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Documento BOE-A-2014-7833

Orden ESS/1314/2014, de 17 de julio, por la que se resuelve el concurso específico, convocado por Orden ESS/589/2014, de 4 de abril.

Publicado en:
«BOE» núm. 179, de 24 de julio de 2014, páginas 58992 a 58997 (6 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Empleo y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-2014-7833

TEXTO ORIGINAL

Convocado por Orden ESS/589/2014, de 4 de abril («Boletín Oficial del Estado» del 15), concurso para la provisión de puestos de trabajo en el Departamento.

Vista la propuesta formulada por la Comisión de Valoración y habiéndose cumplido las normas establecidas en el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, así como las bases de la convocatoria,

Este Ministerio ha dispuesto:

Primero.

Adjudicar destino a los funcionarios que se relacionan en el anexo a esta Orden, en los Centros Directivos e Inspecciones Provinciales de Trabajo y Seguridad Social que igualmente se indican.

Segundo.

El plazo para tomar posesión del nuevo destino será de tres días hábiles si no implica cambio de residencia del funcionario, o de un mes si comporta cambio de residencia o el reingreso al servicio activo.

El plazo de toma de posesión comenzará a contarse a partir del día siguiente del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de esta Orden, así como el cambio de situación administrativa que en cada caso corresponda. Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá contarse desde dicha publicación.

Tercero.

Los destinos adjudicados serán irrenunciables, no pudiendo los funcionarios que obtengan destino a través de este concurso participar en otros que convoquen tanto la Administración del Estado como las Comunidades Autónomas, hasta tanto hayan transcurrido dos años desde que obtuvieron la vacante correspondiente.

Cuarto.

Los traslados que se deriven de la resolución del presente concurso tendrán la consideración de voluntarios.

Quinto.

Contra esta orden, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación, ante el Juzgado Central de lo Contencioso-administrativo según la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, pudiendo ser recurrida potestativamente en reposición ante este Ministerio en el plazo de un mes, contado igualmente desde el día siguiente al de su publicación, según los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid, 17 de julio de 2014.–La Ministra de Empleo y Seguridad Social, P. D. (Orden ESS/619/2012, de 22 de marzo), el Subsecretario de Empleo y Seguridad Social, Pedro Llorente Cachorro.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

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