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Recibida en la Dirección General de Política Energética y Minas la solicitud presentada por «Fercofloor, S.L.L.», con domicilio social en PI Llanos de Jarata, calle Alejandro Goicoechea, 18, Apdo. 131, 14550 Montilla (Córdoba), para la certificación de un captador solar, fabricado por «Jiangsu Sunrain Solar Energy, Co. Ltd.», en su instalación industrial ubicada en China.
Resultando que por el interesado se han presentado los dictámenes técnicos:
Laboratorio emisor |
Clave |
---|---|
Fraunhofer ISE |
2009-20-k4-b |
Asimismo, habiendo presentado el interesado certificado en el que la entidad Ministerio de Industria confirma que «Jiangsu Sunrain Solar Energy, Co. Ltd.», cumple los requisitos de calidad exigibles de acuerdo con las especificaciones técnicas establecidas para paneles solares, actualizadas por la Orden IET/401/2012, de 28 de febrero.
Y que por todo lo anterior se ha hecho constar que los tipos o modelos presentados cumplen todas las especificaciones sobre exigencias técnicas de los paneles solares, con arreglo a su última actualización por la Orden IET/401/2012, de 28 de febrero.
Esta Dirección General de Política Energética y Minas, de acuerdo con lo establecido en la referida disposición ha resuelto emitir la resolución de certificación conforme a la tabla siguiente:
Modelo |
Contraseña |
---|---|
FC 2.0 |
NPS – 21014 |
Y con fecha de caducidad dos años después de la fecha de la resolución.
La identificación, características técnicas, especificaciones generales y datos resumen del informe del ensayo del modelo o tipo certificado son las que se indican a continuación.
Esta certificación se ajusta a las normas e instrucciones técnicas complementarias para la homologación de los paneles solares, actualizadas por la Orden IET/401/2012, de 28 de febrero. Asimismo, el producto deberá cumplir cualquier otro reglamento o disposición que le sea aplicable.
El incumplimiento de cualquiera de las condiciones fundamentales en las que se basa la concesión de esta certificación dará lugar a la suspensión cautelar automática de la misma, independientemente de su posterior anulación, en su caso, y sin perjuicio de las responsabilidades legales que de ello pudieran derivarse.
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, el recurso de reposición en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de notificación de esta resolución, ante el Secretario de Estado de Energía previo al contencioso-administrativo, conforme a lo previsto en el artículo 116.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
1. Modelo con contraseña
Identificación:
Fabricante: «Jiangsu Sunrain Solar Energy, Co. Ltd.»
Nombre comercial: FC 2.0.
Tipo de captador: Captador solar térmico.
Año de producción: 2014.
Dimensiones:
Longitud: 2.005 mm.
Ancho: 1.003 mm.
Área de apertura: 1,860 m2.
Área de absorbedor: 1,745 m2.
Área total: 2,01 m2.
Especificaciones generales:
Peso: 32 kg.
Fluido de transferencia de calor: Agua + anticongelante.
Presión de funcionamiento Máx.: 1.000 kPa.
Resultados de ensayo:
Rendimiento térmico:
ηο |
0,718 |
|
a1 |
5,084 |
W/m2K |
a2 |
0,0135 |
W/m2K2 |
Nota: referente al área de apertura |
|
Potencia extraída por unidad de captador (W):
Tm – Ta en K |
400 W/m2 |
700 W/m2 |
1.000 W/m2 |
---|---|---|---|
0 |
534 |
935 |
1.335 |
10 |
437 |
838 |
1.238 |
30 |
228 |
629 |
1.029 |
50 |
–1 |
399 |
800 |
Madrid, 4 de junio de 2014.–El Director General de Política Energética y Minas, Jaime Suárez Pérez – Lucas.
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