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De conformidad con lo establecido en el artículo 47 de la Ley 50/1981, de 30 de diciembre, por la que se regula el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, en relación con los artículos 356.d y 358.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, atendiendo a la petición de la interesada.
Este Ministerio acuerda declarar a doña Blanca Laguna Martín, Fiscal que ocupa plaza de Abogado Fiscal de la Fiscalía Provincial de Alicante, en situación de excedencia voluntaria en la Carrera Fiscal por cuidado de hijos, a partir del día 9 de abril de 2014, y por una duración no superior a tres años, a contar desde la fecha de nacimiento. Durante los dos primeros años se tendrá derecho a la reserva de la plaza en la que se ejerciese sus funciones y al cómputo de la antigüedad. Transcurrido este período, dicha reserva lo será a un puesto en la misma provincia y de igual categoría, debiendo solicitar, en el mes anterior a la finalización del período máximo de permanencia en la misma, el reingreso al servicio activo; de no hacerlo, será declarada de oficio en la situación de excedencia voluntaria por interés particular.
Contra la presente orden cabe recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses y, potestativamente, el de reposición ante este Ministerio en el plazo de un mes, a contar ambos desde el día siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 4 de marzo de 2014.–El Ministro de Justicia, P.D. (Orden JUS/2225/2012, de 5 de octubre), el Director General de Relaciones con la Administración de Justicia, Ricardo Gonzalo Conde Díez.
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