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Documento BOE-A-2014-2442

Resolución de 21 de febrero de 2014, de la Presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se aprueba la convocatoria de los programas de becas MAEC-AECID de Cultura y Educación para el curso académico 2014-2015.

Publicado en:
«BOE» núm. 57, de 7 de marzo de 2014, páginas 21476 a 21502 (27 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación
Referencia:
BOE-A-2014-2442

TEXTO ORIGINAL

La oferta de becas en materias vinculadas a la cultura, la educación y el arte, destinada a ciudadanos tanto de nuestro país como extranjeros, pretende ofrecer un marco de oportunidades de formación en un amplio espectro de disciplinas. La convocatoria se configura, asimismo, como un elemento esencial de las relaciones culturales y científicas de España con el resto del mundo, a las que se pretende dar una mayor sistematicidad. Por último se pretenden proveer medios para una mayor proyección internacional y movilidad de los creadores españoles.

La convocatoria se regirá por las normas específicas y bases contenidas en esta Resolución y, asimismo, se ajustará a lo dispuesto en el artículo 2 de la Orden AEC/1098/2005, de 11 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones, becas y ayudas de formación, investigación, intercambio, promoción, y de viajes y estancia de la Agencia Española de Cooperación Internacional, la Orden AEC/2776/2011, de 7 de octubre, por la que se establece la obligatoriedad de las comunicaciones y notificaciones por medios electrónicos entre la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (en adelante, AECID) e interesados y beneficiarios de becas, proyectos de cooperación interuniversitaria e investigación científica y lectorados MAEC-AECID, el Real Decreto 1403/2007, de 26 de octubre, por el que se aprueba el Estatuto de la AECID, la Resolución de Presidencia de la AECID de 2 de julio de 2009 («BOE» núm. 183, de 30 de julio), modificada por Resolución de 6 de mayo de 2011 de la Presidencia de la AECID, por la que se delegan determinadas competencias («BOE» núm. 127, de 28 de mayo), así como a las disposiciones de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, de su Reglamento, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, y del Real Decreto 794/2010 de 16 de junio, por el que se regulan las subvenciones y ayudas en el ámbito de la cooperación internacional.

En virtud de ello, esta Presidencia, previo informe de la Abogacía del Estado de la AECID, resuelve:

Primero.

Convocar, en régimen de concurrencia competitiva, la concesión de becas MAEC-AECID para programas de cultura y educación, incluidos en el Anexo I, para el curso académico 2014-2015 (período comprendido entre el día 1 de julio de 2014 y el día 31 de diciembre de 2015, de acuerdo con la Orden AEC/1098/2005, de 11 de abril, y con el contenido de la presente, incluidos los anexos).

Segundo.

Aprobar las siguientes bases de la convocatoria:

Primera. Objeto de la convocatoria.

La convocatoria presente tiene por objeto financiar, en concepto de subvención, el coste que implica la formación en centros tanto españoles como extranjeros de educación superior y formación artística, y en unidades de la Administración General del Estado vinculadas a la acción exterior, de ciudadanos de nuestro país y extranjeros, así como la realización de proyectos artísticos.

Segunda. Requisitos de los solicitantes.

1. Cumplir las condiciones de nacionalidad especificadas en cada uno de los programas del Anexo I.

2. Para el caso de exigencia de la nacionalidad española, se entiende asimilada a la misma la condición de procedencia de otro país de la Unión Europea (en adelante, UE) siempre que se posea perfecto dominio del español y residencia oficial y cotidiana demostrable en España, en el momento de solicitar la beca.

3. Para el caso de los solicitantes extranjeros, además de no poseer la nacionalidad española es condición no poseer el Permiso de Residencia en España. Quedan exceptuados los solicitantes que tengan la Tarjeta de Estancia por Estudios en España (Tarjeta de Estudiante) y los que gocen del estatuto de refugiado otorgado por el Reino de España, conforme a la Ley 12/2009, de 30 de octubre, reguladora del Derecho de Asilo y de la Protección Subsidiaria.

4. Los solicitantes con doble nacionalidad, deberán elegir la nacionalidad con la que desean cumplimentar el formulario de solicitud de beca y, en consecuencia, aportar los datos de identificación correspondientes a la misma. Las condiciones requeridas y programas de becas a los que pueda optarse serán los que correspondan a la nacionalidad con la que se formalice la solicitud, debiendo mantener dicha nacionalidad a lo largo de la duración de la beca. Aquellos solicitantes que tengan como segunda nacionalidad la de algún Estado Miembro de la UE deberán tramitar su tarjeta de extranjero en España de acuerdo con la nacionalidad de solicitud de la beca, obteniendo a estos efectos el correspondiente visado en el Consulado o Embajada española en su país de origen.

5. Estar en posesión de pasaporte nacional en el momento de incorporarse al centro de estudios de destino.

6. No haber sido beneficiario de ningún programa de las Convocatorias de Becas MAEC-AECID, de 6 o más meses, ni de la Fundación Carolina, en el último año.

7. Poseer la titulación necesaria que se requiera legalmente para cursar los estudios elegidos en el momento de solicitar la beca.

8. Conocer la lengua extranjera correspondiente para la realización de los estudios proyectados.

9. Para los ciudadanos de países cuya lengua oficial no sea el español y que hayan de cursar estudios en España impartidos en español, poder acreditar el suficiente conocimiento de la lengua española, equivalente al nivel C1 del Marco Común Europeo de Referencia, preferiblemente mediante certificado oficial (DELE), que permita seguir los estudios para los que se solicita la beca.

10. No encontrarse incurso en alguna de las prohibiciones señaladas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, lo que se acreditará mediante presentación responsable según modelo recogido en el Anexo II de la presente convocatoria. Se excluye, sin embargo, la prohibición recogida en el apartado f) tal y como se establece en la Base Tercera de la mencionada Orden de Bases de 11 de abril de 2005, que regula la presente convocatoria.

11. Indicar una dirección de correo electrónico permanente, personal e intransferible a efectos de notificaciones.

12. Tramitar a la vez que la solicitud de la beca, la solicitud de preadmisión del centro de destino donde se realizarán los estudios, de acuerdo con los requisitos que fije el mismo, quedando la concesión de aquélla condicionada a la aceptación final de admisión por el centro en las condiciones que determine el mismo.

13. Rellenar en buena y debida forma, enteramente en español, el correspondiente formulario de solicitud de beca.

14. Cumplir aquellos requisitos específicos indicados, en su caso, en el Anexo I para los programas que los contemplen.

Solicitantes de becas de renovación:

1. Estar realizando estudios, investigación u otras actividades, con duración superior al plazo inicial para el que se concedió la beca al amparo de las convocatorias de Becas MAEC-AECID 2013-2014, dentro del plazo máximo de prórroga previsto en el programa de beca en cuestión.

2. En el caso de becarios de nacionalidad extranjera, estar en posesión de la correspondiente Tarjeta de Estudiante extranjero, o refugiado (en su caso, en España), o acreditar su tramitación.

3. No encontrarse incurso en alguna de las prohibiciones señaladas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, lo que se acreditará mediante presentación responsable según modelo recogido en el Anexo II de la presente convocatoria. Se excluye, sin embargo, la prohibición recogida en el apartado f) tal y como se establece en la Base Tercera de la mencionada Orden de Bases de 11 de abril de 2005, que regula la presente convocatoria.

4. Tener el informe favorable del docente, investigador o tutor responsable de la actividad desarrollada por el becario. Presentar Certificación Académica Personal del curso o los cursos realizados.

5. Cumplir aquellos requisitos específicos indicados, en su caso, en el Anexo I para los programas que los contemplen.

Tercera. Presentación de solicitudes y plazos.

Las solicitudes tendrán que ser cumplimentadas debida y enteramente en español por los peticionarios en el formulario correspondiente por vía telemática, a través de la página web www.aecid.gob.es, de forma completa y verídica, quedando ulterior y automáticamente eliminadas aquellas solicitudes que aleguen datos no contrastables o falsos, así como las no presentadas por vía telemática.

De acuerdo con la Orden AEC/2776/2011, de 7 de octubre, por la que se establece la obligatoriedad de las comunicaciones y notificaciones por medios electrónicos entre la AECID e interesados y beneficiarios de becas, proyectos de cooperación interuniversitaria e investigación científica y lectorados MAEC-AECID, es obligatoria la comunicación con la AECID, utilizando sólo medios electrónicos.

Los plazos de presentación de solicitudes de beca para los distintos Programas que esta convocatoria incluye, son los siguientes:

Programas

Inicio

Finalización

Programa II.1: Becas de renovación para prácticas de gestión cultural (Programa III.A convocatoria para ciudadanos españoles 2013-14).

17 de marzo.

27 de marzo.

