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Documento BOE-A-2014-13653

Resolución de 18 de diciembre de 2014, de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto Recuperación del dominio público hidráulico en el arroyo de Las Flores, término municipal de San Ildefonso-La Granja (Segovia).

Publicado en:
«BOE» núm. 315, de 30 de diciembre de 2014, páginas 107120 a 107135 (16 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2014-13653

TEXTO ORIGINAL

El proyecto a que se refiere la presente Resolución se encuentra comprendido en el apartado c.7, del grupo 9, del anexo I del texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero (Ley de Evaluación de Impacto Ambiental), por lo que, habiéndose sometido a evaluación de impacto ambiental, con carácter previo a su autorización administrativa, de conformidad con lo establecido en su artículo 3.1), procede formular su declaración de impacto ambiental, de acuerdo con el artículo 12.1 de la citada Ley.

Los principales elementos de la evaluación practicada se resumen a continuación:

1. Información del proyecto: Promotor y Órgano Sustantivo. Objeto y justificación. Localización. Descripción sintética. Alternativas

Promotor y órgano sustantivo: El promotor y órgano sustantivo es la Confederación Hidrográfica del Duero del Ministerio Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

Objeto y justificación: El arroyo de Las Flores, conectado con un by-pass al arroyo del Chorro Grande, discurre a cielo abierto hasta la urbanización El Caserío de Urgel donde se encauza y la atraviesa de forma subterránea. Parte de las aguas conectan con la red general municipal de San Ildefonso-La Granja; por ello, en épocas de avenidas los cauces se desbordan provocando inundaciones en la zona de la urbanización, en el polígono industrial próximo, en la Real Fábrica de Cristales y en el casco urbano de la población, aguas abajo de la urbanización. Se produce, por ello, una situación desfavorable tanto desde el punto de vista ambiental como social.

Con el proyecto, se pretenden alcanzar los siguientes objetivos: la recuperación del desaparecido cauce del arroyo de Las Flores, evitar que las aguas de escorrentía viertan a la red de saneamiento de la urbanización El Caserío de Urgel, eliminar eventuales desbordamientos e inundaciones de los cauces de agua, así como el acondicionamiento de la ribera en el entorno de la actuación y puesta en valor de la zona.

Localización: El proyecto se localiza en el término municipal de San Ildefonso-La Granja, provincia de Segovia, al este del núcleo de población de La Granja y al noroeste del Palacio Real de San Ildefonso, en el entorno de la cañada del Puente de Las Merinas y la urbanización El Caserío de Urgel.

Descripción sintética del proyecto: Para la recuperación del dominio público hidráulico del arroyo de Las Flores, se contemplan las siguientes actuaciones:

1. Recuperación del arroyo de Las Flores: Se realizará por la vaguada natural que discurre por la cañada del Puente de las Merinas mediante la apertura de una sección trapazoidal. La longitud total del arroyo proyectado es de 2.411,2 m y se ha dividido en tres tramos claramente diferenciados. El primer y el segundo tramos, de 717,0 y 481,8 m de longitud respectivamente discurren en superficie por la cañada del Puente de las Merinas y se diferencian en al sección trapazoidal. El tercer tramo comienza en la arqueta desarenadora situada frente a la plaza de toros y desmboca en el arroyo del Chorro Grande, distinguiéndose cuatro secciones diferentes: la primera, en tubería de hormigón enterrada en excavación a cielo abierto en una longitud de 207,4 m; la segunda en tubería enterrada excavada en microtúnel con una longitud de 186,3 m; la tercera, con la tubería en zanja excavada a cielo abierto en una longitud de 106,3 m; la cuarta, discurre en superficie con sección trapezoidal en una longitud de 712,4 m.

2. Adecuación del by-pass del arroyo del Chorro Grande: El arroyo de Las Flores surge de la unión del arroyo de Peña Berrueco y la acequia procedente del arroyo de Chorro Grande. En la actualidad, en el punto inicial de derivación de la acequia existe un azud de derivación del arroyo, de 4 m de longitud y 0,3 m de altura. Para controlar el caudal que se deriva por la acequia y evitar inundaciones en la parte baja de su cuenca, se proyecta recrecer el muro del azud unos 0,75 m. Para acceder con la maquinaria a este punto hay que habilitar un camino de acceso en una longitud de 1.210 m de longitud y 3 m de ancho, que finalmente permanecerá como camino peatonal.

3. Caz desvío de escorrentía: Bordeando el lado este de la urbanización el Caserío de Urgel, se realizará un pequeño caz de sección triangular capaz de conducir el agua de escorrentía desde la zona de la urbanización donde comienza la entubación del arroyo de Las Flores hasta donde comienza el primer tramo del cauce de este arroyo, en la cañada del Puente de las Merinas, al que se ha hecho referencia anteriormente. Tiene una longitud de 217 m.

4. Separación de las redes de fecales y de pluviales: La red de saneamiento de la urbanización El Caserio de Urgel es unitaria, de 400 mm de diámetro y conecta con la red general de pluviales en las inmediaciones de la plaza de toros. Para evitar que las aguas residuales de la urbanización fluyan junto con las pluviales de la red general y las procedentes del arroyo de Las Flores, se ha proyectado una arqueta de 4,6 × 2,6 × 2,5 m con su interior dividido en dos recintos. El aliviadero está situado a cota suficiente para que las aguas de lluvia con un coeficiente de dilución de diez se viertan a otro recinto de la arqueta desde el que parte un colector de pluviales que evacuará las aguas blancas ya separadas hacia la arqueta desarenadora donde se unirán con las aguas del arroyo. Las aguas negras interceptadas por el vertedero serán conducidas mediante un colector hasta conectar con la red de saneamiento existente en las proximidades de la plaza de toros.

5. Diseño de pasos para tráfico rodado sobre el arroyo: Se proyectan cuatro puentes de vigas para conectar ambos lados del arroyo, tres de ellos situados en los dos primeros tramos antes descritos y el otro en el tercer tramo (cuarta sección), en el punto de cruce del nuevo cauce con un camino existente.

6. Actuaciones de integración ambiental y uso público: Incluye plantaciones en las márgenes del cauce; plantaciones en escollera, en los tramos en los que esta sea necesaria; adecuación paisajística y medioambiental de la cañada del Puente de las Merinas mediante restauración de la vegetación y nuevas plantaciones; relleno de algunas vaguadas secundarias en el ámbito de cañada, con tierras de la excavación, para evitar los problemas de inundación en la urbanización por los vertidos de estos cauces; acondicionamiento de la Fuente de la Magdalena; construcción de sendas peatonales en una longitud de unos 1.200 m en la parte del nuevo cauce que discurre en superficie; acondicionamiento de sendas peatonales con longitudes de 175 y 123 m y puentes de madera peatonales para su cruce sobre el arroyo; paneles de señalización de las obras realizadas; reposición de los servicios afectados, entre ellos el colector de saneamiento, los aliviaderos de las arquetas 1 y 2, el pavimento de la calle del polígono industrial y el puente de acceso por carretera a la urbanización, este último ya mencionado en los pasos para tráfico rodado.

