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Documento BOE-A-2014-5147

Orden ECC/784/2014, de 25 de abril, de extinción de la Mutualidad del Papel y Prensa, Mutua de Seguros a Prima Fija, en Liquidación y cancelación de la inscripción del Registro administrativo de entidades aseguradoras.

Publicado en:
«BOE» núm. 117, de 14 de mayo de 2014, páginas 37823 a 37823 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Competitividad
Referencia:
BOE-A-2014-5147

TEXTO ORIGINAL

Por Orden Ministerial de 18 de julio de 2005 se encomendó al Consorcio de Compensación de Seguros la liquidación de la entidad Mutualidad del Papel y Prensa, Mutua de Seguros a Prima Fija en liquidación.

Habiendo sido ultimado el proceso de liquidación de la referida entidad, el Consorcio de Compensación de Seguros solicita la extinción y cancelación de la inscripción del Registro administrativo de entidades aseguradoras de la entidad Mutualidad del Papel y Prensa, Mutua de Seguros a Prima Fija, en liquidación.

De la documentación que se adjunta a la solicitud formulada se concluye que se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en la legislación vigente.

En consecuencia, de conformidad con lo previsto en el artículo 28.5 del Texto Refundido de la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, aprobado por Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29 de octubre, y a propuesta de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, he resuelto:

Declarar la extinción y consiguiente cancelación de la entidad Mutualidad del Papel y Prensa, Mutua de Seguros a Prima Fija, en liquidación, del Registro administrativo de entidades aseguradoras, previsto en el artículo 74.1 del Texto Refundido de la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados.

Contra la presente Orden Ministerial, que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo previsto en el artículo 109 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y disposición adicional decimoquinta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, se podrá interponer con carácter potestativo, y en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la notificación de la misma, recurso de reposición ante el Sr. Ministro de Economía y Competitividad, de acuerdo con los artículos 116 y 117 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Asimismo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 11.1.a), 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Madrid, 25 de abril de 2014.–El Ministro de Economía y Competitividad, P.D. (Orden ECC/1695/2012, de 27 de julio), el Secretario de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, Fernando Jiménez Latorre.

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