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Documento BOE-A-2014-12115

Resolución de 7 de noviembre de 2014, de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, por la que se conceden subvenciones para favorecer la movilidad de estudiantes en enseñanzas universitarias oficiales de máster y doctorados, desarrollados conjuntamente por universidades francesas y españolas para el curso académico 2014-2015.

Publicado en:
«BOE» núm. 283, de 22 de noviembre de 2014, páginas 96089 a 96091 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2014-12115

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de 16 de diciembre de 2013, de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, se convocaron subvenciones para favorecer la movilidad de profesores visitantes y de estudiantes en enseñanzas universitarias oficiales de máster y doctorados desarrollados conjuntamente por universidades francesas y españolas para el curso académico 2014-2015.

Por Resolución de 29 de abril de 2014, de la Dirección General de Política Universitaria, se hizo pública la relación de los programas de máster y doctorados conjuntos hispano-franceses seleccionados por la Comisión Mixta.

De conformidad con lo establecido en los artículos 26 y 27 los estudiantes matriculados en los programas seleccionados presentaron las solicitudes de estancias de movilidad en sus universidades, las cuales han efectuado la valoración de las mismas, siendo recogida dicha valoración en las respectivas Actas de las Comisiones Académicas.

Con base en las propuestas recogidas en las citadas Actas, la Comisión de Selección nombrada por el Director General de Política Universitaria ha elevado una propuesta de concesión de las estancias de movilidad solicitadas y aprobadas por las Comisiones Académicas de las correspondientes universidades de adscripción.

De acuerdo con la propuesta de la Comisión de Selección y lo establecido en el artículo 6 de la resolución de convocatoria, he resuelto:

Primero.

Conceder las ayudas para estancias de movilidad de estudiantes de máster conjuntos desarrollados por universidades francesas y españolas que se relacionan en el Anexo I, por el número de semanas e importes que se señalan para cada universidad, máster oficial y beneficiario en cada anualidad, 2014 y 2015.

Segundo.

La financiación de estas ayudas, por importe total de 23.520,00 € para el curso académico 2014/2015, se efectuará con cargo a la aplicación presupuestaria 18.07.463A.788.03 de los Presupuestos Generales del Estado, con la consiguiente distribución por anualidades:

Anualidad 2014: 12.018,00 euros.

Anualidad 2015: 11.502,00 euros.

El gasto correspondiente a ejercicios futuros queda supeditado a la aprobación de los correspondientes créditos en los presupuestos generales del Estado.

Tercero.

Las universidades de adscripción, como entidades colaboradoras, percibirán una cuantía de 250 euros por la gestión de las ayudas correspondientes a cada beneficiario, de conformidad con lo establecido en el artículo 5.1. En el Anexo II figuran las cuantías a percibir por cada universidad, siendo el importe total 2.250,00 euros. Este importe será con cargo a la aplicación presupuestaria 18.07.463A.788.06 de los Presupuestos Generales del Estado de 2015.

Cuarto.

El importe de las subvenciones se librará por anticipado, en función de cada anualidad, a las universidades de adscripción de los responsables de los programas de másteres para la inclusión en sus presupuestos.

Quinto.

Las Universidades perceptoras de las ayudas deberán abonar las cuantías correspondientes a los beneficiarios, por cualquiera de los procedimientos establecidos en el artículo 10 de la convocatoria, debiendo éstos en cualquiera de ambos casos acreditar ante la entidad la justificación de los gastos.

Sexto.

Las subvenciones quedan afectas a los fines para los que se otorgan. Las estancias de movilidad deberán llevarse a cabo en la anualidad concedida y dentro del curso académico, del 1 de octubre de 2014 al 30 de septiembre de 2015. La justificación final de las subvenciones de movilidad de los estudiantes, deberá efectuarse en los términos y plazos establecidos en el artículo 13 de la convocatoria.

Séptimo.

Las universidades y los beneficiarios deberán cumplir las obligaciones recogidas en los artículos 11, 33, 34 y 35 respectivamente. Los incumplimientos de las citadas obligaciones podrán dar lugar a la revocación de las ayudas o reintegro de las cuantías concedidas, de conformidad con lo establecido en el artículo 15.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, en el plazo de un mes, recurso potestativo de reposición, al amparo de los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Asimismo, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la fecha de su notificación. Dicho recurso no podrá ser interpuesto hasta que el anterior recurso potestativo de reposición sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta.

Madrid, 7 de noviembre de 2014.–La Secretaria de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, P.D. (Orden ECD/465/2012, de 2 de marzo), el Director General de Política Universitaria, Jorge Sainz González.

ANEXO I
Subvenciones para favorecer la movilidad de estudiantes en enseñanzas oficiales de máster desarrollados conjuntamente por universidades francesas y españolas-curso 2014/2015

Organismo

Programa

Referencia

Estudiante

N.º semanas

2014

Importe Estancia 2014

N.º semanas

2015

Importe Estancia 2015

Total semanas curso 2014/2015

Total

Subvención

Curso 2014/2015

Universidad Complutense.

Máster universitario

en lengua francesa aplicada.

MAS2014-0006

Úbeda Sales, M.ª José.

12

2.715,00

4

905,00

16

3.620,00

TOTAL

12

2.715,00

4

905,00

16

3.620,00

Universidad

de La Coruña.

Máster universitario

en migraciones internacionales.

MAS2014-0001

Souto García, Andrea.

11

2.530,00

5

1.150,00

16

3.680,00

TOTAL

11

2.530,00

5

1.150,00

16

3.680,00

Universidad

de las Islas Baleares.

Máster universitario

en patrimonio cultural: investigación y gestión.

MAS2014-0015

Bergas Pastor, Francisco.

9

2.070,00

3

690,00

12

2.760,00

Font Andreu, Rafel.

9

2.070,00

3

690,00

12

2.760,00

TOTAL

18

4.140,00

6

1.380,00

24

5.520,00

Universidad Politécnica

de Madrid.

Máster universitario

en inteligencia artificial.

MAS2014-0011

Córdoba Sánchez, Irene.

 

 

4

920,00

4

920,00

Rigo Socias, Rafael.

 

 

8

1.840,00

8

1.840,00

Rebollo García, Enrique.

 

 

4

920,00

4

920,00

Master universitario

en ingeniería de sistemas y servicios para la sociedad de la información.

MAS2014-0016

Madroñal Quintín, Daniel.

12

2.633,00

4

877,00

16

3.510,00

Lazcano López, Raquel.

 

 

16

3.510,00

16

3.510,00

TOTAL

12

2.633,00

36

8.067,00

48

10.700,00

TOTAL SUBVENCIÓN

53

12.018,00

51

11.502,00

104

23.520,00

ANEXO II
Gastos de gestión

Organismo

Estudiante

Gastos gestión

Universidad Complutense.

Úbeda Sales, M.ª José

250,00

TOTAL

250,00

Universidad de La Coruña.

Souto García, Andrea

250,00

TOTAL

250,00

Universidad de las Islas Baleares.

Bergas Pastor, Francisco

250,00

Font Andreu, Rafel

250,00

TOTAL

500,00

Universidad Politécnica de Madrid.

Córdoba Sánchez, Irene

250,00

Rigo Socias, Rafael

250,00

Rebollo García, Enrique

250,00

Madroñal Quintín, Daniel

250,00

Lazcano López, Raquel

250,00

TOTAL

1.250,00

TOTAL GASTOS DE GESTIÓN

2.250,00

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