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Documento BOE-A-2014-7029

Resolución de 1 de julio de 2014, del Instituto Nacional de Administración Pública, por la que se convoca el Curso Superior en Gestión de la Innovación.

Publicado en:
«BOE» núm. 162, de 4 de julio de 2014, páginas 52229 a 52232 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-2014-7029

TEXTO ORIGINAL

La realidad de una Administración pública cada vez más expuesta al cambio, a un entorno competitivo y a la exigencia de respuesta ágil y de calidad, en el marco de la sociedad del conocimiento, exige una adaptación de los planes formativos dirigidos a las personas que desempeñan puestos de trabajo con responsabilidad en el ámbito directivo y predirectivo. En este marco, El Instituto Nacional de Administración Pública (INAP) oferta el Curso Superior en Gestión de la Innovación.

Precedido por tres ediciones dedicadas en exclusiva al ámbito de las Tecnologías de la Información y Comunicación, el curso aspira a convertirse, ahora con carácter general, en un referente dentro del ámbito de la formación pública en materia de innovación, impulsando una gestión moderna que promueva la transformación de las Administraciones públicas y su adaptación a las demandas de la sociedad.

Para ello, el presente curso contará con los mejores profesionales en la materia y seguirá una metodología basada en clases on line con un aula virtual, complementada con clases presenciales, de carácter práctico, en las que se incidirá en las competencias requeridas por los perfiles de los destinatarios del curso.

El programa formativo está diseñado para que los participantes adquieran una visión estratégica de la Administración electrónica y su entorno, refuercen sus habilidades directivas, así como sus conocimientos en la gestión de la innovación.

En consecuencia, esta Dirección adopta la siguiente resolución:

Primero. Convocatoria.

Se convoca el Curso Superior en Gestión de la Innovación.

Segundo. Objetivos.

Son objetivos del curso:

a) Adquirir conocimientos y desarrollar competencias directivas de aplicación práctica en materia de gestión de la innovación en las Administraciones públicas.

b) Enriquecer el desarrollo personal y profesional, potenciando el trabajo en equipo y la interrelación entre los participantes.

c) Analizar experiencias y nuevos estilos de gestión pública orientados a la mejora de resultados y al cambio en materia tecnológica.

Tercero. Programa formativo modular.

El programa se estructura en los siguientes módulos:

Módulo I. La Estrategia «Generación de valor».

• Distinguir tipos de innovación.

• Superar contingencias y discontinuidades.

• Gestión de la complejidad.

• Riesgo responsable.

• Desarrollo del talento: conocimiento-compromiso-plan de acción.

• Capacidad de aprender-señalar-anticipar-transmitir.

• Saber justificar que no hay innovación sin riesgo.

Módulo II. Tipos y ciclos de innovación.

• Cómo aplicar los modelos de innovación.

• Los pilares de la innovación.

• Innovación versus planificación.

• Visionar e implantar la innovación.

• Potenciar el talento individual.

Módulo III. Gestión de proyectos innovadores.

• Trabajo de un intraemprendedor.

• Aprender a prever.

• Desarrollar las habilidades del profesional innovador.

• La innovación abierta.

RoadMap para crear un proyecto innovador.

Módulo IV. Comunicación de proyectos en las Administraciones públicas.

• ¿Quién decide la innovación?: gobernanza.

• Aprender a decidir.

• Descubrir la competencias funcionales y alinear las nuestras personales.

• Comunicación para el cambio cultural.

• Saber informar de los resultados. La métrica como herramienta de comunicación.

• Descubre tus habilidades.

• Aprender a presentarse como intraemprendedor y ser eficaz en comunicarlo.

Módulo V. La realidad práctica de la innovación: trabajo en grupo (transversal).

• Desarrollar y promover proyectos de innovación recurrentes para necesidades reales en las Administraciones públicas.

• Aprender y saber manejar las instrucciones para el desarrollo de un proyecto.

• Aprender a desarrollar un resumen ejecutivo breve y eficiente de un proyecto de innovación.

• Aprender a defender públicamente la viabilidad de un proyecto.

Módulo VI. Desarrollo de competencias personales e interpersonales para promover la innovación (transversal).

El programa formativo finalizará con un trabajo final, resultado de cada propuesta individualizada de los alumnos al inicio del curso con la aplicación final de las materias cursadas.

Cuarto. Lugar y calendario.

1. Las clases presenciales tendrán lugar en la sede del INAP, calle Atocha, 106 (Madrid). El curso tendrá una duración total de 200 horas lectivas de las cuales 168 horas serán on line y 32 horas serán presenciales.