Alternativas de trazado: Las alternativas de trazado consideradas se refieren al tramo 3 final, pues en el primer y segundo tramos, entre el caz y la plaza de toros, el trazado debe seguir la vaguada natural del terreno próxima a la cañada de Las Merinas.

El tercer tramo, situado en la zona del polígono industrial debe discurrir, en una parte, soterrado, pues la apertura en zanja es inviable debido a la gran profundidad de la tubería en este tramo, que alcanza los 15 m.

En el tramo 3 se consideran dos alternativas, que se diferencian en la parte del trazado que discurre entre el final de la calle del polígono industrial y la unión con el arroyo del Chorro Grande:

Alternativa 1: El tramo hincado de tubería tiene una longitud de 186 m. Discurre en paralelo al borde del polígono industrial y de las urbanizaciones situadas el sur de éste.

Alternativa 2: Con una longitud de tubería hincada de 627 m. Desde el borde del polígono industrial se dirige directamente hacia el arroyo del Chorro Grande, uniéndose a él aguas arriba de la alternativa 1.

Se elige la alternativa 1 por ser bastante más económica; es la alternativa que se ha descrito en el apartado anterior.

2. Elementos ambientales significativos del entorno del proyecto

Hidrología e hidrogeología: La totalidad de la red fluvial del ámbito del proyecto pertenece a la Cuenca del Duero. Una de las principales subcuencas en la zona de actuación es la formada por la confluencia de los ríos Valsaín y Cambrones, con sus afluentes, lo arroyos del Chorro Grande y del Chorro Chico. En la zona de actuación, el arroyo de Chorro Grande fluye de este a oeste, con una acequia de unos 300 m de longitud que sirve de aliviadero de parte de su caudal hacia el arroyo Peña Berrueco. El cauce de unión de la acequia y el arroyo de Peña Berrueco es el arroyo de Las Flores. Este arroyo discurre a cielo abierto hasta la urbanización El Caserío de Urgel, situada al norte del Palacio de La Granja donde se encauza y fluye entubada de forma subterránea.

La presencia de agua subterránea es escasa debido a los materiales del complejo igneo-metamórfico, que se consideran acuífugos. No obstante puede hallarse agua subterránea en algunas fracturas abiertas.

Vegetación y flora: Las formaciones vegetales identificadas en el entorno de la actuación son: masas de pino albar; melojares; matorrales; prados y pastizales; y vegetación de ribera. La mayoría de las actuaciones se llevan a cabo en la cañada del Puente de Las Merinas. La vegetación predominante en esta zona es la formada por ballicares (prados esófilos o hidrófilos de diente con pastos vivaces). En las márgenes del arroyo de Las Flores aparecen sauces de porte arbustivo acompañados por especies espinosas. También hay numerosos árboles de gran porte en esta zona de la Cañada. La zona final del tramo 3, donde irá el arroyo en superficie, también está dominada por pastizales, con ejemplares arbóreos aislados y vegetación arbustiva. Además de los ballicares también existen majadales silicícolas formados por prados de grama cebollera (Poa bulbosa). Este tipo de pastizal se adscribe a un hábitat prioritario: 6220 Zonas subestépicas de gramíneas y anuales de Thero- Brachypodietea. La afección a este tipo de vegetación es mínima, ya que la superficie de actuación es muy pequeña y se sitúa al límite del núcleo urbano. Además estos majadales se encuentran ampliamente representados en todo el LIC Sierra de Guadarrama. Las actuaciones del by pass, el camino de acceso al mismo y el caz de escorrentía se sitúan en zonas boscosas, principalmente de roble melojo (Quercus pyrenaica) con ejemplares de pino albar (Pinus sylvestris) de muy buen porte; el robledal es denso con ejemplares de buen porte y en el sotobosque hay un variado conjunto de arbustos y matas leñosas que acompañan al roble, así como multitud de especies herbáceas.

Fauna: En la zona de actuación destaca la presencia de numerosas especies de interés comunitario. Entre los anfibios destacan el sapo partero común, la ranita de San Antonio, el sapo corredor, el sapo de espuelas, el sapillo pintojo ibérico, la rana patilarga y el tritón jaspeado; todos ellos están incluidos en el anexo V de la Ley 42/2007 del Patrimonio Natural y la Biodiversidad (Ley 42/2007) y en el Catálogo Nacional de Especies Amenazadas (CNEA). Entre las aves destacan el milano real, catalogado como vulnerable; el águila calzada y el alcaudón dorsirrojo, catalogados de interés especial en el CNEA. Entre los mamíferos están representados el gato montés, de interés especial en el CNEA y el erizo europeo, ambas especies incluidas en el anexo V de la Ley 42/2007. La representación de quirópteros es muy abundante, destacando entre ellos el murciélago ratonero forestal y el nóctulo mediano, ambas especies catalogadas como vulnerables en el CNEA. Entre los invertebrados, existen tres especies de insectos del anexo II de la Ley 42/2007: mariposa ondas rojas, mariposa isabelina y ciervo volante, las dos últimas catalogadas de interés especial en el CNEA.

Espacios naturales protegidos:

Red Natura 2000: La zona de actuación se encuentra en la Red Natura 2000, en concreto en el LIC Sierra de Guadarrama y en la ZEPA Sierra de Guadarrama. El LIC se solapa parcialmente con la ZEPA, que destaca por la presencia de buitre negro y águila imperial ibérica, especies por las que se declaró la ZEPA. Además, destaca la presencia de poblaciones reproductoras de cigüeña blanca, águila culebrera, águila calzada, milano real y chova piquirroja. En la zona de actuación se encuentran siete hábitats naturales de interés comunitario de la Directiva 92/43/CEE, uno de ellos prioritario (*), aunque ninguno de ellos será afectado por las obras:

92A0: Bosques galería de Salix alba y Populus alba.

6220: Zonas subestépicas de gramíneas y anuales del Thero-Brachypodietea.

9230: Robledales galaico-portugueses con Quercus robur y Quercus pyrenaica.

4090: Brezales oromediterráneos endémicos con aliaga.

91B0: Fresnedas termófilas de Fraxinus angustifolia.

8220: Pendientes rocosas silíceas con vegetación casmofítica.

8230: Roquedos siliceos con vegetación pionera del Sedo-Scleranthion o del Sedo albi-Veronicion dillenii.

Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama: Declarado por la Ley 4/2013, con posterioridad a la redacción del estudio de impacto ambiental. Las actuaciones objeto del proyecto quedan fuera del ámbito del Parque Nacional y de su Zona periférica de protección, salvo la actuación del by pass, situada en esta Zona. De acuerdo con la Ley de declaración del Parque, en ella será de aplicación la normativa reguladora de los Planes de ordenación de los recursos naturales de la Junta de Castilla y León, así como aquellas determinaciones específicas contenidas en los instrumentos de planificación territorial y de espacios naturales protegidos que les sea de aplicación. En este caso, por tanto, sería de aplicación el PORN del Espacio Natural Sierra de Guadarrama, al que se hace referencia a continuación.

