Habiéndose suscrito con fecha de 4 de diciembre de 2013, la Adenda al Convenio de colaboración entre el Ministerio del Interior y la Comunidad de Madrid en materia de protección medioambiental año, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio, que figura como anexo a esta resolución.
Madrid, 27 de diciembre de 2013.–El Secretario General Técnico del Ministerio del Interior, Juan Antonio Puigserver Martínez.
En Madrid, a 4 de diciembre de 2013.
REUNIDOS
Don Jorge Fernández Díaz, Ministro del Interior, cargo para el que fue nombrado mediante Real Decreto 1826/2011, de 21 de diciembre («BOE» núm. 307, de 22 de diciembre), cuyos datos no constan por actuar en ejercicio de su cargo, de conformidad con la competencia atribuida por el artículo 13.3 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de organización y funcionamiento de la Administración General del Estado, y
Don Borja Sarasola Jáudenes, Consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, nombrado mediante Decreto 28/2012, de 27 de septiembre, del Presidente de la Comunidad de Madrid, actuando en nombre y representación de la Comunidad de Madrid, en virtud de la delegación de firma dispuesta por Decreto de la Presidenta número 23/2005, de 15 de diciembre, cuyos datos no constan por actuar en el ejercicio de su cargo y de conformidad con el artículo 4 de la Ley 8/1999, de 9 de abril, de adecuación de la Normativa de la Comunidad de Madrid a la Ley Estatal 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Ambas partes, en la calidad con que intervienen en este acto, se reconocen recíprocamente capacidad para obligarse, para lo cual
EXPONEN
Con fecha 14 de diciembre de 2001, se firma un Convenio de colaboración y coordinación entre el Ministerio del Interior y la Comunidad de Madrid, para la protección medioambiental en dicha Comunidad.
Para coadyuvar al desarrollo de las actividades de colaboración recogidas en el citado Convenio, está prevista la posibilidad de aportar los bienes que se acuerden por la Comisión Mixta a que se refiere la cláusula séptima apartado tercero del mismo, señalando que anualmente, en su caso, se aprobaría una Adenda en la que consten las aportaciones de las partes.
Con fecha 31 de mayo de 2013 se reúne la Comisión Mixta de Seguimiento del Convenio, que acuerda por unanimidad que por parte de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, previa la tramitación oportuna, se proceda a la adquisición de los bienes que se relacionan en el documento adjunto como Anexo XII del Convenio y que coincide con el Anexo V al Acta de la Comisión Mixta celebrada el pasado 31 de mayo de 2013.
Igualmente, en esta reunión de la Comisión, por ambas partes se acuerda continuar con los trabajos de colaboración en las materias objeto del convenio, así como su seguimiento y en este sentido se adoptan los siguientes
ACUERDOS
«Acuerdo de mantenimiento de actuaciones conjuntas en RCDs y en el resto de ámbitos señalados por el SEPRONA, así como en formación conjunta en el año 2013.»
«Aprobar por unanimidad la propuesta de adquisición de bienes formulada, haciendo constar que, de acuerdo con lo previsto en la cláusula séptima, apartado 8, del Convenio, dichos bienes se encuentran dentro de las categorías de la cláusula VI, realizándose las adquisiciones por la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, previa la tramitación que resulte procedente.»
Teniendo en cuenta lo anteriormente reseñado, las partes firmantes, conjuntamente, suscriben la presente Adenda del Convenio de colaboración firmado con fecha 14 de diciembre de 2001, de acuerdo con las siguientes
CLÁUSULAS
De acuerdo con lo aprobado por la Comisión Mixta de Seguimiento del Convenio de colaboración y coordinación entre el Ministerio del Interior y la Comunidad de Madrid para la protección medioambiental de dicha Comunidad, en su reunión de fecha 31 de mayo de 2013, en el presente ejercicio, los bienes que se adquirirán serán los que se recogen como Anexo de la presente Adenda, que constarán como Anexo XII del Convenio.
Las adquisiciones se llevarán a cabo por la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, de acuerdo con el procedimiento previsto para estos supuestos en la cláusula séptima, apartado 8 a), del propio Convenio.
El importe máximo será de 57.754,95 euros, realizándose las adquisiciones de acuerdo con el orden de prioridad establecido en el mencionado Anexo XII, financiándose con cargo al Programa 600, Partida 70300 del Presupuesto de Gastos de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio para 2013.
El Convenio, al que se refiere la presente Addenda queda excluido de la aplicación del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, a tenor de lo establecido en su artículo 4.1.c).
El plazo de vigencia de la presente Adenda se refiere al ejercicio 2013.
Y para que conste, se firma por duplicado, en el lugar y fecha mencionados en el encabezamiento.–Por el Ministerio del Interior, Jorge Fernández Díaz.–Por la Comunidad de Madrid, Borja Sarasola Jáudenes.
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