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Documento BOE-A-2014-3366

Acuerdo GOV/38/2014, de 4 de marzo, por el que se declara bien cultural de interés nacional, en la categoría de monumento histórico, el Observatorio Fabra, en Barcelona, y se delimita su entorno de protección.

Publicado en:
«BOE» núm. 76, de 28 de marzo de 2014, páginas 27306 a 27309 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-2014-3366

TEXTO ORIGINAL

Por la Resolución CLT/2103/2013, de 27 de septiembre («DOGC» núm. 6482, de 17 de octubre de 2013), se incoó expediente de declaración de bien cultural de interés nacional, en la categoría de monumento histórico, a favor del Observatorio Fabra, en Barcelona, y se delimitó su entorno de protección.

Se han cumplido todos los trámites preceptivos en la instrucción de este expediente de acuerdo con lo que establecen los artículos 8 y siguientes de la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del patrimonio cultural catalán.

En el expediente constan los informes favorables del Consejo Asesor del Patrimonio Cultural Catalán y del Institut d’Estudis Catalans.

Durante la tramitación de este expediente se ha presentado una alegación que ha sido debidamente analizada y contestada por la Dirección General de Archivos, Bibliotecas, Museos y Patrimonio.

Por todo ello, a propuesta del consejero de Cultura, el Gobierno acuerda:

1. Declarar bien cultural de interés nacional, en la categoría de monumento histórico, el Observatorio Fabra, en Barcelona, según la ubicación y la descripción que constan en el anexo 1 de este Acuerdo.

2. Delimitar el entorno de protección de este monumento, que se grafía en el plano que se publica con este Acuerdo y según la justificación que consta en el anexo 2.

3. Incluir como objeto de protección el subsuelo del monumento.

4. Publicar íntegramente en el «Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya» y en el «Boletín Oficial del Estado» este Acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 12 de la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del patrimonio cultural catalán, y notificarlo a las personas interesadas y al ayuntamiento del municipio donde radica el bien.

Contra este Acuerdo, que agota la vía administrativa, se puede interponer recurso potestativo de reposición ante el Gobierno de la Generalidad de Cataluña en el plazo de un mes, o bien recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña en el plazo de dos meses, a contar, en los dos casos, desde la publicación en el «Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya» o desde la correspondiente notificación.

Barcelona, 4 de marzo de 2014.–El Secretario de Gobierno, Jordi Baiget i Cantons.

ANEXO 1
Ubicación y descripción

El elemento objeto de este Acuerdo de declaración como bien cultural de interés nacional, en la categoría de monumento histórico, es el Observatorio Fabra, en Barcelona (Barcelonès).

El Observatorio Fabra, situado en la sierra de Collserola, cerca de la cima del Tibidabo, pertenece a la Real Academia de Ciencias y Artes de Barcelona, quien se encarga de la dirección científica, de su funcionamiento y de su mantenimiento.

Las actividades científicas que se desarrollan desde su inauguración en 1904 abarcan los campos de la meteorología, la sismología y la astronomía. Cabe destacar entre ellos, el descubrimiento de nuevos pequeños planetas y otros cuerpos celestes de repercusión mundial, y la especialización en la astronometría (determinación muy precisa de posiciones de pequeños planetas y cometas en el espacio), actividad que desarrolla dentro de una red astronómica mundial constituida por más de un millar de observatorios. El observatorio Fabra está clasificado con el número 6 por su antigüedad y sus características peculiares. En el campo de la meteorología se realizan diariamente cuatro observaciones completas y se recogen datos de grabación pluviométrica.

Entre los astrónomos que han estado al cargo del Observatorio Fabra cabe mencionar a José Comas i Solá. Fue director del Observatorio Fabra de Barcelona desde su creación en el 1904, desarrollando una importante labor como astrónomo y divulgador científico catalán e impulsor de la astronomía moderna en Cataluña.