Espacio Natural Sierra de Guadarrama: Prácticamente todo el término municipal de San Ildefonso-La Granja está incluido en este espacio natural, cuyo Plan de Ordenación de los Recursos Naturales (PORN) fue aprobado en 2010 (Decreto 4/2010 de 14 de enero). De acuerdo con la zonificación del PORN las obras proyectadas se encuentran en la «zona de uso general», que se corresponde con zonas ocupadas por nucleos urbanos y su entorno inmediato, o suelo clasificado como urbano, urbanizable, apto para urbanizar o urbanizable delimitado, según la legislación en vigor.

Área de Importancia para las Aves (IBA): La zona de actuación se encuentra rodeada por la IBA 56 Umbría de Guadarrama.

Áreas de Singular Valor Ecológico (ASVE) delimitadas por las Directrices de Ordenación de Ámbito Regional de Segovia y Entorno (DOTSE): Dentro de los espacios protegidos definidos por las DOTSE, las actuaciones se sitúan parcialmente en el ASVE 07 Montes de La Sauca-Siete Arroyos y de forma puntual en el ASVE 17 Comunidades de ribera de los ríos Eresma y Milanillos. Las ASVE son los espacios de mayor calidad ambiental, tanto por sus valores ecológicos y paisajísticos como por su fragilidad frente a las actuaciones, por lo que al ejecutar el proyecto se deberán preservar estos valores.

Paisaje: Las actuaciones proyectadas se localizan en la Unidad de Gestión Paisajística (UGP) Valle del Lozoya, que se corresponde con toda la zona baja (1200-1500 m) del municipio de La Granja. Se pueden distinguir dos tipos de paisaje. El primero, el paisaje de piedemonte donde se sitúan las principales actuaciones como la recuperación del arroyo de Las Flores con todas las actuaciones asociadas a él (pasos para el tráfico rodado, sendas peatonales, aliviaderos, integración ambiental, fuente de La Magdalena, arquetas, etc.). Por otra parte, el paisaje de ladera, en el que se sitúa la adecuación del by-pass del arroyo del Chorro Grande y el caz desvío de escorrentía. Las actuaciones en este segundo tipo de paisaje son de menor magnitud (ocupación, consumo de recursos, visibilidad..) que las del primero, si bien se sitúan en una superficie boscosa y en laderas con pendientes considerables.

Patrimonio cultural: Se ha realizado una prospección arqueológica superficial intensiva en el entorno del proyecto. De ésta y de la consulta del Inventario de yacimientos arqueológicos, se deduce que no hay yacimientos en el entorno del proyecto. Ninguno de los Bienes Culturales Protegidos del término municipal de la Granja se verán afectados por el proyecto. Tampoco se verán afectadas diversas estructuras relacionadas con la guerra civil (un puesto de tirador y varias trincheras) detectadas en zonas próximas.

Vías pecuarias: en el término municipal se localizan tres vías pecuarias, de las cuales solamente la cañada del Puente de las Merinas se encuentra en el ámbito del proyecto. La recuperación del arroyo de Las Flores se llevará a cabo por la vaguada natural que discurre por la Cañada del Puente de Las Merinas

3. Resumen del proceso de evaluación

3.1 Fase de consultas previas y determinación del alcance del estudio de impacto:

3.1.1 Entrada documentación inicial. El procedimiento de evaluación de impacto ambiental se inició el 8 de enero de 2009, con la entrada en la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental del documento inicial del proyecto procedente de la Confederación Hidrográfica del Duero.

3.1.2 Consultas previas, relación de consultados y de contestaciones. Con fecha 14 de mayo de 2009 la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental inició el periodo de consultas, a personas, instituciones y administraciones previsiblemente afectadas, sobre las implicaciones ambientales del proyecto. En la tabla adjunta se recogen los organismos que fueron consultados, marcándose con una «X» aquellos que han emitido informe:

Organismos consultados

Respuestas recibidas

Dirección General de Medio Natural y Política Forestal del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino

X

Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales del Ministerio de Cultura

Diputación Provincial de Segovia

Subdelegación del Gobierno en Segovia

Dirección General de Medio Natural de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León (*)

X

Dirección General de Patrimonio Cultural de la Consejería de Cultura y Turismo de la Junta de Castilla y León

Dirección General de Turismo de la Consejería de Cultura y Turismo de la Junta de Castilla y León

Ayuntamiento de San Ildefonso-La Granja (Segovia)

X

SEO/Birdlife (Madrid)

Ecologistas en Acción de Segovia

X

Greenpeace (Madrid)

(*) Informe de diciembre de 2007 a solicitud de la Confederación Hidrográfica del Duero.

En síntesis, los aspectos ambientales más relevantes de las respuestas son:

La Dirección General de Medio Natural y Política Forestal del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino indica los aspectos que deberá reunir el estudio de impacto ambiental, entre ellos, evaluación específica de las repercusiones del proyecto sobre el LIC «Sierra de Guadarrama»; documentar que la alternativa seleccionada es la menos perjudicial para los hábitat, especies e integridad ecológica del espacio; precisar si se requerirán vertederos; definir las actuaciones auxiliares de obra; análisis exhaustivo de la dinámica fluvial; medidas correctoras con un calendario de obras ajustado al periodo reproductor de la fauna; plan de vigilancia ambiental; y restauración de las zonas afectadas por las obras.

El Ayuntamiento de San Ildefonso-La Granja (Segovia) en su informe realiza una serie de propuestas sobre algunos elementos del proyecto:

a) Laminación de avenidas desde el arroyo de Chorro Grande (by-pass): Recrecimiento del murete del azud unos 20 cm e instalación de un dispositivo regulador automático de tipo hidráulico.

b) Fuente de La Magdalena: arreglo integral de la fuente en vez de la propuesta del documento, de encauzamiento del agua procedente de la fuente y de la escorrentía del talud.

c) Modificación del trazado del aliviadero del exceso de caudales del arroyo de Las Flores hasta la red de pluviales del municipio, llevándolo por la calle Santa Isabel en vez de por la calle Molinillo y una finca particular.

d) Trazado del tramo 3: eliminación de la sección en cajón bajo el polígono industrial dimensionando un colector de 1.200 mm que desvíe las aguas hacia la red de pluviales municipal, en la urbanización Puente de la Princesa.

Ecologistas en Acción de Segovia indica una serie de sugerencias sobre el efecto en la capa freática de las fincas; aportación de un censo de pozos y concesiones; intervención menos agresiva sobre la Cañada; tratamiento del nuevo camino peatonal; efecto barrera para la fauna; consideración del problema de la incorporación de las aguas pluviales de la urbanización al cauce; tratamiento rústico, sin urbanización, de la zona del nuevo canal.