Programa II.2: Becas de renovación para prácticas de diseño gráfico y campañas de comunicación de estrategias y programas culturales (Programa III.B convocatoria para ciudadanos españoles 2013-14).

17 de marzo.

27 de marzo.

Programa II.3: Becas de renovación para la Escuela Superior de Música Reina Sofía para la formación de Músicos de Excelencia (Programa II.A convocatoria para ciudadanos extranjeros 2013-14).

17 de marzo.

27 de marzo.

Programa II.4: Becas de renovación para nacionales de países con sedes de las Academias correspondientes y asociadas a la Real Academia Española (RAE) para estancias de colaboración formativa (Programa I.B convocatoria para ciudadanos extranjeros).

17 de marzo.

27 de marzo.

Programa II.5: Becas para gestión cultural en el exterior.

17 de marzo.

7 de abril.

Programa II.6: Programa de becas para la realización de prácticas en publicaciones de la AECID.

20 de marzo.

10 de abril.

Programa II.7: Becas para el Colegio de Europa (Campus de Brujas-Bélgica y Natolín-Polonia).

17 de marzo.

27 de marzo.

Programa II.8: Becas para creadores dentro del Programa de Residencias «El Ranchito», de Matadero.

24 de marzo.

14 de abril.

Programa II.9: Programa ART-EX: Becas para proyectos artísticos en el exterior.

24 de marzo.

21 de abril.

Programa II.10: Becas para profesores filipinos de lengua española para la realización de máster en español como lengua extranjera.

20 de marzo.

3 de abril.

Los plazos se regirán por el Horario Peninsular desde las 00:00 horas del día de apertura, hasta las 23:59 horas del día de finalización.

Cuarta. Valoración de las solicitudes y propuesta de concesión de becas.

El órgano administrativo competente para la instrucción del procedimiento, valoración y propuesta de concesión es la Comisión de Valoración.

La propuesta de concesión y la selección final de las becas para cada Programa, se realizará por una Comisión de Valoración nombrada por el Director de la AECID y presidida por el mismo, o persona en la que delegue, y de la que formará parte el Director de Relaciones Culturales y Científicas, como Vicepresidente, el Jefe del Departamento de Cooperación Universitaria y Científica, un secretario y cuatro vocales que serán nombrados conforme a las características de cada uno de dichos programas. Los vocales de la Comisión de Valoración para cada programa podrán incluir tanto a personal de la AECID como de otras instituciones.

La Comisión de Valoración, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley General de Subvenciones, instruirá los procedimientos para la concesión de las becas y realizará de oficio cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos aportados por el solicitante, en virtud de lo cual y una vez efectuadas las comprobaciones oportunas, y terminado el proceso de valoración, pronunciará la propuesta de resolución de la convocatoria, que se atendrá al régimen de concurrencia competitiva.

Para sus procesos de valoración, la Comisión de Valoración podrá contar con el asesoramiento externo de expertos por áreas temáticas, incluidos aquellos procedentes de Universidades y centros españoles y extranjeros, académicos y otros. También podrá contar con el asesoramiento de los servicios de las Embajadas de España y/o Unidades de Cooperación en el Exterior de la AECID en los países de origen de los solicitantes, en colaboración, en su caso, con las autoridades locales competentes.

El proceso de valoración para nuevas becas será el siguiente:

Los expertos y/o las Embajadas/Unidades de Cooperación en el Exterior de la AECID valorarán primero las solicitudes de acuerdo con los criterios establecidos en el Anexo I para cada programa y para esta fase del proceso de evaluación. Las puntuaciones se harán por puntos o medios puntos.

De la media de la puntuación de los expertos y/o Embajadas/Unidades de Cooperación en el Exterior saldrá una lista priorizada por orden de puntuación. Basándose en esa lista, la Comisión de Valoración, para los programas establecidos en el Anexo I, valorará el número de solicitudes de acuerdo con el número de becas que se espera conceder en función de la disposición presupuestaria para cada programa. La Comisión de Valoración evaluará esas solicitudes de acuerdo con lo establecido en el Anexo I para cada programa. Esta puntuación se sumará a la de los expertos y/o Embajadas/Unidades de Cooperación en el Exterior de la AECID. De ahí saldrá una lista priorizada por orden de puntuación de seleccionados y de suplentes.

Los programas podrán incluir en el proceso de evaluación una entrevista al solicitante, de acuerdo con lo previsto en el Anexo I. La puntuación de la entrevista se sumará en estos casos a la puntuación de la fase anterior. De la suma total de todas las puntuaciones saldrá una lista priorizada por orden de puntuación de seleccionados y suplentes en su caso.

Quinta. Plazo para la propuesta de concesión.

La Comisión de Valoración formulará las propuestas de resolución de concesión de becas en un periodo máximo de cinco meses y medio a contar desde la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de cada programa.

Sexta. Resolución de concesión.

La Comisión de Valoración, a través del Director de Relaciones Culturales y Científicas, como órgano instructor y de valoración, elevará la propuesta de resolución obtenida de la aplicación de los criterios incluidos en el Anexo I para cada programa que podrá incluir, en su caso, una lista de candidatos suplentes para cubrir las renuncias o bajas que puedan tener lugar.

Vistas las propuestas presentadas por la Comisión de Valoración correspondientes al programa de becas en cuestión, la Presidencia de la AECID dictará y notificará las resoluciones de concesión de becas correspondientes en el plazo máximo de 6 meses, desde la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de cada programa.

Todas las resoluciones de concesión, así como los listados adjuntos de beneficiarios y suplentes, en su caso, se notificarán a través de la Sede Electrónica de la AECID (www.aecid.gob.es). Además, los listados de los beneficiarios de las becas concedidas, se publicarán trimestralmente en el BOE. Las resoluciones de concesión serán motivadas de acuerdo con lo dispuesto en las bases reguladoras de la presente convocatoria, debiendo, en todo caso, quedar acreditados en el procedimiento los fundamentos de la resolución que se adopte.

Contra las resoluciones que pondrán fin a la vía administrativa, según lo establecido en el artículo 11.4 del Estatuto de la AECID, se podrá interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su notificación a través de la Sede Electrónica de la AECID, conforme a lo establecido en los artículos 109, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o bien recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su notificación a través de la Sede Electrónica de la AECID, de acuerdo con lo previsto en los artículos 11, 46 y concordantes de la Ley 29/1998 de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, no pudiendo interponerse simultáneamente ambos recursos.

Transcurrido el plazo máximo fijado sin que se haya dictado y notificado resolución expresa, se podrá entender desestimada la solicitud, de acuerdo con lo previsto en el apartado 5 del artículo 25 de la Ley General de Subvenciones.

Concedida la beca, en caso de necesidad justificada y siempre que el Director de Relaciones Culturales y Científicas lo apruebe, se podrán modificar o ampliar las fechas de concesión inicialmente fijadas, siempre que el cambio no afecte significativamente a los objetivos y cumplimiento del proyecto para el que se ha concedido la beca y estén dentro del plazo de duración total previsto en el Anexo I de esta convocatoria para cada programa de beca y de conformidad con lo previsto en el artículo décimo de la Orden AEC/1098/2005, de 11 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones, becas y ayudas de formación, investigación, intercambio, promoción, y de viajes y estancia de la Agencia Española de Cooperación Internacional, todo ello en función de la disponibilidad presupuestaria.

La adjudicación de las becas correspondientes a bajas y renuncias se producirá en el orden establecido en la relación de suplentes, de haberla, en función de la financiación disponible.

En el caso de producirse una renuncia, se podrá acordar la concesión al suplente, según programa y aplicación presupuestaria, para que, una vez comunicado este hecho al interesado, éste exprese, en su caso, su aceptación en el plazo de 7 días hábiles improrrogables. Las resoluciones de concesión de beca a los suplentes serán notificadas a través de la Sede Electrónica de la AECID (www.aecid.gob.es), y motivadas de acuerdo con lo dispuesto en las bases reguladoras de la presente convocatoria, debiendo, en todo caso, quedar acreditados en el procedimiento los fundamentos de la resolución que se adopte.

Séptima. Documentación y presentación de la misma.

Los solicitantes de beca nueva no tienen que presentar la documentación completa en el momento de cumplimentar la solicitud, sino enviar el formulario por vía telemática. Aquellos que hayan sido seleccionados, deben presentar previa notificación del Departamento de Cooperación Universitaria y Científica (en adelante, DCUC) para que así lo hagan, la siguiente documentación en un plazo de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente a la fecha de dicha notificación.

1. Copia en papel del formulario de solicitud, cumplimentada por vía telemática en www.aecid.gob.es.

2. Certificado de empadronamiento en el caso de solicitantes de la UE que no posean la nacionalidad española. No será necesaria la aportación cuando el solicitante autorice expresamente al órgano instructor a obtener los datos de empadronamiento por medios telemáticos.

