básico del Empleado Público.

5.2.2 Personal Laboral fijo: Haber prestado servicios efectivos, durante al menos dos años como personal laboral fijo en la categoría de Técnico Superior de Actividades Técnicas y Profesionales del Grupo Profesional 3 del Área Técnica y Profesional del III Convenio Único o categorías equivalentes de otros convenios de los Organismos Públicos, Agencias y demás Entidades de derecho públicos con personalidad jurídica propia, vinculadas o dependientes de la Administración General del Estado o categorías equivalentes fuera de convenio al servicio de la Administración General del Estado, sus Organismos Públicos, Agencias y demás entidades de derecho público con personalidad jurídica propia, o dependientes de la Administración General del Estado y desarrollar las funciones de realización de proyectos de investigación científica en sus distintos ámbitos; realización de ensayos y análisis físicos, químicos y agrarios o las de apoyo, colaboración o participación en el desarrollo de proyectos de investigación.

Se entenderá que una categoría se encuentra en situación equivalente a los efectos previstos en esta Convocatoria, cuando sus funciones, contenido profesional y nivel técnico resulte coincidente con la categoría de Técnico Superior de actividades técnicas y profesionales del III Convenio Único teniendo en cuenta a estos efectos los Acuerdos de la Comisión General de Clasificación Profesional de 6 de julio de 2000 y 21 de mayo de 2001.

A este respecto, no se considerarán, en ningún caso, funciones sustancialmente coincidentes o análogas, en su contenido profesional ni en su nivel técnico, con las propias de la Escala de Ayudantes de Investigación, el resto de actividades y tareas comprendidas dentro del área funcional Técnica y Profesional, precisadas en el citado Anexo III del III Convenio Único.

La acreditación de los requisitos específicos establecidos en los puntos 5.1 y 5.2 se realizará mediante certificación expedida por los servicios de personal de los Ministerios y Organismos donde presten sus servicios, según modelo que figura en los Anexos V y VI de esta Orden.

Aquellos funcionarios del Subgrupo C2 que carezcan de la titulación requerida podrán participar en este proceso selectivo siempre que tengan una antigüedad de diez años en los Cuerpos o Escalas del Subgrupo C2 incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública.

También podrán participar aquellos funcionarios que, careciendo de la titulación exigida, no alcancen los diez años mencionados siempre que acrediten al menos cinco años y hayan superado el curso específico a que se refiere la disposición adicional novena del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.

6. Solicitudes

6.1 Quienes deseen tomar parte en el proceso selectivo deberán hacerlo constar en el modelo 790 que será facilitado gratuitamente en Internet en la página web (www.060.es).

6.2 La presentación de solicitudes se realizará por cualquiera de los siguientes medios:

a) Los interesados podrán presentar (con certificado digital) su solicitud a través de internet en el Portal del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, a través de la dirección www.minhap.es (Procesos selectivos de empleo público. Inscripción en los procesos selectivos) o del Portal del ciudadano www.060.es (inscripción en pruebas selectivas por Internet).

La presentación de solicitudes por esta vía conllevará igualmente el pago telemático de la tasa de derechos de examen, en los términos previstos en la Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo, por la que se establecen los supuestos y las condiciones generales para el pago por vía telemática de las tasas que constituyen recursos de la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos (Boletín Oficial del Estado de 2 de abril).

b) Los interesados podrán formalizar su solicitud en soporte papel, rellenando e imprimiendo el modelo 790 referido en la base anterior y presentándolo en los Registros Generales de la Secretaria de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación del Ministerio de Economía y Competitividad, (Calle Albacete, 5, 28027 Madrid); del Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial «Esteban Terradas» (INTA), (Carretera de Ajalvír s/n 28850 Torrejón de Ardóz - Madrid), de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS), (Calle Campezo 1, Edificio 8, 28022 Madrid) y del Instituto de Salud Carlos III (ISCIII), (Avda. de Monforte de Lemos, 5 28071 Madrid), así como en los registros de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno de la Administración General del Estado, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado duodécimo de la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para ingreso o acceso en cuerpos o escalas de la Administración General del Estado.

En este supuesto el pago de la tasa de derechos de examen se efectuará, junto con la presentación de la solicitud, en cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado el correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a través de certificación mecánica, o en su defecto, sello y firma autorizada de la misma en el espacio reservado a estos efectos.

