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Documento BOE-A-2014-3318

Orden SSI/489/2014, de 13 de marzo, por la que se clasifica la Fundación Solidaridad Activa Accion de Ayuda Social y Humanitaria y se inscribe en el Registro de Fundaciones.

Publicado en:
«BOE» núm. 75, de 27 de marzo de 2014, páginas 26927 a 26928 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad
Referencia:
BOE-A-2014-3318

TEXTO ORIGINAL

Examinado el expediente de clasificación e inscripción de la Fundación Solidaridad Activa Accion de Ayuda Social y Humanitaria, resultan los siguientes

Hechos

Primero.

Por el patronato de la fundación fue solicitada la inscripción de la institución en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.

Segundo.

Las circunstancias constitutivas de la fundación que concurren en el expediente son las siguientes:

Denominación. Fundación Solidaridad Activa Acción de Ayuda Social y Humanitaria.

Fines: Los fines de interés general de la fundación son:

a) Prestar asistencia social al colectivo de familias más necesitadas y desfavorecidas con falta de recursos económicos seleccionadas por Ayuntamientos o cualquier otro organismo.

b) Prestar asistencia social y humanitaria a Asociaciones de Pacientes, ya sea, a los mismos enfermos como a sus familiares.

c) Prestar asistencia social y humanitaria a ONGs a nivel nacional e internacional.

Domicilio y ámbito de actuación: La fundación tiene el domicilio en avenida de Portugal, número 4, edificio Playmon Fiesta G, local 1, 03502 Benidorm (Alicante), y desarrollará sus actividades en todo el territorio del Estado español, así como en cualquier país de América del Sur y Centroamérica.

Fundadores: Don Luis Carlos Gómez Arnaiz, don José Luis Sanz Villegas y don José Luis Gutiérrez Lorenzo.

Dotación inicial: Treinta mil euros, aportados por los fundadores.

Desembolso inicial: 7.500 euros.

Desembolso pendiente: 22.500 euros.

Escritura pública de constitución: Otorgada ante el Notario de Benidorm, don Antonio Enrique Magraner Duart, el día 26 de agosto de 2013, con el número 895 de orden de su protocolo, subsanada por otra escritura otorgada ante el mismo Notario, el día 16 de enero de 2014, con el número 40 de orden de su protocolo, incorporan el texto integro de los estatutos en el que queda recogido todo lo relativo al gobierno y gestión de la fundación.

Patronato: Constituido por los siguientes miembros, con aceptación de sus cargos:

Presidente: Don Luis Carlos Gómez Arnaiz.

Vicepresidente: Don José Luis Sanz Villegas.

Secretario: Don José Luis Gutiérrez Lorenzo.

Fundamentos de derecho

Primero.

Esta Secretaría General Técnica es competente para dictar la presente Orden en virtud de la Orden SSI/131/2013, de 17 de enero, por la que se aprueban las delegaciones del ejercicio de competencias en los órganos administrativos del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y sus organismos públicos dependientes.

Segundo.

Resulta de aplicación la disposición transitoria cuarta y los artículos 4 y 15 de la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones y concordantes del Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Fundaciones de competencia estatal, y del Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones de competencia estatal.

Por cuanto antecede, previo informe favorable de la Abogacía del Estado, y habiéndose recabado el preceptivo informe favorable del Protectorado sobre la idoneidad de los fines y suficiencia dotacional, este Ministerio ha dispuesto:

Primero.

Clasificar la Fundación Solidaridad Activa Acción de Ayuda Social y Humanitaria cuyos fines de interés general son de asistencia social, adscribiéndola al Protectorado de Fundaciones del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.

Segundo.

Ordenar su inscripción en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, bajo el número 03-0088.

Tercero.

Inscribir la constitución inicial del patronato y la aceptación de sus cargos tal y como consta detallado en el hecho segundo.

Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 11 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, o, potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo dictó.

Madrid, 13 de marzo de 2014.–La Ministra de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, P.D. (Orden SSI/131/2013, de 17 de enero), el Secretario General Técnico del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, Sergio Caravajal Álvarez.

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