3. En el caso de los demás solicitantes extranjeros, declaración responsable firmada relativa a la no residencia en España del candidato extranjero, que aparece como Anexo III.

4. Fotocopia compulsada del DNI/NIF. No será necesaria la aportación para ciudadanos españoles cuando autoricen expresamente al órgano instructor a obtener los datos de identidad por medios telemáticos. Los ciudadanos de la UE deberán presentar copia compulsada del documento de identidad personal o del que reglamentariamente lo sustituya.

5. En el caso de los demás solicitantes extranjeros, copia compulsada del documento de identidad personal o del que reglamentariamente lo sustituya.

6. Copia compulsada de la certificación académica personal y del título universitario alcanzado expedido por la Universidad o Centro, caso de ser este un requisito exigido por el programa de becas correspondiente (ver Anexo I).

7. Currículum vítae desarrollado en un folio como máximo. Los documentos acreditativos podrán exigirse «a posteriori» y «ad hoc», e irán acompañados de cuantos documentos puedan avalarlos a juicio del solicitante.

8. Certificado de convalidación por las autoridades educativas competentes del título o estudios cursados, si lo requiere el programa a realizar.

9. Para los ciudadanos de la UE no españoles, y para el resto de ciudadanos extranjeros de lengua oficial no española, copia del certificado acreditativo del conocimiento de español, preferentemente el DELE del Instituto Cervantes, o equivalente, requiriéndose el nivel C1 del Marco Europeo Común de Referencia.

10. Quedan exceptuados del requisito de acreditación del conocimiento del español los solicitantes, tanto nacionales como extranjeros, que vayan a cursar estudios en un idioma distinto del español, requiriéndoseles en su caso copia del certificado acreditativo del conocimiento de dicho idioma, con el nivel especificado en el Anexo I, salvo que sea lengua oficial en el país de origen del solicitante.

11. Una fotografía reciente tipo pasaporte con el nombre y apellidos al dorso.

12. Cuando el solicitante no esté sujeto en España a las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social españolas, deberá aportar debidamente cumplimentada, la Declaración Responsable que aparece en el Anexo II. Cuando el solicitante esté sujeto en España a las obligaciones tributarias y de la seguridad social españolas, deberá presentar certificado de la Agencia Tributaria y de la Tesorería General de la Seguridad Social, respectivamente. No será necesaria la aportación de tales certificados cuando el solicitante autorice expresamente al órgano instructor a obtener los datos relativos al cumplimiento de dichas obligaciones por medios telemáticos.

13. Copia de la carta o comunicación de admisión del Centro de acogida o destino donde se pretenda realizar la actividad para el curso 2014-2015.

14. En su caso, deberán acreditarse también todos aquellos requisitos exigidos de forma específica para cada programa de becas en el Anexo I de la presente convocatoria.

Los documentos presentados en lengua distinta al español deberán acompañarse de traducción a esta lengua.

En caso de incumplimiento de alguno de los requisitos indicados en la solicitud o falta de acreditación de los mismos, se procederá a la desestimación de la solicitud.

La presentación de la documentación (en persona o por correo postal) se realizará en el Registro General de la AECID (Avda. Reyes Católicos 4, 28040 Madrid). También se podrá realizar alternativamente en los registros de los organismos administrativos relacionados en el art. 38.4 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. La documentación también podrá presentarse en los servicios competentes de las Embajadas de España en el lugar de origen del solicitante en los plazos señalados al comienzo de esta base de la convocatoria.

Octava. Dotación e imputación presupuestaria.

La presente convocatoria se realizará con cargo a las aplicaciones presupuestarias de los ejercicios 2014 y 2015 del Programa de Cooperación al Desarrollo 12.401.05.143A. 486.02 para programas de Becas MAEC-AECID, con importes de 374.241 € y 711.839 € respectivamente, y del Programa de Cooperación, Promoción y Difusión Cultural en el Exterior 12.402.05.144A. 481.00 para becas, con importes de 244.378 € y 486.168 € respectivamente, estando su concesión condicionada a la existencia de crédito presupuestario adecuado y suficiente durante ambos años.

Las condiciones económicas de la presente convocatoria son las siguientes:

Ayuda de matrícula: Según el programa de beca elegido (ver Anexo I).

El reembolso para ayuda de matrícula, se realizará en un plazo de 90 días a partir de la fecha de presentación de la copia del resguardo de pago de matrícula o documento similar, o fotocopia compulsada de los mismos, por el interesado o por su Centro de acogida. Los documentos se presentarán dentro del periodo de duración de la beca, y en todo caso con una antelación mínima de 3 meses a la finalización del ejercicio presupuestario 2015.

Dotación mensual: Según el programa de beca elegido (ver Anexo I).

El pago de la dotación mensual de la beca se realizará mediante transferencia bancaria a la cuenta que indique el beneficiario.

En el caso de los becarios de los Programas II.1, II.2, II.5 y II.6, les será aplicable la legislación vigente en materia de Seguridad Social y se les deducirá el importe de la cuota de cotización correspondiente.

Ayudas de viaje: Para incorporarse al centro de destino, si así lo establece el programa de beca elegido (ver Anexo I). La ayuda consistirá en un reembolso único. El reembolso único, para la ayuda de viaje que corresponda, se realizará en un plazo de 90 días a partir de la fecha de la presentación del documento probatorio de haber realizado el viaje, especificando el trayecto realizado al país destino para cursar los estudios, no siendo la fecha del trayecto realizado anterior a 30 días naturales desde la fecha de inicio de la beca concedida. El plazo de presentación del documento probatorio es de dos meses a partir de la fecha de inicio de la beca. El importe de la ayuda de viaje será de 100 € para el caso de países de Europa y el Magreb, y de 340 € para el resto de países.

Bolsas de viaje: Si así lo determina el programa de beca elegido, cuando para realizar actividades relacionadas con las actividades propias del programa se requiera la realización de desplazamientos fuera del lugar de residencia, se podrán conceder bolsas de viaje en compensación por dichos gastos de desplazamientos, estancias y manutención con la previa autorización de la Dirección de Relaciones Culturales y Científicas (en adelante DRCC), en función de la disponibilidad presupuestaria.

El importe máximo de las bolsas de viaje se determinará tomando como referencia los importes que establece el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón de servicio, para el grupo 2.

Seguros: Asistencia médica primaria, no farmacéutica, y seguro de accidentes en las condiciones que se recogen en la póliza suscrita por la AECID con la compañía aseguradora correspondiente, para enfermedades no contraídas con anterioridad al inicio de la beca. El importe mensual de la póliza por cada beneficiario es el siguiente:

Programas II.1, II.4, II.5, II.7 y II.8: 111€ euros por persona y mes para aquellos beneficiados que disfruten de su beca (o la parte de la misma que corresponda) fuera de España.

Programas II.3, II.8 y II.10: 37€ euros por persona y mes para aquellos beneficiados que disfruten de su beca (o de la parte de la misma que corresponda) en España.

Los becarios del programa II.1 que disfruten de su beca en España, así como los becarios de los programas II.2 y II.6 estarán acogidos al servicio de atención médica de la Seguridad Social, además de disfrutar del seguro de accidente.

Gastos de publicidad de la convocatoria:

Se prevé con cargo a esta convocatoria, en función de la disponibilidad presupuestaria, gastos para la publicidad de la misma en medios de comunicación. Dicho presupuesto no podrá exceder de 5.000 € en el ejercicio 2014.

Novena. Obligaciones de los beneficiarios.

Las personas beneficiarias de una beca o ayuda estarán obligadas a:

Aceptación de la beca:

1. Comunicar la aceptación expresa de la propuesta de selección de beca o ayuda de la Comisión de Valoración por correo electrónico al DCUC, en el período de siete días hábiles desde el día siguiente a su notificación. Si no fuera aceptada en dicho plazo, se entenderá que renuncia a la misma.

2. Una vez concedida la subvención, ésta deberá igualmente aceptarse por escrito dentro del plazo máximo de siete días hábiles a partir del día siguiente a su notificación de concesión. Si no fuera aceptada en dicho plazo, se entenderá que renuncia a la misma.

Visados/Consulados/Embajadas:

3. En el caso de becarios españoles y de la UE residentes en España, obtener el visado de estudiante en el país o consulado correspondiente, según el país de destino, así como respetar la legislación correspondiente en materia de visados.

4. En el caso de becarios de otros países extranjeros, obtener el visado de estudiante en el Consulado/Embajada que corresponda en el país de origen, así como respetar la legislación correspondiente en materia de visados. Obtener la Tarjeta de Identidad de Extranjero en España (TIE), con su correspondiente Número de Identificación de Extranjero (NIE) expedido por los organismos competentes de la Administración General del Estado (Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil o Delegación/Subdelegación del Gobierno). Asimismo, y para el cumplimiento de la normativa vigente española, entregar copia de la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE), en el DCUC, siempre que el período de la beca concedida supere los 6 meses, en un plazo máximo de 3 meses contados desde su presentación y acreditación como Becarios MAEC-AECID. El incumplimiento de esta obligación supondrá la suspensión temporal del pago de la beca otorgada. Esta entrega podrá realizarse por correo postal.