6.3 En todo caso, la solicitud deberá presentarse en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado y se dirigirá a la Secretaria de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación, del Ministerio de Economía y Competitividad. La no presentación de esta en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.

6.4 Solo podrá presentarse una solicitud, en la cual deberá incluirse también una única especialidad y se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del Anexo IV. La presentación de dos o más solicitudes, la inclusión en una instancia de dos o más especialidades o la falta de reflejo en la misma de una especialidad concreta supondrá la exclusión del aspirante sin que estos errores puedan ser subsanados posteriormente.

7 Tribunal

7.1 Los Tribunales calificadores de este proceso selectivo son los que figuran en el Anexo III de esta convocatoria.

7.2 Los Tribunales, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, velarán por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos.

Corresponderá a los Tribunales la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto las decisiones motivadas que estime pertinentes.

7.3 A efectos de comunicaciones y demás incidencias los Tribunales, en función del Organismo al que se encuentren adscritas las plazas convocadas, tendrán su sede en:

– Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial “Esteban Terradas”, Carretera de Ajalvír s/n 28850 Torrejón de Ardóz (Madrid); teléfono 91 520 12 27, Correo electrónico: marinent@inta.es.

– Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios, C/ Campezo n.º1- Edificio 8, 28022 Madrid; teléfono 902101322, Correo electrónico: srrhhaemps@aemps.es.

– Instituto de Salud Carlos III. Avenida Monforte de Lemos, nº5, 28071-Madrid; Teléfono 918222776; 918222746. Correo electrónico: personaloposiciones@isciii.es.

8. Desarrollo del proceso selectivo

Dentro de cada especialidad, el orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente en cada especialidad por el primero de la letra C, según lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas de 5 de febrero de 2014 (Boletín Oficial del Estado N.º 38 del 13 de febrero).

Toda la información que afecte a la presente convocatoria y al desarrollo del proceso selectivo estará disponible en el portal 060.es.

9. Norma final

Al presente proceso le será de aplicación la Ley 7/2007, de 12 de abril por la que se aprueba el Estatuto Básico del Empleado Público, el resto de la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la presente convocatoria.

Contra la presente convocatoria, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante este Órgano en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante el órgano jurisdiccional competente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso – Administrativa, significándose, que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso – administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Madrid, 23 de octubre de 2014.–El Ministro de Economía y Competitividad, P.D. (Orden ECC/1695/2012, de 27 de julio), el Subsecretario de Economía y Competitividad, Miguel Temboury Redondo.

ANEXO I
Descripción del proceso selectivo

1. La fase de oposición constará de dos ejercicios, de carácter eliminatorio:

Primer ejercicio: Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de ochenta preguntas sobre las materias del temario correspondiente a la especialidad a la que concurre el aspirante que figura como Anexo II a esta convocatoria.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de ochenta minutos.

Se calificará de 0 a 50 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 25 puntos para acceder al segundo ejercicio.

Segundo ejercicio: Consistirá en resolver por escrito, en un tiempo máximo de una hora, un supuesto práctico, elegido por el opositor, de entre dos propuestos por el Tribunal, relacionados con el temario que figura en el Anexo II de esta Convocatoria.

Este supuesto contendrá un cuestionario de quince preguntas.

Se calificará de 0 a 50 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 25 puntos para superar el ejercicio.

Los cuestionarios de ambos ejercicios estarán compuestos por preguntas con respuestas múltiples, siendo sólo una de ellas la correcta. Para su contestación, los aspirantes deberán señalar en la hoja de examen la opción de respuesta que estimen válida de entre aquéllas que se les propongan. Dentro de cada ejercicio las preguntas tendrán el mismo valor y las contestaciones erróneas se penalizarán aplicando la fórmula v/(n-1), siendo “v” el valor de la pregunta y “n” el número de opciones posibles que contiene la pregunta.

Se adoptarán las medidas precisas para que los aspirantes con minusvalía gocen de similares condiciones que el resto de los aspirantes en la realización de los ejercicios. En este sentido, para las personas con minusvalía que así lo hagan constar en su solicitud, se establecerán las adaptaciones posibles en tiempos y medios para su realización.

La calificación final vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios.

