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Documento BOE-A-2014-619

Orden SSI/34/2014, de 3 de enero, por la que se clasifica la Fundación sobre Ruedas de Ayuda al Paralítico Cerebral y se inscribe en el Registro de Fundaciones.

Publicado en:
«BOE» núm. 18, de 21 de enero de 2014, páginas 3705 a 3706 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad
Referencia:
BOE-A-2014-619

TEXTO ORIGINAL

Examinado el expediente de clasificación e inscripción de la Fundación sobre Ruedas de Ayuda al Paralítico Cerebral resultan los siguientes

Hechos

Primero.

En el Protectorado y Registro de Fundaciones del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, se ha recibido en fechas 19 de marzo de 2013 y 26 de noviembre de 2013 documentación obrante en el Registro de Fundaciones de la Comunidad de Madrid, para tramitar el cambio de protectorado al que queda adscrita la Fundación sobre ruedas de ayuda al paralítico cerebral, como consecuencia de la ampliación de su ámbito territorial de actuación tras el acuerdo del Patronato en su reunión celebrada el día 22 de noviembre de 2012, y cuya modificación estatutaria se elevó a escritura pública autorizada en fecha 20 de diciembre de 2012 por el notario de Madrid, don José Luis Martínez-Gil Vich, número 2.416 de su protocolo, complementada mediante escritura otorgada el día 2 de octubre de 2013 ante el notario de Madrid, don José Ángel Martínez Sanchiz con el número 1.804 de orden de su protocolo.

Segundo.

Las circunstancias registrales de la fundación que concurren en el expediente son las siguientes:

Denominación: Fundación sobre Ruedas de Ayuda al Paralítico Cerebral.

Fines: La ayuda a las personas con parálisis cerebral (PC) y a sus familiares con el objetivo de mejorar su calidad de vida.

Domicilio y ámbito de actuación: El domicilio de la fundación se establece en la calle Bellatrix, número 7A, distrito postal 28023 del municipio de Madrid. La Fundación desarrollará todas sus actividades en todo el territorio español.

Fundadora: Doña Inmaculada Concepción Miranda Ros y doña María Begoña Abaitua Suñez.

Dotación: El importe de la dotación fundacional asciende a un total de treinta mil euros.

Escritura pública de constitución. Fue constituida mediante escritura pública otorgada el día 9 de abril de 2008 ante el notario de Madrid, don José Luis Martínez-Gil Vich, con el número 1.134 de orden de su protocolo, complementada por escritura otorgada ante el mismo notario de Madrid el 16 de julio de 2008 con el número 2.222 de orden de su protocolo.

Escritura pública de modificación de estatutos. Acordada por el patronato en la reunión celebrada el día 22 de noviembre de 2012, se elevó a escritura pública autorizada en fecha 20 de diciembre de 2012 por el notario Madrid, don José Luis Martínez-Gil Vich, número 2.416 de su protocolo, complementada mediante escritura otorgada el día 2 de octubre de 2013 ante el notario de Madrid, don José Ángel Martínez Sanchiz con el número 1.804 de orden de su protocolo.

Patronato: La última composición del patronato inscrita en el Registro es la siguiente:

Presidenta: Doña María Begoña Abaitua Suñer.

Vicepresidenta: Doña Inmaculada Concepción Miranda Ros

Secretaria: Doña María Covadonga Abaitua Suñer

Vocales: Doña Ana Abaitua Suñer, doña Lucia Abaitua Suñer, doña Alejandra Arana Muguruza, doña Gema Ignacia Archaga Martín, doña María Macarena Fernández de Mesa Enciso, doña Gabriela María García Corsini, doña María Belén Padilla Fernández y doña Beatriz Rubio Laporta.

Fundamentos de Derecho

Primero.

Esta Subdirección General de Normativa es competente para dictar la presente orden en virtud de la Orden SSI/131/2013, de 17 de enero, por la que se aprueban las delegaciones del ejercicio de competencias en los órganos administrativos del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y sus organismos públicos dependientes.

Segundo.

Resulta de aplicación el artículo 34.2 de la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, y concordantes del Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Fundaciones de competencia estatal, y del Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones de competencia estatal.

Por cuanto antecede este Ministerio ha dispuesto:

Primero.

Clasificar la Fundación sobre ruedas de ayuda al paralítico cerebral cuyos fines de interés general son de carácter asistencial, adscribiéndola al Protectorado de Fundaciones del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.

Segundo.

Ordenar su inscripción en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, bajo el número 28-1717.

Tercero.

Incorporar el expediente completo del Registro de Fundaciones de la Comunidad de Madrid.

Contra esta orden, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 11 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, o potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo dictó.

Madrid, 3 de enero de 2014.–La Ministra de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, por delegación (Orden SSI/131/2013, de 17 de enero), el Subdirector General de Normativa del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, Guillermo Olagüe Sánchez.

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