5. Para los becarios de renovación no será necesaria la aportación del NIE cuando el solicitante autorice expresamente al órgano instructor a obtener los datos por medios telemáticos. La autorización se podrá otorgar en el formulario/solicitud por vía telemática.

Memorias/Justificación/Gastos/Boletines:

6. Remitir al DCUC, debidamente cumplimentados, los Boletines de Seguimiento, en el caso de que dicho departamento se lo requiera.

7. Realizar la actividad o el proyecto propuesto, o bien, superar los exámenes o pruebas, en su caso, correspondientes a los estudios para los cuáles se ha concedido la beca, en el plazo que se establezca en la resolución de su concesión. Asimismo presentar la memoria de la misma en el plazo máximo de un mes después de finalizada la beca.

Permisos y Vacaciones:

8. Comunicar, previa autorización por escrito de la persona responsable o tutora de la beca, al DCUC la ausencia del país de destino o periodo de vacaciones. Si la ausencia excediera del período autorizado, se aplicará una reducción proporcional en la mensualidad de beca correspondiente o reintegro de la beca, en su caso.

Generales.

9. Contactar con el DCUC en el plazo de 10 días hábiles a partir del comienzo de la beca, para comunicar su incorporación a la misma. Caso de no hacerlo perderá la primera mensualidad. Si transcurren 30 días naturales sin que se haya incorporado ni medie la debida justificación, la beca le será definitivamente anulada. En caso de que se justifique el retraso en la incorporación, la AECID podrá decidir el pago de la mensualidad completa o de media mensualidad. Si la beca se desarrolla en un país extranjero deberá comunicarse también al mismo departamento la dirección postal así como sus cambios.

10. Presentarse personalmente ante el responsable o responsables de sus estudios o actividad en el Centro de destino, en el plazo de 10 días naturales a partir del comienzo de la beca, y envío al DCUC del justificante de la presentación.

11. Residir en el lugar donde realice los estudios/actividades para los que ha sido becado durante el período de la beca/ayuda, y no ausentarse del mismo sin previa comunicación y autorización del DCUC que resolverá, en su caso, la reducción o reintegro de la beca/ayuda.

12. No cambiar de estudios, actividad o proyecto, ni de centro, ni de fechas de la beca/ayuda, para lo que se requiere la autorización del DCUC. Los cambios de fechas no podrán afectar de forma significativa a los objetivos y cumplimiento del proyecto para el que se haya concedido la beca o ayuda.

13. Remitir al DCUC copia del resguardo de matrícula, en su caso, y todos aquellos documentos requeridos y probatorios para la percepción de las ayudas contempladas en cada programa.

14. Enviar los certificados o comprobantes que correspondan de haber completado los estudios al DCUC, en el plazo máximo de un mes después de finalizada la beca.

15. De conformidad con la política de fomento del acceso abierto (open access) a los resultados de la investigación científica, que se alinea con las políticas y recomendaciones realizadas al respecto por la UE, en el caso de que la beca dé lugar a trabajos de investigación, los beneficiarios del programa de becas MAEC-AECID deberán permitir el acceso abierto a los resultados de su investigación en el repositorio institucional disponible a tal efecto en su universidad, organismo público de investigación y/o en un repositorio temático, en el que deberán depositar una copia de la tesis o del artículo publicado o la versión final del mismo, aceptada para su publicación, pudiendo también incluir los documentos de trabajo, los resultados de los experimentos, etcétera, en un plazo no superior a seis meses para las áreas de tecnologías y biociencias y de doce meses para las áreas de ciencias sociales y humanidades, desde el momento de publicación del artículo o inmediatamente después de su aprobación en el caso de las tesis. Además, se deberá mencionar la condición de «Becario de MAEC-AECID» en los trabajos de investigación que vayan a ser publicados y/o depositados.

16. Cumplir con dedicación en el centro de investigación de acogida o destino en las condiciones y bajo la disciplina de trabajo que éste establezca, sin que ello implique vinculación laboral con esa entidad.

17. No desempeñar labor alguna remunerada en España o en el exterior durante el periodo de vigencia de la beca, sin previa autorización del DCUC. Comunicar, para su debida autorización al DCUC, la propuesta de realización de otra actividad remunerada indicando el organismo, centro o institución, el tiempo de dedicación y la remuneración a percibir.

18. Mantener un comportamiento cívico en el Centro de Estudios.

19. No aceptar de forma concurrente con la beca MAEC-AECID cualesquiera otras becas o ayudas de estudios, concedidas o en tramitación, para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera administraciones o entidades públicas o privadas, nacionales o extranjeras.

20. Si el becado es español, y la beca se desarrolla en un país extranjero, los becarios al inicio de su beca, deberán inscribirse en el Registro de Matrícula de la Representación Diplomática o Consular española en el país de destino.

21. Asistir a aquellas reuniones de becarios MAEC-AECID a las que sean convocados por parte de la AECID.

Décima. Compromiso de los solicitantes.

Los solicitantes, por serlo, aceptan en todos sus términos las Bases Generales de la presente convocatoria, así como la propuesta de la Comisión de Valoración y la resolución correspondiente, sin perjuicio del derecho a recurrir a la vía judicial.

Undécima. Revocación, interrupción del pago, renuncia y reintegro.

La concesión y disfrute de la beca, ayuda o estancia formativa no crean relación laboral o estatutaria alguna con la AECID.

El Director de la AECID, previo expediente instruido al efecto por el Director de Relaciones Culturales y Científicas, podrá interrumpir el pago de la beca, si concurriera alguna de las causas siguientes:

1. Obtención de la beca sin reunir las condiciones y requisitos solicitados.

2. Incumplimiento de alguna de las obligaciones de la Base Novena, con independencia de la causa, siempre que ésta no sea única y directamente imputable a la AECID o al Centro de destino.

3. Obtención de la subvención falseando las condiciones requeridas para ello u ocultando aquéllas que lo hubieran impedido.

4. Incumplimiento total o parcial del objetivo, de la actividad o del proyecto o la no adopción del comportamiento que fundamentan la concesión de la subvención.

Inmediatamente antes de redactar la propuesta de resolución, se pondrá de manifiesto al interesado la instrucción del procedimiento, quien podrá en un plazo no superior a 15 días hábiles desde que fuera notificado, alegar y presentar los documentos y justificaciones que estime pertinentes.

La resolución que ponga fin al procedimiento, será motivada y decidirá si procede o no revocación definitiva de la beca, o en su caso, reintegro de alguna o todas las cantidades percibidas, así como el interés de demora desde el momento en que se efectuó el desembolso de las mismas.

La resolución contendrá además los recursos que contra la misma procedan, órgano administrativo o judicial ante el que hubieren de presentarse y plazo para interponerlos.

En el supuesto de renuncia, una vez oído el caso y estudiadas las circunstancias concurrentes, el Director de la AECID resolverá si procede la devolución total o parcial de las cantidades percibidas, junto con el interés de demora correspondientes, o solamente la anulación de los abonos pendientes.

El Director de la AECID, en caso de incumplimiento temporal de la actividad de la beca, previo expediente instruido al efecto, podrá interrumpir la misma cuando concurran las siguientes causas:

1. Por causa de fuerza mayor acaecida a la persona beneficiaria de la beca.

2. Decisión del Departamento por causas justificadas.

Las resoluciones que puedan dictarse, una vez oído el caso, estudiadas las circunstancias concurrentes e instruido el expediente, tendrán los siguientes efectos:

1. En caso de reintegro: la devolución total o parcial de las cantidades percibidas, así como el interés de demora correspondiente desde el momento del pago de la subvención hasta la fecha en que se acuerde la procedencia del reintegro.

2. En caso de finalización: se procederá a la cancelación de los abonos pendientes.

3. En caso de interrupción: pasado el plazo de un mes, se podrá autorizar la reanudación de la actividad o su finalización definitiva.

4. Durante el período de interrupción, si concurrieran circunstancias excepcionales en el país de destino la AECID podrá mantener el pago de las ayudas durante dicho período.

5. En caso de interrupción por circunstancias excepcionales en el país de destino, la AECID podrá asumir los gastos de transporte que pueda ocasionar el desplazamiento con cargo a las aplicaciones presupuestarias relacionadas en la presente resolución de convocatoria, en función de la disponibilidad presupuestaria.