La Dirección General de Medio Natural de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León: este informe fue remitido en diciembre de 2007, antes de la fase de consultas previas, a solicitud del promotor: la Confederación Hidrográfica del Duero. Considera que el proyecto debe someterse a evaluación de impacto ambiental. Relaciona una serie de medidas para minimizar las afecciones del proyecto relativas a la época de realización de las obras; a la revegetación; a la localización y traslado de anfibios; al tratamiento de residuos. Se deberá consultar al Servicio Territorial de Medio Ambiente de Segovia, dada la afección territorial a Montes de Utilidad Pública y Vías Pecuarias.

Posteriormente, en junio de 2009, también a solicitud de la Confederación Hidrográfica del Duero, remite un segundo informe del Servicio de Espacios Naturales en el que indica algunas medidas a adoptar: las actuaciones de encauzamiento deberán realizarse fuera de la época reproductora de los anfibios; compatibilizar el proyecto con el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales Sierra de Guadarrama, en fase de tramitación en ese momento. Considera que el proyecto es compatible con el mantenimiento de los valores (hábitat de especies y especies) de los espacios incluidos en la Red Natura 2000, no entrando en contradicción con las medidas del Plan de Recuperación del águila imperial ibérica.

3.1.3 Indicaciones al promotor sobre la amplitud y detalle del estudio de impacto ambiental. Analizada la documentación aportada por el promotor así como las contestaciones a las consultas realizadas, con fecha 13 de enero de 2010, la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental del Ministerio de Medio Ambiente realizó el consiguiente traslado de consultas al promotor, incluyendo una copia de las contestaciones recibidas y los aspectos más relevantes que debería incluir el estudio de impacto ambiental. Entre estos, se indicaban los siguientes:

Efectos del proyecto sobre la dinámica del arroyo de Las Flores y los efectos sobre los arroyos de Peña Berrueco y del Chorro Grande.

Elaboración de un censo de pozos y concesiones que puedan ser afectados por el proyecto.

Elaboración de censos de flora que puedan verse afectados.

Elaboración de inventarios específicos de quirópteros, reptiles, anfibios y avifauna presentes en la zona.

Valoración del impacto paisajístico.

Plan de desmantelamiento de las instalaciones al finalizar su vida útil.

Con fecha 17 de mayo de 2010 la Confederación Hidrográfica del Duero remitió un escrito analizando el documento de alcance anterior y manifestando su desacuerdo sobre algunas de las cuestiones solicitadas. A la vista de este escrito documentado la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental remitió un nuevo escrito, de fecha 16 de septiembre de 2010, modificando el anterior en algunos aspectos:

El análisis de la afección sobre el arroyo de Peña Berrueco y sobre las aguas subterráneas se considera que está en la documentación remitida por el promotor.

El censo de pozos y concesiones se realizará a partir de los datos del Registro de Aguas de la Confederación.

El estudio de la calidad de las aguas superficiales y el inventario de flora se consideran incluidos en la documentación remitida por el promotor.

Los inventarios de quirópteros, reptiles y anfibios serán objeto del Plan de Vigilancia Ambiental.

3.1.4 Terminación del procedimiento y posterior Conservación de actos. Con fecha 13 de noviembre de 2012 la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Natural remitió un escrito al promotor para requerirle la información pública del proyecto dado que en esta fecha no se había recibido el expediente relativo al estudio de impacto ambiental y su información pública. La Confederación Hidrográfica del Duero respondió, con fecha 30 de noviembre de 2012, que no se había iniciado la información pública.

De acuerdo con el artículo 10.2 de la Ley 1/2008 el plazo máximo para realizar la información pública es de dos años desde que el promotor reciba el documento de alcance del estudio de impacto ambiental y las respuestas a las consultas.

Al no haberse realizado la información pública en el plazo legalmente establecido, la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Natural resolvió, con fecha 1 de marzo de 2013, declarar la terminación del procedimiento y el archivo del expediente.

Posteriormente, en escrito del 14 de marzo de 2013, la Confederación Hidrográfica del Duero manifestó su interés en realizar la información pública y finalizar el procedimiento de evaluación ambiental, por lo que solicitó la conservación de los actos ya realizados: «Consultas» y «Traslado de consultas y determinación del alcance del estudio de impacto ambiental».

En respuesta a esta solicitud, la Dirección de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Natural resolvió, con fecha 15 de abril de 2013, declarar la conservación de los actos mencionados.

3.2 Fase de información pública y de consultas:

3.2.1 Resultado del proceso de información pública y de consultas. La Confederación Hidrográfica del Duero sometió el proyecto y el estudio de impacto ambiental al trámite de información pública mediante anuncio en el Boletín Oficial del Estado, número 125, de 25 de mayo de 2013 y en el Boletín Oficial de la Provincia de Segovia, número 58, de 15 de mayo de 2013.

La Confederación Hidrográfica del Duero remitió a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Natural, con fecha 15 de noviembre de 2013, el expediente completo, el cual comprendía el proyecto, el estudio de impacto ambiental y el resultado del trámite de información pública, para la formulación de la declaración de impacto ambiental.

Durante el proceso de información pública se presentaron un total de 5 alegaciones e informes de administraciones públicas afectadas: 2 alegaciones de representantes de la urbanización El Caserío de Urgel e informes de Patrimonio Nacional, Consejería de Cultura y Turismo de la Junta de Castilla y León y Diputación de Segovia.

En síntesis, el contenido de las alegaciones e informes, así como la respuesta del promotor a las distintas consideraciones planteadas, es el siguiente:

Patrimonio Nacional: Señala un aspecto erróneo del estudio sobre la función de la denominada arqueta segunda y considera que las pasarelas peatonales deben tener al menos 1,20 m de anchura.

El promotor responde que se modificará el proyecto en los dos aspectos referidos en la alegación.

La Consejería de Cultura y Turismo de la Junta de Castilla y León remite un informe de la Delegación Territorial de Segovia en el que indica que el proyecto es compatible con el patrimonio cultural. Además, se debería completar la actividad arqueológica con el control de los movimientos de tierra.

La Urbanización El Caserío de Urgel en una primera alegación del Presidente de la Comunidad de Propietarios, solicita que se le remita la información sobre el proyecto y sobre la tramitación ambiental, de acuerdo con la legislación vigente, al ser parte afectada por el proyecto.

El promotor responde que dado que se publicó el anuncio de la información pública, no es preciso remitirle la información solicitada ni habilitar un nuevo proceso de información pública.

En una segunda alegación, suscrita por el representante de la urbanización, se incluyen los siguientes aspectos:

De carácter previo:

1) No se opone al proyecto. Indica que ninguno de los terrenos de la urbanización, ni siquiera los viales, son de titularidad pública.

De carácter jurídico ambiental:

2) En la elección de la alternativa sólo se han tenido en cuenta los aspectos económicos; debería haberse tenido en cuenta también, al menos, el criterio medioambiental.

3) No se ha observado lo dispuesto en los artículos 7 al 12 del Real Decreto 1131/88 de evaluación de impacto ambiental, relativos al contenido del estudio de impacto ambiental.

