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De acuerdo con lo establecido en el artículo 31.1 del texto refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, el Presidente de la Autoridad Portuaria será designado y separado por el órgano competente de la Comunidad Autónoma o de las Ciudades de Ceuta y Melilla entre personas de reconocida competencia profesional e idoneidad. La designación o separación, una vez haya sido comunicada a la Ministra de Fomento, será publicada en el correspondiente Diario Oficial y en el «Boletín Oficial del Estado».
A propuesta del Consejero de Presidencia, el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía ha dispuesto el cese, a petición propia, de don Manuel A. Fernández González como Presidente de la Autoridad Portuaria de Sevilla, mediante Decreto 80/2014, de 25 de marzo.
Dicho cese ha sido comunicado debidamente a la Ministra de Fomento.
En su virtud, y en cumplimiento de lo establecido por el citado artículo de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, dispongo:
Dar publicidad en el «Boletín Oficial del Estado» al Decreto 80/2014, de 25 de marzo, de la Junta de Andalucía, por el que se cesa, a petición propia, a don Manuel A. Fernández González como Presidente de la Autoridad Portuaria de Sevilla.
Madrid, 10 de abril de 2014.–La Ministra de Fomento, Ana María Pastor Julián.
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