En el caso de que el beneficiario proceda a la devolución voluntaria de las ayudas deberá hacerlo mediante transferencia a la cuenta corriente n.º 0049-5121-22 2710125548, IBAN: ES24 0049 5121 2227 1012 5548 que la AECID mantiene en el Banco de Santander Central Hispano (C/ Cea Bermúdez, n.º 25, 28003 Madrid).

Duodécima. Responsabilidad y régimen sancionador.

Los beneficiarios de las ayudas quedarán sometidos a las responsabilidades y el régimen sancionador que sobre infracciones administrativas en materia de subvenciones establece el Título IV de la Ley General de Subvenciones. Asimismo quedarán sometidos a lo dispuesto en el Título IX de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de acuerdo con lo previsto en el apartado 1 del artículo 67 de la Ley General de Subvenciones.

Madrid, 21 de febrero de 2014.–El Presidente de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, P.D. (Resolución de 2 de julio de 2009), el Director de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, P.S. (Acuerdo de 12 de julio de 2013), el Vicepresidente del Consejo Rector de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, Gonzalo Robles Orozco.

ANEXO I
Programas de becas MAEC-AECID de cultura y educación para el curso académico 2014-2015

Programa II.1. Becas de renovación para prácticas de gestión cultural, para Becarios MAEC-AECID de la CV 2013-14 (Programa III.A convocatoria 2013/14 para ciudadanos españoles)

1. Plazo, requisitos, duración, documentación y dotación

Plazo de presentación de solicitudes: El plazo de presentación de la solicitud de beca es el indicado en la Base tercera de esta convocatoria.

Duración: Del 1 de octubre de 2014 al 30 de septiembre de 2015.

Documentación: Presentación de la documentación exigida en la Base Séptima y en los plazos indicados.

No se renovarán aquellas becas cuya oportunidad y justificación oficial de su rendimiento, no quede claramente acreditada.

Dotación:

Dotación mensual, según lo establecido en el Anexo IV.

Ayuda de viaje para incorporarse a su centro de destino, según lo establecido en la Base Octava.

Bolsas de viaje para realizar actividades relacionadas con la labor de su centro de adscripción, de acuerdo con lo establecido en la Base Octava.

Seguro de asistencia médica y accidentes de acuerdo con lo establecido en la Base Octava de esta convocatoria.

Los becarios dispondrán de un periodo vacacional de 22 días hábiles remunerados por cada año completo de duración de la beca, o de los días que corresponda proporcionalmente al tiempo de duración efectivo. La autorización y control del mismo se hará por el responsable directo del becario.

Cuando así lo aconsejen circunstancias excepcionales en el país de destino del becario, se podrá realizar un cambio de destino a otra Representación o Unidad en la que pueda continuar desarrollando su beca. Los gastos de transporte que genere este desplazamiento serán asumidos por el DCUC.

2. Criterios de evaluación

La Comisión de Valoración tomará en consideración los siguientes criterios:

Necesidad de continuación de las actividades o proyectos emprendidos (Máximo 2 puntos).

Poseer el informe del responsable del seguimiento de las actividades emprendidas (Máximo 3 puntos).

Programa II.2. Becas de renovación para prácticas de diseño gráfico y campañas de comunicación de estrategias y programas culturales (Programa III.B convocatoria 2013/14 para ciudadanos españoles).

1. Plazo, requisitos, duración y dotación

Plazo de presentación de solicitudes: El plazo de presentación de la solicitud de beca es el indicado en la Base Tercera de esta convocatoria.

Duración: Del 1 de julio de 2014 al 30 de junio de 2015.

Documentación: Presentación de la documentación exigida en la Base Séptima y en los plazos indicados.

No se renovarán aquellas becas cuya oportunidad y justificación oficial de su rendimiento, no quede claramente acreditada.

Dotación:

1.500 euros mensuales, sin ayuda de viaje.

Bolsas de viaje para realizar actividades relacionadas con la labor de su centro de adscripción, de acuerdo con lo establecido en la Base Octava.

Seguro de asistencia médica de acuerdo con lo establecido en la Base Octava de esta convocatoria.

Los becarios dispondrán de un periodo vacacional de 22 días hábiles remunerados por cada año completo de duración de la beca, o de los días que corresponda proporcionalmente al tiempo de duración efectivo. La autorización y control del mismo se hará por el responsable directo del becario.

2. Criterios de evaluación

La Comisión de Valoración tomará en consideración los siguientes criterios:

Necesidad de continuación de las actividades o proyectos emprendidos (Máximo 2 puntos).

Poseer el informe del responsable del seguimiento de las actividades emprendidas (Máximo 3 puntos).

Programa II.3. Becas de renovación para la Escuela Superior de Música Reina Sofía para la formación de Músicos de Excelencia (Programa II.A convocatoria 2013/14 para ciudadanos extranjeros)

1. Plazo, requisitos, duración, documentación y dotación

Plazo de presentación de solicitudes: El plazo de presentación de la solicitud de beca es el indicado en la Base Tercera de esta convocatoria.

Duración: Del 1 de septiembre de 2014 al 30 de junio de 2015.

Documentación: Presentación de la documentación exigida en la Base Séptima y en los plazos indicados.

No se renovarán aquellas becas cuya oportunidad y justificación oficial de su rendimiento, no quede claramente acreditada.

Dotación:

1.200 euros mensuales.

Ayuda de matrícula hasta 2.000 euros.

Seguro de asistencia médica de acuerdo con lo establecido en la Base Octava de esta convocatoria.

Ayuda de viaje para reincorporarse a sus estudios según lo establecido en la Base Octava.

2. Criterios de evaluación

La Comisión de Valoración tomará en consideración los siguientes criterios:

Necesidad de continuación de las actividades o proyectos emprendidos (Máximo 2 puntos).

Poseer el informe del responsable del seguimiento de las actividades emprendidas (Máximo 3 puntos).

Programa II.4. Becas de renovación para nacionales de países con sedes de las Academias correspondientes y asociadas a la Real Academia Española (RAE) para estancias de colaboración formativa (Programa I.B convocatoria 2013/14 para ciudadanos extranjeros)

1. Plazo, duración, documentación y dotación

Plazo de presentación de solicitudes: El plazo de presentación de la solicitud de beca es el indicado en la Base Tercera de esta convocatoria.

Duración: Del 1 de septiembre de 2014 al 30 de agosto de 2015.

Documentación: Presentación de la documentación exigida en la Base Séptima y en los plazos indicados.

No se renovarán aquellas becas cuya oportunidad y justificación oficial de su rendimiento, no quede claramente acreditada.

Dotación:

700 euros mensuales en tres pagos cuatrimestrales: septiembre de 2014, enero de 2015 y mayo de 2015.

Seguro de asistencia médica de acuerdo con lo establecido en la Base Octava de esta convocatoria.

2. Criterios de evaluación

La Comisión de Valoración tomará en consideración los siguientes criterios:

Necesidad de continuación de las actividades o proyectos emprendidos (Máximo 2 puntos).

Poseer el informe del responsable del seguimiento de las actividades emprendidas (Máximo 3 puntos).

Programa II.5. Becas para gestión cultural en el exterior

El objeto de estas becas es la realización de prácticas de gestión cultural en los centros de destino en el exterior que se especifican en el Anexo IV.

1. Plazo, documentación, duración, requisitos específicos y dotación

Plazo de presentación de solicitudes: El plazo de solicitud será el establecido en la Base Tercera de esta convocatoria.

Documentación: Los solicitantes que hayan sido preseleccionados para entrevista personal deberán presentar la documentación a la que se hace referencia en la Base Séptima de la presente convocatoria en el plazo de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente a la fecha de la comunicación de su preselección para la referida entrevista. Los solicitantes no podrán elegir destino.

Duración: Del 1 octubre de 2014 al 30 de septiembre de 2015.

Requisitos específicos:

Ser ciudadano español, o de un país de la UE con residencia en España en los términos de la Base Segunda.

Ser menor de 27 años en el momento de incorporarse al destino.

Poseer título de licenciado o equivalente, preferentemente en áreas afines a la gestión cultural, cooperación cultural al desarrollo, humanidades y relaciones internacionales.

Dotación:

Dotación mensual según lo establecido en el Anexo IV.

Ayuda de viaje incorporación al centro de destino, según lo establecido en la Base Octava.

Bolsas de viaje para realizar actividades relacionadas con la labor de su centro de adscripción, de acuerdo con lo establecido en la Base Octava.

Seguro de asistencia médica de acuerdo con lo establecido en la Base Octava de esta convocatoria.

Ayuda de hasta 100 euros para becarios residentes fuera de Madrid, según disponibilidades presupuestarias, para asistencia obligatoria a la reunión de becarios que se organizará en Madrid antes de la incorporación al país de destino.

Los becarios dispondrán de un periodo vacacional de 22 días hábiles remunerados por cada año completo de duración de la beca, o de los días que corresponda proporcionalmente al tiempo de duración efectivo. La autorización y control del mismo se hará por el responsable directo del becario.