Finalizada la fase de oposición, los aspirantes que la hubieran superado dispondrán de un plazo de 20 días naturales para presentar el certificado de requisitos y méritos debidamente expedido por los servicios de personal del Ministerio, Organismo Público, Agencia o Entidad donde presten o hayan prestado sus servicios, de conformidad con lo previsto en la base Decimosexta de la Orden OPU/347/2007, de 14 de noviembre (BOE del 27 de noviembre). En el Anexo V se incluye el modelo que debe cumplimentar el personal funcionario de carrera y en el Anexo VI el modelo que corresponde al personal laboral fijo.

A las personas que participen por el turno de reserva de discapacidad que superen algún ejercicio con una nota superior al 60 por ciento de la calificación máxima del mismo, se le conservará la puntuación obtenida en la convocatoria inmediata siguiente, siempre y cuando ésta sea análoga en el contenido y la forma de calificación.

2. Fase de concurso:

En esta fase se valorarán los siguientes méritos:

Personal Funcionario de Carrera:

2.1 Antigüedad. Se valorará la antigüedad del funcionario referida a la fecha de publicación de esta convocatoria, en Cuerpos y Escalas de la Administración General de Estado, en Cuerpos y Escalas Postales y Telegráficos o en Cuerpos y Escalas del resto de Administraciones incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 7/2007, de 12 de abril del Estatuto Básico del Empleado Público, con destino definitivo, estos últimos en la Administración General del Estado, teniendo en cuenta los servicios efectivos prestados y reconocidos hasta la fecha de publicación de esta convocatoria al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, a razón de 0,80 puntos por cada año completo de servicios, hasta un máximo de 12 puntos.

2.2 Trabajo desarrollado en los Organismos Públicos de Investigación adscritos a los Ministerios de Economía y Competitividad, Defensa y Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad: Se valorarán únicamente los años de servicios efectivamente prestados en los Organismos Públicos de Investigación adscritos a los Ministerios indicados hasta la fecha de publicación de la convocatoria, a razón de 1,25 puntos por cada año completo de servicios, hasta un máximo de 15 puntos.

2.3 Grado personal consolidado para el personal que se presente a esta convocatoria desde su condición de funcionario de carrera: Según el grado personal que se tenga consolidado el día de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» y formalizado a través del acuerdo de reconocimiento de grado por la autoridad competente, se otorgará la siguiente puntuación:

Grados 12 e inferior: 6 puntos.

Grado 13: 7 puntos.

Grado 14: 8 puntos.

Grado 15: 9 puntos.

Grado 16: 10 puntos.

Grado 17: 11 puntos.

Grado 18: 12 puntos.

Así mismo se otorgarán 2 puntos a aquellos funcionarios que en la fecha de publicación de la convocatoria no tengan ningún grado consolidado y formalizado en la Administración General del Estado y hayan prestado servicios efectivos en la misma como funcionarios de carrera al menos dos años.

2.4 Por estar desempeñando en el momento de la publicación de la convocatoria un puesto de trabajo en el mismo Organismo al que corresponda la especialidad a la que concurre el aspirante: 2 puntos.

Personal Laboral Fijo:

2.5 Antigüedad: Se valorará la antigüedad total del trabajador en la Administración Pública, referida a la fecha de publicación de esta convocatoria, correspondiente tanto a los servicios prestados como a los reconocidos hasta la fecha indicada, a razón de 0,80 puntos por cada año completo de servicios, hasta un máximo de 12 puntos.

2.6 Trabajo desarrollado en los Organismos Públicos de Investigación adscritos a los Ministerios de Economía y Competitividad, Defensa y Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad: Se valorarán únicamente los años de servicios efectivamente prestados en los Organismos Públicos de Investigación adscritos a los Ministerios indicados hasta la fecha de publicación de la convocatoria, a razón de 1,25 puntos por cada año completo de servicios, hasta un máximo de 15 puntos.

2.7 Tiempo de permanencia en la categoría y grupo profesional: se valorará el tiempo de permanencia, referido al día de publicación de esta convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”, como personal laboral fijo de la categoría de Técnico Superior de Actividades Técnicas y Profesionales del Grupo Profesional 3 del Área Técnica y Profesional del II Convenio Único para el personal laboral de la Administración General del Estado o categorías equivalentes de otros convenios de los Organismos Públicas, Agencias y demás Entidades de derecho público con personalidad jurídica propia, vinculadas o dependientes de la Administración General del Estado, a razón de 1,70 puntos por cada año completo de servicios, hasta un máximo de 10 puntos.

