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Documento BOE-A-2014-5144

Resolución de 15 de abril de 2014, del Fondo Español de Garantía Agraria, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 4 de abril de 2014, por el que se aprueba el acuerdo alcanzado para la terminación del procedimiento de repercusión de responsabilidades por incumplimiento del derecho de la Unión Europea en la Comunidad Autónoma de Extremadura y en la Administración General del Estado.

Publicado en:
«BOE» núm. 117, de 14 de mayo de 2014, páginas 37814 a 37815 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2014-5144

TEXTO ORIGINAL

El Consejo de Ministros en su reunión del día 4 de abril de 2014, a propuesta del Ministro de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, ha aprobado el Acuerdo alcanzado para la terminación del procedimiento de repercusión de responsabilidades por incumplimiento del Derecho de la Unión Europea en la Comunidad Autónoma de Extremadura y en la Administración General del Estado.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 15. 3 del Real Decreto 515/2013, de 5 de julio, por el que se regulan los criterios y el procedimiento para determinar y repercutir las responsabilidades por incumplimiento del Derecho de la Unión Europea, se resuelve la publicación del citado Acuerdo, que figura como anexo a la presente resolución.

Madrid, 15 de abril de 2014.–El Presidente del Fondo Español de Garantía Agraria, Fernando Miranda Sotillos.

ANEXO
Acuerdo del Consejo de Ministros de 4 de abril de 2014 por el que se aprueba el acuerdo alcanzado para la terminación del procedimiento de repercusión de responsabilidades por incumplimiento del derecho de la Unión Europea en la Comunidad Autónoma de Extremadura y en la Administración General del Estado.
Primero.

De conformidad con lo establecido en los artículos 2 y 8, y en la disposición adicional segunda, de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, y 7, 14 y 15 del Real Decreto 515/2013, de 5 de julio, por el que se regulan los criterios y el procedimiento para determinar y repercutir las responsabilidades por incumplimiento del derecho de la Unión Europea, se aprueba el acuerdo alcanzado para la terminación del procedimiento de repercusión de responsabilidades, en materia de condicionalidad, de manera mancomunada entre el Organismo pagador de la Comunidad Autónoma de Extremadura y la Administración General del Estado, se acuerda la liquidación convenida entre ambas partes, así como la propuesta de pago voluntario anticipado, mediante la compensación de la deuda contraída a través de los libramientos y liquidaciones practicadas con cargo al FEAGA y al Feader.

El Organismo pagador de la Junta de Extremadura se hace cargo del 50 por 100 de la corrección, por un importe de dos millones seiscientos cincuenta y cuatro mil setecientos diez euros con cuarenta y dos céntimos (2.654.710,42 €), de los cuales dos millones seiscientos quince mil ochocientos ochenta y dos euros con cincuenta y cinco céntimos (2.615.882,55 €) corresponden al FEAGA y treinta y ocho mil ochocientos veintisiete euros con ochenta y siete céntimos (38.827,87 €) al Feader, como competente en la gestión y control de las ayudas al desarrollo rural, acorde con la letra a) del apartado 1 de la disposición adicional quinta del citado Real Decreto 515/2013, de 5 de julio; y la Administración General del Estado del otro 50 por ciento, por un importe de dos millones seiscientos cincuenta y cuatro mil setecientos diez euros con cuarenta y tres céntimos (2.654.710,43 €), de los cuales dos millones seiscientos quince mil ochocientos ochenta y dos euros con cincuenta y cinco céntimos (2.615.882,55 €) corresponden al FEAGA y treinta y ocho mil ochocientos veintisiete euros con ochenta y ocho céntimos (38.827,88 €) al Feader, acorde con las letras a) y b) del apartado 2 de la disposición adicional quinta del Real Decreto 515/2013, de 5 de julio.

Segundo.

Así mismo, ha sido extinguida la citada deuda, atribuida tanto al Organismo pagador de la Junta de Extremadura como a la Administración General del Estado. El importe total de la deuda atribuida al Organismo pagador de la Junta de Extremadura ha sido compensada antes de la propuesta de resolución que pone fin al procedimiento, liquidándose con cargo a los libramientos por cuenta del FEAGA y del Feader, a través del Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA). De acuerdo con el artículo 15 del Real Decreto 515/2013, de 5 de julio, se admite el pago voluntario anticipado de la deuda y no se repercuten los intereses compensatorios de los costes financieros. La deuda atribuida a la Administración General del Estado ha sido liquidada por el FEGA el 4 de diciembre de 2013, para el importe correspondiente al FEAGA, y el 23 de diciembre de 2013 para el del Feader.

Tercero.

El presente acuerdo de Consejo de Ministros será publicado en el «Boletín Oficial del Estado», dado que pone fin al procedimiento para determinar y repercutir las responsabilidades por incumplimiento del derecho de la Unión Europea reconocidas en el anexo de la Decisión de Ejecución de la Comisión 2013/433/UE, de 13 de agosto de 2013, por la que se excluye de la financiación de la Unión Europea determinados gastos efectuados por los Estados miembros con cargo a la sección de Garantía del Fondo Europeo de Orientación y de Garantía Agrícola (FEOGA), al Fondo Europeo de Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader).

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