Cuando así lo aconsejen circunstancias excepcionales en el país de destino del becario, se podrá realizar un cambio de destino a otra Representación o Unidad en la que pueda continuar desarrollando su beca. Los gastos de transporte que genere este desplazamiento serán asumidos por el DCUC.

2. Criterios de evaluación

La evaluación de las solicitudes se realizará de acuerdo con lo establecido en la Base Cuarta.

Los expertos valorarán primero las solicitudes de acuerdo con los siguientes criterios cuya puntuación se indica entre paréntesis. Puntuarán por puntos o medios puntos.

El currículum académico profesional del solicitante, acreditativo de su nivel de excelencia y de su potencial de liderazgo en su área de actividad. En caso de estudios de postgrado, se valorará su orientación al ámbito de la gestión cultural, cooperación cultural al desarrollo y/o estudios internacionales (Máximo 3 puntos).

Relación de la motivación expuesta en la solicitud de la beca con las prioridades de la cooperación al desarrollo en su caso, y su interés para las relaciones culturales y científicas de España en el exterior (Máximo 1 punto).

Conocimiento de idiomas (Máximo 2 puntos).

Experiencia previa en gestión cultural (Máximo 2 puntos).

El mínimo para pasar a la fase de entrevista es de 7 puntos.

Tras la fase de evaluación por parte de los expertos, la Comisión de Valoración entrevistará al número de solicitantes que corresponda de acuerdo con lo establecido en la Base Cuarta y puntuará la entrevista sobre un máximo de 2 puntos pudiendo utilizar decimales.

La puntuación final será la suma de todas las puntuaciones.

Para el supuesto de eventuales renuncias, se publicará una lista de suplentes por destinos, y dentro de cada uno de ellos por orden priorizado de puntuación recibida. Caso de que las renuncias sean tantas que el número de suplentes para un destino se agotase, se elegirá a la siguiente persona con la mejor puntuación en cualquiera de los demás destinos.

Programa II.6. Programa de becas para la realización de prácticas en publicaciones de la AECID.

El objeto de estas becas es la realización de prácticas como redactor y editor en las distintas publicaciones de la AECID (revistas, boletines, catálogos, libros, blogs, folletos, etc.). El tutor del becario será el Jefe del DCUC, quien se encargará de la coordinación de los trabajos que se puedan solicitar desde distintos departamentos de la AECID.

1. Plazo, documentación, duración, requisitos específicos y dotación

Plazo de presentación de solicitudes: El plazo de solicitud será el establecido en la Base Tercera de esta convocatoria.

Documentación: Los solicitantes que hayan sido preseleccionados para entrevista personal deberán presentar la documentación a la que se hace referencia en la Base Séptima de la presente convocatoria en el plazo de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente a la fecha de la comunicación de su preselección para la referida entrevista.

Duración:

De 1 julio de 2014 a 30 de junio de 2015.

Requisitos específicos:

Ser menor de 35 años en el momento de incorporarse al destino.

Poseer título de licenciado o equivalente, preferentemente en humanidades.

Ser ciudadano español, o de un país de la UE con residencia en España en los términos de la Base Segunda.

Dotación:

1.500 € mensuales.

Bolsas de viaje para realizar actividades relacionadas con la actividad de su centro de adscripción, de acuerdo con lo establecido en la Base Octava.

Seguro de asistencia médica de acuerdo con lo establecido en la Base Octava de esta convocatoria.

Los becarios dispondrán de un periodo vacacional de 22 días hábiles remunerados por cada año completo de duración de la beca, o de los días que corresponda proporcionalmente al tiempo de duración efectivo. La autorización y control del mismo se hará por el responsable directo del becario.

2. Criterios de evaluación

La evaluación de las solicitudes se realizará de acuerdo con lo establecido en la Base Cuarta.

Los expertos valorarán primero las solicitudes de acuerdo con los siguientes criterios cuya puntuación se indica entre paréntesis. Puntuarán por puntos o medios puntos.

El currículum del solicitante, acreditativo de su nivel de excelencia (Máximo 3 puntos).

Publicaciones realizadas (Máximo 2 puntos).

Experiencia en asuntos relacionados con publicaciones como editor y redactor (Máximo 3 puntos).

El mínimo para pasar a la fase de entrevista es de 7 puntos.

Tras la fase de evaluación por parte de los expertos, la Comisión de Valoración entrevistará al número de solicitantes que corresponda de acuerdo con lo establecido en la Base Cuarta y puntuará la entrevista sobre un máximo de 2 puntos pudiendo utilizar decimales.

La puntuación final será la suma de todas las puntuaciones.

Para el supuesto de eventuales renuncias, se publicará una lista de suplentes por orden priorizado de puntuación recibida.

Programa II.7. Becas para el Colegio de Europa (Campus de Brujas-Bélgica y Natolín-Polonia)

1. Plazo, documentación, duración, requisitos específicos y dotación.

Plazo de presentación de solicitudes: El plazo de solicitud será el establecido en la Base tercera de esta convocatoria.

Documentación: Los solicitantes de beca que hayan sido preseleccionados para entrevista personal deberán presentar la documentación a la que se hace referencia en la Base Séptima de la presente convocatoria en el plazo de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente a la fecha de la comunicación de su preselección para la referida entrevista.

Duración: 10 meses, de 1 de septiembre de 2014 a 30 de junio de 2015.

Requisitos específicos:

Ser ciudadano español, o de un país de la UE con residencia en España en los términos de la Base Segunda.

Poseer título de licenciado o grado, o ser estudiante de último año de grado, completado a la fecha de incorporación al Colegio, para realización de estudios en materias jurídicas, económicas, político-sociológicas o relaciones internacionales.

Dominio de inglés y francés.

Cumplir con los requisitos del Colegio de Europa, remitiéndole directamente su propio impreso de solicitud de plaza y la documentación específica que solicita (descargar en: www.coleurope.eu), en los plazos estipulados por el Colegio.

Cumplir con los requisitos de la convocatoria de Becas MAEC-AECID, enviando la solicitud de beca por vía telemática (descargar en: www.aecid.gob.es).

Serán eliminadas aquellas solicitudes de beca MAEC-AECID cuyos candidatos/as no hayan presentado previamente al Colegio de Europa, su solicitud de plaza. Por lo tanto, se realizarán las solicitudes de plaza y de beca, independientemente y de acuerdo con los plazos, procedimiento y documentación requeridos por cada Institución.

Dotación:

1.980 euros mensuales, abonados en dos pagos: en septiembre de 2014 las cuatro primeras mensualidades, y en enero de 2015 las seis restantes.

Ayuda de viaje para incorporarse a su centro de destino, según lo establecido en la Base Octava.

Seguro de asistencia médica de acuerdo con lo establecido en la Base Octava de esta convocatoria.

2. Criterios de evaluación

La evaluación de las solicitudes se realizará de acuerdo con lo establecido en la Base Cuarta.

Los expertos del Colegio de Europa valorarán primero las solicitudes de acuerdo con los siguientes criterios cuya puntuación se indica entre paréntesis. Puntuarán por puntos o medios puntos.

Pertinencia de los estudios realizados en función de los programas de estudios ofertados por el Colegio de Europa (Máximo 1 punto).

Número de créditos ECTS (European Credit Transfer System) obtenidos (Máximo 2 puntos).

Nivel de los resultados académicos obtenidos (Máximo 2 puntos).

Conocimientos lingüísticos acreditados en inglés y francés (Máximo 2 puntos).

Motivación para el programa de estudios solicitado por cada candidato (Máximo 1 punto).

El mínimo para pasar a la fase de entrevista es de 7 puntos.

Tras la fase de evaluación por parte de los expertos, la Comisión de Valoración entrevistará al número de solicitantes que corresponda de acuerdo con lo establecido en la Base Cuarta y puntuará la entrevista sobre un máximo de 2 puntos pudiendo utilizar decimales.

La puntuación final será la suma de todas las puntuaciones.

Para el caso de renuncias, se elaborarán listas de suplentes para cada una de las áreas de estudio y por cada uno de los dos campus del Colegio. Caso de que las renuncias sean tantas que el número de suplentes para una especialidad se agotase, se elegirá a la siguiente persona con mejor puntuación en cualquiera de las demás especialidades.

Programa II.8. Becas para creadores dentro del Programa de Residencias «El Ranchito», de Matadero

El Ranchito. Programa de residencias de Matadero Madrid - AECID (País invitado Brasil), tiene como objetivo específico crear lazos entre las comunidades artísticas de Brasil y España a través de un intercambio de residencias que tiene lugar entre dos centros de arte y residencias: Matadero Madrid (mataderomadrid.org) y Pivô (www.pivo.org.br). Ambas instituciones buscan proyectos que reflexionen sobre los vínculos entre arte y urbanismo desde una perspectiva multidisciplinar.

