Está Vd. en

Documento BOE-A-2014-12359

Resolución de 18 de noviembre de 2014, de la Secretaría General de Universidades, por la que se selecciona entidad colaboradora en la gestión de las ayudas de movilidad de estudiantes de universidades españolas, mediante un programa de prácticas formativas en empresas con sede en países integrados en el Programa FARO.

Publicado en:
«BOE» núm. 288, de 28 de noviembre de 2014, páginas 97464 a 97465 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2014-12359

TEXTO ORIGINAL

La Resolución 8 de agosto de 2014 (Boletín Oficial del Estado de 8 de septiembre), de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades hizo pública la convocatoria de ayudas para el fomento de la movilidad de estudiantes de universidades españolas mediante un programa de prácticas formativas en empresas de Europa, Estados Unidos, Canadá, Asia y Oceanía. Programa FARO.

De conformidad con los términos establecidos en el Capítulo II de la citada resolución y tras la propuesta efectuada por la Comisión de Selección, a la que se refiere el apartado 22 de dicha convocatoria, he resuelto:

Primero.

Designar como entidad colaboradora para la gestión de las ayudas del Programa FARO a la Fundación General de la Universidad de Valladolid, CIF G-47382056.

Segundo.

La gestión de las ayudas tendrá una duración de tres años, más un cuarto año de cierre de la misma para terminación de las estancias en el último período y estará vigente desde el día siguiente de la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial del Estado.

Tercero.

La cuantía de la subvención a gestionar es de 3.942.000,00 euros, distribuidos en tres anualidades: 1.314.000,00 euros con cargo al ejercicio 2015; 1.314.000,00 euros con cargo al ejercicio 2016 y 1.314.000,00 euros con cargo al ejercicio 2017.

Cuarto.

La entidad colaboradora seleccionada suscribirá con la Secretaría General de Universidades el correspondiente Convenio de colaboración, asumiendo las obligaciones establecidas en el artículo 15 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, y en concreto las señaladas en el artículo 18 de la Resolución de convocatoria.

Quinto.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer en el plazo de un mes recurso potestativo de reposición, al amparo de los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999 de 13 de enero. Asimismo, podrá interponerse recurso ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de la notificación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998. Dicho recurso no podrá ser interpuesto hasta que el anterior recurso potestativo de reposición, en el supuesto de haberse presentado, sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta.

Madrid, 18 de noviembre de 2014.–El Secretario General de Universidades, Federico Morán Abad.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid