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Documento BOE-A-2014-12540

Acuerdo 76/2014, de 6 de noviembre, de la Junta de Castilla y León, por el que se declaran los Barrios de Salas, en Salas de los Barrios, Villar de los Barrios y Lombillo de los Barrios, Ponferrada, (Leon), bien de interés cultural con categoría de conjunto histórico.

Publicado en:
«BOE» núm. 291, de 2 de diciembre de 2014, páginas 99325 a 99328 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad de Castilla y León
Referencia:
BOE-A-2014-12540

TEXTO ORIGINAL

El conjunto histórico de Barrios de Salas, ubicado muy cerca de Ponferrada en un paraje privilegiado desde donde se dominan las vistas sobre el Bajo Bierzo y la cuenca del Sil, se encuentra integrado por los núcleos de Lombillo, Salas y Villar de los Barrios, que configuran por la interacción de los tres núcleos entre si y respecto al territorio en que se asientan, un conjunto histórico de singular interés, en el que confluyen destacados valores históricos, arquitectónicos, paisajísticos.

La entonces Dirección General de Patrimonio Artístico y Cultural, por Resolución de 13 de octubre de 1976, acordó incoar procedimiento de declaración de Conjunto histórico artístico a favor de los Barrios de Salas (Salas, Villar y Lombillo) en Ponferrada (León).

Con fecha 2 de julio de 1977, la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando y con fecha 26 de mayo de 2014, la Universidad IE de Segovia, informan favorablemente la pretendida declaración.

Asimismo, la Universidad de León, con fecha 9 de enero de 2012, emite informe en el que manifiesta su conformidad con la propuesta de declaración, si bien, propone una serie de modificaciones en la delimitación de la zona afectada por la declaración, que son valoradas y tenidas en cuenta.

Cumplidos los trámites preceptivos de información pública y de audiencia, dentro del plazo concedido al efecto, se presentan alegaciones al expediente que han sido estudiadas y valoradas en la propuesta de declaración.

De conformidad con lo preceptuado en el artículo 12.1 de la Ley 12/2002, de 11 de julio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León, y en el artículo 46.3 del Reglamento para la Protección del Patrimonio Cultural de Castilla y León, aprobado por Decreto 37/2007, de 19 de abril, la Consejera de Cultura y Turismo ha propuesto declarar Los Barrios de Salas como Bien de Interés Cultural con categoría de Conjunto Histórico y, a tal efecto, se ha hecho constar que se han cumplimentado los trámites preceptivos en la incoación e instrucción del expediente, acompañando un extracto de éste en el que constan los datos necesarios para la declaración y los documentos gráficos correspondientes.

En su virtud, la Junta de Castilla y León a propuesta de la Consejera de Cultura y Turismo, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión de 6 de noviembre de 2014, adopta el siguiente

ACUERDO

Primero.

Declarar los Barrios de Salas, en Salas de los Barrios, Villar de los Barrios y Lombillo de los Barrios, Ponferrada (León) Bien de Interés Cultural con categoría de Conjunto Histórico.

Segundo.

Delimitar la zona afectada por la declaración:

Punto de inicio:

Encuentro de los límites de las parcelas 32 y 256 del polígono 34 con la carretera que va hacia Villar de los Barrios. Sigue en sentido noreste por el límite norte de las parcelas 32 y 45 del polígono 34 hasta la carretera que va hacia Salas de los Barrios. Continúa la divisoria de las subparcelas a y b de la parcela 54 del polígono 34, cruza el Arroyo de Salas. Sigue por el límite noroeste de la parcela 163, 185 y 183 del polígono 34 hasta la Carretera de Lombillo.

Continúa en sentido este por la carretera de Lombillo hasta camino sin nombre en el encuentro con la parcela 248 del polígono 32. Sigue por este camino hasta el encuentro con el Arroyo de Vademuro, que sirve de límite hasta su encuentro con la carretera que va desde Molinaseca a Lombillo.

Sigue por el límite norte de las parcelas 430, 15468, 450, 451 y 452 del polígono 87. Sigue por el límite sur de la parcela 453 hasta su esquina sur, desde donde enlaza con la esquina noroeste de la parcela 461 del citado polígono. Continúa bordeando esta parcela hasta su encuentro con camino sin nombre que cruza en sentido oeste la parcela 468 hasta la 742 del polígono 87.