1. Plazo, documentación, duración, requisitos específicos y dotación

Plazo de presentación de solicitudes: El plazo de solicitud será el establecido en la Base Tercera de esta convocatoria.

Documentación:

La solicitud de ayuda tendrá que ser cumplimentada debida y enteramente en español por los peticionarios en el formulario correspondiente por vía telemática, conformado en www.aecid.gob.es, de forma completa y verídica, quedando ulterior y automáticamente eliminadas aquellas solicitudes que aleguen datos no contrastables o falsos, así como las no presentadas por vía telemática.

El proyecto se rellenará online utilizando la plantilla que aparece en la aplicación informática (Anexo V). Todas las imágenes que se quieran aportar al proyecto deberán ser accesibles a través de un enlace a alguna página web que se incluirá en dicha plantilla. La aplicación no admitirá ficheros conteniendo imágenes. Dicho proyecto deberá ser lo más concreto y detallado posible e incluirá un presupuesto desglosado del coste del proyecto.

Solamente aquellos solicitantes de ayuda que sean preseleccionados para la fase de entrevista, deberán presentar la documentación a la que se hace referencia en la Base Séptima de la presente convocatoria en el plazo de 10 días a contar desde la fecha de la comunicación de su preselección para la referida entrevista. Asimismo deberán aportar una versión más extensa del proyecto del trabajo propuesto para la beca consistente en un dossier de 10 páginas máximo, que puede incluir imágenes o fotografías. Se podrá aportar cualquier otra información complementaria y justificativa del trabajo a desarrollar (catálogos, partituras, fotografías…), así como de las actividades reseñadas en el apartado del currículum vítae del formulario de solicitud.

Duración: Dos estancias, la primera de residencia en Sao Paulo (1 de julio a 9 de agosto de 2014) y la segunda (6 de octubre a 16 de noviembre de 2014) en Madrid.

Requisitos específicos:

Ser ciudadano español, o de un país de la UE con residencia en España en los términos de la Base Segunda.

No se requiere titulación académica específica alguna, pudiendo optar a las ayudas todas aquellas personas cuya actividad y proyecto estén incluidos en el objeto del programa descrito en el punto 1 de este Anexo, entre otros, artistas, creadores, arquitectos y comisarios.

Dotación:

El importe de la beca será de 4.950 euros por cada una de las dos estancias, que se realizarán la primera en Sao Paulo y la segunda en Madrid. Se realizarán dos abonos, uno por cada estancia.

Seguro de asistencia médica de acuerdo con lo establecido en la Base Octava de esta convocatoria.

2. Criterios de evaluación

La evaluación de las solicitudes se realizará de acuerdo con lo establecido en la Base Cuarta. En línea con lo en ella contemplado, podrán formar parte de la Comisión de Valoración, nombrada por el Director de la AECID, personal de Matadero y Pivô en concepto de vocales.

Matadero, en calidad de experto, valorará primero las solicitudes de acuerdo con los siguientes criterios, cuya puntuación máxima se indica entre paréntesis. Se puntuará por puntos y medios puntos.

Calidad y coherencia del proyecto, así como adecuación del mismo a los lugares de residencia (Máximo 2 puntos).

Originalidad y grado de innovación (Máximo 2 puntos).

Vinculación, en su caso, con otros creadores y/o agentes locales, tanto en Sao Paulo como en Madrid (Máximo 1 punto).

Viabilidad de realización del proyecto (Máximo 1 punto).

Repercusión artística, conceptual o técnica (Máximo 2 puntos).

El mínimo para pasar a la fase de entrevista es de 7 puntos.

Tras la fase de evaluación por parte de los expertos, la Comisión de Valoración entrevistará al número de solicitantes que corresponda. La entrevista se puntuará sobre un máximo de 2 puntos, pudiendo utilizar decimales.

La puntuación final será la suma de todas las puntuaciones.

Para el supuesto de eventuales renuncias, se publicará una lista de suplentes por orden priorizado de puntuación recibida.

Programa II.9. Programa ART-EX. Becas para proyectos artísticos en el exterior

Objeto del programa:

Estas becas están dirigidas a artistas españoles para la realización de proyectos artísticos y creativos en el exterior utilizando la extensa red de Centros Culturales, Embajadas y Consulados de España en el extranjero como forma de hacer programación cultural en el exterior por medio de una convocatoria que permita seleccionar los proyectos más originales e innovadores de entre los propuestos.

No es de aplicación a este programa el punto 17 de la Base Novena de la presente convocatoria.

Plazo, documentación, duración, requisitos específicos y dotación:

Plazo de presentación de solicitudes: El plazo de solicitud será el establecido en la Base Tercera de esta convocatoria.

Documentación:

La solicitud de ayuda tendrá que ser cumplimentada debida y enteramente en español por los peticionarios en el formulario correspondiente por vía telemática, conformado en www.aecid.gob.es, de forma completa y verídica, quedando ulterior y automáticamente eliminadas aquellas solicitudes que aleguen datos no contrastables o falsos, así como las no presentadas por vía telemática.

El proyecto se rellenará online utilizando la plantilla que aparece en la aplicación informática (Anexo VI). Todas las imágenes que se quieran aportar al proyecto deberán ser accesibles a través de un enlace a un sitio en la web que se indicará en dicha plantilla. La aplicación no admitirá ficheros conteniendo imágenes. Dicho proyecto deberá ser lo más concreto y detallado posible e incluirá un presupuesto desglosado de su coste.

Solamente aquellos solicitantes de ayuda que sean preseleccionados para la fase de entrevista, deberán presentar la documentación a la que se hace referencia en la Base Séptima de la presente convocatoria en el plazo de 10 días a contar desde la fecha de la comunicación de su preselección para la referida entrevista. Asimismo deberán aportar una versión más extensa del proyecto del trabajo propuesto para la beca consistente en un dossier de 10 páginas máximo, que puede incluir imágenes o fotografías. Se podrá aportar cualquier otra información complementaria y justificativa del trabajo a desarrollar (catálogos, fotografías…), así como de las actividades reseñadas en el apartado del currículum vítae del formulario de solicitud.

Características del proyecto:

Los proyectos deberán ser originales, específicos e inéditos. No se admitirán en esta convocatoria aquellos trabajos que hayan sido editados o premiados anteriormente.

Los proyectos deberán estar pensados para ser realizados en el exterior pudiendo contar con el apoyo y la infraestructura de la red de Centros Culturales, Embajadas y Consulados del MAEC en el exterior.

Se valorará especialmente la relación costes-beneficios del proyecto en términos de impacto de imagen en el exterior y la capacidad para aprovechar la ayuda y los recursos puestos al servicio de los artistas, por lo que se espera que sean especialmente originales e innovadores: Proyectos micro por la dotación con un objetivo macro a escala internacional. En este sentido y con el fin de aprovechar al máximo esos medios, podrán ser, por ejemplo, proyectos tipo DIY (do it yourself) que no requieran necesariamente la presencia del artista a la hora de su realización y/o que sean fácilmente reproducibles.

Podrán ser proyectos que se realicen en uno o, preferentemente, en varios países, simultáneamente o en momentos distintos. También podrán ser proyectos en red.

Podrán ser proyectos de cualquier disciplina artística siempre y cuando reúnan las características expuestas más arriba.

Programación de los proyectos en el exterior.

Una vez seleccionados los proyectos, éstos serán coordinados desde la DRCC. Las fechas y lugares propuestos por los artistas podrían verse modificados para adaptarse mejor a la programación que desde dicha Dirección se haga con estos proyectos.

Duración:

La duración dependerá de los proyectos, debiendo en cualquier caso ser realizados entre el 1 de octubre de 2014 y el 31 de diciembre de 2015.

Requisitos específicos.

Ser ciudadano español, o de un país de la UE con residencia en España en los términos de la Base Segunda.

No se requiere titulación académica específica alguna, pudiendo optar a las ayudas todas aquellas personas cuya actividad y proyecto estén incluidos en el objeto del programa.

Dotación:

Un único pago de 1.500 euros que serán abonados al becario al inicio del proyecto.

Gastos de material fungible.

Hasta un máximo de 8.000 € para producción del proyecto. Este pago estará destinado exclusivamente a la compra de material fungible necesario para la realización del proyecto. La Comisión de Valoración establecerá la cuantía y el objeto de este pago una vez evaluados los presupuestos desglosados de los proyectos seleccionados.

Las cantidades totales concedidas por AECID en este epígrafe serán abonadas a las Embajadas, Consulados o Centros Culturales implicados en el proyecto, quienes deberán gestionar los proyectos y presentar al DCUC la justificación del cumplimiento de la finalidad y de la aplicación de los fondos recibidos para la compra de material fungible para la realización de los proyectos de los becarios en el plazo de tres meses contados a partir de la finalización de las actuaciones subvencionadas.

