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Documento BOE-A-2014-12113

Resolución de 4 de noviembre de 2014, de la Secretaría de Estado de Cultura, por la que se resuelve el concurso nacional para la concesión del Premio a las Mejores Encuadernaciones Artísticas de 2014.

Publicado en:
«BOE» núm. 283, de 22 de noviembre de 2014, páginas 96085 a 96086 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2014-12113

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de 17 de febrero de 2014, de la Dirección General de Política e Industrias Culturales y del Libro («Boletín Oficial del Estado» de 26 de marzo) se convocó para el año 2014 el concurso nacional para la concesión del Premio a las Mejores Encuadernaciones Artísticas, en desarrollo de lo establecido en las bases reguladoras de la Orden CUL/196/2008, de 28 de enero («Boletín Oficial del Estado» de 5 de febrero).

El jurado encargado del fallo del concurso para la concesión del premio ha sido designado por la Dirección General de Política e Industrias Culturales y del Libro, de conformidad con lo dispuesto en el art. 6.2. de la convocatoria y ha estado integrado por:

Presidenta: Doña Isabel Ruiz de Elvira Serna, Subdirectora General Adjunta de Promoción del Libro, la Lectura y las Letras Españolas.

Vocales:

Don José Luis Checa Cremades, en representación de la Asociación para el Fomento de la Encuadernación de Arte.

Doña Amalia Martín Pereda, en representación de la Federación de Gremios de Editores de España.

Doña Elena Granizo López, en representación de la Biblioteca Nacional.

Doña Guadalupe Roldán Morales, doña Francisca Consuegra Ortega y don Zigor Anguiano Calzada, encuadernadores premiados en la edición anterior.

Doña Carmen Crespo Tobarra y don Juan Antonio Yeves Andrés, personalidades del mundo del libro, especialistas en artes aplicadas a la confección del mismo.

Doña María José Gutiérrez López, funcionaria de la Subdirección General de Promoción del Libro, la Lectura y las Letras Españolas.

Secretaria: Doña María Rosario López Mendoza, funcionaria de la Subdirección General de Promoción del Libro, la Lectura y las Letras Españolas.

Una vez emitido el fallo del jurado conforme a lo dispuesto en el apartado séptimo de la citada Resolución de convocatoria, esta Dirección General formula la presente resolución definitiva de acuerdo con la valoración efectuada como consecuencia de la aplicación de los baremos establecidos en el apartado sexto, punto 3 de la Resolución de convocatoria resultando galardonados los encuadernadores que a continuación se citan:

– Primer Premio dotado con seis mil euros (6.000,00 euros) a don Eduardo Giménez Burgos por la encuadernación presentada bajo el lema «Liber Quadratus».

– Segundo Premio dotado con cuatro mil euros (4.000,00 euros) a don Carlos Sánchez-Álamo Pérez por la encuadernación presentada bajo el lema «Piedra».

– Tercer Premio dotado con dos mil euros (2.000,00 euros) a don Juan Antonio Fernández Argenta por la encuadernación presentada bajo el lema «Pentimento»

Asimismo el jurado, tal como establece el punto segundo de la Resolución de la convocatoria, califica como finalistas a las obras presentadas por los encuadernadores que a continuación se relacionan:

Don Ángel Peinado Ursino por «503».

Doña Susana Domínguez Martín por «Natural».

Don Carlos Montoya Montoya por «Cuatrigésimo».

Esta resolución es definitiva en la vía administrativa, pudiéndose interponer contra la misma recurso de reposición, en el plazo de un mes a contar desde su publicación, ante el mismo órgano que lo ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

La presentación del mencionado recurso de reposición podrá efectuarse, además de en los lugares establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, a través del registro telemático del Ministerio, siempre que se posea un certificado de firma electrónica con validez (en ningún caso podrán simultanearse ambas vías de impugnación).

También cabrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada ley.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Madrid, 4 de noviembre de 2014.–El Secretario de Estado de Cultura, P.D. (Orden ECD/465/2012, de 2 de marzo), la Directora General de Política e Industrias Culturales y del Libro, Teresa Lizaranzu Perinat.

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