4) No se indican procedimientos para conocer el grado de aceptación o repulsa social del proyecto.

5) Considera necesario completar el inventario de fauna y hábitat. Las medidas correctoras son demasiado genéricas.

Relativos a la ejecución del proyecto:

6) No se identifica el arroyo de Las Flores original ni por donde fluyen las aguas que deberían ir por el arroyo.

7) Se debería incluir un estudio completo de la red de alcantarillado de la urbanización para la instalación de una red paralela de aguas limpias.

8) Debería protegerse el punto de cruce del caz de desvío con las tuberías de agua potable.

9) Solicita que el nuevo puente sobre el arroyo, de acceso a la urbanización, mantenga la orientación de la carretera actual.

10) En ningún caso debe construirse un nuevo camino de acceso al by pass, por tener efectos ambientales muy negativos. Debería utilizarse el camino existente, con la denominación Camino del Chorro Grande, y ser incorporado al inventario público municipal de caminos.

11) Dotar al nuevo arroyo en su paso por la cañada de una adecuada iluminación.

12) Que se haga un inventario de todos los pozos existentes, y se analicen los efectos del arroyo sobre las aguas subterráneas, sobre la capa freática y sobre los terrenos adyacentes al cauce actual.

13) Reconsiderar una de las actuaciones de relleno de vaguadas en el entorno de la cañada.

14) Suprimir una de las áreas de instalaciones auxiliares de obra previstas, por tratarse de una parcela de propiedad privada, de alto valor medioambiental.

15) Limitar la actuación en la fuente de La Magdalena, sin invadir zonas verdes que aún no son de titularidad pública, sino de la urbanización.

16) Respetar el Coto de señalización de la cañada, a la entrada del camino del Chorro.

17) Mantenimiento del arbolado existente en la cañada y zona del caz de escorrentía.

18) En el tramo 2, utilizar el cauce natural existente para llevar las aguas al túnel en vez de abrir un cauce nuevo.

19) Mantener el acceso de vehículos a la urbanización por una puerta existente hacia la mitad del tramo 2.

El promotor responde que tendrá en cuenta en el proyecto los siguientes aspectos de las alegaciones: la afección a terrenos que no son de titularidad pública (1); la protección del punto del cruce del caz con las tuberías de agua potable (8); la orientación del puente de acceso a la urbanización (9); el relleno de una vaguada existente (13); la supresión de la zona de instalaciones citada (14); en la Fuente de La Magdalena, no actuar en zona verdes que no son de titularidad pública (15); respetar el Coto de señalización (16); respeto al arbolado existente en la Cañada y en la zona del caz de escorrentía en los términos que establezca el condicionado de la declaración de impacto ambiental (17); respeto del derecho de paso de una puerta para el paso de vehículos (19). Para el resto de las cuestiones planteadas, el promotor rebate los argumentos expuestos en el escrito, no aceptando las propuestas planteadas.

4. Integración de la evaluación

4.1 Impactos significativos de la alternativa elegida y medidas propuestas. Del estudio de impacto ambiental, de los informes y alegaciones de los procesos de consultas e información pública y de la visita sobre el terreno se deduce la valoración de los impactos de la alternativa propuesta. Las medidas preventivas y correctoras que se mencionan son las del estudio de impacto ambiental.

El objetivo principal del proyecto es la recuperación del cauce del arroyo de Las Flores, modificado sucesivamente por la construcción de la urbanización El Caserío de Urgel.

Las actuaciones no suponen una merma de los valores naturales de la zona; al contrario, se consigue la recuperación de un cauce aprovechando la vaguada existente y la solución a los problemas de inundaciones y vertidos que se producen.

Se generan dos tipos de impactos: los positivos, que son en realidad el objeto del proyecto, y los negativos, que se derivan de las acciones proyectadas para conseguir los primeros. Estos efectos negativos se producen principalmente en la fase de obras y son de carácter temporal. En síntesis, los principales impactos se describen a continuación.

Impactos sobre el medio atmosférico: Incremento del nivel de ruido, emisión de polvo a la atmósfera y emisiones contaminantes. Se producen durante la fase de obras debido al movimiento de tierras, circulación de maquinaria, montaje de la zona de instalaciones de obra, demolición de pavimentos, etc. El principal efecto son las molestias a las personas y a la fauna; el aumento del polvo en la atmósfera también puede afectar a la flora.

Como medidas preventivas para reducir estos impactos se proponen medidas generales de buenas prácticas, aplicables a cualquier obra. Entre ellas, el mantenimiento, homologación y limitación de la velocidad de la maquinaria en la obra, horario diurno de los trabajos, riego de caminos y del terreno por el que circula la maquinaria, pantallas antipolvo en el cerramiento, transporte de tierras y áridos cubiertos con lonas, acopio en condiciones adecuadas, etc.

Impactos sobre el suelo: Alteración de las características y morfología del suelo debidos a los movimientos de tierra; ocupación permanente por elementos del proyecto (nuevo cauce, caminos, tuberías, marcos prefabricados, arquetas, aliviaderos,…); ocupación temporal por accesos y zonas de instalaciones auxiliares; alteraciones químicas por vertidos accidentales en la fase de obras; alteración por erosión hídrica en la fase de obras.

Las medidas propuestas consisten en la ubicación de las áreas de instalaciones auxiliares en zonas de baja calidad ambiental; prevención y tratamiento adecuado, en su caso, de vertidos accidentales contaminantes; tratamiento adecuado de los residuos; habilitación de puntos limpios; gestión y utilización de la tierra vegetal en las tareas de revegetación.

Impactos sobre la hidrología y la hidrogeología: Alteración de la calidad de las aguas superficiales y subterráneas durante las acciones de desbroce, montaje de la zona de instalaciones de obra; obras de apertura del cauce, instalación de arquetas, colector, marcos de hormigón, aliviaderos y tramos de tubería enterrada; y por posibles vertidos contaminantes al terreno en la fase de obras.

Las medidas propuestas consisten en realizar las obras, en especial el movimiento de tierra y las pasarelas, en épocas de estiaje (compatibilizando el calendario con el periodo de cría de la fauna); medidas de protección para evitar caída de materiales en el borde del arroyo de Chorro Grande, en la zona donde desembocará el arroyo de Las Flores; ubicación de las zonas de instalaciones auxiliares en zonas llanas, alejadas en lo posible de los cauces fluviales y sin vegetación natural; prevención y tratamiento adecuado, en su caso, de vertidos accidentales contaminantes; medidas, ya indicadas anteriormente, para reducir el polvo.

Impacto sobre la vegetación: Impacto sobre la vegetación con carácter permanente por la ocupación del nuevo cauce del arroyo, caminos, caz de escorrentía. En principio, no se afectará a vegetación arbórea y arbustiva de interés.

Impacto sobre la vegetación de las actuaciones de carácter provisional, como las zonas de instalaciones auxiliares, camino de acceso a las obras del by pass y ocupación temporal de terrenos durante el movimiento de tierras.