En dirección sur sigue el camino que sirve de delimitación oeste a la parcela 468 del polígono 87, hasta el punto de encuentro de las parcelas 468, 767 y 465 del citado polígono. Sigue por el límite este y sur de la parcela 767 hasta el punto con coordenadas X: 209330,62; Y: 4712630,39. Desde aquí una línea imaginaria hasta el punto X: 209246,09; Y: 4712643,37 en el límite de las subparcelas a y b de la parcela 768 del polígono 87. Sigue en sentido sur por este límite hasta su encuentro con la parcela 782 del polígono 87, bordeando dicha parcela en sentido sur hasta su encuentro con la parcela 791, bordeando esta en su límite este, sigue por la 701 y por el límite norte y oeste de la parcela 1329 hasta su vértice sur.

Desde aquí cruza hasta la parcela 672 en el punto X: 209233,88; Y: 4711610,83. Sigue por el límite noreste de la parcela 672, 1330 y 672 otra vez hasta la divisoria de las parcelas 793 y 794. Desde este punto una línea imaginaria hasta la divisoria de las parcelas 802 y 803 del polígono 87, siguiendo por este límite hasta el polígono 68 que sirve de delimitación por el sur en el Camino de los Maragatos hasta la divisoria de las parcelas 332 y 333 del polígono 68.

En sentido norte sigue por el límite oeste de las parcelas 333 y 312. Sigue bordeando esta parcela 312 hasta la 15312. Continúa por el límite sur de la parcela 358 hasta el vértice con la 356 del polígono 68. Desde aquí continúa por el límite norte de las parcelas 356, 357, 380, 381, 382, 383, 385, 386 y 596 del polígono 68 hasta el cruce de caminos entre las parcelas 25, 379 y 596 del citado polígono. Cruza el camino para incluir en su totalidad la parcela 26 del polígono 68 donde se conservan los restos de la antigua iglesia de San Félix. Continúa en sentido norte por el camino que sirve de límite a las parcelas 596, 431, 432, 430 y 1 del polígono 68.

Sigue en sentido este por el límite norte de las parcelas 2, 3, 5 y 6 del polígono 68. Sigue por el camino que limita por el oeste las parcelas 27, 34, 33, 35, 36, 45, 48, 52, 53, 58 y 59 del polígono 67.

Sigue por el límite oeste de las parcelas 328, 327, 317 y 314, y desde aquí sigue hasta el límite oeste de la parcelas 312, 311 y 295 del polígono 35. Siguiendo por el límite norte de esta parcela 295 y de la 283 hasta la carretera de Ponferrada a los Barrios y desde aquí hasta el punto de inicio de esta delimitación.

Coordenadas en Referencia UTM ETRS89 Huso 30N

La zona afectada por la declaración es la que consta en el plano y demás documentación que obra en el expediente administrativo tramitado al efecto.

Motivación:

La delimitación del conjunto histórico denominado Barrios de Salas configurado por los núcleos urbanos de Salas, Villar y Lombillo de los Barrios, se lleva a cabo atendiendo a su ubicación en un entorno natural y paisajístico de gran valor caracterizado por unos valores históricos, arquitectónicos y paisajísticos que dotan de unidad y coherencia a este conjunto.

Contra este Acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer potestativamente recurso de reposición ante la Junta de Castilla y León en el plazo de un mes, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el plazo de dos meses. Ambos plazos se computarán a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León». Si se optara por la interposición del recurso de reposición, no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo hasta la resolución expresa o presunta de aquel.

Valladolid, 6 de noviembre de 2014.–El Presidente de la Junta de Castilla y León, Juan Vicente Herrera Campo.–La Consejera de Cultura y Turismo, Alicia García Rodríguez.

ANEXO
Conjunto Histórico de los Barrios de Salas, en Salas de los Barrios, Villar de los Barrios y Lombillo de los Barrios en Ponferrada (León)

El conjunto de los Barrios de Salas a cinco kilómetros de Ponferrada está ubicado en la denominada «Hoya Berciana», en un paraje privilegiado desde donde se dominan las vistas sobre el Bajo Bierzo y la Cuenca del Sil. Está formado por tres núcleos de población: Lombillo de los Barrios, situado sobre el rellano o «lomba» –a la que debe su nombre– de una colina y desde la que se aprecia una magnifica panorámica de la capital berciana; Salas de los Barrios, situada en su pie oeste y Villar de los Barrios, que es la más extensa y poblada de las tres villas.

La interacción de los tres conjuntos entre sí y respecto al territorio en que se asientan, motiva su declaración como un único ámbito, definiéndose un solo Conjunto Histórico denominado Barrios de Salas, caracterizado por unos valores históricos, arquitectónicos, paisajísticos que dotan de unidad y coherencia a este conjunto.

En este sentido, la declaración de los Barrios de Salas reúne las características propias definidas por la Ley como Conjunto Histórico, por tratarse de un asentamiento característico del devenir en la historia de Castilla y León, que se configura como un espacio único en el que la agrupación de bienes inmuebles, forman una unidad de asentamiento continua, condicionada por una estructura física del territorio y representativa de la evolución y testimonio de la cultura de una comunidad.