Las cantidades concedidas para cada partida, así como las propias partidas, podrán ser modificadas previa solicitud al Departamento de Cooperación y Promoción Cultural y posterior aprobación.

2. Criterios de evaluación

La evaluación de las solicitudes se realizará de acuerdo con lo establecido en la Base Cuarta. Los expertos valorarán primero las solicitudes de acuerdo con los siguientes criterios, cuya puntuación máxima se indica entre paréntesis. Se puntuará por puntos y medios puntos.

Costes-beneficios en términos de impacto en el exterior (Máximo 2 puntos).

Proyección de la imagen de España en el exterior (Máximo 2 puntos).

Originalidad del proyecto (Máximo 2 puntos).

Currículum y trayectoria (Máximo 2 puntos).

El mínimo para pasar a la fase de entrevista es de 7 puntos.

Tras la fase de evaluación por parte de los expertos, la Comisión de Valoración entrevistará al número de solicitantes que corresponda. La entrevista se puntuará sobre un máximo de 2 puntos, pudiendo utilizar decimales.

La puntuación final será la suma de todas las puntuaciones.

Para el supuesto de eventuales renuncias, se publicará una lista de suplentes por orden priorizado de puntuación recibida.

Los proyectos seleccionados se podrán seguir y consultar en una página web cuya financiación correrá a cargo del presupuesto de la convocatoria.

Programa II.10. Becas para profesores filipinos de lengua española, para la realización de un máster de español como lengua extranjera en universidades españolas

El objetivo de este programa es facilitar el perfeccionamiento y reciclaje de docentes filipinos de lengua española en la enseñanza de su materia.

1. Plazo, documentación, duración, requisitos específicos y dotación

Plazo de presentación de solicitudes: El plazo de solicitud será el establecido en la Base Tercera de esta convocatoria.

Documentación: Los solicitantes de beca que hayan sido preseleccionados para entrevista personal deberán presentar la documentación a la que se hace referencia en la Base Séptima de la presente convocatoria en el plazo de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente a la fecha de la comunicación de su preselección para la referida entrevista.

Duración: Hasta 9 meses, a partir de septiembre de 2014.

Requisitos específicos:

Ser ciudadano filipino.

Poseer título de licenciado o equivalente.

Ser docente de español como lengua extranjera en el sistema educativo de Filipinas, ya sea en la enseñanza secundaria o universitaria.

El aspirante deberá asimismo haber obtenido la preadmisión en una universidad española de enseñanza del español como lengua extranjera para la realización de un máster oficial de un año académico de duración (60 créditos). Serán eliminadas aquellas solicitudes de beca MAEC-AECID cuyos candidatos/as no hayan presentado previamente la preadmisión.

Dotación:

Ayuda de matrícula: hasta 4500 €.

Dotación mensual: 1200 €.

Ayuda de viaje para incorporarse a su centro de destino, según lo establecido en la Base Octava.

Seguro de asistencia médica de acuerdo con lo establecido en la Base Octava de esta convocatoria.

2. Criterios de evaluación

La evaluación de las solicitudes se realizará de acuerdo con lo establecido en la Base Cuarta.

La Embajada de España en Manila, en tanto que experto externo, valorará primero las solicitudes de acuerdo con los siguientes criterios cuya puntuación se indica entre paréntesis. Puntuarán por puntos o medios puntos. La Embajada podrá realizar una entrevista a los candidatos.

Trayectoria curricular del candidato (Máximo 2 puntos).

Trayectoria profesional del candidato (Máximo 2 puntos).

Relevancia de la realización del máster con respecto al trabajo que desempeña el candidato (Máximo 4 puntos).

El mínimo para pasar a la fase siguiente de evaluación por la Comisión de Valoración será de 7 puntos. La Comisión evaluará la lista de preseleccionados y puntuará con un máximo de 2 puntos, pudiendo utilizar decimales. Se guiará para hacerlo por el criterio de la relevancia de la organización en que el candidato presta sus servicios y su interés para las prioridades españolas.

La puntuación final será la suma de todas las puntuaciones.

Para el caso de renuncias, se elaborará una lista de suplentes.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

ANEXO IV
Dotación mensual por destino para becarios de prácticas gestión cultural (Programas II.1 y II.5)

Dotación mensual del programa II.1 de becas de renovación para prácticas de gestión cultural

Países

Destinos

Plazas

Dotación mensual

Euros

Europa, EEUU, Canadá y Australia

España

Servicios Centrales (Madrid)

5

1.500

Francia

Embajada de España en París

1

1.500

Italia

Embajada de España en Roma

1

1.500

Portugal

Embajada de España en Lisboa

1

1.500

Reino Unido

Embajada de España en Londres

1

1.500

Rusia

Embajada de España en Moscú

1

1.800

EEUU

Embajada de España en Washington

1

1.800

EEUU

Consulado General de España en Nueva York

1

1.800

EEUU

Consulado General de España en Puerto Rico

1

1.800

Canadá

Embajada de España en Ottawa

1

1.800

Iberoamérica

Bolivia

Embajada de España en La Paz

1

1.300

Brasil

Embajada de España en Brasilia

1

1.500

Colombia

Embajada de España en Bogotá

1

1.300

Costa Rica

Centro Cultural de España en San José de Costa Rica

1

1.000

El Salvador

Centro Cultural de España en San Salvador

1

1.000

Guatemala

Centro Cultural de España en Guatemala

1

1.000

Honduras

Centro Cultural de España en Tegucigalpa

1

1.000

México

Centro Cultural de España en México

1

1.300

Nicaragua

Centro Cultural de España en Managua

1

1.000

Panamá

Embajada de España en Panamá

1

1.200

Paraguay

Centro Cultural de España en Asunción

1

1.300

Perú

Centro Cultural de España en Lima

1

1.300

República Dominicana

Centro Cultural de España en Santo Domingo

1

1.000

Uruguay

Centro Cultural de España en Montevideo

1

1.300

Venezuela

Embajada de España en Caracas

1

1.300

África

Guinea Ecuatorial

Centro Cultural de España en Malabo

2

1.500

Marruecos

Embajada de España en Rabat

1

1.200

Senegal

Embajada de España en Dakar

1

1.000

Sudáfrica

Embajada de España en Pretoria

1

1.200

Asia-Pacífico

China

Embajada de España en Pekín

1

1.400

Filipinas

Embajada de España en Manila

1

1.400

Indonesia

Embajada de España en Yakarta

1

1.500

Japón

Embajada de España en Tokio

1

2.000

Dotación mensual del programa II.5 de becas para prácticas de gestión cultural

Países

Destinos

Plazas

Dotación mensual

Euros

Europa, EEUU y Australia

Bélgica

Embajada de España en Bruselas

1

1.500

Grecia

Embajada de España en Atenas

1

1.200

Hungría

Embajada de España en Budapest

1

1.300

Suecia

Embajada de España en Estocolmo

1

1.500

Ucrania

Embajada de España en Kiev

1

1.200

Australia

Consulado de España en Sidney

1

1.800

Estados Unidos

Centro Cultural de España en Miami

1

1.800

Iberoamérica

Ecuador

Embajada de España en Quito

1

1.300

África

Mozambique

Embajada de España en Maputo

1

1.000

Asia-Pacífico

Corea del Sur

Embajada de España en Seúl

1

1.600

ANEXO V
Ficha Proyecto Becas «El Ranchito» de Matadero

1. Nombre y apellidos:

2. Lugar y fecha de nacimiento:

3. Email:

4. Título del proyecto:

5. Descripción del proyecto (máximo 300 palabras):

6. Valor del proyecto en el contexto de la promoción de la cultura contemporánea española en el exterior (máximo 200 palabras):

7. Vinculación, en su caso, con otros creadores y/o agentes locales, tanto en Sao Paulo como en Madrid:

8. Impacto en términos costes-beneficio:

9. Presupuesto desglosado del proyecto:

10. Enlace para poder ver imágenes de obras o trabajos del artista:

ANEXO VI
Ficha Proyecto ART-EX

1. Nombre y apellidos:

2. Lugar y fecha de nacimiento:

3. Nacionalidad:

4. Email:

5. Título del proyecto:

6. Descripción del proyecto (máximo 300 palabras):

7. Valor del proyecto en el contexto de la promoción de la cultura contemporánea española en el exterior (máximo 200 palabras):

8. Impacto en términos costes-beneficio:

9. Público al que va dirigido:

10. País o países propuestos:

11. Calendario y cronograma del proyecto:

12. Posibles instituciones locales colaboradoras:

13. Presupuesto desglosado del proyecto:

14. Enlace para poder ver imágenes de obras o trabajos del artista:

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