Como medidas preventivas se propone el jalonamiento estricto de la zona de obras y limitación de la circulación de la maquinaria a esta zona; prospección sobre el terreno, previa al inicio de las obras, para detectar la posible presencia de especies incluidas en el Catálogo de Flora Protegida de Castilla y León; para las especies incluidas en este Catálogo que pudieran ser afectadas, recogida y mantenimiento para posterior trasplante en las zonas más idóneas del ámbito de actuación; identificación y señalización de los ejemplares arbóreos y arbustivos que deben ser eliminados; protección de los ejemplares próximos a las obras que no serán eliminados.

Impactos sobre la fauna: Pérdida y fragmentación de hábitat faunísticos, tanto por las actuaciones provisionales en la fase de obras como por las actuaciones con ocupación permanente, con pérdida de la cubierta vegetal y por tanto de hábitat potenciales para el refugio y alimentación de la fauna. Además, los desbroces, movimientos de tierra y tránsito de maquinaria pueden provocar la destrucción de nidos, madrigueras y refugios de fauna.

Molestias a la avifauna, fauna acuática y resto de la fauna terrestre debido a la presencia de personal y maquinaria, ruidos y polvo en la atmosfera, durante la fase de obras. Entre las molestias a las aves, destacar la afección sobre especies como el buitre negro, aguila culebrera, águila calzada, milano real, chova piquirroja, alcaudén dorsirrojo y águila imperial ibérica, aunque esta afección disminuye en importancia al desarrollarse las obras en un ámbito urbano y periurbano.

La Dirección General de Medio Natural de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León considera el proyecto compatible con el mantenimiento de las poblaciones de águila imperial ibérica y su hábitat, no entrando en contradicción con las medidas que se establecen en su Plan de Recuperación (Real Decreto 114/2003).

Afecciones a la fauna acuática y la asociada a zonas húmedas, producida por la posible contaminación del arroyo de Las Flores o del arroyo del Chorro Grande, en caso de vertidos accidentales durante la ejecución de las obras.

Como medidas preventivas, en la fase de proyecto se propone una prospección sobre el terreno e inventario de las comunidades de quirópteros, reptiles y anfibios presentes en la zona; detección de refugios de fauna, nidos, madrigueras o posaderos. En caso de detectarse taxones del anexo V de la Ley 42/2007 del Patrimonio Natural y la Biodiversidad, recogida y traslado a sitio seguro, bajo los términos indicados en el artículo 16 de la Directiva 92/43/CEE. Establecimiento de un calendario de obras para evitar los trabajos en la época de cría de las especies, de acuerdo con lo señalado en el informe del Servicio de Espacios Naturales de la Junta de Castilla y León, en el que también se indica que la zona cercana al arroyo Morete y ladera del Esquinazo es la más sensible para respetar dicho periodo.

Para la fase de obras, se propone el vallado del área del parque de maquinaria y sus accesos; recogida de individuos que hayan podido quedar atrapados en tajos de obra, especialmente anfibios y reptiles; y evitar las tareas de obra más ruidosas en los periodos de reproducción de la fauna y las horas de mayor actividad de ésta (primeras horas de la mañana y últimas de la tarde).

En la fase de consultas la Dirección General de Medio Natural de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León indicó que la principal afección podría producirse sobre el actual cauce del arroyo de Las Flores, siendo los anfibios el grupo más afectado.

Afección a espacios naturales protegidos: La zona del proyecto se encuentra dentro del Espacio Natural Sierra de Guadarrama, también catalogado como LIC y ZEPA del mismo nombre, pertenecientes a la Red Natura 2000. Las afecciones a estos espacios protegidos se corresponden con los efectos sobre la vegetación y la fauna ya descritos. Hay que tener en cuenta que según la zonificación del PORN del Espacio Natural Sierra de Guadarrama, las actuaciones se desarrollan en su mayor parte en la Zona de Uso General, que se corresponde con las zonas urbanas tradicionales y su entorno más próximo.

En la fase de consultas, la Dirección General de Medio Natural de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León informó que consideraba el proyecto compatible con los valores (hábitat de especies y especies) de los espacios de la Red Natura 2000. Asimismo, considera que el proyecto debería ser compatible con el PORN Sierra de Guadarrama (Segovia y Ávila) ya aprobado, pero en redacción cuando se emitió el informe.

Afección a Áreas de Singular Valor Ecológico (ASVE): Al igual que las anteriores, están directamente relacionadas con las afecciones sobre la vegetación y la fauna del ASVE 07 Montes de la Sauca-Siete Arroyos y del ASVE17 Comunidades de ribera de los ríos Eresma y Milanillos. Las actuaciones del proyecto que afectan a estos espacios son el recrecimineto del muro del dique de cierre lateral del azud, el camino de acceso a esta zona, la apertura manual del caz de escorrentía al sureste de la urbanización, el tramo subterráneo del arroyo de Las Flores y la zona en la que evacúa el arroyo de Las Flores al arroyo del Chorro Grande. Estas actuaciones afectan a las áreas de forma puntual o se ubican en el límite de su localización.

Como medida preventiva, se establece que el proyecto deberá cumplir los condicionantes definidos en el Decreto 4/2010 por el que se aprueba el PORN del Espacio Natural Sierra de Guadarrama.

Afección al paisaje: Se producirá una disminución de la calidad del paisaje durante la ejecución de las actuaciones (desbroces, zona de instalaciones de obra, movimiento de tierras, estructuras de hormigón, aliviaderos, arquetas, etc.) y la instalación temporal de elementos extraños al paisaje (zonas de instalaciones auxiliares de obra, puntos limpios, acopios,..), que además provocan la eliminación de la vegetación existente.

Una vez finalizadas las obras, el efecto sobre el paisaje debería ser positivo, al compensarse la pérdida de elementos naturales (en especial la vegetación) con la mejora paisajística, en especial en la zona de la vaguada (Cañada del Puente de Las Merinas) y con las medidas de revegetación e integración paisajística previstas.

Como medida de proyecto, se propone la selección de soluciones constructivas, de diseño, y la elección de materiales adecuados para la integración paisajística.

Afección al patrimonio cultural: De la consulta del inventario de yacimientos arqueológicos y de la prospección arqueológica superficial intensiva realizada en la fase de proyecto se deduce que no hay yacimientos arqueológicos en el entorno del proyecto. Ninguno de los Bienes Culturales Protegidos del término municipal de La Granja se verán afectados por el proyecto.

Como medida preventiva se propone un control y seguimiento arqueológico intensivo durante el movimiento de tierras y protocolo de actuación si se detectase la actuación de restos arqueológicos. En su informe, emitido en la fase de información pública, la Consejería de Cultura y Turismo. Junta de Castilla y León durante la información pública indicaba que el proyecto es compatible con el patrimonio cultural y que se debería completar la actividad arqueológica con el control de los movimientos de tierra.

