Ante la Sala de lo Contencioso-administrativo, Sección 3.ª del Tribunal Supremo, Albert Llorens Escoda y otros, Hidroeléctrica del Giesta, S.L., Hidroeléctrica del Arnoya, S.L., Energías de Pontevedra, S.L., Hidroeléctrica del Barco, S.L., Langa de Duero Enecorr XXI, S.L., Sener Grupo de Ingeniería, S.A., Hermanos Cubells Gimeno, S.L., Onofre Cubells Gimeno, Cogeneración J. Vilaseca, S.L., Engasa Eólica, S.A., Don José Corbí Coloma, Campillo de Dueñas Energías Renovables, S.L., Hidroastur, S.A., Comunidad de Bienes Satarra, CB, Fotovoltaica el Gallo 10, S.L., Parques Eólicos San Lorenzo, S.L.U., Confirel Aie, Poligeneració Parc de L´Alba St-4, S.A., y Sociedad Ibérica de Generación Energía Fotovoltaica I y IX, han interpuesto recursos contencioso-administrativos, núms. 503/2014, 543/2014, 546/2014, 548/2014, 555/2014, 572/2014, 602/2014, 663/2014, 664/2014, 698/2014, 706/2014, 747/2014, 755/2014, 761/2014, 762/2014, 788/2014, 790/2014, 791/2014, 792/2014 y 806/2014 contra Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos.
En consecuencia, esta Subsecretaría ha resuelto emplazar a los interesados en los mismos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, para que comparezcan y se personen en autos ante la referida Sala en el plazo de nueve días, siguientes a la publicación de la presente resolución.
Madrid, 29 de octubre de 2014.–El Subsecretario de Industria, Energía y Turismo, Enrique Hernández Bento.
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