2. El curso comenzará el 18 de septiembre de 2014 y finalizará el 13 de febrero de 2015.

3. Las clases presenciales se desarrollarán, con carácter general, en sesiones que se celebrarán los jueves en horario de 9:30 a 20:00 horas. La distribución mensual de estas sesiones dependerá del contenido y duración de cada módulo.

Quinto. Destinatarios y selección.

1. Podrán participar los funcionarios públicos, y personal laboral fijo asimilado, pertenecientes a cuerpos y escalas del subgrupo A1 de las Administraciones públicas con experiencia previa en la materia objeto del curso. En la selección de participantes se tendrá en cuenta la trayectoria curricular y la experiencia en puestos de dirección de los candidatos.

2. El número máximo de admitidos será de 50. La selección de los participantes será realizada por el INAP.

3. Los empleados públicos podrán participar en cursos de formación durante los permisos por parto, adopción o acogimiento, así como durante la situación de excedencia por cuidado de familiares, según lo dispuesto en los artículos 49 y 89.4 de La Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.

4. De acuerdo con el artículo 60 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, se otorgará preferencia en la selección a quienes se hayan incorporado en el plazo de un año al servicio activo, procedentes del permiso de maternidad o paternidad, o hayan reingresado desde la situación de excedencia por razones de guarda legal y atención a personas mayores dependientes o personas con discapacidad, con objeto de actualizar los conocimientos de los empleados públicos y empleadas públicas. Asimismo, se reservará al menos un 40 por ciento de las plazas en los cursos de formación para su adjudicación a mujeres que reúnan los requisitos establecidos, salvo que el número de solicitudes de mujeres sea insuficiente para cubrir este porcentaje.

5. En aplicación del Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, se valorará como criterio de selección a quienes se encuentren afectados por una discapacidad cuyo grado de minusvalía sea igual o superior al 33 por ciento. Las personas con discapacidad que soliciten el curso podrán hacer constar tal circunstancia en la inscripción, y podrán indicar, asimismo, las adaptaciones necesarias en el curso formativo, siempre y cuando hayan sido seleccionadas.

6. De conformidad con lo establecido en el vigente Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas, se fomentarán las medidas, en materia de formación, que tiendan a favorecer la conciliación de la vida familiar y laboral, así como la participación de los empleados públicos con cualquier tipo de discapacidad.

7. Una vez efectuada la selección definitiva de los participantes, la Subdirección de Formación comunicará su admisión a los interesados, quienes deberán confirmar su asistencia al curso. La inasistencia, sin previo aviso o cumplida justificación, de quienes hubiesen sido seleccionados para participar en la actividad formativa podrá determinar su exclusión en convocatorias posteriores.

Sexto. Solicitudes.

Quienes deseen participar en el curso deberán cumplimentar directamente la solicitud electrónica en la web del INAP (www.inap.es), apartado «Aprendizaje», entrando en «Formación Directiva» y, a continuación, en «Curso Superior en Gestión de la Innovación», «Inscripción electrónica». Una vez ejecutada la acción «Grabar solicitud», se les generará una copia del modelo de solicitud que deberán imprimir y pasar a la firma del superior jerárquico, con categoría al menos de subdirector general o equivalente, de la unidad orgánica en la que el solicitante preste sus servicios, acreditada mediante la correspondiente firma y sello. Una vez firmada deberán conservar la solicitud en su poder hasta que se les requiera su presentación.

El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado» y finalizará el 24 de julio de 2014.

Séptimo. Diplomas.

1. Los participantes que superen las pruebas y realicen los trabajos requeridos recibirán el correspondiente diploma.

2. Para la obtención del título será requisito imprescindible, además de la superación de los criterios que se fijen para cada módulo, la conexión y la asistencia regular a las actividades del curso. Una falta de conexión o inasistencia superior al 10 por ciento de las clases imposibilitará la expedición del título.

Octavo. Régimen académico.

Los alumnos seleccionados que no observen las reglas elementales de participación, respeto y consideración hacia profesores, compañeros o personal del INAP y, en general, que contravengan lo dispuesto en el Código Ético del INAP (que podrá consultarse en www.inap.es/conocenos) podrán ser excluidos de las actividades formativas.

Noveno. Información adicional.

Podrá obtenerse información adicional en la página web del INAP www.inap.es o a través del correo electrónico fdconvocatorias@inap.es.

Madrid, 1 de julio de 2014.–El Director del Instituto Nacional de Administración Pública, Manuel Arenilla Sáez.

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