El edificio es una obra de 1902-1904 del arquitecto Josep Domènech i Estapà, una de las figuras capitales en el panorama arquitectónico catalán a caballo entre los siglos XIX y XX que fue también doctor en ciencias, catedrático de geodesia y de geometría y académico de la Real Academia de Ciencias y Artes. Esta sólida formación técnica y científica se refleja en el edificio, que es un ejemplo de fidelidad funcional, de respuesta arquitectónica eficaz a un planteamiento de base científica que lo condiciona y que el autor utiliza para configurar un edificio coherente, equilibrado y racional, que aloja la sección de observación astronómica, la meteorológica y la sísmica.

El edificio se adscribe a una ordenación general ecléctica premodernista, aunque el pórtico y la cúpula corresponden a una traza clásica.

El Observatorio Fabra consta de un cuerpo de planta octogonal en un extremo y una torre de planta rectangular al otro que, por un saliente montado sobre cartelas, se transforma en cruciforme; entre ambas partes hay un cuerpo alargado, cubierto a dos vertientes, que los enlaza. El cuerpo octogonal está coronado por una cúpula giratoria de plancha de hierro que contiene el telescopio y que en la parte baja tiene, a modo de fachada, un atrio de acceso, con dos columnas neoegipcias y un atípico frontón, dentro de la línea del eclecticismo. La torre termina con una terraza y un cuerpo más alto con una torrecilla o remate metálico.

En relación con el paisaje urbano de Barcelona, el Observatorio se ha convertido en un hito irremplazable formando parte del paisaje urbano de la ciudad; al mismo tiempo son especialmente destacables sus valores científicos, históricos, artísticos y culturales en contexto de la historia científica de Cataluña que llegan a tener un alcance internacional.

La situación de este monumento es un hito que configura una imagen paisajística de singular interés dentro del marco paisajístico de la sierra de Collserola, y concretamente de la montaña del Tibidabo, que lo sustenta. Al mismo tiempo, la relación entre este monumento y el espacio físico donde está situado ha establecido un diálogo ambiental que a lo largo del tiempo ha dado una gran entidad paisajística, arquitectónica, emblemática y cultural a toda la zona.

ANEXO 2
Justificación del entorno de protección

La definición de un entorno de protección alrededor del Observatorio Fabra se presenta como el mejor instrumento para garantizar la pervivencia de sus múltiples valores culturales y paisajísticos en las mejores condiciones posibles.

Esta figura legal considera e incorpora, desde su propia definición, las interacciones del monumento con cada uno de los elementos urbanos, aquí inexistentes, de su entorno, así como la relación entre ellos. Es pues, un instrumento de protección global, valorativo de la realidad, con la clara intención de conservar en las mejores condiciones posibles el legado patrimonial inherente al monumento.

Se pretende conseguir el equilibrio entre la necesidad de crear un área de protección alrededor del monumento que garantice suficientemente el control sobre su entorno y la voluntad de no afectar más espacios de los estrictamente indispensables para su correcta percepción.

El entorno se define siguiendo tres criterios básicos:

– Controlar, con relación a los espacios citados y al propio monumento, la afectación de las posibles actuaciones en los edificios adyacentes o colindantes a los mismos.

– Controlar la perspectiva del Observatorio desde los espacios públicos que lo rodean.

– Considerar como unidad básica para su delimitación la parcela urbanística.

El Observatorio, dado su emplazamiento privilegiado, se percibe desde varias perspectivas, incluso lejanas (p. e. la directriz que marca la calle de Balmes en el plano del Ensanche de Barcelona). El entorno, marcadamente rústico, se adecua a la protección de la percepción del conjunto.

Este control que genera el entorno de protección es de naturaleza física, en el sentido de «contacto directo con el monumento», y sobre todo visual. Es por este motivo que la delimitación toma en cuenta la afectación de su integración en el paisaje de manera directa y donde intervenciones poco cuidadosas podrían desvirtuar los valores patrimoniales del monumento, tanto desde el punto de vista de su percepción como por su contacto físico.

Por tanto, esta delimitación del entorno garantiza la conservación del monumento y su entorno próximo y asegura su control y coherencia, con la inclusión de elementos auxiliares que están en contacto con el edificio, ya sea física o visualmente.

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

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