5. Condiciones al proyecto: medidas preventivas y correctoras

Para el desarrollo de la alternativa de proyecto propuesta por el promotor, además de las medidas previstas en el estudio de impacto ambiental, se deberán cumplir las siguientes medidas de protección ambiental específicas:

5.1 Caminos de acceso a las obras. El acceso a las diversas actuaciones del proyecto se llevará a cabo exclusivamente por los caminos existentes o por la franja de ocupación del trazado. Por tanto, no se abrirán nuevos caminos de obra.

Como acceso a la construcción del recrecimiento del by pass se utilizará, de acuerdo con el proyecto, únicamente el camino existente, sin ninguna modificación de su sección ni del tipo de superficie que actualmente tiene, con el acondicionamiento mínimo necesario para poder acceder con maquinaria ligera hasta las proximidades del by pass proyectado. Se evitará toda afección a la vegetación arbórea o arbustiva

En el camino de acceso a la urbanización que discurre por la cañada del Puente de Las Merinas y que coincide en parte con ella se mantendrá el tipo de firme o de superficie que hay actualmente, sea asfáltico, de zahorra o de tierra.

5.2 Zonas de instalaciones auxiliares. Se suprimirá del proyecto el área de instalaciones auxiliares de obra prevista en el estudio de impacto ambiental al norte de la urbanización El Caserío de Urgel, junto al arroyo de Las Flores, en una zona boscosa. Esta condición ha sido aceptada por el promotor en el informe de alegaciones.

El mantenimiento de la maquinaria se llevará a cabo únicamente en una de las áreas de instalaciones auxiliares previstas. En el área en la que se realicen estas tareas, se impermeabilizará una parte de la superficie, con un sistema perimetral de recogida de aguas y conducción a una balsa de decantación antes de su vertido a la red de drenaje o de saneamiento. Las balsas se vaciarán periódicamente de los lodos acumulados.

La zona de instalaciones ubicada al norte del polígono industrial, en el tramo en el que la conducción discurre en túnel, tendrá las dimensiones mínimas necesarias para los trabajos de construcción de los pozos de salida (P2 y P4) y de ataque (P3) y del tramo en microtúnel.

En la ubicación, dimensiones y usos definitivos de las tres áreas de instalaciones previstas en el estudio, se evitará la afección a la vegetación arbórea.

5.3 Protección de la calidad del aire. Con objeto de minimizar la incidencia de las emisiones durante la fase de ejecución, se establecerá un control de la maquinaria para asegurar su correcto estado y funcionamiento.

Se adoptarán las medidas adecuadas (control de la maquinaria, riegos periódicos de todos los caminos por los que circule maquinaria, forma de transporte en obra, ubicación de las instalaciones auxiliares alejadas de zonas sensibles, etc.) para evitar las molestias que el ruido, la contaminación atmosférica y el polvo generados durante la ejecución de las obras pueda producir sobre la población, los vehículos que circulan por la zona y la fauna, así como la incidencia del polvo sobre la vegetación.

Debido a la proximidad de las actuaciones del proyecto a zonas urbanizadas, no se realizarán actividades de obra entre las 22 y las 8 horas.

5.4 Protección de la vegetación. Previamente a la aprobación del proyecto de construcción se realizará una prospección sobre el terreno para detectar la presencia de especies protegidas incluidas en el Catálogo de Flora Protegida de Castilla y León. Si se detectase alguna de estas especies, se modificará puntualmente el proyecto o, si no fuese posible, se recogerán y mantendrán en condiciones adecuadas para su trasplante en zonas idóneas del ámbito de actuación, en coordinación con el órgano competente de la Junta de Castilla y León. Se prestará especial atención a los ejemplares de Spianthes aestivalis, especie incluida en el anexo III: de atención preferente del citado Catálogo.

La construcción del caz de escorrentía se realizará exclusivamente con medios manuales y su trazado definitivo se proyectará de forma que no se produzca ninguna afección a la vegetación arbórea ni a la arbustiva.

El trazado definitivo del nuevo cauce del arroyo de Las Flores, que discurre por la cañada del Puente de las Merinas (tramos 1 y 2) y de la parte de tramo 3 (cuarta sección) que discurre entre el polígono industrial y su desembocadura en el arroyo del Chorro Grande, se proyectará de forma que no se produzca ninguna afección a la vegetación arbórea o arbustiva. Esta condición de refiere también a las actuaciones de los tramos 1 y 2 que se realizan en el entorno de la cañada del Puente de Las Merinas, como sendas y caminos peatonales, accesos para vehículos, reposición del colector, arquetas, etc.

Como acceso a la construcción del recrecimiento del by pass se utilizará, de acuerdo con el proyecto, únicamente el camino existente, sin ninguna modificación de su sección ni del tipo de superficie que actualmente tiene, con el acondicionamiento mínimo necesario para poder acceder con maquinaria ligera hasta las proximidades del by pass proyectado. Se evitará toda afección a la vegetación arbórea o arbustiva.

En relación con la afección a la vegetación de las zonas de instalaciones de obra, se cumplirán las condiciones establecidas en la epígrafe 5.2.

5.5 Protección de la calidad de las aguas. Para evitar o disminuir en la mayor medida posible la afección sobre la calidad de las aguas, las actuaciones más próximas a los cursos de agua como son el by pass, las que se realizan en el entorno de la cañada (tramos 1 y 2 del nuevo cauce, caminos peatonales, arquetas, colector, acceso rodado, etc.) y la zona próxima a la desembocadura del nuevo cauce en el arroyo del Chorro Grande, se realizarán en la época de estiaje, preferiblemente a finales del verano. Fuera de esta época no se realizarán actividades como el desbroce, movimiento de tierras, construcción de estructuras, pasarelas peatonales, u otras actuaciones que puedan producir vertidos o arrastres a los cursos de agua o vaguadas naturales.

En las zonas indicadas en el párrafo anterior se dispondrán dispositivos de retención de sedimentos en el borde de los cursos de agua como balas de paja o instalaciones de valla tejida. Estos dispositivos tendrán la longitud y características adecuadas, para proteger los siguientes cauces:

El arroyo del Chorro Grande y la acequia de derivación en la zona de ejecución del by pass.

Las vaguadas por las que discurre el agua de escorrentía actualmente en la zona de la cañada del Puente de Las Merinas (tramos 1 y 2 del nuevo cauce).

El arroyo del Chorro Grande en la zona de la desembocadura del nuevo cauce en éste.

El área de instalaciones auxiliares de obra en la que se realice el mantenimiento de la maquinaria se acondicionará de acuerdo con lo indicado en el apartado 5.2.

5.6 Protección de la fauna. Previamente al inicio de las obras se realizará una prospección sobre el terreno en el ámbito de las actuaciones del proyecto para detectar las comunidades de anfibios, reptiles y quirópteros, así como refugios de fauna, nidos y madrigueras, con objeto de minimizar el impacto de las obras sobre la fauna.

Los ejemplares de anfibios (especie más sensible de la zona que puede verse afectada) o sus puestas localizadas, se recogerán y trasladarán a un lugar idóneo de similares características a las del que provengan.