2.8 Por la superación de procesos selectivos para acceder a la condición de personal laboral fijo: 2 puntos.

2.9 Por estar desempeñando en el momento de la publicación de la convocatoria un puesto de trabajo en el mismo Organismo al que corresponda la especialidad a la que concurre el aspirante: 2 puntos.

3. Calificación del concurso-oposición: La calificación final del concurso-oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso y en la fase de oposición, sin que en ningún caso la puntuación obtenida en la fase de concurso pueda aplicarse para superar los ejercicios de la fase de oposición, ni se pueda exceder el número de plazas convocadas por cada especialidad.

En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio de la fase de oposición. De continuar el empate, se atenderá a la puntuación obtenida en el primer ejercicio. Si persistiese el empate, se atenderá a la puntuación otorgada al mérito de antigüedad, al trabajo desarrollado en los Organismos Públicos de Investigación y al grado personal consolidado, en el caso de los funcionarios o al tiempo de permanencia en la categoría y grupo profesional, en el caso del Personal Laboral fijo, por este orden. Si aún hubiere lugar para ello, se atenderá al mayor nivel de titulación académica poseída. Finalmente, se dirimirá por el criterio de antigüedad total en la Administración, computándose los años, meses y días de servicio que consten en el Registro Central de Personal al día de publicación de la convocatoria.

4. Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de embarazo de riesgo o parto, debidamente acreditado, su situación quedará condicionada a la finalización del mismo y a la superación de las fases que hayan quedado aplazadas, no pudiendo demorarse éstas de manera que se menoscabe el derecho del resto de los aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el Tribunal correspondiente, y en todo caso la realización de las mismas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que han superado el proceso selectivo.

5. Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de Organismos Internacionales estarán exentos de la realización de aquellas pruebas o ejercicios que la Comisión Permanente de Homologación considere que tienen por objeto acreditar conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de origen en el Organismo Internacional correspondiente.

6. Todas las pruebas selectivas de las diferentes especialidades se celebrarán en Madrid.

ANEXO II
Programa

Especialidad: «Técnicas de laboratorio y gestión de I+D»

1. Sistema internacional de unidades.

2. Trazabilidad. Patrones primarios y secundarios.

3. Instrumentación de uso general de un laboratorio.

4. Unidades de medida en el campo de la radiofrecuencia.

5. Unidades de medidas en el campo de la electricidad.

6. Unidades de medida en el campo de la mecánica.

7. Calibración de analizadores de espectro.

8. Calibración de sensores de potencia de microondas.

9. Formas de expresar las medidas.

10. Calculo de errores.

11. Sistemas de fabricación.

12. Diseño asistido por ordenador.

13. Centros de mecanizado.

14. Fundamentos y aplicaciones de osciloscopios.

15. Fundamentos y aplicaciones de multímetros.

16. Características principales de los generadores de radiofrecuencia.

17. Teoría general de modulación de amplitud.

18. Teoría general de modulación de frecuencia.

19. Fundamentos y aplicaciones de fuentes de alimentación de laboratorio.

20. Cableados y conectores.

Especialidad: «Laboratorios y Técnicas de análisis químico-farmacéutico»

1. Normas y buenas prácticas de trabajo en el laboratorio. Nociones básicas de manipulación de materias y materiales en el laboratorio. Normas de Seguridad y Prevención de Riesgos.

2. Riesgos específicos de exposición a agentes biológicos. Normas y métodos de radioprotección en el laboratorio de Biología.

3. Elementos químicos, abundancia natural, isótopos, elementos artificiales.

4. Materiales funcionales y estructurales. Metales y Aleaciones.

5. Los materiales desde el punto de vista de su comportamiento eléctrico.

6. Estructura y función de la célula procariótica y eucariota.

7. Química de soluciones. Tipos y propiedades. Preparación de reactivos y soluciones. Molaridad. Normalidad.

8. Ácidos y bases. Concepto de pH.