Muchos de los elementos que conforman este paisaje son antrópicos, por cuanto conforman un conjunto de acciones de humanización del territorio y constituyen un testimonio histórico de la cultura y de adaptación y mímesis con el entorno natural en el que se encuentra enclavado.

Poco se sabe del origen de estos núcleos. Se conservan algunos restos de época romana, como un templo dedicado a Mercurio, así como restos de lo que fue la muralla de Salas y las ruinas de un castillo. Es a mediados del siglo XVI cuando este conjunto alcanza su máximo esplendor y riqueza y se convierte en una de las zonas más ricas del Bierzo, con una agricultura fundamentada en el cultivo de la vid, pero también en el centeno, el trigo y la cebada que junto a huertos y árboles frutales, prados y matorrales conforman este espacio, como un territorio de alto interés patrimonial.

Durante los siglos XVII y XVIII, la producción de vinos se convierte en una de las actividades más importantes del conjunto, llegando a producir en el siglo XIX alguno de los vinos más cotizados en el mercado. En el siglo XX, la existencia de una mina de scheelita, de cuya explotación a cielo abierto y también mediante labores subterráneas aún quedan huellas, da lugar a una efímera prosperidad en la zona, dada la importancia estratégica del wolframio en el periodo de la Segunda Guerra Mundial, e imprime además una singularidad geológica e histórica al lugar.

La prosperidad económica del conjunto entre los siglos XVI y XIX, supuso un importante desarrollo urbanístico y social, con una oligarquía local y terrateniente que ostentaba el poder político, económico y social, que determinó la construcción de casas solariegas algunas de ellas blasonadas con los escudos de sus linajes, casas de grandes dimensiones, símbolo del poder económico y social en una sociedad jerarquizada, provistas de huertas y corrales y por supuesto de bodegas y cubas para envasar el vino.

Junto a esta arquitectura noble, el conjunto conserva singulares ejemplos de una arquitectura popular, constituida por las típicas casas bercianas caracterizadas por el uso de materiales autóctonos y destinados al uso de un pueblo fundamentalmente agrícola y ganadero.

La trama urbana característica de estos núcleos es desordenada y heterogénea. La edificación se agrupa en «piñas» que se apoyan sobre las vías de comunicación más importantes y que en ocasiones se separan por zonas de huerta. Como en otros pueblos bercianos, la plaza mayor no existe; los espacios públicos carecen de ese carácter estancial.

La construcción se caracteriza por el uso de materiales autóctonos: piedra y pizarra, generalmente sin labrar, en los muros; madera de castaño para vigas, pies derechos, entramados de muros, techumbres y solanas; lajas toscas de pizarra, o cortadas regularmente en edificios más recientes, para las cubiertas. También se utilizan los cantos rodados unidos con argamasa en los muros, y mimbres entretejidos y cubiertos de barro y cal, no sólo para tabiques interiores, sino para cerrar las solanas en su cara norte.

Predomina la planta rectangular o cuadrada, con escalera exterior y solana muy volada en dos o más lienzos de fachada. En estas edificaciones la planta baja se usaba como cuadra y bodega y la planta superior como vivienda. También existen casas más evolucionadas, con escalera en el interior, que mantienen generalmente la solana, o bien presentan grandes miradores muy volados. Es característica de Villar de Los Barrios la convivencia armoniosa de las típicas casas bercianas de labranza, con las mansiones hidalgas blasonadas de los siglos XVI y XVII.

Si bien el conjunto histórico de los Barrios de Salas, destaca principalmente como singular conjunto de arquitectura civil barroca, se hace preciso detallar también el interesante conjunto de arquitectura religiosa que conserva, con algunos bienes declarados de Interés Cultural, como la Iglesia de San Martín, situada a medio camino entre Salas y Lombillo, y otros que sin estar declarados de interés cultural, poseen un destacado valor arquitectónico y responden a una tipologia singular, entre los que se pueden destacar la Capilla de la Visitación de Salas de los Barrios o la Ermita del Cristo y la Iglesia Parroquial de Santa Colomba, en Villar de los Barrios.

Por todo ello, Barrios de Salas se configura como un conjunto histórico de especial relevancia, tanto por la importancia del conjunto arquitectónico integrado tanto por edificaciones tradicionales bercianas o nobles que conserva, como por su característica trama urbana y por el territorio en el que se asienta, que ha sido aprovechado y transformado por una sociedad, que ha sabido construir y mantener este legado cultural a lo largo de los siglos.

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