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Documento BOE-A-2014-11490

Conflicto positivo de competencia n.º 5958-2014, contra los artículos 8.1 y 2, 30 y 35.1.a).i) y la disposición final primera del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos.

Publicado en:
«BOE» núm. 270, de 7 de noviembre de 2014, páginas 91744 a 91744 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Tribunal Constitucional
Referencia:
BOE-A-2014-11490

TEXTO ORIGINAL

El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 4 de noviembre actual, ha acordado admitir a trámite el conflicto positivo de competencia núm. 5958-2014, promovido por el Gobierno de la Generalitat de Cataluña contra los arts. 8.1 y 2, 30 y 35.1.a).i) y la disposición final primera del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos.

Madrid, 4 de noviembre de 2014.–La Secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.

ANÁLISIS

  • Rango: Providencia
  • Fecha de disposición: 04/11/2014
  • Fecha de publicación: 07/11/2014
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DICTA en el mismo y SE DECLARA la constitucionalidad del art. 35.1.a).i), interpretado conforme al fj 5 y la desestimación en todo lo demás, por Sentencia 36/2017, de 1 de marzo (Ref. BOE-A-2017-3877).
Referencias anteriores
  • Conflicto promovido en relación con los arts. 8.1 y 2, 30, 35.1.a).i) y la disposición final 1 del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio (Ref. BOE-A-2014-6123).
Materias
  • Administración General del Estado
  • Autorizaciones
  • Conflictos de Competencia
  • Energía eléctrica
  • Producción de energía

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