Con fecha 24 de septiembre de 2013 fue publicada en el BOE la Orden SSI/1710/2013, de 29 de agosto, por la que se convoca el procedimiento para la concesión del distintivo «Igualdad en la Empresa» correspondiente al año 2013, y se establecen sus bases reguladoras.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 6, punto 3 de la Orden citada, la Comisión Evaluadora ha elevado a través de la Directora General para la Igualdad de Oportunidades con fecha 19 de marzo de 2014, la correspondiente propuesta de resolución definitiva.
Del procedimiento tramitado y de conformidad con dicha propuesta, resulta que:
1.º La Dirección General para la Igualdad de Oportunidades es el órgano competente para la instrucción del procedimiento para la concesión del citado distintivo, correspondiendo su gestión a la Subdirección General para la Igualdad en la Empresa y la Negociación Colectiva, según establece el artículo 6, apartado 1 de la citada Orden SSI/1710/2013, de 29 de agosto, y el artículo 4.1-f) del Real Decreto 200/2012, de 23 de enero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y se modifica el Real Decreto 1887/2011, de 30 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.
2.º En la instrucción del procedimiento se han observado las disposiciones contenidas en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el Real Decreto 1615/2009, de 26 de octubre, por el que se regula la concesión y utilización del distintivo «Igualdad en la Empresa» y en la Orden SSI/1710/2013, de 29 de agosto, por la que se convoca el procedimiento para la concesión del distintivo «Igualdad en la Empresa» correspondiente al año 2013, y se establecen sus bases reguladoras.
3.º La Comisión Evaluadora, prevista en el artículo 6, punto 2 de la Orden SSI/1710/2013, de 29 de agosto, quedó válidamente constituida en fecha 18 de diciembre de 2013.
En el examen de las solicitudes presentadas se ha comprobado el cumplimiento de los requisitos previstos en la convocatoria a través del examen de la documentación aportada por las entidades solicitantes, tanto la acreditativa del cumplimiento de los requisitos generales para concurrir a este procedimiento, como la acreditativa de la situación de la empresa en relación con la implantación de planes o políticas de igualdad, teniendo en cuenta, a estos efectos, lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. Igualmente se ha tenido en cuenta la información suministrada por las entidades solicitantes contenidas en los anexos de la convocatoria, y cualquier otro documento, relacionado con sus políticas de igualdad, que hayan estimado oportuno aportar.
4.º La valoración de todas las solicitudes se ha efectuado conforme a los criterios de valoración establecidos en el artículo 10 del Real Decreto 1615/2009, de 26 de octubre y en el artículo 7 de la Orden SSI/1710/2013, de 29 de agosto.
En su virtud, y a la vista de todo lo actuado, la Ministra de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad ha resuelto, en uso de las competencias que tiene legalmente atribuidas:
Conceder el distintivo «Igualdad en la Empresa» a las entidades que se relacionan en el Anexo I, al entender que destacan de forma relevante y especialmente significativa en la aplicación de políticas de igualdad de trato y de oportunidades con sus trabajadoras y trabajadores, en los términos previstos en el artículo 50 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, y en el Real Decreto 1615//2009, de 26 de octubre, por el que se regula la concesión y utilización del distintivo «Igualdad en la Empresa», y en la Orden SSI/1710/2013, de 29 de agosto, por la que se convoca el procedimiento para la concesión del distintivo «Igualdad en la Empresa» correspondiente al año 2013, y se establecen sus bases reguladoras.
Desestimar el resto de las solicitudes presentadas por las entidades no incluidas expresamente en dicha relación. Dicha desestimación será notificada individualmente a las citadas entidades con expresión del motivo que justifica la no concesión del citado distintivo.
Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes a contar desde el siguiente al día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Asimismo, podrá recurrirse en vía contencioso-administrativa ante la Audiencia Nacional, de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, salvo que se hubiera interpuesto previamente recurso de reposición, en cuyo caso el plazo para la interposición del recurso contencioso-administrativo será de dos meses desde el día siguiente al de la recepción de su resolución o de seis meses si fuera desestimación presunta por el transcurso de un mes desde su interposición.
Madrid, 21 de marzo de 2014.–La Ministra de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, Ana Mato Adrover.
N.º expediente |
Nombre o razón social |
N.I.F. |
---|---|---|
DIE13-069 |
Aguas Municipalizadas de Alicante, E.M. |
B03002441 |
DIE13-061 |
Asociación de Personas con Discapacidad-Centro Especial de Empleo Verdiblanca. |
G04014064 |
DIE13-046 |
Aula Integral de Formación, S.L. |
B23465594 |
DIE13-037 |
Broseta Abogados S.L.P. |
B96818828 |
DIE13-070 |
Global Metanoia, S. L. |
B97539795 |
DIE13-002 |
Grupo BN Facility Services, S.A. |
A08401895 |
DIE13-031 |
Interurbana de Autobuses, S.A. |
A28170207 |
DIE13-007 |
Jazz Telecom, S.A.U. |
A81856015 |
DIE13-014 |
Philips Ibérica, S.A. |
A28017143 |
DIE13-008 |
Renault España, S.A. |
A47000518 |
DIE13-038 |
Ricardo Luz y Asociados, S.L. |
B96941935 |
DIE13-023 |
Sada p.a. Canarias, S.A. |
A38014718 |
DIE13-027 |
Sada p.a. Castilla-Galicia, S.A. |
A28657476 |
DIE13-033 |
Verificaciones Industriales de Andalucía, S.A. |
A41398645 |
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid