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Documento BOE-A-2014-3315

Orden SSI/486/2014, de 13 de marzo, por la que se clasifica la Fundación Alucod y se inscribe en el Registro de Fundaciones.

Publicado en:
«BOE» núm. 75, de 27 de marzo de 2014, páginas 26921 a 26922 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad
Referencia:
BOE-A-2014-3315

TEXTO ORIGINAL

Examinado el expediente de clasificación e inscripción de la Fundación Alucod, resultan los siguientes

Hechos

Primero.

Por el patronato de la fundación fue solicitada la inscripción de la institución en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.

Segundo.

Las circunstancias constitutivas de la fundación que concurren en el expediente son las siguientes:

Denominación: Fundación Alucod.

Fines: Los fines de la Fundación Alucod son:

– La atención sanitaria de las personas con problemas de salud mental, incluyendo las adicciones, sus familiares y otros colectivos en situación de exclusión social o en riesgo de estarlo por razones físicas, sociales o culturales.

– La inclusión social de dichas personas.

– La promoción del voluntariado.

Domicilio y ámbito de actuación: El domicilio de la fundación radicará en la calle Miguel Sánchez, número 20, 06900 Llerena (Badajoz), y desarrollará sus actividades en todo el territorio nacional.

Fundador: Alucod (Asociación de Lucha Contra la Droga).

Dotación inicial: Treinta mil euros aportados por la entidad fundadora.

Desembolso inicial: 7.500 euros

Desembolso pendiente: 22.500 euros.

Escritura pública de constitución: Otorgada ante el Notario de Llerena, don Francisco José López Delgado, el día 14 de octubre de 2013, con el número 986 de orden de su protocolo, incorpora el texto íntegro de los estatutos en el que queda recogido todo lo relativo al gobierno y gestión de la fundación.

Patronato: Constituido por los siguientes miembros, con aceptación de sus cargos:

Presidente: Don Antonio Manuel Martín Gumiel.

Vicepresidente: Don Juan Manuel González Flores.

Secretaria: Doña Eva María Rodríguez Esteban.

Vocales: Doña María del Carmen González Flores y doña Estefanía Hidalgo Aldana.

Fundamentos de derecho

Primero.

Esta Secretaría General Técnica es competente para dictar la presente Orden en virtud de la Orden SSI/131/2013, de 17 de enero, por la que se aprueban las delegaciones del ejercicio de competencias en los órganos administrativos del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y sus organismos públicos dependientes.

Segundo.

Resulta de aplicación la disposición transitoria cuarta y los artículos 4 y 15 de la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones y concordantes del Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Fundaciones de competencia estatal, y del Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones de competencia estatal.

Por cuanto antecede, previo informe favorable de la Abogacía del Estado, y habiéndose recabado el preceptivo informe favorable del Protectorado sobre la idoneidad de los fines y suficiencia dotacional, este Ministerio ha dispuesto:

Primero.

Clasificar la Fundación Alucod, cuyos fines de interés general son sanitarios, de inclusión social y promoción del voluntariado, adscribiéndola al Protectorado de Fundaciones del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.

Segundo.

Ordenar su inscripción en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, bajo el número 06-0072.

Tercero.

Inscribir la constitución inicial del patronato y la aceptación de sus cargos tal y como consta detallado en el hecho segundo.

Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 11 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, o potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo dictó.

Madrid, 13 de marzo de 2014.–La Ministra de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, P.D. (Orden SSI/131/2013, de 17 de enero), el Secretario General Técnico del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, Sergio Caravajal Álvarez.

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