9. El Sistema Internacional de Medidas.

10. Técnicas de calibración de instrumentos de laboratorio.

11. Validación de métodos analíticos: Conceptos fundamentales.

12. Gravimetría I: Aspectos prácticos de la gravimetría.

13. Gravimetría II: Instrumental, fuentes de error.

14. Centrifugación.

15. Microscopía.

16. Técnicas espectroscópicas.

17. Técnicas cromatográficas: Fundamentos, tipos.

18. Procedimientos y técnicas utilizadas en la preparación de cultivos y otros reactivos en un laboratorio de biología.

19. Métodos microbiológicos: Ensayos de esterilidad. Ensayos de recuento de microorganismos. Investigación de microorganismos específicos.

20. Procedimientos y técnicas utilizadas en la síntesis química.

Especialidad: «Laboratorio y Técnicas Biosanitarias»

1. Normas y buenas prácticas de trabajo en laboratorios biosanitarios. Nociones básicas de manipulación de reactivos y otras sustancias.

2. Normas de Seguridad y Prevención de Riesgos específicos de exposición a agentes químicos y biológicos.

3. Servicios y material básico de laboratorios biosanitarios. Material fungible. Tipos y utilización.

4. Mantenimiento, conservación, limpieza y reposición de material de laboratorio.

5. Procedimientos de eliminación y tratamiento de residuos.

6. Morfología, estructura y función de la célula.

7. Fundamentos y principios básicos de los ensayos de ecotoxicidad.

8. Espectroscopia ultravioleta-visible.

9. Química de soluciones. Tipos y propiedades. Preparación de reactivos y soluciones. Molaridad. Normalidad.

10. Ácidos y bases. Concepto de pH.

11. Estructura atómica y molecular. Formulaciones básicas.

12. Cambios de estado en la materia. Solidificación. Fusión. Evaporación. Ebullición.

13. Técnicas de calibración de instrumentos de laboratorios.

14. Mediciones en laboratorios biosanitarios: Longitud, peso, volumen y dimensiones equivalentes.

15. Centrifugación y ultracentrifugación.

16. Empleo de animales de experimentación. Atención y manipulación.

17. Normativa de recepción, manipulación y registro de muestras de laboratorios.

18. Buenas prácticas de laboratorios. Sistemas de calidad.

19. Contaminación y degradación del medio ambiente asociado a la actividad de laboratorios.

20. Conceptos básicos de mantenimiento y conservación de equipos e instalaciones de laboratorio.

ANEXO III
Tribunales calificadores

Tribunal n.º 1

Especialidad: «Técnicas de Laboratorio y Gestión de I+D»

Tribunal titular:

Presidente: D. Antonio Pedraza Gómez; Coronel del Cuerpo de Intendencia del Ejército de Tierra.

Secretaria: D.ª M.ª del Val Mínguez Blanco; Escala de Científicos Superiores de la Defensa.

Vocales:

D.ª Elisa Ragel Prudencio; Escala de Científicos Superiores de la Defensa.

D. Francisco Moreno Atance; Escala de Científicos Superiores de la Defensa.

D. Pedro Esteban Hernando; Escala de Científicos Superiores de la Defensa.

Tribunal suplente:

Presidenta: D.ª Dolores Sabau Graziati; Escala de Científicos Superiores de la Defensa.

Secretario: D. Luis Miguel González Fernández; Escala de Científicos Superiores de la Defensa.

Vocales:

D.ª M.ª Armonía Núñez Peral; Escala de Científicos Superiores de la Defensa.

D. Alberto Álvarez Herrero; Escala de Científicos Superiores de la Defensa.

D.ª Alix Fernández-Renau González Anleo; Escala de Científicos Superiores de la Defensa.

Tribunal n.º 2

Especialidad: «Laboratorios y Técnicas de análisis químico-farmacéutico»

Tribunal titular:

Presidente: D. Francisco Javier Muñoz Aizpuru; Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado.

Secretario: D. Antonio Blázquez Pérez; Cuerpo de Farmacéuticos Titulares.

Vocales:

D. Luis Miguel Olivares López; Escala Técnica de Gestión de OO.AA.

D.ª Lidia Fernández Matellanos; Cuerpo de Farmacéuticos Titulares.

D.ª Isabel Rodrigo Castro; Cuerpo de Farmacéuticos Titulares.

Tribunal suplente:

Presidenta: D.ª María Luisa Tarno Fernández; Escala Técnica de Gestión de OO.AA.

