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Documento BOE-A-2014-6915

Orden SSI/1133/2014, de 18 de junio, por la que se modifica la Orden de 21 de julio de 1994, por la que se regulan los ficheros con datos de carácter personal gestionados por el Ministerio de Sanidad y Consumo.

Publicado en:
«BOE» núm. 159, de 1 de julio de 2014, páginas 50552 a 50553 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad
Referencia:
BOE-A-2014-6915
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2014/06/18/ssi1133

TEXTO ORIGINAL

El artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, así como el artículo 52 de su Reglamento de desarrollo, aprobado por el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, establecen que la creación, modificación y supresión de los ficheros de las Administraciones Públicas sólo podrá hacerse por medio de disposición general publicada en el «Boletín Oficial del Estado» o diario oficial correspondiente.

Por Orden de 22 de julio de 1994, reguladora de los ficheros de tratamiento automatizado de datos de carácter personal del Ministerio de Asuntos Sociales y sus entidades, se procedió a incorporar el fichero denominado «Subvenciones régimen general acción social».

Esta orden se dicta con el fin de modificar el fichero «Subvenciones régimen general acción social» y proceder a integrarlo, con su nueva denominación «Subvenciones tercer sector acción social», en la Orden de 21 de julio de 1994, por la que se regulan los ficheros con datos de carácter personal gestionados por el Ministerio de Sanidad y Consumo. Asimismo, se modifica el contenido del fichero cuyos datos se recogen en el anexo.

Teniendo en cuenta que si bien este fichero se autorizó por el entonces Ministerio de Asuntos Sociales, como los ficheros del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad se encuentran regulados en la Orden de 21 de julio de 1994, se procede por medio de la presente a la modificación de esta última orden, con la incorporación del fichero de «Subvenciones tercer sector acción social». Todo ello, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, así como en los artículos 52 a 54 de su Reglamento de desarrollo.

Por otra parte, se deja sin efecto el alta de este fichero recogida en la Orden de 22 de julio de 1994, reguladora de los ficheros de tratamiento automatizado de datos de carácter personal del Ministerio de Asuntos Sociales y sus entidades.

En la tramitación de esta orden ha emitido informe preceptivo la Agencia Española de Protección de Datos.

En su virtud, dispongo:

Artículo 1. Incorporación y modificación del fichero.

Se incluye el fichero de «Subvenciones tercer sector acción social», cuyos datos figuran en el anexo, entre los regulados en el anexo 3 «Ficheros con datos de carácter personal sobre Política Social» de la Orden de 21 de julio de 1994, por la que se regulan los ficheros con datos de carácter personal gestionados por el Ministerio de Sanidad y Consumo.

Artículo 2. Gestión y organización del fichero.

El titular del órgano responsable de este fichero adoptará, bajo la superior dirección de la persona titular del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, las medidas de gestión y organización que sean necesarias, asegurando en todo caso, la confidencialidad, seguridad e integridad de los datos, así como las conducentes a hacer efectivas las garantías, obligaciones y derechos reconocidos en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, y demás normas de desarrollo.

Artículo 3. Cesión de datos.

Los datos contenidos en este fichero sólo podrán ser cedidos en los supuestos expresamente previstos por la ley.

Disposición final primera. Pérdida de efectos.

Queda sin efecto el alta del fichero «Subvenciones régimen general acción social» recogida en la Orden de 22 de julio de 1994, reguladora de los ficheros de tratamiento automatizado de datos de carácter personal del Ministerio de Asuntos Sociales y sus entidades.

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 18 de junio de 2014.–La Ministra de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, Ana Mato Adrover.

ANEXO
Dirección General de Políticas de Apoyo a la Discapacidad

Denominación del fichero: Subvenciones tercer sector acción social.

Finalidad y usos previstos del fichero: Gestión de las subvenciones a entidades del Tercer Sector de ámbito estatal colaboradoras con la Secretaria de Estado de Servicios Sociales e Igualdad en las áreas de competencia de la Dirección General de Servicios para la Familia y la Infancia y de la Dirección General de Políticas de Apoyo a la Discapacidad.

Colectivo de personas sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos: Entidades u organizaciones no gubernamentales que solicitan subvención.

Procedencia y procedimiento de recogida de datos de carácter personal: Directamente del propio interesado o su representante legal mediante la presentación de la solicitud de la subvención.

Cesiones de datos y/o transferencias de datos que se prevean a países terceros: Los datos serán objeto de comunicación a las autoridades tributarias, órganos de la Intervención General de la Administración del Estado, al Tribunal de Cuentas y a las entidades financieras en que se produzca el pago.

Órgano Administrativo responsable del fichero: Dirección General de Políticas de Apoyo a la Discapacidad. Subdirección General de Participación y Entidades Tuteladas.

Servicios o Unidades ante los cuales se podrá ejercitar el derecho de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Dirección General de Políticas de Apoyo a la Discapacidad.

Subdirección General de Participación y Entidades Tuteladas. Calle Alcalá, 37, 28014 Madrid.

Medidas de seguridad con indicación de nivel: Básico.

Estructura básica del fichero. Datos de carácter personal incluidos en el fichero: Datos identificativos del representante legal de la entidad u organización (nombre, apellidos, cargo, domicilio, DNI o pasaporte); datos identificativos de los miembros del órgano de gobierno de la entidad u organización (nombre, apellidos, cargo, fecha de nombramiento, y modo de elección); datos identificativos de los usuarios del sistema con acceso a la aplicación (nombre, apellidos y DNI).

Sistema de Tratamiento: Parcialmente automatizado.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 18/06/2014
  • Fecha de publicación: 01/07/2014
  • Fecha de entrada en vigor: 02/07/2014
Referencias anteriores
  • MODIFICA los anexos I y III de la Orden de 21 de julio de 1994 (Ref. BOE-A-1994-17552).
  • DE CONFORMIDAD con el art. 20.1 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre (Ref. BOE-A-1999-23750).
Materias
  • Ficheros con datos personales
  • Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad

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