Por Resolución de 10 de junio de 2014, de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades («Boletín Oficial del Estado» del 1 de julio), se convocaron ayudas a entidades locales territoriales y entidades públicas dependientes de las entidades locales territoriales para el mantenimiento de aulas de formación abierta, flexible y a distancia mediante tecnologías de la información y la comunicación a través de Aula Mentor, con el fin de mantener aulas de formación a distancia basadas en las tecnologías de la información y la comunicación a través de Aula Mentor.
De acuerdo con lo establecido en el apartado 7.1 de la citada resolución, la Comisión de selección creada de acuerdo con lo previsto en el apartado 6.2 de la misma, emitirá informe en el que se concrete el resultado de la evaluación efectuada.
Con fecha 15 de septiembre de 2014 se reunió la comisión de selección para la evaluación de los criterios de selección establecidos en el apartado 6.1 de la misma Resolución, levantando acta de aquellas entidades que han obtenido subvención, con indicación del nombre de la entidad, CIF y cuantía concedida.
Según lo establecido en el apartado 7.1 de la Resolución de 10 de junio de 2014 anteriormente citada, el órgano instructor a la vista del expediente y del acta emitido por la comisión de selección y una vez examinados ambos, formulará propuesta de Resolución provisional, que elevará ante la Dirección General de Formación Profesional, como órgano concedente.
Una vez concluido dicho trámite y examinada la propuesta de Resolución, esta Dirección General de Formación Profesional ha resuelto:
Conceder 30 ayudas para el mantenimiento de Aulas Mentor por importe de 4.014,00 € a cada una a las entidades que figuran en el anexo I de esta resolución.
El importe de las subvenciones concedidas asciende a un total de 120.420,00 euros, que se imputarán con cargo a la aplicación presupuestaria 18.05.322L.463.
De acuerdo con lo dispuesto en el apartado 7.1 de la convocatoria, en la página www.aulamentor.es del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, y en el tablón de anuncios de la Subdirección General de Aprendizaje a lo Largo de la Vida en el Paseo del Prado,28 de Madrid se publicarán aquellas otras entidades que habiéndose presentado a la presente convocatoria han sido denegadas o excluidas, con indicación del motivo de denegación o exclusión.
Las actividades que se desarrollen como consecuencia de las ayudas concedidas con la presente Resolución, serán cofinanciados entre el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y el Fondo Social Europeo, debiéndose reflejar dicho extremo en todos los folletos, dípticos, trípticos o cualquier otra documentación de difusión relacionada con la subvención.
Para la percepción de la ayuda concedida será requisito imprescindible que la entidad tenga dada de alta una cuenta corriente en el Registro de Terceros de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas o en sus Delegaciones. Sin dicho requisito no podrá efectuarse el pago de la subvención.
Asimismo las entidades que hayan sido beneficiarias de subvención deberán enviar a la mayor brevedad posible, desde la publicación de esta resolución, los documentos que figuran como anexos II y III de la presente resolución a la Subdirección General de Aprendizaje a lo largo de la vida (paseo del Prado, 28, 6.ª planta, 28014 Madrid), sin los cuales no podrá hacerse efectivo el pago de las ayudas.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, alternativamente, recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses, conforme a lo establecido en la Ley 29/1988, de 13 de junio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes y ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, computándose ambos plazos desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 21 de octubre de 2014.–La Secretaria de Estado de Educación, Cultura y Deporte, P. D. (Orden ECD/465/2012, de 2 de marzo), el Director General de Formación Profesional, Ángel de Miguel Casas.
Nombre |
CIF |
Cuantía – Euros |
---|---|---|
Ayuntamiento de Bollullos de la Mitación |
P4101600G |
4.014,00 |
Ayuntamiento de Medina del Campo |
P4708600D |
4.014,00 |
Ajuntament de Sabadell |
P0818600I |
4.014,00 |
Consorcio para la Formación de Personas Adultas del Alto Palancia |
P1200012A |
4.014,00 |
Ayuntamiento de Salobreña |
P1817600H |
4.014,00 |
Ayuntamiento de Piedralaves |
P0518700J |
4.014,00 |
Instituto Municipal para la Formación y el Empleo del Ayuntamiento de Málaga |
P2900021C |
4.014,00 |
M.I. Ayuntamiento de Villena |
P0314000A |
4.014,00 |
Ayuntamiento de Jaén |
P2305000H |
4.014,00 |
Ayuntamiento de Abegondo |
P1500100A |
4.014,00 |
Ayuntamiento de Granada |
P1808900C |
4.014,00 |
Ayuntamiento de Tordesillas |
P4716600D |
4.014,00 |
Comarca de Somontano de Barbastro |
P2200123D |
4.014,00 |
Ayuntamiento de Benalmádena |
P2902500D |
4.014,00 |
Ayuntamiento de Nava del Rey |
P4710200I |
4.014,00 |
Ayuntamiento de Peñafiel |
P4711500A |
4.014,00 |
Ayuntamiento de Alzira |
P4601700J |
4.014,00 |
Diputación de Granada |
P1800000J |
4.014,00 |
Ayuntamiento Torres de Berrellén |
P5026600F |
4.014,00 |
Ayuntamiento de Oroso |
P1506100E |
4.014,00 |
Ayuntamiento de Olmedo |
P4710500B |
4.014,00 |
Ayuntamiento de Alagón |
P5000800B |
4.014,00 |
Diputación de Huelva |
P2100000E |
4.014,00 |
Ayuntamiento de Íscar |
P4707600E |
4.014,00 |
Centro Municipal de Formación Integral del Ayuntamiento de Carmona |
P4100030H |
4.014,00 |
Comarca Ribera Baja del Ebro |
P5000033J |
4.014,00 |
Ayuntamiento de Herrera de Pisuerga |
P3408300F |
4.014,00 |
Ayuntamiento de Villafranca del Cid |
P1212900C |
4.014,00 |
Instituto Municipal de Formación y Empresa «Mas Carandell»-Ayuntamiento de Reus |
P9312507H |
4.014,00 |
Ayuntamiento de Tomelloso |
P1308200C |
4.014,00 |
Total |
120.420,00 |
Don/doña .......................................................................................... NIF ....................... como representante legal de la entidad ................................................................................ CIF .................... sita en .......................................................................................................
CERTIFICA
Que no tiene obligaciones por reintegro de subvención, conforme al artículo 25 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
En ...................................., a ....... de .............................. de 2014.
Fdo.:
Don/doña .......................................................................................... NIF ....................... como representante legal de la entidad ................................................................................ CIF .................... sita en .......................................................................................................
DECLARA
Que en relación con la Resolución de fecha .........................................., de la Dirección General de Formación Profesional, por la que se conceden ayudas a entidades locales territoriales y entidades públicas dependientes de las entidades locales territoriales para el mantenimiento de aulas de formación abierta, flexible y a distancia mediante tecnologías de la información y la comunicación a través de Aula Mentor.
ACEPTA |
|
RENUNCIA |
|
(Marque lo que proceda)
En ...................................., a ....... de .............................. de 2014.
Fdo.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid