Visto el expediente de indulto de don Dennis Ernesto Benavides Lira, condenado por el Juzgado de lo Penal número 1 de San Sebastián/Donostia, en sentencia de 12 de agosto de 2012, como autor de un delito de atentado a agentes de la autoridad, a la pena de un año de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo por el mismo plazo, acordándose la sustitución de la pena de prisión por la expulsión del territorio nacional durante diez años; y una falta de maltrato de obra, a la pena de diez días de multa con una cuota diaria de tres euros, por hechos cometidos en el año 2011, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, estimando que, atendiendo a las circunstancias del condenado, concurren razones de justicia y equidad, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 28 de febrero de 2014,
Vengo en conmutar a don Dennis Ernesto Benavides Lira la pena privativa de libertad impuesta por otra de un año de multa, que se satisfará en cuotas diarias de dos euros, cuyo inicio y forma de cumplimiento serán determinados por el Tribunal sentenciador, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de dos años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 28 de febrero de 2014.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ALBERTO RUIZ-GALLARDÓN JIMÉNEZ
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