Las trabajos de movimiento de tierras, desbroces, demoliciones y los que necesiten maquinaria pesada, no se realizarán a cabo entre los meses de marzo y julio, ambos inclusive, periodo de reproducción de las mayoría de las especies inventariadas en la zona. Todas las actuaciones que se realicen en las proximidades de los cursos de agua no se realizarán en el periodo de la reproducción y cría de anfibios. En todo caso, para ajustar el calendario de obras será necesario en informe del órgano competente de la Junta de Castilla y León.

Además de la restricción anterior, en relación con el trabajo diario, las principales actividades generadoras de ruido no se llevarán a cabo en el periodo de mayor actividad de la fauna: primeras horas de la mañana y última de la tarde.

5.7 Protección de los espacios naturales protegidos. La zona del proyecto se encuentra dentro del Espacio Natural Sierra de Guadarrama, también catalogado como LIC y ZEPA del mismo nombre, pertenecientes a la Red Natura 2000. En la fase de consultas, la Dirección General de Medio Natural de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León informó que consideraba el proyecto compatible con los valores (hábitat de especies y especies) de los espacios de la Red Natura 2000.

El proyecto deberá ser compatible con las especificaciones del PORN Sierra de Guadarrama (Segovia y Ávila) aprobado por Decreto 4/2010, de 14 de enero (BOCyL del 20).

5.8 Protección del patrimonio cultural. Se realizará un seguimiento y control en la fase del desbroce y movimiento de tierras con personal especializado a pie de obra. En caso de aparición de restos arqueológicos se pondrá en conocimiento y se seguirán las indicaciones de la Consejería de Cultura.

Aunque no se trate de elementos protegidos del patrimonio cultural, se evitará la afección durante la fase de obras al coto de señalización de la cañada al que se hace referencia en una alegación, trasladándose a una nueva ubicación acorde con su significado, si fuese necesario.

5.9 Mantenimiento de la permeabilidad territorial y continuidad de los servicios existentes. Durante de ejecución de las obras se garantizará la circulación y la permeabilidad del territorio para peatones y vehículos, en especial en las zonas más próximas a la urbanización «El Caserio de Urgel» y al polígono industrial mediante la aplicación de las medidas oportunas. Entrte éstas, una cuidadosa planificación del calendario de los trabajos, horario de los mismos, sistemas constructivos, desvíos provisionales, reposición de servicios, etc. Todo desvío, sea provisional o permanente, se señalizará adecuadamente Se repondrán todos los caminos, y los servicios afectados en coordinación con las entidades responsables de su gestión. Para todo ello se mantendrá una estrecha coordinación con el ayuntamiento de la Granja-San Ildefonso.

5.10 Especificaciones para el seguimiento ambiental. El estudio de impacto ambiental incluye un programa de vigilancia ambiental en el que se relacionan los aspectos que serán objeto de seguimiento ambiental en las fases de construcción y de explotación. La mayor parte de las medidas de control se realizarán durante la fase de obras. Otras como el control de la erosión, la calidad de las aguas superficiales y subterráneas y la restauración vegetal de ribera y plantaciones se extienden a la fase de funcionamiento.

Antes de la aprobación del proyecto de construcción, la Confederación Hidrográfica del Duero remitirá al órgano ambiental un documento de integración ambiental en el que se recojan todos los aspectos ambientales del proyecto y en particular los que figuran en las condiciones de esta declaración.

Se realizará un seguimiento sobre todos aquellos elementos y características del medio para los que se han identificado impactos. Se designará un Director Ambiental de las obras que, sin perjuicio de las competencias del Director Facultativo de estas, será el responsable del seguimiento y vigilancia ambiental, lo que incluirá, además del cumplimiento de las medidas propuestas, la presentación de un registro del seguimiento de las mismas y de las incidencias que pudieran producirse, ante los organismos competentes, así como recoger las medidas a adoptar no contempladas en el estudio de impacto ambiental.

Se llevará a cabo un seguimiento, vigilancia y control ambiental de los aspectos que figuran en el estudio de impacto ambiental, y en especial, de aquellos relacionados con condiciones específicas de esta declaración de impacto ambiental.

Se prestará especial atención y serán objeto específico de seguimiento los siguientes aspectos:

a) Control de los accesos a las actuaciones de obra y medidas de protección adoptadas (no apertura de nuevos caminos, jalonamiento, señalización, etc.).

b) Ubicación, dimensiones y equipamiento de las zonas de instalaciones auxiliares.

c) Medidas durante la fase de obras de protección contra el ruido, la contaminación atmosférica y la emisión de polvo.

d) Protección de la vegetación, durante la fase de obras: impactos detectados y medidas de protección adoptadas.

e) Calidad de las aguas en las fases de construcción y de funcionamiento: Control en las zonas de instalaciones (durante las obras), en los arroyos del Chorro Grande y de Las Flores (durante las obras y en funcionamiento), calendario de ejecución de las obras.

f) Protección de la fauna en la fase de obras. Calendario de ejecución de las diversas actividades de obra, resultados de los inventarios de campo, horario de trabajo, etcétera.

g) Integración paisajística y revegetación en la fase de obras y en la de funcionamiento (erosión, revegetación).

h) Protección del patrimonio cultural: resultados del seguimiento de los trabajos de movimiento de tierras.

Durante los primeros tres años de la fase de explotación se elaborarán informes anuales e informes especiales, en respuesta a circunstancias excepcionales, que también se contemplan para la fase de construcción. Los informes anuales se referirán al menos al control de los procesos erosivos en la zona de actuación, la calidad de las aguas superficiales y subterráneas y de la revegetación en el nuevo cauce del arroyo de Las Flores, de las vaguadas, estado del camino de acceso al by pass.

Los informes del Plan de Vigilancia Ambiental indicados anteriormente serán remitidos al órgano sustantivo y quedarán a disposición de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Natural del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente podrá requerirlos cuando lo considere oportuno.

El promotor deberá incluir en los carteles anunciadores de las obras correspondientes al proyecto evaluado que se instalen sobre el terreno, la referencia del Boletín Oficial del Estado en el que se ha publicado esta declaración de impacto ambiental.

En consecuencia, el Secretario de Estado de Medio Ambiente, a la vista de la propuesta de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Natural, formula declaración de impacto ambiental favorable a la realización del proyecto Recuperación del dominio público hidráulico en el arroyo de Las Flores, término municipal de San Ildefonso-La Granja (Segovia), al concluirse que siempre y cuando se autorice en la alternativa del proyecto y en las condiciones anteriormente señaladas, que se han deducido del proceso de evaluación, no producirá impactos adversos significativos.

Lo que se hace público, de conformidad con el artículo 12.3 del texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, y se comunica a Confederación Hidrográfica del Duero del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente para su incorporación al procedimiento de aprobación del proyecto.

Madrid, 18 de diciembre de 2014.–El Secretario de Estado de Medio Ambiente, Federico Ramos de Armas.

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

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