Secretaria: D.ª Arancha Rodilla Trejo; Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado.

Vocales:

D.ª Maria Luisa Moreno Gómez; Escala Técnica de Gestión de OO.AA.

D. Fernando Méndez Hermida; Escala Técnica de Gestión de OO.AA.

D.ª Marta Álvarez Garcia; Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado.

Tribunal n.º 3

Especialidad: «Laboratorio y Técnicas Biosanitarias»

Tribunal titular:

Presidente: D. Roberto J. Bieger Vera; Personal Estatutario del Sistema Nacional de la Salud, Grupo A.

Secretaria: D.ª Beatriz Poza Poza; Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado.

Vocales:

D. Miguel Calero Lara; Escala de Científicos Titulares de OPIS.

D.ª Sonia M. Aguayo Balsas; Escala de Científicos Titulares de OPIS.

D.ª Silvia Herrera León; Escala de Técnicos Superiores Especializados de OPIS.

Tribunal suplente:

Presidenta: D.ª Esperanza Rodríguez de las Parras; Escala de Científicos Titulares de OPIS.

Secretario: D. Isidro Cabezalí Montero; Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado.

Vocales:

D.ª Manuela de la Fuente Lobo; Escala de Técnicos Especializados de OPIS.

D. José Saúl García Dos Santos-Alves; Escala Técnica de Gestión de OO.AA.

D.ª M.ª Jesús Perteguer Prieto; Escala de Científicos Titulares de OPIS.

ANEXO IV
Instrucciones para cumplimentar la solicitud

Este apartado se rellenará según lo establecido en la solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de tasas de derechos de examen (modelo 790) y en las siguientes instrucciones particulares.

En el encabezamiento de la solicitud, en el recuadro correspondiente a Ministerio, los aspirantes consignarán: «Economía y Competitividad». En el recuadro relativo a centro gestor se hará constar «Secretaría de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación» y entre paréntesis se consignará el Organismo al que corresponde la especialidad por la que se presenta.

En el recuadro 15, «Cuerpo o Escala», se consignará «Escala de Ayudantes de Investigación de los Organismos Públicos de Investigación»

En el recuadro 16, «Especialidad, área o asignatura», se consignará la especialidad a la que se concurre (indicar solamente una).

En el recuadro 17, «Forma de acceso», se consignará «P» (Promoción Interna).

En el recuadro 18, «Ministerio/Organo/Entidad convocante», se consignará «Ministerio de Economía y Competitividad».

En el recuadro 19, se consignará la fecha del Boletín Oficial del Estado en el que haya sido publicada la convocatoria.

En el recuadro 20, «Provincia de examen», no se consignará nada, pues la localidad y el lugar en el que se celebraran cada una de las dos fases del concurso se comunicaran a los aspirantes en la Orden por la que se aprueben las listas provisionales de admitidos y excluidos al proceso selectivo.

En el recuadro 21, «Grado de Discapacidad», los aspirantes con discapacidad podrán indicar el porcentaje de minusvalía que tengan acreditado, y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.

Los aspirantes con un grado de minusvalía igual o superior al 33 % que deseen participar en el proceso selectivo por el cupo de reserva para personas con discapacidad, deberán indicarlo en el recuadro 22.

En el recuadro 24, «Títulos académicos oficiales», se hará constar la titulación que se posee para participar en las pruebas selectivas.

En el recuadro 25, apartado A) del epígrafe «Datos a consignar según las Bases de la convocatoria», los candidatos extranjeros o de otros Estado Miembros de la Unión Europea harán constar el idioma por el que optan para realización del proceso selectivo: «español» o «inglés».

El importe de la tasa por derechos de examen será de 7,41 €. Para los miembros de familias numerosas de categoría general el importe de la tasa será de 3,71 €.

Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes. A las mismas se acompañará el comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen en la cuenta corriente número 0182-2370-49-0200203962 (Código IBAN: ES06; Código BIC: BBVAESMMXXX) del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria a nombre de «Tesoro Público. Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas. Derechos de examen». El ingreso podrá efectuarse directamente en cualquier oficina del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria o mediante transferencia desde cualquier entidad bancaria.

La solicitud se dirigirá a la Secretaria de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación del Ministerio de Economía y Competitividad.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

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